251 likes | 687 Views
LA DETENCION. NCPP. ( Artículo Nº 259 ). Detención Policial. La Policía detendrá, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante DELITO. Cuando el agente es descubierto en la realización del hecho punible Cuando el agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto
E N D
LA DETENCION NCPP ( Artículo Nº 259 ) Detención Policial La Policía detendrá, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante DELITO Cuando el agente es descubierto en la realización del hecho punible Cuando el agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto Cuando el agente a huido y ha sido identificado durante o inmediatamente después de la perpet ración del hecho punible,, sea por el agraviado o por otra persona que haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual, dispositivos o equipos con cuya tecnología se haya registrado su imagen , y es encontrado dentro de las 24 horas de producido el hecho punible Existe FLAGRANCIA de DELITO : Cuando el agente es encontrado dentro de las 24 horas después de la perpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquel que hubieran sido empleados para cometerlo o con señales en si mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría o participación en el hecho delictuoso.
NCPP El detenido Si se tratare de una FALTA o un DELITO sancionado con una pena no mayor de dos años de privación de libertad, luego de los interrogatorios de identificación y demás actos de investigación urgentes podrá ordenarse : Una medida menos restrictiva o su Libertad
NCPP ( Artículo Nº 260 ) Arresto ciudadano No puede encerrarlo en un lugar hasta su entrega En flagrancia delictiva redactará ACTA arresta Persona Ciudadana Persona Ciudadana La Policía debe Entregarlo inmediatamente mas Las cosas que constituyan el cuerpo del Delito
( Artículo Nº 261 ) Detención preliminar judicial NCPP Solicita Mandato de Detención remitiendo actuaciones Los datos de identidad del imputado Exposición sucinta de los hechos, objeto de imputación Los fundamentos de hecho y de derecho, con mención expresa de las normas legales. deberá contener El Fiscal que ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a 4 años en contra de dictará MANDATO DE DETENCION Persona El Juez de la Investigación Preparatoria Existe posibilidad de que pueda fugar Ejecutará el dictará y dará a conocer a Tiene vigencia de 6 meses La Policía De terrorismo De espionaje De tráfico Ilícito de drogas Excepto los casos Caducarán hasta la efectiva detención del requisitoriado
NCPP ( Artículo Nº 264 ) Plazo de la detención Si Ordena LA LIBERTAD del La Detención Policial de Oficio al término solo durará 24 horas Detenido La Detención Preliminar El Fiscal ( decidirá ) O Si Solicita al Prisión Preventiva u otra Medida Alternativa El Juez de la Investigación Preparatoria
( Artículo Nº 264 ) Plazo de la detención NCPP Terrorismo La Detención Policial de Oficio en los delitos de podrá durar no mas de 15 días naturales Espionaje La Detención Preliminar Tráfico Ilícito de Drogas El Juez Penal en estos casos esta facultado para adoptar las siguientes medidas : A constituirse, a requerimiento del detenido, al lugar donde se encuentra El Detenido Los motivos de la privación de la libertad El avance de las investigaciones El estado de su salud Averiguar : La afectación indebida del derecho de defensa Irregularidades que afecten gravemente el éxito de las investigaciones en el caso de advertir Al Fiscal Superior Lo hará conocer : dictará Medidas Correctivas Al Fiscal del caso que dará a conocer al
NCPP ( Artículo Nº 265) Detención preliminar incomunicada Terrorismo Espionaje Tráfico Ilícito de Drogas Delito sancionado con pena superior a los 6 años Detenida una Persona por : solicitará al decrete por un plazo no mayor de 10 días La Incomunicación del El Fiscal Juez de la Investigación Preparatoria detenido No impide conferencias en privado entre el se pronunciará inmediatamente mediante resolución motivada Y ABOGADO DEFENSOR El detenido También procede para el imputado con prisión preventiva ( Art. 280º )
NCPP ( Artículo Nº 266) Convalidación de la detención Caso contrario dispondrá la Inmediata libertad del encuentra razones que determinaron la Detención del Si vencido el plazo de detención preliminar El Fiscal Juez de la Investigación Preparatoria detenido lo pondrá a disposición del requiriendo Auto de Convalidación de la detención Prisión Preventiva Comparecencia simple o restringida para determinar si dicta a disposición LA DETENCION CONVALIDADA tendrá un plazo de duración de 7 días naturales a cuyo vencimiento se pondrá Del Juez de la Investigación Preparatoria al detenido
EL MINISTERIO PUBLICO NCPP ( Artículo Nº 60 ) es el titular del ejercicio ACCION PENAL de la De Oficio actúa A instancia de la Victima ELMINISTERIO PUBLICO Por Acción Popular Por noticia policial Obligada a obedecer la conduce LA INVESTIGACION DEL DELITO ( desde su inicio ) apoyado en El Fiscal La Policía
( Artículo Nº 61 ) ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL FISCAL NCPP Independencia de criterio actúa en el proceso penal con Criterio Objetivo adecua sus actos a un La Constitución se rige por El Fiscal conduce La Ley indaga La Investigación Preparatoria solicitará que comprueben la imputación circunstancias obligado que Eximan o Atenúen La Responsabilidad del Las Medidas necesarias que considere al JUEZ Apartarse del conocimiento de una investigación o proceso cuando este incurso en las causales de inhibición IMPUTADO
NCPP ( Artículo Nº 65 ) en la investigación de un DELITO ELMINISTERIO PUBLICO HECHOS DELICTIVOS que acrediten los ELEMENTOS DE CONVICCION deberá de obtener que identifique a los AUTORES Y PARTICIPES
NCPP ( Artículo Nº 65 ) realizará las 1eras DILIGENCIAS PRELIMINARES A LAS NOTICIAS DE UN DELITO El Fiscal realice las o dispondrá que la precisará sujeta a la conducción de La Policía El objeto Las formalidades especificas que deberán de reunir los ACTOS DE INVESTIGACION ( para garantizar su validez )
NCPP ( Artículo Nº 65 ) La Estrategia de Investigación decidir corresponde programará pautas y coordinará El empleo de técnicas EFICACIA Al Fiscal y medios de garantizará garantizará EL DERECHO DE DEFENSA La regularidad de las diligencias LOS DERECHOS FUNDAMENTALES del IMPUTADO
NCPP ( Artículo Nº 67 ) LA POLICIA debe avisar Inmediatamente a al tomar conocimiento del DELITO El Fiscal LA POLICIA NACIONAL que sirvan de aplicación a la LEY PENAL ELEMENTOS DE PRUEBAS debe reunir y asegurar Para llevar a cabo la INVESTIGACION PREPARATORIA obligados a apoyar AL MINISTERIO PUBLICO LA POLICIA NACIONAL EN FUNCION DE INVESTIGACION
( Artículo Nº 68 ) NCPP ATRIBUCIONES DE LA POLICIA NACIONALEN FUNCION DE INVESTIGACION Denuncias Escritas del Fiscal Actas de las Denuncias Verbales bajo la conducción recibe sentar Declaraciones a los Denunciantes toma Vigila El lugar de los Hechos Protege LA POLICIA NACIONAL EN FUNCION DE INVESTIGACION Vestigios o Huellas con el fin de da auxilio a las No borrar del DELITO Victimas del delito recoge y conserva ELEMENTOS MATERIALES relacionados con el para la DELITO INVESTIGACION
( Artículo Nº 68 ) Los Autores y Participes NCPP de un DELITO Identificar físicamente a de quienes han presenciado el delito del Fiscal realiza diligencias orientadas a recibe declaraciones bajo la conducción Levantan planos Toman fotografías LA POLICIA NACIONAL EN FUNCION DE INVESTIGACION Hacen grabaciones captura a los presuntos y demás operaciones técnicas científicas en caso de fragancia Informándoles sus derechos AUTORES PARTICIPES
( Artículo Nº 68 ) NCPP Allana locales de Uso Público del Fiscal bajo la conducción del DELITO Presuntos AUTORES PARTICIPES recibe manifestaciones de con presencia obligatoria del LA POLICIA NACIONAL EN FUNCION DE INVESTIGACION Abogado Defensor
( Artículo Nº 70 ) NCPP podrá informar la identidad MEDIOS DE COMUNICACION IMPUTADOS a los de los LA VICTIMA NO podrá informar LA POLICIA NACIONAL a los la identidad de la identidad LOS TESTIGOS de podrá informar a los previa autorización del Fiscal