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UNIDAD VIII – PUNTO 2 LOS MEDIOS DE POLICÍA

UNIDAD VIII – PUNTO 2 LOS MEDIOS DE POLICÍA. La reglamentación, la autorización, la orden y el permiso . LA REGLAMENTACIÓN. LEYES REGLAMENTOS ORDENANZAS EDICTOS DE POLICIA. LA LEYES Y EL PODER DE POLICIA.

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UNIDAD VIII – PUNTO 2 LOS MEDIOS DE POLICÍA

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Presentation Transcript


  1. UNIDAD VIII – PUNTO 2 LOS MEDIOS DE POLICÍA La reglamentación, la autorización, la orden y el permiso

  2. LA REGLAMENTACIÓN • LEYES • REGLAMENTOS • ORDENANZAS • EDICTOS DE POLICIA

  3. LA LEYES Y EL PODER DE POLICIA • Los derechos de los administrados solo pueden ser limitados por “las leyes que reglamenten su ejercicio” • Las “leyes de policía” son reglamentarias de esos derechos • No existen “leyes de policía” de naturaleza distinta a las restantes leyes

  4. LOS REGLAMENTOS Y EL PODER DE POLICIA • Los reglamentos administrativos no pueden sustituir a las leyes • Necesitan una ley previa que establezca las limitaciones (principio de legalidad) • Las leyes no pueden delegar el ejercicio del poder policía sino en cuanto a forma, modo y oportunidad.

  5. LAS ORDENANZAS Y EL PODER DE POLICÍA • El art. 5 de la C.N. impone a las provincias asegurar el “régimen municipal” • La competencia municipal es fundamentalmente de carácter edilicio y urbano, especialemnte en materia de seguridad e higiene • Las provincias en general facultan a los consejos deliberantes municipales a dictar leyes respecto de esas materias • Las ordenanzas municipales son los reglamentos de tales leyes municipales

  6. EDICTOS POLICIALES • Durante algún tiempo la CSJN convalidó la facultad de la Policía de dictar estos edictos estableciendo sanciones para determinadas manifestaciones públicas. • La actual jurisprudencia de la Corte los considera inconstitucionales, quedando los edictos relegados a meros reglamentos internos de la policía

  7. LA AUTORIZACIÓN • Es una atribución de la administración respecto de un derecho preexistente, que, para su ejercicio, necesita de dicha intervención administrativa (Actividades culturales, construcción de inmuebles) • La intervención resulta necesaria para garantizar el cumplimiento de condiciones previas a las que se sujeta su ejercicio

  8. EL PERMISO • Es una exención de la administración para el ejercicio de un derecho que se encuentra limitado al resto de los administrados (portación de armas, estacionamiento en lugares prohibidos) • Por su carácter excepcional no es transferible

  9. LA ORDEN POLICIAL • Es una acto administrativo de la autoridad policial, que concretiza en el caso particular las limitaciones impuestas por la ley o los reglamentos • Requisitos de la orden policial: • 1) Que sea notificada al particular afectado • 2) Que el objeto sea claro, objetivo, inconfundible, así como las consecuencias del incumplimiento • 3)Que esté motivada (como todo acto administrativo) • 4)Que guarde relación con el hecho motivador (razonabilidad)

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