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PLENARIO DE DELEGADOS/AS FORMATIVO. 25-07-2013. SUMAS SALARIALES. BÁSICO: es la asignación por cargo SUMAS BONIFICABLES: se incrementan por antigüedad, ubicación por zona, zona.
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PLENARIO DE DELEGADOS/AS FORMATIVO 25-07-2013
SUMAS SALARIALES • BÁSICO: es la asignación por cargo • SUMAS BONIFICABLES: se incrementan por antigüedad, ubicación por zona, zona. • SUMAS REMUNERATIVAS:se les hace descuentos para aportes personales a la obra social y caja previsional. Los jubilados cobran el 80% proporcional. • ASIGNACIONES FAMILIARES: se cobran por familia a cargo, escolaridad, nacimiento, adopción, matrimonio. • APORTES: Son los Aportes Obligatorios (ISSN, Seguro obligatorio) y Voluntarios (ATEN y otros)
El salario docente está estipulado en la ley nacional 14.473 (Estatuto del docente) SUELDOS ESCALAFON DOCENTE “CAPITULO XVI De las remuneraciones Artículo 36°- L. 19.891- (artículo 1°)- La retribución mensual del personal docente en actividad se compone de: a) Asignación por el cargo que desempeña. b) Bonificación por antigüedad. c) Bonificaciones por ubicación, función diferenciada y prolongación habitual de la jornada. Las bonificaciones de los incisos b) y c) se calcularán sobre la asignación por el cargo que desempeña”.
Salario BRUTO Recibo de sueldo A (+) Básico Bonificaciones Otras sumas remunerativas y no remunerativas Asignaciones familiares B (-) Aportes a la caja previsional y a la obra social Seguros Descuentos por 4º categoría Cuotas sindicales, mutuales Pagos de consumos y cuotas varias Salario BRUTO – B = Salario NETO (o “de bolsillo”)
Sumas Remunerativas • BÁSICO = asignación por cargo (cantidad de puntos x el valor punto) • BONIFICACIONES -porcentaje por antigüedad, -ubicación por zona, -zona • DECRETOS REMUNERATIVOS -remunerativos sólo bonificables por zona, -remunerativos no bonificables
Asignación por cargo = VALOR PUNTO • ACTUAL: $1,7457 • JULIO 2013: $2,0870 • ENERO 2014: $2,2577 • ABRIL 2014: $2,3799 Cantidad de puntos por cargo (Decreto 2503/10) X
Bonificación por antigüedad “Artículo 40°- L. 22.988- El personal docente en actividad, cualquiera sea el grado o categoría en que reviste, percibirá bonificaciones por año de servicios, de acuerdo con los porcentajes que se determinan en la siguiente escala: • Al año de antigüedad: 10 por ciento. • A los dos años de antigüedad: 15 por ciento. • A los cinco años de antigüedad: 30 por ciento. • A los siete años de antigüedad: 40 por ciento. • A los diez años de antigüedad. 50 por ciento. • A los doce años de antigüedad: 60 por ciento. • A los quince años de antigüedad: 70 por ciento. • A los diecisiete años de antigüedad: 80 por ciento. • A los veinte años de antigüedad: 100 por ciento. • A los veintidós años de antigüedad: 110 por ciento. • A los veinticuatro o más años de antigüedad: 120 por ciento. Estas bonificaciones se determinarán teniendo en cuenta la antigüedad total en la docencia y regirán a partir del mes siguiente a la fecha en que se cumplan los términos fijados para cada período.” (Ley 14.473, cap. XVI) Desde el año 2008 el docente que recién inicia cobra 15% de antiguedad.
Bonificación por ubicación “Artículo 43°- L. 14.473- Las bonificaciones por ubicación, aplicadas sobre el cargo, se determinarán según la siguiente escala: • Escuelas alejadas del radio urbano 20% (*15%) • Escuelas de ubicación desfavorable 40% (*30%) • Escuelas de ubicación muy desfavorable 80%” (*60%) *EN EL AÑO 1995 FELIPE SAPAG ELIMINO ESTA BONIFICACION Y AÑOS MAS TARDE SE RESTAURO CON MENOR PORCENTAJE
Sumas no remunerativasni bonificables(No generan aportes a ISSN y no las cobran jubiladxs ) • INCENTIVO DOCENTE ($255 por cargo simple o 15 hs. cátedra - el doble para cargos de tiempo completo) • MATERIALES DIDÁCTICOS
Deducciones (APORTES O DESCUENTOS) • OBLIGATORIAS: ISSN *12,5% DEL TOTAL REMUNERATIVO PARA JUBILACION Y * 5,5% DEL TOTAL REMUNERATIVO PARA OBRA SOCIAL SEGURO OBLIGATORIO ($ 10,20) 4ta. CATEGORIA * Mínimo no imponible para el agente solo $ 6939 y para el agente con familia tipo $ 9597 Todos los años aquellos que pagan este tributo deben presentar el formulario 572 de AFIP. Pueden declarar personas a cargo, donaciones, cuota sindical, intereses de crédito hipotecario, seguro de vida que no sea el obligatorio, otros). • VOLUNTARIAS: ATEN(1% DEL TOTAL REMUNERATIVO) OTRAS