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BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES DE I+D+i DEL PERSONAL INVESTIGADOR.
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BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES DE I+D+i DEL PERSONAL INVESTIGADOR
La disposición adicional vigésima de la Ley 35/2006, de 20 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes del Impuesto sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, autoriza al Gobierno para que establezca bonificaciones en las cotizaciones en la Seguridad Social correspondientes al Personal Investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, a que se refiere el artículo 35 del texto difundido en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, del 5 de marzo. • La bonificación de cuotas a la Seguridad Social es incompatible con el régimen de deducciones fiscales por I+D e Innovación tecnológica.
¿EN QUÉ CONSISTE? • Permite aplicar el 40 % de bonificación a la cotización de la seguridad Social al personal que se dedica a actividades de I+D e IT. • La bonificación establecida por el Real Decreto podrá aplicarse en la cotización relativa a los trabajadores incluidos en: • Grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que, con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa se dedica a actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, • ya sea su contrato de carácter indefinido, en prácticas, o de carácter temporal por obra o servicio determinado. En este último caso, el contrato deberá tener una duración mínima de tres meses. • La certificación del Personal investigador permite solicitar el Informe Motivado del Ministerio de Ciencia e Innovación es vinculante para la Administración lo que permite la aplicación de las bonificaciones con total seguridad jurídica.
PASOS A SEGUIR PARA LA BONIFICACIÓN DEL PERSONAL INVESTIGADOR El próximo 30 denoviembre finaliza el plazo para que las empresas notifiquen la intención de obtener la reducción del 40% en la cuota de Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i ante la Agencia Tributaria. Los pasos a seguir para aplicar dichas bonificaciones con seguridad jurídica total son los que aquí le detallamos: • Ejercer el derecho de opción: Informar a la Agencia Tributaria antes del 30 de noviembre que la empresa desea beneficiarse de la reducción del 40% de la cuota de la Seguridad Social del personal dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i durante el año 2009. Para realizar dicha notificación debe rellenar y enviar el formulario que se encuentra en el siguiente link: http://www.agenciatributaria.es/wps/portal/Navegacion2?channel=1137196d57df0110VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=9 • Si desea obtener el Informe Motivado, vinculante ante la Administración, debe solicitar la certificación del Personal Investigador a una Entidad de Certificación. • Obtención de la Certificación de Personal Investigador. • Tramitación del Informe Motivado ante el Ministerio de Ciencia e Innovación, el cual es vinculante ante la Administración y por tanto otorga seguridad jurídica total en la aplicación de dichas bonificaciones del 40% en las cuotas de la Seguridad Social.
PASOS A SEGUIR: SOLICITUD INFORME MOTIVADO SOBRE PERSONAL INVESTIGADOR • Solicitar la certificación del personal investigador que realiza actividades de I+D+i, a una Entidad de Certificación acreditada por ENAC. • La solicitud debe incluir documentación de la estructura organizativa de la I+D+i de la empresa, de los candidatos del personal investigador dedicado a actividades de I+D+i y evaluar el año a certificar y los proyectos y actividades de I+D+i. • El Informe técnico o certificado ha de contener la valoración de la estructura organizativa de la I+D+i de la empresa y del personal investigador. Con la certificación del personal investigador que realiza actividades de I+D+i con carácter exclusivo. • Solicitar en la aplicación-web el correspondiente informe motivado tipo d. Una vez cumplimentada la aplicación web y cargada la información requerida: breve memoria expositiva, identificación de las personas que realizan las actividades de I+D+i en exclusiva y certificado o informe técnico de la Entidad de certificación. Una vez cargado, se genera un documento en papel que habrá que presentar en un Registro oficial.