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La formación del profesorado en españa

La formación del profesorado en españa.

johnda
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La formación del profesorado en españa

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Presentation Transcript


  1. La formación del profesorado en españa

  2. España, también denominado Reino de España, es un país soberano, miembro de la Unión Europea, constituido en Estado social y democrático de derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. Su territorio está organizado en 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas con capital en Madrid. Se encuentra situado en Europa occidental, donde ocupa la mayor parte de la península Ibérica y el archipiélagos de las islas Baleares (en el mar Mediterráneo occidental); y en el norte África donde se hallan las ciudades de Ceuta en la península Tingitana y Melilla en el cabo de Tres Forcas, las islas Canarias (en el océano Atlántico nororiental), las islas Chafarinas, el peñón de Vélez de la Gomera y las islas Alhucemas. El municipio de Llivia, rodeado totalmente por territorio francés, en los Pirineos, completa el conjunto de territorios junto con la isla de Alborán, las islas Columbretes y una serie de islas e islotes frente a las propias costas peninsulares.

  3. De acuerdo con la Constitución española, el castellano o español es la lengua oficial del Estado y todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.13 En 2006, era la lengua materna del 89% de los españoles. Otras lenguas, también españolas, son reconocidas como cooficiales en diversas comunidades autónomas, conforme a los estatutos de autonomía. • La economía española es la 13.ª economía mundial en términos de PIB, por delante de Corea del Sur y de México, y según Eurostat, el PIB per cápita español se situó, en 2011, en el 99% de la media de la Unión Europea, por delante de Chipre. Es el 8.º país del mundo con mayor presencia de multinacionales, tras Japón y por delante de Australia, Hong Kong y Canadá. Además, según el informe de 2010 de la ONU, tiene un índice de desarrollo humano de 0.878, el 23.º mayor del mundo, por delante de otros grandes países europeos, como Italia, Reino Unido o Grecia.

  4. El sistema educativo Español El sistema educativo formal español ha adoptado la estructura propuesta por LOGSE, todavía no desarrollada por completo. La edad de la escolaridad obligatoria se eleva a los 16 años, con un total de diez años de estudio en los niveles de primaria y secundaria obligatoria. Tras estos niveles se accede a la educación secundaria post obligatoria o a la enseñanza técnica profesional. Superada la enseñanza secundaria se puede acceder a la universidad tras un examen de ingreso, aunque este es innecesario si se completan los estudios de educación técnica profesional de 2º nivel.

  5. Formación inicial • La formación del profesorado de primaria y de educación infantil se lleva a cabo en las escuelas universitarias de formación del profesorado; estas desarrollan programas de diplomaturas por especialidades que tienen una duración de 3 años. La presencia de escuelas de formación del profesorado de la antigua EGB de carácter privado y de manera especial las de órdenes de la iglesia católica, es realmente importante en número e impacto. Sus titulados están oficialmente homologados.

  6. Las especialidades para los diplomados de magisterio son: • Educación infantil. • Enseñanza primaria. • Idiomas extranjeros. • Educación física. • Educación musical. • Educación especial. • Audición y lenguaje.

  7. Por otro lado, la formación del profesorado de secundaria se desarrolla en las facultades de las distintas áreas, obteniéndose en estas la titulación de licenciado en la especialidad tras 5 años de estudio (que, según la reforma en marcha puede ser de 4 años). Para este profesorado continua existiendo un curso de adquisición de conocimientos pedagógicos, el denominado CAP (certificado de aptitud pedagógica), creado en 190 por la Ley General de Educación, que ha recibido numerosas críticas por parte de los candidatos a profesores de este nivel y de la comunidad universitaria en general, incluida a del campo educativo. A partir de la creación de la facultad de Educación-centro de formación del profesorado de en facultades de educación, al tiempo que se les habilita para impartir la licenciatura de segundo ciclo de psicopedagogía (de 4 años). Esta, junto con la licenciatura de pedagogía, son las titulaciones superiores relacionadas con la educación.

  8. La formación docente en España La constitución democrática fue aprobada en 1978. No obstante, la democratización del aparato del Estado procedió a ritmos diferentes y produjo diferentes grados de autonomía institucional. Las reformas educativas se introdujeron mucho después que las políticas y el problema de la formación inicial del profesorado sigue vigente. El siguiente análisis tiene dos dimensiones temporales: 1- la formación actual, bajo los términos de referencia de la curricula de 1971, que aún está en vigor y las líneas fundamentales de la esperada reforma de la formación del profesorado, solo parcialmente introducidas en abril de 1991 por el ministerio de Educación. Esto último será puesto en practica en un termino aproximado de tres años y aun existen numerosos aspectos importantes en la reforma que aun no han sido clarificados en los documentos oficiales.

  9. En España las universidades son las responsables de emitir los títulos, pero no están facultadas para diseñar el contenido de los diversos currículos. Esto se debe a que el centralismo continúa siendo una característica importante en el sistema, a pesar de las disposiciones constitucionales y legales que garantizan la descentralización de la administración educativa de acuerdo a la transferencia de poderes y funciones a los gobiernos regionales autónomos. La autonomía universitaria establecida por la ley de reforma es bastante peculiar y difícil de comprender en el mundo anglosajón, puesto que sigue siendo el Ministerio de Educación el que regula la planificación, la organización académica en todo su detalle, los procedimientos para la selección del personal y los curricua fundamentales de todas las carreras.

  10. Antecedentes históricos La educación tecnocrática asumida por la dictadura desde la década de los años sesenta se atribuye con frecuencia a la hegemonía del Opus Dei dentro de los aparatos del estado. Durante mucho tiempo se consideró enemiga de la Institución de Libre Enseñanza, el Opus mantuvo una actitud ambivalente puesto que compartían rasgos en común. El más vivido ejemplo de esta relación contradictoria es la justificación política ofrecida por la Ley General de la Educación en 1970. El objetivo de ambas organizaciones era constituirse como la vanguardia de la modernización, pero el método seguido para ello era muy diferente en cada caso. La ILE aportó contribuciones sustanciales en el ámbito de las ciencias sociales, el Opus estaba más enfocado con una filosofía positivista empresarial que serviría más tarde como fundamento ideológico para los planes de desarrollo que iniciaron el 1959

  11. Durante mucho tiempo se consideró enemiga de la Institución de Libre Enseñanza, el Opus mantuvo una actitud ambivalente puesto que compartían rasgos en común. El más vivido ejemplo de esta relación contradictoria es la justificación política ofrecida por la Ley General de la Educación en 1970. El objetivo de ambas organizaciones era constituirse como la vanguardia de la modernización, pero el método seguido para ello era muy diferente en cada caso. La ILE aportó contribuciones sustanciales en el ámbito de las ciencias sociales, el Opus estaba más enfocado con una filosofía positivista empresarial que serviría más tarde como fundamento ideológico para los planes de desarrollo que iniciaron el 1959. A medida que la economía española comenzó a crecer en la década de los ’50, se produjo un claro desplazamiento en las prioridades organizativas de la obra. Aquellos que dentaron una posición de alto prestigio social ya no fueron los intelectuales, sino directores, empresarios y profesionales. El sistema educativo no estaba preparado para afrontar las nuevas exigencias, ni para satisfacer las necesidades de un aporte de mano de obra cualificada, tal como se prevé en el Primer plan de desarrollo. A parte de aspectos cualitativos tales como el carácter dogmático y autoritario de la enseñanza, era evidente que en la década de los ’70 faltaba en el sector público el mínimo de infraestructura educativa necesaria para atender a la población escolar.

  12. Formación permanente del profesorado La Ley de 1970 creó las Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado de Educación General Básica (EGB), en sustitución de las antiguas Escuelas Normales como centros universitarios encargados de la formación inicial de los profesores de Preescolar y de EGB. En esta Ley se establecía que, para ejercer la docencia en los citados niveles del sistema educativo, era necesario estar, al menos, en posesión de uno de estos títulos: diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico, que se obtenían tras tres años de estudios universitarios. De este modo, aun cuando se permitía el ejercicio profesional de la docencia a personas con titulaciones diversas, lo más común era que los profesores de estos niveles se hubieran formado en las mencionadas "escuelas universitarias".

  13. En consonancia con los planteamientos vigentes en la década de los 70, la especialización del profesorado prevista en la Ley General de Educación (LGE) comprendía las siguientes áreas: Preescolar, Ciencias, Ciencias Humanas, Filología y Educación Especial. Se trataba, por tanto, de una especialización centrada en las áreas curriculares. Con la reforma educativa establecida por la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE) en 1990, fue reformulada la formación inicial del profesorado. Dicha formación se mantiene en el mismo nivel académico que en la situación anterior, es decir, estudios universitarios de primer ciclo o diplomatura, denominándose ahora de maestro. No obstante, el sistema de formación inicial se ha renovado en cuanto a organización y contenidos, intentando adaptar la preparación de los profesores a las demandas del sistema educativo actual

  14. En dicha ley las titulaciones previstas para los docentes varían en función del ámbito de la enseñanza secundaria en el que vayan a ejercer: el título de licenciado, de ingeniero o de arquitecto para impartir bachillerato unificado y polivalente (BUP) y curso de orientación universitaria (COU), y titulaciones distintas para la formación profesional (FP), en función de las asignaturas que impartían. Los profesores numerarios de formación profesional podían impartir asignaturas teórico-prácticas de FP I y FP II, y debían poseer el título de diplomado, de arquitecto técnico o de ingeniero técnico. Los maestros de taller, que impartían asignaturas de carácter práctico en FP I, requerían poseer como mínimo el título de FP II. Con la promulgación de la LOGSE en 1990, se establecen en este nivel dos grupos de docentes según su formación inicial. Los que están en posesión del título de licenciado, de ingeniero o de arquitecto, que pueden impartir docencia tanto en la educación secundaria obligatoria como en el bachillerato y en la formación profesional específica, y los que poseen la titulación de diplomado, de ingeniero técnico o de arquitecto técnico que imparten docencia en la formación profesional específica, y, en determinados casos, en algunas materias de la educación secundaria obligatoria, y del bachillerato. En la enseñanza pública el primer grupo se adscribe al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y el segundo al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

  15. El principio de autonomía universitaria, establecido en la Constitución y desarrollado por la Ley de Reforma Universitaria (LRU) y por la Ley Orgánica de Universidades (LOU), ha dotado a las universidades de personalidad jurídica y de capacidad de gestión. En virtud de este principio, las universidades públicas tienen potestad para elaborar sus respectivos estatutos, y las universidades privadas sus propias normas de organización y funcionamiento, que contienen las regulaciones internas relativas al funcionamiento administrativo y económico, a la participación y a las relaciones de cada universidad con otras universidades, con el Estado y las administraciones públicas, y con la sociedad en general. Por lo tanto, las universidades desarrollan sus funciones en régimen de autonomía de gobierno, académica, de gestión de personal y de gestión, y de administración de sus recursos En cuanto a la formación en servicio, en el año 2000 se creó el Instituto Superior de Formación del Profesorado como órgano del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el objeto de organizar programas y actividades de cualificación de los profesores en todo el Estado. Asimismo, las comunidades autónomas y las propias universidades elaboran planes de formación permanente.

  16. Currículo El programa de estudios para la obtención del título de maestro se encuentra dividido en siete especialidades: Educación Infantil, Educación Primaria, Lengua Extranjera (Inglés y Francés), Educación Física, Educación Musical, Educación Especial y Audición y Lenguaje. Según las directrices generales de los planes de estudio de magisterio, comunes a todas las universidades, éstos no pueden tener una carga lectiva global inferior a 180 créditos; el tiempo de enseñanza puede oscilar entre 20 y 30 horas semanales incluidas las prácticas, y en ningún caso la carga lectiva de la enseñanza teórica puede superar las 15 horas semanales.

  17. Las materias que constituyen el núcleo básico de los programas de estudio, sin perjuicio de la autonomía de las universidades, son: Materias comunes: • Bases psicopedagógicas de la educación especial, • Didáctica general, • Organización del centro escolar, • Psicología de la educación y del desarrollo en edad escolar, • Sociología de la educación, • Teorías e instituciones contemporáneas de educación, • Nuevas tecnologías aplicadas a la educación Materias según las especialidades: • Educación infantil: conocimiento del medio natural, social y cultural; desarrollo de la expresión musical y su didáctica; desarrollo de la expresión plástica y su didáctica; desarrollo de habilidades lingüísticas y su didáctica; desarrollo del pensamiento matemático y su didáctica; desarrollo psicomotor; literatura infantil, y prácticas. • Educación primaria: ciencias de la naturaleza y su didáctica; ciencias sociales y su didáctica; educación artística y su didáctica; educación física y su didáctica; idioma extranjero y su didáctica; lengua y literatura y su didáctica; matemáticas y su didáctica, y prácticas.

  18. • Lengua extranjera: conocimiento del medio natural, social y cultural; educación artística y su didáctica; educación física y su didáctica; matemáticas y su didáctica; lengua y literatura y su didáctica; idioma extranjero y su didáctica; fonética; lingüística; morfosintaxis y semántica (del idioma extranjero correspondiente), y prácticas. • Educación física: conocimiento del medio natural, social y cultural; educación física y su didáctica; matemáticas y su didáctica; lengua y literatura y su didáctica; idioma extranjero y su didáctica; aprendizaje y desarrollo motor; bases biológicas y fisiológicas del movimiento; educación física y su didáctica; teoría y práctica del acondicionamiento físico, y prácticas. • Educación musical: conocimiento del medio natural, social y cultural; didáctica de la expresión musical; educación física y su didáctica; matemáticas y su didáctica; lengua y literatura y su didáctica; idioma extranjero y su didáctica; agrupaciones musicales; formación rítmica y danza; formación vocal y auditiva; historia de la música y del folklore; lenguaje musical, y prácticas.

  19. • Educación especial: aspectos didácticos y organizativos de la educación especial; aspectos evolutivos y educativos de la deficiencia auditiva; aspectos evolutivos y educativos de la deficiencia mental; aspectos evolutivos y educativos de la deficiencia motora; aspectos evolutivos y educativos de la deficiencia visual; educación física en alumnos con necesidades educativas especiales; expresión plástica y musical; trastornos de conducta y de personalidad; tratamientos educativos de los trastornos de la lengua escrita, y prácticas. • Audición y lenguaje: anatomía, fisiología y neurología del lenguaje; aspectos evolutivos del pensamiento y del lenguaje; desarrollo de habilidades lingüísticas; lingüística; psicopatología de la audición y del lenguaje; sistemas alternativos de comunicación; tratamiento educativo de los trastornos de la audición y del lenguaje; tratamiento educativo de los trastornos de la lengua oral y escrita, y prácticas.

  20. Los planes de estudio se organizan en dos bloques de enseñanzas: teórico-prácticas y de práctica profesional docente (practicum), garantizando una adecuada relación entre ellas. El bloque de enseñanzas teórico-prácticas está formado por materias obligatorias comunes para todos los alumnos, por materias específicas propias de la especialidad elegida y por materias optativas. Las materias obligatorias versan sobre aspectos sociológicos, pedagógicos y psicológicos relevantes para el ejercicio de la docencia en educación secundaria. Las específicas tratan de los aspectos didácticos de las disciplinas, materias y módulos correspondientes. Las optativas, que completan la formación en los aspectos científicos y técnicos, no pueden superar el 20% del total de la carga lectiva del bloque de enseñanzas teórico-prácticas, que cuenta con un mínimo de 40 créditos.

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