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IMPLICACIONES ETICO – LEGALES TRABAJO SOCIAL. PODER JUDICIAL. INICIOS. Departamento inició 1955, Juzgado Tutelar Menores, legislación vigente en materia de “menores infractores” y la doctrina de la situación irregular, personas menores de edad objeto de protección.
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IMPLICACIONES ETICO – LEGALES TRABAJO SOCIAL PODER JUDICIAL
INICIOS • Departamento inició 1955, Juzgado Tutelar Menores, legislación vigente en materia de “menores infractores” y la doctrina de la situación irregular, personas menores de edad objeto de protección. • Figura de “visitadora social” función de realizar labor educativa con estos jóvenes
TRABAJO SOCIAL FORENSE • 1996 Ley de Justicia Penal Juvenil, Trabajo Social inicia labor independiente y participación en otras áreas según la legislación vigente: abuso sexual, violencia doméstica, familia. • Penal juvenil varió su rol, a perito forense y labor socioeducativa, surgió la experiencia psicosocial. • Creación oficinas regionales, atención de varios programas.
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA • Desconcentrado 23 oficinas, ubicadas en todo el país. • 80 Área Trabajo Social • 50 Área Psicología • 45 Área administrativa. • Jefatura • Subjefatura • Supervisión: 3 supervisoras Trabajo Social. 2 supervisoras área Psicología.
SERVICIOS QUE BRINDA VIOLENCIA DOMESTICA (Sede civil ) Ley Contra la Violencia Doméstica • Peritajes sociales • Peritajes psicosociales • Intervención en crisis • Seguimiento medidas de protección (Socioeducativa) VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DE GENERO (Sede penal) Código Penal Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres. • Peritajes psicosociales
SERVICIOS QUE BRINDA PENAL JUVENIL Ley de Justicia Penal Juvenil • Peritajes sociales y psicosociales. • Seguimiento / Suspensión Proceso a Prueba (Socioeducativo) VIOLENCIA SEXUAL Código Penal y Código de la Niñez y la Adolescencia • Peritajes psicosociales • Peritajes sociales • Atención individual y grupal (socioeducativa) proceso judicial.
SERVICIOS QUE BRINDA FAMILIA Código de Familia • Peritajes sociales. • Peritajes psicosociales. Abandono Patria Potestad Adopción Guarda Crianza… EJECUCION DE LA PENA Beneficio libertad condicional • Peritaje social
TRABAJO SOCIAL FORENSE • Recurre a la investigación como un componente fundamental de la intervención profesional y utiliza metodologías: en su mayoría de tipo cualitativo, con la utilización de técnicas como la entrevista, la observación y la investigación documental, interviniendo en un nivel individual e interprofesional y elabora informes sociales solicitados por las instancias judiciales.
TRABAJO SOCIAL FORENSE • El fin último desde lo jurídico es dictar órdenes y sanciones; desde lo social el fin está orientado a establecer las condiciones sociales de lo evaluado y el señalamiento de las necesidades de intervención, por medio de un peritaje social. • El peritaje es una labor altamente compleja y requiere de una evaluación responsable y especializada, dado que se compromete seriamente la vida de las personas, ya sea en la infancia, adolescencia o en la vida adulta.
EL TRABAJADOR/A SOCIAL COMO PERITO/A DENTRO DEL SISTEMA JURÍDICO • Se encuentra inmerso/a en una serie de complejas determinaciones como los son las relaciones entre las personas, la sociedad y las leyes. Paralelo, a la competencia profesional y capacitación permanente el Trabajador Social requiere de conocimientos con respecto al ordenamiento jurídico, dado que su intervención lo es en cuanto a su calidad de experto/a, ante las demandas de las instancias judiciales.
PERITAJE SOCIAL IMPLICACIONES • Puede ser altamente victimizante, tanto en el trato a las personas , en el planteamiento de los resultados como en el análisis o no que se realice de la situación investigada. • Puede vulnerar gravemente los derechos de las personas valoradas. Objetividad principio rector de la valoración pericial
IMPLICACIONES ETICO - LEGALES TOMAR EN CUENTA • Posición de poder del/la profesional sobre la o las personas con las que trabaja. • Responsabilidad sobre la situación y la vida de una o varias personas. • Principios de la profesión. • Código de Ética CTS – CR. • Principios Éticos Internacionales. • Lineamientos Departamento. • Normativa jurídica nacional y específica de cada materia. • Derechos humanos.
IMPLICACIONES ETICO - LEGALES POR ACCION • Investigaciones incompletas. • Indicaciones directas a las personas. • Conclusiones espontáneas sin análisis bien fundamentado según problema. • Aplicación indebida de enfoques teóricos para el análisis. • Juicios de valor según experiencia de vida y sentido común. POR OMISION • Investigaciones incompletas. • Incompetencia / falta de preparación técnica-científica. • Intervención inoportuna (fuera de tiempo). • Informes carentes de información y análisis.
IMPLICACIONES ETICO - LEGALES Directas a las personas usuarias de los servicios Poder Judicial. Administración de la justicia. País y sociedad en general
CONSECUENCIAS PARA EL O LA TRABAJADORA SOCIAL Enfrentar procesos judiciales . Procesos administrativos. Procesos gremiales (Tribunal de Ética). Pérdida credibilidad personal y de la profesión.
FINALMENTE . La decisión final siempre será de cada profesional enfrentado/a a la realidad, no sólo de cada caso en concreto, sino también de la institución para la cual trabaja y de sus propias actitudes y aptitudes. No se trata pues de aplicar un código de ética, de acatar una serie de deberes y normas, sino de tener una actitud ética: los códigos de ética no sirven de nada si a los profesionales les falta la actitud interna que hace que su acción sea realmente ética. Banks, Sarah; Ética y Valores en el Trabajo Social, Paidós, Barcelona, 1997