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VICEPRESIDENCIA DE AUTOMÓVILES. COORDINACIÓN DE PREVENCIÓN VIAL. ENTORNO VIAL. EL ENTORNO VIAL. SEGURIDAD PASIVA DEFINICIÓN: Son todos los elementos conjuntos y sistemas que hacen parte de la vía y que ayudan a minimizar las consecuencias de los usuarios en caso de accidente.
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VICEPRESIDENCIA DE AUTOMÓVILES COORDINACIÓN DE PREVENCIÓN VIAL ENTORNO VIAL
EL ENTORNO VIAL SEGURIDAD PASIVA • DEFINICIÓN: Son todos los elementos conjuntos y sistemas que hacen parte de la vía y que ayudan a minimizar las consecuencias de los usuarios en caso de accidente. 2
EL ENTORNO VIAL ELEMENTOS • BARRERAS DE PROTECCIÓN. • BARRERAS DE HORMIGÓN. • AMORTIGUADORES DE IMPACTO. • BARANDAS DE PROTECCIÓN.
EL ENTORNO VIAL SEGURIDAD ACTIVA • DEFINICIÓN: Son todos los elementos conjuntos y sistemas que hacen parte de la vía que están en constante funcionamiento para evitar la ocasión del accidente.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES DE TRÁNSITO • DEFINICIÓN: Son todos los elementos conjuntos y sistemas que hacen parte de la vía que están en constante funcionamiento para evitar la ocasión del accidente. • ¿Qué funciones cumplen las señales de tránsito? • Indican las acciones y prohibiciones. • Advierten sobre situaciones especiales en la vía. • Ordenan el tránsito. • Mejoran la movilidad de las personas. • Aumentan la seguridad. • Informan a los usuarios.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES DE TRÁNSITO • ¿Cuáles son los tipos de señales de tránsito? 1. Señales y órdenes emitidas por los agentes de tránsito. 2. Señales transitorias o temporales de color naranja. 3. Semáforos vehiculares, peatonales o especiales (en vías férreas). 4. Señales verticales: preventivas, reglamentarias, informativas. 5. Señales horizontales o demarcadas sobre la vía
EL ENTORNO VIAL SEÑALES Y ÓRDENES EMITIDAS POR LOS AGENTES DE TRÁNSITO
EL ENTORNO VIAL SEÑALES TRANSITORIAS O TEMPORALES DE COLOR NARANJA • Establecen controles de tránsito en áreas donde se construye o se hacen trabajos de mantenimiento en las vías.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES TRANSITORIAS O TEMPORALES DE COLOR NARANJA • Establecen controles de tránsito en áreas donde se construye o se hacen trabajos de mantenimiento en las vías.
EL ENTORNO VIAL SEMÁFOROS VEHICULARES, PEATONALES O ESPECIALES (EN VÍAS FÉRREAS). • Regulan, controlan y mantienen el movimiento vehicular y evitan accidentes. Los semáforos especiales: • Están situados cerca de los cruces de transporte masivo o de trenes. • La luz amarilla intermitente indica que se puede avanzar pero con mucha precaución. • La luz roja indica peligro y el vehículo se debe detener completamente.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES VERTICALES • Son símbolos o leyendas impresos en placas jadas en postes, o en estructuras instaladas sobre la vía o adyacentes a la misma. Funciones: • Prevenir a los usuarios sobre la existencia de peligros. • Reglamentar las prohibiciones o restricciones respecto al uso de las vías. • Brindar información para guiar a los usuarios de las vías. Según la función que cumplen se dividen en: • Señales preventivas • Señales reglamentarias • Señales informativas
EL ENTORNO VIAL SEÑALES VERTICALES PREVENTIVAS • Su código de identificación es SP • Estas señales tienen forma de rombo, símbolo negro y fondo amarillo. • Su función es advertir la existencia de un peligro en la vía y su naturaleza.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES VERTICALES REGLAMENTARIAS • Su código de identificación es SR • Estas señales tienen anillos y líneas oblicuas de color rojo, símbolo negro y fondo blanco. • Su función es indicar las limitaciones, las prohibiciones o las restricciones en las vías.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES VERTICALES INFORMATIVAS • Su código de identificación es SI • Estas señales tienen fondo azul, textos y flechas blancos y símbolos negros. • Su función es guiar al usuario de la vía, brindándole información sobre localidades, destinos, direcciones, sitios especiales, distancias y prestación de servicios.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES HORIZONTALES o demarcadas sobre la vía • Son marcas viales conformadas por líneas, flechas, símbolos y letras, que están pintadas sobre el pavimento, los bordillos o los sardineles. También las encontramos en las estructuras de las vías de circulación o adyacentes a ellas, así como en los objetos que se colocan sobre la superficie de las carreteras. Funciones: • Regular y canalizar el tránsito. • Indicar la presencia de obstáculos. Se clasifican en: • Longitudinales • Transversales • Especiales
EL ENTORNO VIAL SEÑALES HORIZONTALES LONGITUDINALES • Son marcas paralelas al sentido de la circulación. Pueden ser de color amarillo o blanco. • Líneas amarillas: Separan los carriles del tráfico que se mueve en direcciones opuestas.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES HORIZONTALES LONGITUDINALES Líneas blancas: Pueden ser líneas o flechas direccionales. Las líneas blancas sirven para: • Separar los carriles de tráfico que se mueven en la misma dirección. • Definir los bordes de la calzada en carreteras. • Determinar el comienzo de separadores. • Indicar canalizaciones especiales.
EL ENTORNO VIAL SEÑALES HORIZONTALES TRANSVERSALES • Son líneas blancas que van transversales al sentido de la circulación de los vehículos. • Pueden ser: • La línea de pare. • La zona peatonal. • La zona de estacionamiento.
COORDINACIÓN DE PREVENCIÓN VIAL VICEPRESIDENCIA DE AUTOMÓVILES NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD • Ley 1383 de 2010 • Nuevas Licencias de conducción. • Revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes. • Amigos a los que les gusta el alcohol. • En cuanto a los límites de velocidad . • Reducción de las multas.
LICENCIA DE CONDUCCIÓN • Todos los conductores deberán cambiarla dentro de los próximos 4 años sin costo alguno. En el caso de los vehículos particulares, tendrán un avenencia indefinida, pero deberán refrendarla cada 5 años. • Las nuevas licencias tendrán: • Nombre completo del conductor. • Número del documento de identificación. • Foto. • Huella. • Tipo de sangre. • Fecha de nacimiento. • Categoría. • Restricciones. • Fecha de expedición y organismo que al expidió. • Código de barras.
LICENCIA DE CONDUCCIÓN • Una licencia de conducción, que no cumpla con las condiciones técnicas establecidas deberá sustituirse en un término de cuarenta y ocho (48) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley. • Para obtener la licencia de conducción por primera vez, o la recategorización, renovación, y refrendación de la mis-ma, se debe demostrar ante las autoridades de tránsito la aptitud física, mental y de coordinación motriz • Las licencias de conducción para vehículos de servicio diferente al público, tendrán una vigencia indefinida. • Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de tres (3) años,
REVISÓN TÉCNICO MECÁNICA • Por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. • La revisión estará destinada a verificar: 1. El adecuado estado de la carrocería. 2. Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acor-des con la legislación vigente sobre la materia. 3. El buen funcionamiento del sistema mecánico. 4. Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico. 5. Eficiencia del sistema de combustión interno. 6. Elementos de seguridad. 7. Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que éste opere con aire, que no emita señales acústi-cas por encima de los niveles permitidos. 8. Las llantas del vehículo. 9. Del funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia. 10. Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público.
REVISÓN TÉCNICO MECÁNICA • Los vehículos particulares harán la revisión cada 2 años durante los primeros 6 años de la matrícula, no del modelo del vehículo. Pasados los seis años deberá hacerse nuevamente. • La sanción por el no porte del certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes serán multas equivalentes a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, y puede generar inmovilización del vehículo. • Además quien sea sorprendido con un certificado falso, podría ser conducido a la cárcel, además de la multa.
ALCOHOL • Quienes sean sorprendidos conduciendo en estado de alicoramiento, deberán pagar una multa mas alta de la que estaba establecida, pues esta pasara de $515.000 a 772.500, sin contar el periodo de suspensión de la licencia que ya no será de 8 meses a un año sino de 3 a 10 años. • Será criterio para fijar esta sanción, la reincidencia, haber causado daño a personas o cosas a causa de la embriaguez o haber intenta-do darse a la fuga. • Las escalas de alcoholemia también serán revisadas y la tolerancia al consumo de licor será menor.
ALCOHOL • El instituto de medicina legal reporta como cifra de alcohol positivo 0,5 G/L en adelante hasta 4 muy alto. Esta cifra mínima multiplica en 1,6 veces la posibilidad de sufrir accidentes corporales y el 1,2 al de accidentes mortales. • Aunque no dieras positivo en un control, la simple ingesta de alcohol puede provocar un accidente de carro. Ten muy presente que la única tasa realmente segura es 0,0 g/l de alcohol en sangre • Pasear durante media hora, masticar un chicle de clorofila o menta, comer un bocadillo, lavarse los dientes o soplar varias y repetidas veces antes de enfrentarte a un control de alcoholemia, son trucos falsos e inefectivos que nunca debes tener en cuenta a la hora de conducir. • El alcohol, ingerido junto a la comida, se absorbe con mayor lentitud. Pero no olvides que al final siempre llega a la sangre y, aunque comas mucho, no evita el riesgo de accidente
ALCOHOL • Si asiste a una reunión en la que sabe que ingerirá alcohol, deje el automóvil en casa, vuelva en taxi o con otro amigo sobrio. Utilice el servicio de conductor elegido que le ofrece su póliza. • Cuando se trate de un grupo de amigos establezca un sistema de turnos para que una persona permanezca siempre sobria. • No suba a un vehículo en que sabe que el conductor ha bebido. Y trate de convencerlo de entregarle la conducción a una persona sobria. • No preste el vehículo a personas que van a beber alcohol. • Es muy difícil predecir la tasa de alcoholemia después de tomar una copa. Si tienes que conducir, evita las bebidas alcohólicas y, si bebes, no conduzcas. • Nunca mezcles fármacos con alcohol. Esta mezcla puede ser explosiva..
LÍMITES DE VELOCIDAD • En carretera, los limites de velocidad pasan de 80 km por hora a 120 km por hora. En ciudades, solo en la vías rápidas habrá incrementos: se pasará de 60 km por hora a 80 km por hora. • En zonas escolares y residenciales se mantiene máximo de 30 km hora.
REDUCCIÓN DE MULTAS La nueva ley establece descuentos por pronto pago: • Entre 1 y 5 dias siguientes a la orden del comparendo: paga el 50% del valor de la multa. • Entre y 6 y 20 días siguientes a la orden del comparendo: paga el 75% del valor de la multa. Además deberá asistir a un curso de normas de tránsito. • Si pasan mas de 20 días siguientes a la orden del comparendo: paga el 100% del valor de la multa mas intereses moratorios.
REDUCCIÓN DE MULTAS 137.333 • Si lleva niño menores de 10 años en el asiento delantero. • Si conduce sin licencia o la tiene vencida. • Si remolca otro vehículo. 257.500 • Estacionar en sitios prohibidos. • No utilizar el cinturón de seguridad. • No respetar los limites de velocidad. 515.000 • Pasarse el semáforo en rojo o en amarillo • No hacer el pare • Si conduce sin luces o sin direccionales o la luz de freno están dañadas 772.500 • Conducción en estado de embriaguez, bajo efectos de sustancias.