E N D
3. * Decreto Nº 1011/91
* Decreto Nº 2275/94
* Decreto Nº 690/02
7. Al ser aplicado sobre el Valor Agregado Nacional, es compatible con el Régimen de Draw Back
8. El pago de Reintegros lo efectiviza la Dirección General de Aduanas, previa presentación de la documentación que acredite el embarque de la mercadería
23. Decreto 1012/91
Resolución SI yC 177/91
Decreto 2182/91
Decreto 313/2000
Resolución SICyM 108/2002
Resolución MEyOySP 288/95
Resolución MEyOSP 1041/99
Resolución ME 265/2002
25. TRAMITACION: Presentación de Solicitud de Tipificación ante la Secretaría, integrada por:
Formulario de Declaración Jurada (original y tres copias)
Despacho de Importación a Consumo
Detalle de proceso
26. Se desglosan las actuaciones y se remiten las copias a:
INTI
D.G.A.
El INTI evalúa técnicamente las solicitudes y emite el dictamen correspondiente.
Con el dictamen favorable, se completa el análisis de las actuaciones y se elabora el proyecto de resolución de tipificación.
27. En la resolución de tipificación se establecen los valores de restitución en concepto de:
Derechos de Importación
Tasa de Estadística
Estos se determinan con relación a la unidad de producto de exportación
42. Productos:
Los incluidos en las Listas positivas de cada país.