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Gobierno de la Provincia de San Luis Ministerio de Hacienda Pública

Gobierno de la Provincia de San Luis Ministerio de Hacienda Pública. OPERATORIA CREDITO FISCAL Ley N° VIII-0662-2009 Resolución N° 258-MHP-2009. Alcances del Crédito Fiscal. EXCLUSIVAMENTE: Pago de Impuestos provinciales : impuesto inmobiliario, automotor, motocicletas, vencidos por vencer

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Presentation Transcript


  1. Gobierno de la Provincia de San LuisMinisterio de Hacienda Pública OPERATORIA CREDITO FISCAL Ley N° VIII-0662-2009 Resolución N° 258-MHP-2009

  2. Alcances del Crédito Fiscal • EXCLUSIVAMENTE: • Pago de Impuestos provinciales: impuesto inmobiliario, automotor, motocicletas, vencidos por vencer • Cuotas de vivienda: vencidas por vencer • Pago de cuotas de computadoras adquiridas en el Plan San Luis Agenda Digital • No incluye: pago de impuestos municipales, tasas, servicios, compras, etc.

  3. Características • ¿Es transferible? • No. Excepto al ascendiente (padre/madre), descendiente (hijo/hija) y cónyuge • ¿Se vence si no se usa de inmediato? No. Los créditos fiscales son acumulativos, por lo que el agente podrá optar por destinarlo cuando desee, entre los meses de mayo a enero de 2010

  4. ¿Qué organismo y cómo liquida? • Liquidación: por el Programa Capital Humano, dependiente del Ministerio de Hacienda Pública • Metodología: será practicada en el recibo de haberes de los agentes en forma mensual, durante el período abril-diciembre de 2009, con el concepto denominado “Crédito Fiscal Ley N° VIII-0662-2009”

  5. Requisitos para liquidar el CF: • Que se encuentre vigente la relación laboral del agente al momento de su efectiva liquidación. • Para las altas y bajas del personal, la liquidación será en base a los días efectivamente trabajados. • Los agentes no deben encontrarse en licencia sin goce de haberes.

  6. Personal docente: deberá poseer horas cátedra o cargos superiores a 15 horas; de no alcanzar este requisito el CF será liquidado en forma proporcional a la carga horaria de cada cargo y/u horas cátedra Personal docentede Licencias cortas: deberá tener trabajados 15 días y 15 horas cátedra o su proporción en días o en horas Pasividad Voluntaria Anticipada: para los agentes adheridos a este beneficio, el CF se liquidará según la escala de descuento respectivo En todos los casos se liquidará por persona y no por cargo/s Continuación

  7. Agentes que han adquirido computadoras: • Si el agente ha adquirido un equipo de computación en el marco de la Ley VIII-0635-2008, se compensará la cuota con el CF • Si la cuota del equipo de computación a descontar es menor a $ 200 se generará un saldo a favor del agente, acumulable, de libre disponibilidad, para ser destinado a la cancelación impuestos y vivienda

  8. Agentes que han adquirido computadoras: • Este procedimiento no impide al agente elegir la aplicación del CF a impuestos provinciales o cuotas de vivienda • En el recibo de haberes constará la compensación y el saldo respectivo

  9. Agentes que adeuden impuestos: • Si el agente adeuda tributos provinciales se procederá del mismo modo automático establecido para el descuento de las cuotas de computadoras

  10. Declaración Jurada para aplicar el CF • Si el agente no está incluido en el descuento de computadoras, debe llenar la Declaración Jurada para aplicar el destino del CF

  11. Declaración Jurada para aplicar el CF ANEXO I DECLARACION JURADA - SOLICITUD DE IMPUTACION DE CREDITO FISCAL LEY N° VIII-0662-2009 Datos personales del agente beneficiario: • APELLIDO Y NOMBRE ……………………………………………………………............... • CUIL………………………………...................................................................... • TELEFONO…………………...........…............................................................. • E-MAIL….………………………....…................................................................ • Ministerio al que pertenece: .................................................................... • Programa/ Dirección/ Área….....................................................................

  12. Datos de imputación Bienes Propios

  13. Datos de imputación Bienes de padres, hijos o cónyuge

  14. DeclaraciónJurada: Acreditar el vínculo respecto al familiar que desea transferir el Crédito Fiscal, con Copia de Documento de Identidad, Acta de Nacimiento y/o Acta de Matrimonio

  15. ¿Cómo se procede con la DDJJ? • La DD.JJ. deberá ser completado por el titular y presentado al Jefe de Personal del organismo del agente • Dicha DD.JJ. deberá estar intervenida por un funcionario que certifique la firma del agente • El Jefe de Personal deberá remitirlo al Programa Capital Humano con las novedades a liquidar • En el mismo deberá colocar los datos personales y completar el destino que desea dar su crédito fiscal

  16. ¿Cómo se procede con la DDJJ? • Pago de impuestos: • Si el titular coincide con el titular del crédito, debe indicarse el padrón o patente y monto que se desea imputar e informar si la opción es por un periodo determinado o anual. • Si el titular es padre, madre, hijo o cónyuge deberá adjuntarse copia de Documento, Acta de Nacimiento y/o Acta de Matrimonio según corresponda, y mencionar el padrón o patente y monto que se desea imputar y si la opción es por un periodo determinado o anual.

  17. ¿Cómo se procede con la DDJJ? • Pago de cuotas de vivienda: • Si el titular coincide con el titular del crédito, es necesario mencionar el N° de DNI y monto que desea imputar. • Si abona cuotas de vivienda cuyo titular sea padre, madre, hijo o cónyuge, deberá adjuntarse al formulario, copia de DNI, Acta de Nacimiento y/o Acta de Matrimonio, según corresponda, siendo necesario identificar correctamente el vínculo entre el titular de la vivienda y el titular del crédito, más el monto que desea imputar.

  18. ¿Cómo se aplica el CF? • En caso de registrar mora en el pago de las cuotas de vivienda, la imputación se realizará en primer término sobre la deuda. • En caso de que el adjudicatario se encuentre al día en el pago de las cuotas de vivienda, deberá informar si la opción es para pago de cuotas a vencer o para aplicar al saldo de capital

  19. ¿Cómo se aplica el CF? • Podrá optar por el destino por única vez (consignar opción anual) en este caso todos los créditos que reciba serán destinados mensualmente al fin solicitado • Podrá optar por el destino mensual (consignar la opción mensual) deberá indicarse el mes o los meses, en cuyo caso se imputará lo solicitado

  20. Dudas o consultas • Programa Capital Humano • Ayacucho 945, 2° Piso, San Luis • rrhh@sanluis.gov.ar • Internos 1115/1116/1117/1147

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