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Solicitudes 2011 AYUDAS POR MEDIDAS AGROAMBIENTALES. Zaragoza febrero 2011. AYUDAS POR MEDIDAS AGROAMBIENTALES Novedades 2011.
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Solicitudes 2011AYUDAS POR MEDIDAS AGROAMBIENTALES Zaragoza febrero 2011
AYUDAS POR MEDIDAS AGROAMBIENTALESNovedades 2011 Salvo algunos cambios con respecto a la visualización de algunos aspectos del parcelario SIGPAC que afectan a las medidas medidas M11, M39, M41, M42 y M51, todas las medidas están cerradas a los ya compromisarios, las medidas convocadas para este año son las mismas que ya fueron publicadas en la Orden de bases de 2009, ya aprobadas por Bruselas. EXCEPCIÓN La Orden de convocatoria abre la medida M44 “Mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción” tanto para nuevos solicitantes como para incrementos de compromisos.
Principales novedades de programa de declaración conjunta “ENCOLA 2011” • Medidas susceptibles de ser solicitadas • Superficies incluidas en red Natura • Superficies de Pastos de Puerto (cota mayor o igual a 1500m de altitud • Superficies con pendiente pronunciada mayor o igual al 4%
Principales novedades de programa de declaración conjunta “ENCOLA 2011”Medidas susceptibles de ser solicitadas • Solo podrán ser solicitantes de medidas agroambientales los ya compromisarios de ejercicios anteriores y solo para aquellas medidas de las que ya fueran compromisarios, con excepción de la ya mencionada medida M44. “Mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción”
Principales novedades de programa de declaración conjunta “ENCOLA 2011”Superficies incluidas en red Natura • Medidas con ámbito de aplicación limitado a red natura: M11 y M41 (en el caso de la M41 solo si no acceden a la medida por la opción de Razas Autóctonas) • El programa de declaraciones permite visualizar, en los parcelarios de declaración de superficies y de solicitud de agroambientales, el porcentaje superficie en red natura que tiene ese recinto.
Principales novedades de programa de declaración conjunta “ENCOLA 2011”Superficies de Pastos de Puerto (cota mayor o igual a 1500m de altitud) • M42 “Mantenimiento del pastoreo de prados y pastizales”: superficie de pastos de puerto • El programa de declaraciones permite visualizar, en los parcelarios de declaración de superficies y de solicitud de agroambientales, el porcentaje de superficie por encima de 1500m de altitud que tiene ese recinto.
Principales novedades de programa de declaración conjunta “ENCOLA 2011”Superficies con pendiente pronunciada mayor o igual al 4% Medidas relacionadas con cultivos de viñedo en zonas semiáridas y pendiente pronunciada (M39 y M51): • El programa de declaraciones solo permite solicitar para la medida aquellos recintos cuya “pendiente media en el SIGPAC sea igual o superior al 4%”.
La pantalla es igual para la M39 y para la M51 • solo aparecen como susceptibles recintos con pendientes igual o superior a 4%
Presentación de documentación: • Para esta campaña al igual que ya ocurría el año pasado no será necesaria la presentación de copia del libro de explotaciones ganaderas, que se requerían para las medidas M41, M42, M43, M44 y M45, en su lugar realizaran cruces informáticos con la base de datos del Departamento. • Tampoco será necesaria la entrega de certificados individualizados necesarios para el cobro de las medidas de M2, M3, M41 (cuando accedan por Razas autóctonas), M44 y M45 en su lugar se realizara por parte de las entidades emisoras de los certificados (Certificadoras, gestoras de los libros de Registro Oficial de la Raza y ADS apícolas) la grabación en la Web de los correspondientes certificados.
Certificados a aportar con posterioridad a la presentación de la solicitud • A más tardar el 31 de enero de 2012 se deberá aportar los siguientes certificados: • Los solicitantes de medida “M2.- Producción integrada” que soliciten el incremento del 20% de la prima por comercializar la producción como “producción integrada”, deberán aportar el correspondiente certificado del operador final que ponga en el mercado la producción con la etiqueta de producción integrada • Los solicitantes de medida “M42.- Actuaciones sobre las zonas de prados y pastizales que soliciten el incremento del 20% de la prima por pastoreo en zonas de puerto, deberán aportar el correspondiente certificado de pastoreo
Documentación: apartado Séptimo de la Orden de Solicitud Conjunta (1) 1. Los interesados aportarán con la solicitud los documentos que ahora se relacionan, no siendo preceptivo que sean originales o fotocopias compulsadas, y pudiendo, en el caso de presentación telemática de la solicitud, remitirlos electrónicamente junto a la solicitud. El órgano instructor solicitará posteriormente la presentación de documentos originales o fotocopias compulsadas en el caso de que no obren ya en poder del Departamento de Agricultura y Alimentación o sea preciso acreditar la autenticidad de los documentos. Los documentos que deben aportarse preceptivamente junto a la solicitud son los siguientes: a) Los croquis acotados de todos aquellos recintos SIGPAC que sean aprovechados por varios agricultores. b) En el caso de que la explotación incluya parcialmente terrenos de titularidad pública o uso comunal, deberá aportarse la certificación del ayuntamiento o de la administración titular, en la que se indique la superficie que tiene derecho a cultivar o utilizar como superficie forrajera. c) Los productores de frutos de cáscara que soliciten la ayuda directa por superficie, indicarán la OPFH reconocida de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas, en cuyos recursos productivos están incluidas las parcelas objeto de la ayuda. d) Para acreditar su inclusión en la OPFH se aportará certificado de ésta. No será necesaria la aportación de este certificado si se autoriza al Departamento de Agricultura y Alimentación para solicitarlo, cumplimentando la autorización que figura en los impresos de la «Solicitud Conjunta». e) Los solicitantes de derechos de pago único con cargo a la reserva nacional deberán aportar, junto con la solicitud, la documentación señalada en el apartado decimotercero. f) En el caso de personas jurídicas, acreditación de la condición de representante conforme al tipo de persona jurídica en los casos en que no coincidan los documentos en poder de esta Administración o se hayan producido modificaciones.
Documentación: apartado Séptimo de la Orden de Solicitud Conjunta (2) 2. En los términos del artículo 15.7 del Decreto 2/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura y alimentación, y conforme a lo reflejado en el anexo I, el interesado o, en su caso, su representante, prestarán su consentimiento para que el órgano instructor compruebe, a través del Servicio de Verificación de Datos de la Administración General del Estado, si sus datos de identificación y su DNI son correctos, a los solos efectos de la solicitud de subvención, por lo que en ninguna fase del procedimiento deberán presentar en formato alguno su DNI, salvo que denieguen este consentimiento, en cuyo caso deberán aportar fotocopia compulsada de su DNI. 3. En el caso de que la documentación que preceptivamente deba acompañarse a la solicitud no pueda enviarse telemáticamente junto con la solicitud presentada electrónicamente, deberá enviarse en papel, preferentemente, a través de la Oficina Comarcal de Agricultura y Alimentación correspondiente a la ubicación de la explotación, haciendo referencia al número de registro telemático del expediente.
AYUDAS POR MEDIDAS AGROAMBIENTALESResumen de modificaciones en la aplicación de declaración conjunta de ayudas (ENTCOLA 2011)
La pantalla de solicitud de ayuda agroambientales relacionadas con la ganadería es la misma para todas las medidas, a excepción de la M45 (apicultura) • En la medida M42 ya ha desaparecido la casilla de solicitar por razas autóctonas • Solo permitirá nuevos compromisarios o incremento de los mismos en el caso de la M44