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Delegación Federal del Trabajo en Michoacán

Delegación Federal del Trabajo en Michoacán. DIRECCIÓN JURÍDICA. ANTECEDENTES . La última R eforma a la Ley Federal del Trabajo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, entrando en vigor al día siguiente. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR.

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Presentation Transcript


  1. Delegación Federal del Trabajo en Michoacán

  2. DIRECCIÓN JURÍDICA

  3. ANTECEDENTES La última Reforma a la Ley Federal del Trabajo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, entrando en vigor al día siguiente.

  4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR • El procedimiento administrativo sancionador es el conjunto de pasos, etapas y acciones que de una manera congruente y secuencial permiten a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la aplicación de una multa, a todo aquél patrón o trabajador que incumpla con sus obligaciones previstas en la legislación laboral.

  5. CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO LEY FEDERAL DEL TRABAJO • CONTRATO DE TRABAJO • JORNADA DE TRABAJO • DIAS DE DESCANSO • VACACIONES • SALARIO • AGUINALDO • PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS

  6. LEY FEDERAL DEL TRABAJO TITULO CUARTO Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones art. 132 y art. 134 CAPITULO I Obligaciones de los patrones. I Obligaciones de los patrones

  7. CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO LEY FEDERAL DEL TRABAJO Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones: XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, en los términos del Capítulo III Bis de este Título.

  8. SEGURIDAD E HIGIENE XVI. Instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales. Asimismo, deberán adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral;

  9. SEGURIDAD E HIGIENE XVII. Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios;

  10. Dirección Jurídica RESOLUCIONES EMITIDAS DURANTE LOS AÑOS 2013 Y HASTA JUNIO 2014

  11. Responsable: Lic. Ma. Elda Deyanira Valdés Herrera Directora Jurídica elda.valdes@stps.gob.mx Tel. 443 3 24 35 47 Extensión 103

  12. SUBDIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL

  13. ANTECEDENTES Dado los antecedentes de accidentes o siniestros ocurridos en hoteles, restaurantes, centros nocturnos y bares, que se han debido principalmente a incendios y cortos circuitos y por ende falta de capacitación del personal ante dichos eventos lamentables. Se diseño un operativo para realizar inspecciones extraordinarias de orientación y asesoríadurante el año 2012 a estos sectores de empresas. Los resultados de ese operativo se analizaron en dos vertientes , la primera conclusión a la que se llego fue que existe desconocimiento de la normatividad de seguridad y salud en el trabajo ; la segunda fue la poca respuesta o interés para dar cabal cumplimiento a la normatividad existente La Ley Federal del Trabajo se actualizó en diciembre del 2012, con los cambios se incrementa sustancialmente el monto de las sanciones por violaciones a la normatividad.

  14. desarrollo • Durante el presente año se esta trabajando con inspecciones ordinarias de seguridad e higiene, de condiciones generales de trabajo y en materia de capacitación y adiestramiento que se son seleccionadas de un directorio nacional de empresas de forma aleatoria. • Las inspecciones extraordinarias se programan en base a directrices de nivel central y se dirigen a giros con alguna problemática especial como son: • Gasolineras • Tiendas departamentales, farmacias , comercios mayoristas • Ingenios azucareros • Industria de la construcción • Bancos y cajas de empeño • Minas en general y de materiales pétreos • Jornaleros agrícolas • Industrias de alto riesgo • Adicionalmente hay 3 operativos anuales; Aguinaldo, Salarios, PTU.

  15. protocolo

  16. Programa Operativo Anual Inspeccion Ordinarias Extraordinarias ProgramaciónAleatoria Comprobación de Medidas Extraordinarias Operativos Citatorio Orden de Inspección Inicial Periódica Orden de Inspección Otras Huelga Accidente de trabajo Citatorio Orden de Inspección SI NO Acta de Inspección Materia Informe Acta SI NO C G T C Y A SH Informe Acta Orden de Inspección SI NO Informe Acta

  17. Entrega de Acta para Calificación Análisis CGT / CYA SH Solicitud de Sanción Acuerdo de Archivo Solicitud de Sanción Acuerdo de Terminación Emplazamiento de Medidas Acuerdo de Archivo Acuerdo de Terminación Se turna a Jurídico Notificación Se turna a Jurídico Notificación Notificar Contabilizar el plazo de cumplimiento

  18. Responsable: Ing. Socorro Cortés Ruiz Subdirector de Supervisión y Control socorro.cortes@stps.gob.mx Tel. 443 3 24 35 47 Extensión 107

  19. DECLARALAB

  20. C O N T E N I D O Descripción Inspección y sistemas alternativos de cumplimiento Fundamento legal Beneficios de la DECLARAB Porcentaje de cumplimiento y reducción de sanciones Situación de la DECLARALAB Comparativo del los sistemas alternativos Conclusión

  21. INSPECCIÓN Y SISTEMAS ALTERNATIVOS DE CUMPLIMIENTO DECLARALAB Inspección AUTOGESTIÓN Cumplimiento de la Normatividad en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. 1 2

  22. F U N D A M E N T O L E G A L El 30 de abril de 2013 se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo mediante el cual se da vida jurídica a la herramienta electrónica que permitirá declarar las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo. Dando paso con ello a la publicación de los Lineamientos de operación y funcionamiento el 3 de julio de 2013, donde se le denomina a esta herramienta DECLARALAB. http://www.dof.gob.mx/

  23. BENEFICIOS DE LA DECLARALAB

  24. PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO y REDUCCIÓN DE SANCIONES De acuerdo a lo establecido en el capítulo II del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización.

  25. Situación de la : En el portal de la STPS, se tiene registrado lo siguiente:

  26. COMPARATIVO DE LOS SISTEMAS ALTERNATIVOS DECLARALAB PASST

  27. C O N C L U S I Ó N Es un sistema en línea adecuado para identificar los riesgos de trabajo, es gratuito, de requerir apoyo técnico específico, puede recurrir a la Delegación. Cuenta con beneficios y de aprenden como auto-protegerse, a fin de tener un centro de trabajo, seguro y agradable para el personal, así como para los proveedores y personas en general que se encuentren en el centro de trabajo.

  28. PROGRAMA DE AUTOGESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

  29. DELEGACIÓN FEDERAL DEL TRABAJO EN MICHOACÁN PROGRAMA DE AUTOGESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO “Empresa Segura”

  30. I N D I C E Descripción Antecedentes del PASST Fundamento Legal Principales Beneficios del PASST Requisitos para inscribirse en el PASST Empresas en Autogestión por Rama de Actividad Restaurantes inscritos y avance en el PASST Conclusiones

  31. A N T E C E D E N T E S D E L P A S S T El Programa de Autogestión tuvo su origen en el año de 1995, en los denominados “Programas Preventivos”, los cuales se aplicaban en las empresas con cien o más trabajadores de la industria maquiladora de exportación de las entidades federativas de la frontera norte del país, así como de Jalisco y el estado de México, con el propósito de promover la implementación de programas preventivos y, de esta manera, también atender los compromisos derivados del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte, ACLAN. Programas Preventivos 1995 (PASST)

  32. F U N D A M E N T O L E G A L Fundamento Legal: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 123, Apartado “A”, fracción XV, la responsabilidad que tiene el patrón de observar, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en su establecimiento, y adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes, así como garantizar la salud y la vida de los trabajadores. La Ley Federal del Trabajo determina en su articulo 132, fracción XVI, la obligación que tienen los patrones de instalar, de acuerdo con los principios de seguridad e higiene, las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares en que deben ejecutarse las labores, para prevenir riesgos de trabajo y perjuicios al trabajador. El Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, señala en el artículo 12 que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social llevará a cabo programas de asesoría y orientación para el cumplimiento de la normatividad laboral en materia de seguridad e higiene, en los que se establecerán los mecanismos de apoyo para facilitar dicho cumplimiento, a través de compromisos voluntarios con las empresas que así lo soliciten.

  33. PRINCIPALES BENEFICIOS DEL PASST RECONOCIMIENTO NACIONAL E INTERNACIONAL

  34. R E Q U I S I T O S P A R A I N S C R I B I R S E E N E L P A S S T

  35. EMPRESAS EN AUTOGESTIÓN (POR RAMA DE ACTIVIDAD)

  36. CONCLUSIONES APROVECHEMOS LAS HERRAMIENTAS EN LÍNEA QUE OFRECE LA STPS, A FIN DE APRENDER A CUIDARNOS, UTILIZANDO LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD LABORAL, CON EL PROPÓSITO DE VIGILAR NUESTRA INTEGRIDAD FÍSICA, YA QUE CON ELLO PREVENIMOS LOS RIESGOS Y ENFERMEDADES DE TRABAJO. LAS EMPRESAS LOGRARÁN RECONOCIMIENTOS Y EL IMPORTE DE LAS APORTACIONES QUE PAGAN AL IMSS, SE INVIERTE EN LAS INSTALACIONES Y CONTAMOS CON CENTROS DE TRABAJO MÁS SEGUROS E HIGIÉNICOS.

  37. DELEGACIÓN FEDERAL DEL TRABAJO Para mayores informes, comunicarse con: Ing. Pedro Almonte Ayala Subdirector de Orientación y Evaluación palmonte@stps.gob.mx Tel. 443 3 24 35 47 Extensión 105.

  38. ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS

  39. Capitulo III Bis De la productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores Artículo 153-A.- Los patrones tiene la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores.

  40. Acuerdo 14-Jun-2013 Acuerdo por el que se dan a con los Criterios Administrativos, Requisitos y Formatos para Realizar los Trámites y Solicitar los Servicios en Materia de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Entra en vigor cap. II, III, IV, V, IX, X 12-Septiembre-2013

  41. Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad • Empresas con más de 50 trabajadores 153-E Posibilidad de constituir más de una Comisión Mixta o Subcomisiones Bipartita CMCAP Paritaria Patrón y Trabajador o con el sindicato titular del contrato colectivo o administrador del Contrato-Ley Integración Serán acordados Funcionamiento

  42. Nuevas funciones 153-E Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento • Proponer los cambios en la maquinaria, los equipos, la organización del trabajo y las relaciones laborales, de conformidad con las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad en función de su grado de desarrollo actual • Proponer las medidas acordadas, para impulsar la capacitación, medir y elevar la productividad, así como garantizar el reparto equitativo de sus beneficios • Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad

  43. Nuevas funciones • Resolver las objeciones que presenten los trabajadores con motivo de la distribución de los beneficios de la productividad • Emitir opinión sobre la permanencia de los trabajadores contratados bajo las modalidades de capacitación inicial y periodo a prueba 39-A y 39-B • Autentificar las constancias de competencias o de habilidades laborales expedidas a los trabajadores que aprueben los cursos de capacitación y adiestramiento, en su caso, cuando aprueben el examen de suficiencia aplicado por la entidad instructora 153-T

  44. Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Deberán conservar como registros internos de la empresa que cuente con más de 50 trabajadores:

  45. Elaboración de Planes y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad

  46. Pueden formularse los programas de capacitación respecto a cada establecimiento, una empresa, varias de ellas o una rama industrial o actividad determinadas 153-A cuarto párrafo • Deben establecer el procedimiento de selección para un mismo puesto, a fin de definir el orden en que serán capacitados 153-H fracción IV • Deben precisar las etapas durante las que se impartirá la capacitación 153-H fracción III • Deben considerar todos los puestos y niveles de la empresa 153-H fracción II

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