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THOMAS HOBBES (1588-1679). La filosofía política de Thomas Hobbes. Contexto histórico Cronología de vida El estado de naturaleza El pacto de unión-sujeción El poder soberano Formas de Estado. Bibliografía de Hobbes.
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La filosofía política de Thomas Hobbes Contexto histórico Cronología de vida El estado de naturaleza El pacto de unión-sujeción El poder soberano Formas de Estado
Bibliografía de Hobbes • Leviatán, o de la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil [1651]. FCE, México, 1998. • Tratado sobre el ciudadano (De cive) [1642]. Editorial Trotta, Madrid, 1999.
Bibliografía mínima sobre Hobbes • Fernández Santillán, J. F. Hobbes y Rousseau. Entre la autocracia y la democracia. FCE, México, 1996. • Strauss, Leo. La filosofía política de Hobbes. Su fundamento y su génesis. FCE, buenos Aires, 2006. • Strauss, Leo. y Cropsey, Joseph. (Comp.) Historia de la filosofía política. FCE, México, 1993. • Schmitt, Carl. El Leviatán en la doctrina del Estado de Thomas Hobbes. Sentido y fracaso de un símbolo político. Universidad Autónoma Metropolitana, colección Ensayos 3, México, 1997.
Bibliografía mínima sobre Hobbes • Villoro, Luis. El poder y el valor. Fundamentos de una ética política. FCE, México, 1997. • Macpherson, C. B. La teoría política del individualismo posesivo. De Hobbes a Locke. Editorial Fontanella, Barcelona, 1979. • Bobbio, N. y Bovero, M. Sociedad y Estado en la filosofía política moderna. El modelo iusnaturalista y el modelo hegeliano-marxiano. FCE, México, 1992. • Bobbio, N. Thomas Hobbes. FCE, México, 1994. • Bobbio, N. Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política. FCE, México, 1989. • Bobbio, N. La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político. FCE, México, 2001.
I. Contexto histórico • De forma singular la vida de Hobbes reproduce la de Inglaterra en una época de radicalismos y de guerra civil. Cuando Hobbes escribe De cive tiene alrededor de cincuenta años de edad. Con lareina Isabel se extingue la dinastía Tudor, pues designó como heredero de la corona al hijo de María Estuardo, Jacobo VI de Escocia y I de Inglaterra, modificando las disposiciones de Enrique VIII sobre la exclusión de la sucesión de la rama escocesa de los Tudor. Aunque el nuevo rey no logró unir Escocia con Inglaterra, encontró apoyo para colonizar el Ulster, la región más próspera de Irlanda del Norte; concertó con dos compañías el privilegio de instalar colonias en Norteamérica e inició la colonización de Terranova.
Aunque durante su reinado reforzó la función del Parlamento, su hijo y sucesor, Carlos I (1625-1649), llegó a gobernar sin él, de forma absoluta, entre 1628 y1640, con la ayuda de Stratford y del arzobispo de Canterbury, Laud. Pero el país se rebeló contra el aumento de impuestos, el "Sheep Money" y se sublevó la Escocia presbiteriana. Se vio forzado a convocar el Parlamento y tras dos constituciones del mismo, la cámara pasó a la ofensiva y decretó la ejecución de Stratford y del arzobispo Laud. El rey fue acusado de ineptitud, tras la sublevación católica de Irlanda, pero éste contraataca e intenta detener a los parlamentarios de mayor prestigio, el Parlamento se insubordina y hace huir al rey, que consigue encontrar refugio en Gales.
El enfrentamiento civil entre los realistas, "The Gentry" y el pueblo (burguesía media, agricultores, puritanos, y el pueblo llano) culmina en la batalla de Naseby en la que Cromwell triunfa al mando de del ejército popular. El rey, esta vez, se refugió en Escocia. • Cromwell se niega a seguir las instrucciones del Parlamento, decidido a reponer al rey en el trono y controlar su poder, y depura a los diputados opuestos al ejército. Es este parlamento, mutilado, el que juzga y decide ejecutar al rey, acusado de alta traición al país (30 de Enero de 1649). Poco después se suprime la institución monárquica y la Cámara de los Lores.
Los inicios de la República, que oficialmente se llamó "Common Wealth" (riqueza común) fueron difíciles. Los escoceses había nombrado rey a Jacobo VII (Carlos II de Inglaterra) que se movilizó contra Inglaterra, pero Cromwell logró someter a Escocia, haciendo que Carlos se refugiara en el extranjero. También sofocó los conflictos que habían surgido en Irlanda. Cromwell acabó por disolver el Parlamento, nombró a 139 personas leales para las tareas de gobierno y se hizo nombrar "Lord Protector" con poderes más amplios que el propio rey. Readmitió a los judíos, sin reconocimiento de derechos políticos, que habían sido expulsados en tiempos de EduardoI. Impuso el "Acta de Navegación", por la que se impedía el atraque en puertos ingleses de los buques extranjeros que comerciaran con mercancías que no producían. Con esta medida perjudicó gravemente los intereses de los Países Bajos, favorables a los Estuardo. Estrechó lazos con Francia y se mantuvo en guerra contra España, conquistando Jamaica y Dunquerque.
A la muerte de Cromwell, fue restablecida la monarquía en la persona de Carlos II (1660-1685). Carlos se distinguió por su prudencia política al nombrar también en su gabinete de gobierno a hombres leales a Cromwell y publicando una "Declaración de Indulgencia" en pro de los católicos. A raíz de su alianza con Luis XIV contra Holanda, el Parlamento impuso al rey el "Bill of Test" por el que se impedía a los católicos el desempeño de cargos públicos, hasta el hermano del rey se vio forzado, por ser católico, a renunciar a sus funciones en el gobierno. Más tarde, en 1679, le impusieron el "Habeas Corpus", principio fundamental que no fue formulado en el continente hasta un siglo después. Carlos, irritado por la sistemática reducción de su poder, disolvió la Cámara de los Comunes varias veces y llegó a gobernar sin Parlamento desde 1681 hasta 1684 para lo que tuvo que recurrir a la ayuda económica del rey francés, el "Rey Sol".
Durante los conflictos producidos por las luchas, a favor y en contra, de las prerrogativas reales, aparecieron dos tendencias políticas, embrión de los dos futuros y tradicionales partidos ingleses. Los "Tories", procedente de la antigua aristocracia, partidarios de las prerrogativas reales y los "Whigs" hostiles al poder real: radicales, puritano, del que nacerían el partido liberal inglés y el republicano de los Estados Unidos.
II. Cronología de vida • Thomas Hobbes (1588-1679) • 1588 Nace en Westport, en las cercanías de Malmesbury, y hoy parte de Malmesbury (condado de Wiltshire, Inglaterra). Estudió en Oxford. • 1608-1610 Viajó por Francia, como preceptor del hijo de Sir Gervase Clifton, y permaneció en dicho país hasta 1631. • 1631 En Inglaterra entró de nuevo al servicio de Lord Cavendish. • 1634-1637 Viaja a Francia y a Italia. Se entrevista con Galileo y es introducido al círculo de Mersenne.
II. Cronología de vida • 1640 Regresa a Inglaterra. Escribe The Elements of Law, Natural and Politic. • 1642 Publica la tercera parte de The Elements of Law, Natural and Politic: De cive. • 1650 Publica dos partes de The Elements of Law, Natural and Politic: Human Nature y De corpore politico. • 1651 En Londres Publica: Leviathan
1655 y 1658 Publica la primera y la segunda parte de su sistema filosófico, el De corpore y el De homine. • Hasta su muerte en 1679, se ocupa de trabajos literarios, traduciendo al inglés toda la obra de Homero y escribiendo un libro sobre el “Parlamento largo”: Behemoth, el Parlamento Largo
Se dedica a polemizar con Bramhall, obispo de Derry, sobre la libertad y la necesidad, donde Hobbes apoyaba el punto de vista del determinismo. • Sostiene una controversia con el matemático Walli quien había publicado una obra en la que somete a fuerte crítica los errores matemáticos de Hobbes. • Los eclesiásticos lo atacan por herético y ateo.
III. Estado de naturaleza • Dicotomía estado de naturaleza / sociedad civil. • Derecho natural (iusnaturalismo). • Igualdad natural de todos los hombres. • Igualdad de hecho (igualdad de fuerzas físicas, habilidad o capacidades intelectuales). • Igualdad de derecho (derecho de cada uno a todas las cosas). • Igualdad en las pasiones (Codicia de poder).
IGUALDAD • De la igualdad nace la desconfianza. • De la desconfianza brota la guerra. • Igualdad natural= la naturaleza ha dado todo a todos. • Guerra de todos contra todos= no hay diferencia entre lo justo y lo injusto, ni entre lo legal y lo ilegal.
NATURALEZA PASIONAL DEL HOMBRE • Pasión fundamental: VANAGLORIA. • Ambición • Vanidad Son los motivos fundamentales de la acción humana. En primer lugar una inclinación general de toda la humanidad en un afán perpetuo e inquieto deseo de PODER.
PODER Poder son los medios que el hombre tiene en el presente para obtener lo que le parece un bien futuro (Leviatán, X).
Estado de naturaleza • Es una construcción racional • Como condición inicial del género humano es solamente una HIPÓTESIS. • Casos históricos concretos: • Relaciones internacionales • La guerra civil • Las sociedades primitivas (Tierras americanas o pueblos bárbaros antiguos).
En el estado de naturaleza siempre está presente la guerra de todos contra todos: No hay industria, agricultura, comercio o cultura. Existe un temor y peligro de muerte violenta. La vida del hombre es solitaria, pobre, desagradable, brutal y breve.
Principio de conservación de la vida Del estado de naturaleza es posible salir solamente por medio de la voluntad racional de construir la sociedad civil, y ésta se constituye mediante un contrato social en que todos aceptan someterse al poder común.
IV. El pacto de unión-sujeción • La recta razón como guía. • Razón: cálculo de medios para llegar a un fin deseado. • El nacimiento del Estado como fin. • Estado de naturaleza (pasión) vs. Estado civil (razón). • La razón es la mejor guía para conseguir el bien supremo: la conservación de la vida.
Derecho natural y ley de la naturaleza • Derecho natural: es la libertad que cada hombre tiene de usar su propio poder como quiera, para la preservación de la propia naturaleza, es decir, de la propia vida; y por consecuencia la de hacer cualquier cosa en su juicio y en su razón (Leviatán, XIV).
Derecho natural y ley de la naturaleza • Ley de la naturaleza: es un precepto o norma general establecida por la razón, que prohíbe a un hombre hacer lo que es lesivo para su vida o privarle de los medios para preservarla; o bien, omitir aquello mediante lo cual piensa que pueda quedar su vida mejor preservada (Leviatán, XIV).
Derecho natural y ley de la naturaleza Las leyes naturales siempre prescriben acciones buenas respecto a un fin, y el fin es la PAZ como condición necesaria para la seguridad de la vida (valor supremo). Las leyes naturales son reglas de prudencia y, en cuanto tales no son obligatorias.
Poder común • Se deriva del acuerdo consensual de todos en un pacto de unión. • Cada uno se somete voluntariamente a una persona o a una asamblea que será el SOBERANO detentador del poder político. • Aparece la obligación absoluta: los súbditos deben obedecer las leyes impuestas por el soberano aunque puedan ser contrarias a la ley natural.
Poder común • El Estado soberano es creador de leyes propias. • El contrato o pacto de unión implica abandonar y transferir el derecho de cada uno a todos y, al mismo tiempo, la renuncia de cada individuo al derecho o libertad naturales de usar las propias facultades contra los otros hombres. • “La obligación comienza donde termina la libertad” (De cive, II, 10) • Los hombres transfieren voluntariamente todos sus derechos y todo su poder al soberano, excepto el derecho a la vida.
Fórmula del pacto “Yo autorizo y cedo el derecho de gobernarme a este hombre o a esta asamblea de hombres bajo la siguiente condición: que también ustedes cedan su derecho a él y autoricen todas sus acciones de igual modo” (Leviatán, XVIII; De cive, VI, 9). Este pacto es pacto de unión y pacto de sujeción. El pacto de unión hace de la multitud un pueblo. El pacto de sujeción hace del pueblo una civitas. Aparece la distinción artificial: SÚBDITO-SOBERANO
DEFINICIÓN DE ESTADO O SOCIEDAD CIVIL Es “una sola persona cuya voluntad, como consecuencia de los acuerdos de muchos hombres, ha de tenerse en lugar de la de todos para que pueda disponer de las fuerzas y de las facultades de cada uno para la paz y la defensa común” (De cive, V,9; Leviatán, XVII).
DEFINICIÓN DE ESTADO O SOCIEDAD CIVIL “Fuera del Estado es el dominio de las pasiones, la guerra, el miedo, la pobreza, el abandono, el aislamiento, la barbarie, la ignorancia, la bestialidad. En el Estado es el dominio de la razón, la paz, la seguridad, la riqueza, la decencia, la sociabilidad, el refinamiento, la ciencia, la benevolencia” (De cive, X,1).
V. El poder soberano Poder soberano es el poder que está por encima de cualquier otro poder. El poder soberano se puede reconocer porque es: • Irrevocable. • Absoluto. • Indivisible.
Irrevocable • Es irrevocable porque no consiste en un acuerdo entre dos partes: el pueblo y el soberano. • El pacto es irrevocable de hecho porque es necesaria la decisión por unanimidad y esto no es posible. • El pacto es irrevocable de derecho porque el contrato implica a un tercero, sin cuyo consenso el pacto no puede ser disuelto. • Si algún súbdito quisiera desconocer la validez del pacto, éste se pondría frente al Estado en situación de guerra y cae en la posibilidad de ser destruido.
Absoluto • Poder ilimitado por consenso y legítima aceptación de los hombres. • La obediencia al Estado debe ser absoluta: • Preventiva: renuncia a resistir al soberano. • Sucesiva o mediata: aceptación permanente de los súbditos.
Absoluto El único límite es el derecho a la vida. Cuando el Estado no es capaz de garantizar la vida de los súbditos, éstos pueden buscar una protección y seguridad por los medios que tengan a su disposición. La obligación de obedecer viene amenos. El soberano no manda lo que es justo, sino que es justo lo que manda el soberano. El soberano no puede ser limitado ni por leyes naturales ni por leyes civiles; si las leyes, sean naturales, sean civiles, mandasen, éstas serían absolutas. Contra la distinción entre formas buenas y malas de gobierno.
En el estado de naturaleza el mayor problema es la subsistencia. No hay distinción entre lo mío y lo tuyo La propiedad privada no existe. El estado civil tiene como fin hacer posible la convivencia. Aparece la distinción entre lo mío y lo tuyo; el bien y el mal; lo legítimo y lo ilegítimo. Se instaura la propiedad privada. La propiedad
Indivisible • No es posible garantizar la paz sin la unidad. • Presupone la unión del poder ejecutivo con el judicial. • El poder judicial debe estar unido a l legislativo para establecer la ley civil. • La unidad del poder soberano consiste en el monopolio supremo de la titularidad y del ejercicio del derecho y de la fuerza. • Si el poder es dividido no puede ser ya soberano. • Contra los partidos políticos.
VI. Formas de Estado • Las formas de Estado se basa en la distinción de la persona o personas a las cuales se les da el poder soberano: • Una persona natural (un solo individuo): MONARQUÍA. • Un persona moral (diversos individuos): ARISTOCRACIA y DEMOCRACIA.
No hay formas buenas y malas de Estado, cuando se habla en esos términos se trata solamente de juicios de valor que cada individuo manifiesta sobre el Estado según la opinión que le es sugerida por sus propios intereses. • La distinción entre formas buenas y malas carece de fundamentos racionales, es una expresión de las pasiones.
Las distinciones: • Monarquía – Tiranía • Aristocracia – Oligarquía • Democracia – Anarquía Tienen como fundamento las pasiones y no la razón Por otra parte, un gobierno mixto va en contra de la indivisibilidad del poder soberano.
Democracia, aristocracia y monarquía • Democracia: la forma de Estado en la cual todos los miembros se reúnen y forman la asamblea soberana. • Hobbes piensa que esta forma de Estado es inadecuada para conservar la paz, porque los individuos, por la variabilidad de caracteres y opiniones pueden caer en la anarquía y en la guerra civil
Aristocracia: es la forma de estado en la que el poder soberano se da a una parte de los ciudadanos; a diferencia de la democracia, o todos los ciudadanos son representantes; a diferencia de la monarquía, en la aristocracia no hay una identificación entre la persona política y la persona natural
La monarquía es la mejor forma de Estado • Las decisiones pueden ser tomadas en cualquier momento y lugar, situación que es más favorable para el ejercicio del poder. Es más eficiente porque no depende de la voluntad de muchos, sino de uno solo. • Es la forma idónea para garantizar la unidad del poder. • En la monarquía el interés privado es el mismo que el interés público.
La monarquía es la mejor forma de Estado • El monarca puede recibir consejos privados de quien él considere necesario y con la máxima discreción. • Un monarca no puede estar en desacuerdo consigo mismo por envidia o interés, pero una asamblea sí y en grado tal que puede producir una guerra civil. (Leviatán. XIX). • Para asegurar la paz, la seguridad y la vida de todos, una sola persona debe detentar el poder absoluto.