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ASPECTOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD PROTOCOLAR. NOMBRE OFICIAL DE LA REPÚBLICA.
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ASPECTOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD PROTOCOLAR. NOMBRE OFICIAL DE LA REPÚBLICA. El nombre de la República será «República Bolivariana de Venezuela». Es obligación de las autoridades e instituciones, tanto públicas como privadas, que deban expedir registros, títulos o cualquier otro documento, utilizar el nombre de República Bolivariana de Venezuela de manera inmediata. (Disposición transitoria decimoséptima). LOS SIMBOLOS PATRIOS. La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional, «Gloria al bravo pueblo», y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria. La ley regulará sus características, sus significados y usos. (Art.8).
Es de la competencia del Poder Público Nacional: La Bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional. (Art. 156 ordinal 3). • Idioma Oficial: El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la nación y de la humanidad. (Art.9). • División del territorio nacional: En Estados, Distrito Capital, dependencias federales y territorios federales. (Art.16). • Nota: No existen territorios federales. Solo existe un territorio • insular, que aglutina la mayoría de nuestras Islas en el Caribe. • Además existe un Distrito del Alto Apure. • Organización del territorio: El territorio se organiza en municipios. (Art. 16). • Tratamiento oficial para las personas: Solo se dará trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo las formulas diplomáticas. (Art. 21 ordinal 3). Y no se reconocen, títulos nobiliarios, ni distinciones hereditarias. (Art. 21 ordinal 4).
Cargos que podrán ejercer los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad. (Art.41) • Presidente(a) de la República. • Vicepresidente(a) Ejecutivo(a). • Presidente(a) y Vicepresidentes(as) de la Asamblea Nacional. • Magistrados(as) del Tribunal Supremo de Justicia. • Presidente(a) del Consejo Nacional Electoral. • Procurador(a) General de la República. • Contralor(a) General de la República. • Fiscal(a) General de la República. • Defensor(a) del Pueblo. • Ministros(as) de Seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación. Gobernadores(as) y alcaldes(as) de los Estados y Municipios fronterizos, y aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. • 9. Cargos que podrán ejercer los venezolanos(as) por naturalización (domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la Ley). (Art. 41).
Diputados(as) de la Asamblea Nacional. Ministros(as). Gobernadores(as) de Estados y Alcaldes(as) de Municipios no fronterizos. Distribución del Poder Público. (Art. 136) Poder municipal. Poder estatal. Poder nacional. 11. División del Poder Público Nacional. (Art.136) 1. Legislativo. 2. Ejecutivo. 3. Judicial. 4. Ciudadano. 5. Electoral. 12. Principios en que se fundamenta la Administración Pública(estar al servicio de los ciudadanos(as). (Art.141). 1. Honestidad. 2. Participación.
3. Celeridad. 4. Eficacia. 5. Eficiencia. 6. Transparencia. 7. Rendición de Cuentas. 8.Responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho. 13. ¿Pueden los funcionarios(as) públicos(as) aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros?. (Arts. 149 y 187. Ord.13). Solo con la autorización de la Asamblea Nacional. 14. Integrantes del Consejo Federal de Gobierno. (Art. 185). 1. Vicepresidente(a) Ejecutivo(a). (Quien lo preside). 2. Los Ministros(as). 3. Los Gobernadores(as). 4. Un alcalde(sa) por cada Estado. 5. Representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con la ley.
Nota: Es el órgano encargado de planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios. • 15. Integrantes de la Secretaria del Consejo Federal de Gobierno. (Art. 185). • 1. Vicepresidente(a) Ejecutivo(a). • 2. Dos Ministros(as). • 3. Tres Gobernadores(as). • 4. Tres Alcaldes(as). • 16. ¿A que organismo le corresponde acordar los honores del Panteón Nacional a los venezolanos(as) ilustres que hayan prestado servicios eminentes a la República?. • (Después de transcurridos veinticinco años de su fallecimiento). (Art 187) • A la Asamblea Nacional. • Esta decisión podrá tomarse por recomendación: • 1. Del Presidente(a) de la República. • 2. de las dos terceras partes de los Gobernadores de Estado. • 3. o de los Rectores de las Universidades Nacionales en pleno.
17. Condiciones para ser elegido diputado(a) a la Asamblea Nacional. (Art. 188). 1. Ser venezolano por nacimiento, o por naturalización con quince años de residencia en territorio venezolano. 2. Ser mayor de veintiún años de edad. 3. Haber residido cuatro años consecutivos en la entidad correspondiente antes de la fecha de elección. 18. Duración en el ejercicio de sus funciones de los diputados(as) a la Asamblea Nacional (Art.192). Cinco años, pudiendo ser reelegidos(as) (ver enmienda n° 1 de fecha 15 de Febrero de 2009). 19. Integrantes de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional (Art. 194). 1. Presidente(a). 2. Dos Vicepresidentes(as). 3. Un Secretario(a) elegido(a) fuera de su seno. 4. Un Subsecretario(a) elegido(a) fuera de su seno. Nota: Por un periodo de un año.
20. Integrantes de la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional. (Art. 195) 1. Presidente(a). 2. Vicepresidente(a) Ejecutivo(a). 3. Presidentes(as) de las Comisiones Permanentes, que suman 15 y están integradas por 15 diputados(as) cada una. Nota: La Comisión Delegada funcionará durante el receso de la Asamblea. Quienes ejercen el Poder Ejecutivo Nacional (Art. 225) 1. Presidente(a) de la República. 2. Vicepresidente(a) Ejecutivo(a). 3. Los Ministros(as). 4. y demás funcionarios(as) que determine la Constitución y la ley. Investidura del Presidente(a) de la República. (Art. 116). Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del gobierno.
23. Requisitos para ser elegido(a) Presidente(a) de la República. (Art.227). • 1. Venezolano(a) por nacimiento, no poseer otra nacionalidad. • 2. Mayor de treinta años. • 3. De estado seglar. • 4. No estar sometido (a) a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en la Constitución. • 24. ¿Cómo se hará la elección de Presidente(a) de la República?. (Art.228) • Por votación universal, directa y secreta, de conformidad con la ley. • Se proclamará electo(a) el candidato(a) que hubiere obtenido la mayoría de votos validos. • 25. Duración del periodo del Presidente(a) de la República. (Art. 230). • El periodo presidencial es de seis años. El Presidente(a) de la República puede ser reelegido(a) (enmienda n° 1 del 15 de febrero de 2009)
26. Formalidad constitucional para la toma de posesión del candidato(a) elegido(a) para Presidente(a) de la República. (Art.231) • Tomará posesión del cargo el día 10 de enero del primer año de su periodo constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. • Si por cualquier motivo sobrevenido no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia. • Cuando se produzca la falta absoluta del presidente electo antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente, se encargará de la Presidencia de la República, el Presidente de la Asamblea Nacional. (Art. 233. Segundo párrafo). • 27. Condiciones exigidas para ser designado(a) Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) (Art 238. Segundo párrafo). • Reunirá las mismas condiciones exigidas para ser Presidente(a) de la República, y ni podrá tener ningún parentesco de consanguinidad ni de afinidad con esté • 28. Requisitos para ser Ministro(a) (Art. 244) • Poseer la nacionalidad venezolana.
Ser mayor de veinticinco años. • Con las excepciones establecidas en la Constitución. • 29. ¿Quiénes conforman el Consejo de Estado?(Art.252) • 1. Vicepresidente(a) Ejecutivo(a), quien lo preside. • 2. Cinco personas designadas por el Presidente(a) de la República. • 3. Un(a) representante designado(a) por la Asamblea Nacional. • 4. Un(a) designado(a) por el Tribunal Supremo de Justicia. • 5. Un(a) gobernador(a) designado(a) por el conjunto de mandatarios(as) estatales. • 30. ¿Cómo está constituido el sistema de justicia?(Art 253. Segundo párrafo). • 1. El Tribunal Supremo de Justicia. • 2. Los demás tribunales que determine la ley. • 3. El Ministerio Público. • 4. La Defensoría Pública. • 5. Los órganos de investigación penal. • 6. Los(as) auxiliares y funcionarios(as) de justicia. • 7. El sistema penitenciario. • 8. Los medios alternativos de justicia
9. Los ciudadanos(as) que participan en la administración de justicia conforme a la ley. 10. Los abogados(as) autorizados para el ejercicio. 31. Salas que integran el Tribunal Supremo de Justicia (Art.262) 1. Sala Plena. 2. Sala Constitucional. 3. Sala Político-administrativa. 4. Sala Electoral. 5. Sala de Casación Civil. 6. Sala de Casación Penal. 7. Sala de Casación Social (Casación agraria, laboral y de menores). 32. Requisitos para ser Magistrado(a) del Tribunal Supremo de Justicia (Art.263) 1. Venezolano(a) por nacimiento y no poseer otra nacionalidad. 2. Ciudadano(a) de reconocida honorabilidad. 3. Ser jurista de reconocida competencia, gozar de buena reputación, haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince años y tener titulo universitario de postgrado en materia jurídica; o haber sido profesor (a) universitario(a) en ciencias jurídicas durante un minio de quince años
Y tener la categoría de profesor(a) titular; o haber sido juez superior en la especialidad y correspondiente a la Sala para la cual se postula, con un mínimo de quince años en el ejercicio de la carrera judicial, y reconocido prestigio en el desempeño de sus funciones. • 4. Cualesquiera otros requisitos establecidos por la ley. • 33. Duración del periodo de los Magistrados(as) del Tribunal Supremo de Justicia (Art.264). • Serán elegidos por un único periodo de doce años (la ley determinará el procedimiento de elección. • 34. Requisito para ser Procurador(a) de la República (Art.249) • Reunirá las mismas condiciones exigidas para ser magistrado(a) del Tribunal Supremo de Justicia. • 35. ¿Por medio de que institución se ejerce el Poder Ciudadano?(Art.273) • El Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano. • 36. ¿Quiénes integran el Consejo Moral Republicano(Art.273) • 1. El Defensor(a) del Pueblo. • 2. El Fiscal(a) General de la República
3. El Contralor(a) General de la República. • 37. ¿Cuáles son los órganos del Poder Ciudadano?(Art.273). • 1. La Defensoría del Pueblo. • 2. El Ministerio Público. • 3. La Contraloría General de la República. • Nota: Uno(a) de cuyos titulares será designado(a) por el Consejo Moral Republicano como su Presidente(a) por periodos de un año, pudiendo ser reelecto. • 38. Requisitos para ser Defensor(a) del Pueblo (Art.280) • 1. Venezolano(a) de nacimiento y sin otra nacionalidad. • 2. Mayor de treinta años. • 3. Con manifiesta y demostrada competencia y materia de derechos humanos. • 4. Cumplir con las exigencias de honorabilidad, ética y moral que establezca la ley. • Duración del periodo del Defensor(a) del Pueblo (Art.280). • Un único periodo de siete años.
40. Requisitos para ser Fiscal(a) General de la República (Art. 284) • Se requieren las mismas condiciones de elegibilidad de los magistrados(as) del Tribunal Supremo de Justicia. • 41. Duración del periodo del Fiscal(a) General de la República(Art.284). • Será designado(a) para un periodo de siete años. • 42. Requisitos para ser Contralor(a) General de la República(Art. 288). • 1. Venezolano(a) por nacimiento y sin otra nacionalidad. • 2. Mayor de treinta años. • 3. Con probada aptitud y experiencia para el ejercicio del cargo. • 43. Duración del periodo del Contralor(a) General de la República(Art. 288) • Será designado(a) para un periodo de siete años.
44. ¿Por medio de que institución se ejerce el Poder Electoral?(Art.292) • Se ejerce por medio del Consejo Nacional Electoral. • 45. ¿Cuáles son los organismos subordinados al Consejo Nacional Electoral?(Art.292) • 1. La Junta Electoral Nacional. • 2. La Comisión de Registro Civil y Electoral. • 3. La Comisión de Participación Política y Financiamiento. • 46. ¿Cuántas personas integran el Consejo Nacional Electoral?(Art.296) • Estará integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos. • Tres de ellos(as) serán postulados(as) por la sociedad civil. • Uno(a) por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales. • Uno(a) por el Poder Ciudadano.
47. Duración del período de los integrantes del Consejo Nacional Electoral. (Art 296) • Durarán siete años en sus funciones, serán elegidos por separado y designados por la Asamblea Nacional. • 48. ¿Quiénes integran el Consejo de Defensa de la Nación?(Art. 323) • 1. Presidente(a) de la República (quien lo preside). • 2. Vicepresidente(a) Ejecutivo(a). • 3. Presidente(a) de la Asamblea Nacional. • 4. Presidente(a) del Tribunal Supremo de Justicia. • 5. Presidente(a) del Consejo Moral Republicano. • 6. Los Ministros(as) de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación y otros cuya participación se considere pertinente. • Nota: Este ente es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico.
49. ¿Cómo esta integrada la Fuerza Armada Nacional?(Art. 328) • 1. El Ejército. • 2. La Armada. • 3. La Aviación. • 4. La Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión… • 50. ¿Cuáles son los órganos de Seguridad Ciudadana?(Art.332) • 1. Un Cuerpo uniformado de Policía Nacional. • 2. Un Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. • 3. Un Cuerpo de Bomberos y administración de emergencias de carácter civil. • 4. Una organización de protección civil y administración de desastres. • 51. Poder Público Estatal. • El gobierno y administración de cada Estado(entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena…) corresponde a un Gobernador(a) (Art.160).
Requisitos para ser Gobernador(a)(Art. 160) • Venezolano(a). • Mayor de veinticinco años. • De estado seglar. • Duración en el ejercicio de las funciones de un Gobernador(a)(Art.160) • Será elegido(a) por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que voten, pudiendo ser reelegido(a)(ver enmienda N° 1…) • El Poder Legislativo se ejercerá por un Consejo Legislativo conformado por un número no mayor de 15 ni menor de 7 integrantes, quienes proporcionalmente representaran a la población del Estado y los Municipios(Art.162) • Requisitos para ser legislador de los Estados(Art 162) • Se regirán por las normas que la Constitución establece para los diputados(as) a la Asamblea Nacional en cuanto le sean aplicables. • Duración en el ejercicio de las funciones de un legislador(a) • Serán elegidos(as) por un periodo de cuatro años, pudiendo se reelegidos(as)(ver enmienda N° 1…) • La Contraloría del Estado, que gozará de autonomía orgánica y funcional y actuará bajo la dirección y responsabilidad de un Contralor(a)(Art.163).
Requisitos para el ejercicio del Contralor(a) de Estado • Serán determinados por la ley, la cual garantizará su idoneidad e independencia, así como la neutralidad en su designación, que será mediante concurso (Art.163). • El Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, integrado por: • El Gobernador(a), quien lo preside. • Alcaldes(as). • Los Directores(as) Estatales de los Ministerios. • Una Representación de los Legisladores(as) elegidos(as) por el Estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo. • Una Representación de los Concejales(as). • Una Representación de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere(Art.166) • 52. Poder Público Municipal • El gobierno y administración del municipio, como unidad primaria de la organización nacional, corresponderán al Alcalde(sa), quien será también la primera autoridad civil(Art.174)
Requisitos para ser Alcalde(sa)(Art.174) • Ser venezolano(a) • Mayor de veinticinco años. • De estado seglar. • Duración de su mandato(Art.174) • Será elegido(a) por un periodo de cuatro años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido(a)(ver enmienda N°1). • La función legislativa del municipio corresponde al Concejo Municipal Integrado por Concejales(as) elegidos(as) en esta Constitución, en el número y condiciones de elegibilidad que determine la ley(Art.175) • La Contraloría Municipal será ejercida por el Contralor(a) Municipal designado(a) por el Concejo mediante concurso público que garantice la idoneidad y capacidad de quien sea designado(a) para el cargo, de acuerdo con las condiciones establecidas por la ley(Art 176)
Reflexiones a manera de Conclusiones • Cualquier aproximación que se pretenda hacer, de manera sostenida y sistemática, a ese amplio mundo del protocolo, debe propugnarse sobre el conocimiento previo de las herramientas conceptuales con las que el protocolo se organiza, actúa y desde las cuales surte sus efectos. Ese conocimiento previo de los presupuestos teóricos y conceptuales supone una aproximación de parte del interesado al conocimiento del mismo, en cualquiera de las tres dimensiones, superficies o extensiones en las cuales actúa el protocolo. Esto supone un acercamiento al mismo en tanto que conjunto normativo, es decir, conjunto de leyes y disposiciones. • Pero también supone un acercamiento al protocolo como conjunto de valores, principios, costumbres, tradiciones y estilos que nos determinan lo que es bueno de lo que no lo es, lo que es justo de lo injusto, lo que es igual de lo desigual, y finalmente supone, además comprender que el protocolo es, en su esencia, un factor y un producto de la vida social.
Y es que el Protocolo, si bien es un conjunto de normas y disposiciones, también es autoridad, orden e institución, pero además, es un conjunto valorativo de principios y costumbres y también indudablemente, es un hecho social. • Al igual que la vida, el protocolo es un reto, el cual hay que asumirlo con arrojo, disciplina, organización, método, tenacidad e ideales, porque el protocolo es la vida misma.