50 likes | 334 Views
CUPOS DE IMPORTACIÒN. SARA CARMINA DÌAZ AVILÈS. CUPOS DE IMPORTACIÒN. Según el artículo 23 de la LCE, se entiende por cupo de exportación o importación al monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo.
E N D
CUPOS DE IMPORTACIÒN SARA CARMINA DÌAZ AVILÈS.
CUPOS DE IMPORTACIÒN • Según el artículo 23 de la LCE, se entiende por cupo de exportación o importación al monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo.
El cupo máximo se refleja en una cantidad o unidad de medida máxima que se puede importar o exportar dentro de un periodo determinado, generalmente de un año. Por su parte, el arancel-cupo se refleja en una cantidad máxima que se puede importar o exportar con un determinado nivel arancelario; de esta manera, cuando la mercancía de que se trate se importe o exporte en exceso al tope establecido, se estará obligado al pago de un arancel mayor.
De acuerdo con el artículo 24 de la LCE, los cupos establecidos deberán ser asignados por medio de licitación pública; sin embargo, la SE podrá optar, de manera fundada y razonada, por otros procedimientos; un ejemplo es el de asignación directa. • Asimismo, los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.
BIBLIOGRAFÌA: • CIDEN, CONSULTORES EN DESARROLLO DE NEGOCIOS • http://www.cidenmexico.com/comercio-exterior/areas-especialidad/medidas-regulacion-restriccion-arancelaria.html 09/15/2009. • http://vlex.com.mx/vid/sabe-cupos-exportacion-administran-38671984