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SEMINARIOS DE ACTUALIZACION. REGLAMENTACION LEY 1150/07. Aplicación Práctica de la Reforma a Consultoría. Por: Ing. Guillermo Balcazar N. Consultor. Febrero 14 de 2008. Decreto 066 / 2088 REGLAMENTACION DE LOS PROCESOS DE SELECCION. DECRETO 222/1983. LEY 80/1993. LEY 1150/2007.
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SEMINARIOS DE ACTUALIZACION REGLAMENTACION LEY 1150/07 Aplicación Práctica de la Reforma a Consultoría Por: Ing. Guillermo Balcazar N. Consultor Febrero 14 de 2008
Decreto 066 / 2088 REGLAMENTACION DE LOS PROCESOS DE SELECCION DECRETO 222/1983 LEY 80/1993 LEY 1150/2007 Oferta $ Vs Propuesta Técnica Disponibilidad Presupuestal Vs Presupuesto Fórmula Matemática Vs Propuesta más favorable Licitación Vs Concurso de Méritos
Concurso de Méritos S/ Ley 1150/2007 • Art. 2 – Numeral 3: “….. modalidad prevista para la selección de consultores o proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de precalificación….” (listas cortas) “.. en desarrollo de estos procesos de selección, las propuestas técnicas o de proyectos podrán ser presentadas en forma anónima…..”
Publicación S/ Ley 1150/2007 • Art. 3: De la contratación pública electrónica. “….. sin perjuicio de las publicaciones previstas en el numeral 3º del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Con el fin de materializar los objetivos a que se refiere el inciso anterior , el Gobierno Nacional desarrollará el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP…” • Art. 30 – Numeral 3º Ley 80/93: “..Dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a la apertura de la licitación o concurso se publicarán hasta tres (3) avisos….”
Riesgos S/ Ley 1150/2007 • Art. 4: De la distribución de riesgos en los contratos estatales. “Los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación.” “… con anterioridad a la presentación de las ofertas, los oferentes y la entidad revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva..”
Selección S/ Ley 1150/2007 • Art. 5: De la selección objetiva. “… la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca …….” Requisitos Habilitadores: • Capacidad Jurídica • Condiciones de Experiencia • Capacidad Financiera y de la organización. • “4. En los procesos para la selección de consultores se hará uso de factores de calificación destinados a valoras aspectos técnicos de la oferta o proyecto. De conformidad con las condiciones que señale el reglamento, se podrán utilizar criterios de experiencia específica del oferente y del equipo de trabajo, en el campo de que se trate. ”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 2: Modalidades de selección. • Licitación Pública. • Selección Abreviada. • Concurso de Méritos. • Contratación Directa.
S/ Decreto 066/2008 • Art. 3: Estudios y documentos previos. “En desarrollo de lo señalado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones de manera que los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como el de la distribución de riesgos que la entidad propone” • Art. 25 – Numeral 7º Ley 80/93: “La conveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del procesos de selección del contratista o a la firma del contrato, según el caso.” • Art. 25 – Numeral 12º Ley 80/93: “…. La existencia de los diseños no regirá cuando el objeto de la contratación sean la construcción o fabricación con diseños de los proponentes”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 3: Estudios y documentos previos. “…. Se publicarán de manera simultánea con el proyecto de pliego de condiciones y deberán contener, como mínimo, los siguientes elementos: • … descripción de la necesidad de la entidad …… • … descripción del objeto a contratar, con sus especificaciones esenciales .. • … fundamentos jurídicos …. • … análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato … precios unitarios … en el caso de concurso de méritos no será necesario publicar el detalle del análisis que se haya realizado. • … justificación de los factores de selección … • Art. 3 – Parágrafo 1: “Los elementos mínimos de los estudios previos previstos en el presente artículo se complementarán con los exigidos de manera puntual en las diversas modalidades de selección.”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 4: Convocatoria Pública. “…. Se publicarán de conformidad con las reglas de publicidad ….. Señalados en el artículo 8 ….” • Art. 8: Publicidad del procedimiento en el SECOP. “… la publicidad …. se hará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP)…. Según la Ley 1150/2007 “….. sin perjuicio de las publicaciones previstas en el numeral 3º del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993. • Art. 30 – Numeral 3º Ley 80/93: “..Dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a la apertura de la licitación o concurso se publicarán hasta tres (3) avisos ….”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 9: Publicidad de proyectos de pliegos de condiciones y de pliegos de condiciones definitivos. “… la entidades estatales publicarán los proyectos … pliegos de condiciones definitivos …. Aplica para las modalidades … concurso de méritos …” “… cuando menos con diez (10) días hábiles de antelación a la fecha del acto que ordena su apertura ..” “… En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la entidad agrupará aquellas de naturaleza común.”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 12: Ofrecimiento más favorable a la entidad. “2. En el concurso de méritos, la oferta más favorable a la entidad será aquella que presente la mejor calidad, de acuerdo con los criterios señalados en el pliego de condiciones, con independencia el precio, que no será factor de calificación o evaluación.”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 54: Aplicabilidad del Concurso de Méritos. “.. Para la selección de consultores o proyectos a que se refiere el numeral 3º del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, las entidades estatales utilizarán sistemas de precalificación, salvo que se trate de selección de proyectos de arquitectura, en cuyo caso utilizarán sistemas de concurso abierto por medio de jurados.” • El citado Numeral 3º del artículo2 de la Ley 1150/2007, define concurso de méritos como: “….. modalidad prevista para la selección de consultores o proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de precalificación.”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 54. Parágrafo 2: “.. Para la selección de consultores o proyectos a que se refiere el numeral 3º del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, las entidades estatales utilizarán sistemas de precalificación, salvo que se trate de selección de proyectos de arquitectura, en cuyo caso utilizarán sistemas de concurso abierto por medio de jurados.” • Según el numeral 4º del Articulo 2 de la Ley 1150/2007, los contratos interadministrativos son Contratación Directa, indicando que para el caso de las instituciones de educación superior publicas, “ … la celebración y ejecución podrán realizarse de acuerdo con las normas específicas de contratación de tales entidades, en concordancia con el respeto por la autonomía universitaria consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política.”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 55: Comité asesor y evaluador. “…. tendrá a su cargo la conformación de la lista corta, y evaluara y calificara las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en los pliegos de condiciones, previa reunión en la que unificara su entendimiento sobre los criterios de evaluación para minimizar las posibles diferencias de criterio individual con que cada factor debe evaluarse. ….”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 56: Etapas del concurso de Méritos. “1. Preparación de estudios y documentos previos. …. 3. Convocatoria pública para presentación de expresiones de interés ….(10) días .. … 5. Invitación a presentar propuesta … (20) días .. 6. Presentación y evaluación de propuestas técnicas. 7. Elaboración de informe de evaluación. 8. Apertura de la propuesta económica, definición del alcance de lo servicios y del contrato. 9. Adjudicación … • Art. 56 – Parágrafo “ … propuestas técnicas simplificadas, los términos señalados en los numerales 3 y 5 del presente articulo serán de 5 y 10 días hábiles, respectivamente.”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 58: Requerimientos Técnicos. “1. .. objetivos.. 2. .. Descripción detallada ... 3. .. Cronograma .. 4. .. Listado de información … estudios, informes previos, análisis o documentos definitivos. “ • Art. 58 – Parágrafo “ El consultor seleccionada podrá continuar ejecutando fases subsecuentes de la consultoría …. Que corresponden a tareas que se desprenden de los trabajos iniciales o son necesarias para el desarrollo del mismo proyecto.” Las prórrogas y adiciones para interventoría “ … por el período por el que se haya prorrogado el contrato supervisado, siempre que se haya pactado en la modalidad de tiempo trabajado … el valor se ajustará de manera proporcional …”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 64: Propuesta Técnica. Detallada (PTD) “Servicios complejos que tiene impacto, magnitud y extensión importante y/o cuando los mismos pueden desarrollarse con diferentes enfoques o metodologías”. Simplificada (PTS) “ Servicios rutinarios simples y definidos con precisión o cuando el presupuesto estimado es inferior al 10% del correspondiente a la menor cuantía” • Para este caso menor cuantía será entre 28 y 100 SMMLV (14 a 46 millones)
S/ Decreto 066/2008 • Art. 59: Costos estimado y disponibilidad presupuestal. “ La entidad estimará el costo de los servicios ….” “ … el presupuesto oficial amparado por el certificado de disponibilidad se determinará con base en la ….. estimación de costos” “… el detalle de la estimación será puesto a disposición del proponente que se ubique en primer lugar.” “… la propuesta podrá sobrepasar el costo estimado del contrato (presupuesto oficial) sin que ninguna circunstancia supere el monto del CDP, so pena de ser rechazada”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 61: Conformación lista corta. • Manifestación de interés y entrega de documentos. • Verificación de documentos por parte del comité. • Conformación de lista de 2 a 6 precalificados. • “Asegurando su homogeneidad al incluir consultores con naturaleza jurídica, objetivos empresariales, académicos, científicos o investigativos similares, sin que en ningún caso se mezclen dichas clases de consultoras dentro de la lista corta”
S/ Decreto 066/2008 • Art. 61: Conformación lista corta. Factores. a. Experiencia general b. Capacidad intelectual, entendida como las calificaciones del interesado para …. c. Capacidad Operacional, organizacional, administrativa para el tipo y clase de servicio. d. Otros …. Historial profesional …. Confiabilidad … reconocimiento en el mercado.
S/ Decreto 066/2008 • Art. 66: Criterios de Evaluación. Propuesta Técnica. 1. Experiencia específica (20 a 40%): “… se evaluará cualitativamente en relación con la realización de proyectos de naturaleza e impactos similares.” 2. Metodología, plan y cargas de trabajo (10 a 40%): • Entendimiento del problema, plan de trabajo, organización, coordinación y distribución de cargas. 3. Calificación de los profesionales (40 a 60%): • Nivel de formación académica, de especialización, experiencia específica en trabajos similares. Trato como Nacional si mínimo el 50% de los profesionales son colombianos. La exigencia de evaluación cualitativa es novedosa frente a la actual calificación cuantitativa.
S/ Decreto 066/2008 • Art. 67: Experiencia del Proponente. • Se contabilizara en años o meses en el período determinado en el pliego. • La experiencia de los socios se puede acumular cuando la empresa tiene menos de cinco años de constituida, en proporción a su participación en el capital social. • Experiencia de consorcios y uniones temporales se contabiliza de manera proporcional a su participación. No parece procedente la medida de la experiencia de la empresa en tiempo, además va en contravía de que sea calificada en forma cualitativa.
S/ Decreto 066/2008 • Art. 68: Evaluación propuesta técnica. • Informe Comité evaluador. • El pliego debe indicar el puntaje mínimo para ser elegible. • Debe establecerse reglas para el desempate, reservando como última alternativa el sorteo. • Art. 69: Apertura de propuesta económica. • Publicación orden de elegibilidad. • Apertura sobre del primero en el orden. • Si sobrepasa e valor del CDP, será rechazado. • Verificación de la consistencia de la propuesta. • Acuerdo y adjudicación. No existe negociación de la propuesta económica.
S/ Decreto 066/2008 • Art. 70: Sustitución de miembros del equipo de trabajo. • Siempre que el nuevo miembro tenga condiciones iguales o superiores a la exigidas en el pliego. • Art. 71: Declaratoria de Desierta. • “La entidad procederá a revisar pliegos y requerimientos para determinar las causas.” • Art. 72: Garantías. • Las PTS no requieren garantía. • Art. 73: Concursos Arquitectónicos. • Siguen rigiéndose con Decreto 2326 de 1995.