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SERVICIOS INFORMATICOS ELECTRONICOS. MUISCA. Ingeniería organizativa y de procesos, para generar beneficios para la administración tributaria, aduanera y cambiaria, enfatizando en aquellos aspectos que inciden en la detección y reducción del fraude y en la modernización tecnológica.
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SERVICIOS INFORMATICOS ELECTRONICOS Gloria Elsy Valencia Grisales
MUISCA Ingeniería organizativa y de procesos, para generar beneficios para la administración tributaria, aduanera y cambiaria, enfatizando en aquellos aspectos que inciden en la detección y reducción del fraude y en la modernización tecnológica. Integralidad, facilitación, agilización y simplificación de los procedimientos utilizados por la Entidad. Gloria Elsy Valencia Grisales
Servicios Informáticos Virtuales Ingeniería organizativa y de procesos, para generar beneficios para la administración tributaria, aduanera y cambiaria, enfatizando en aquellos aspectos que inciden en la detección y reducción del fraude y en la modernización tecnológica. • Registro Unico Tributario. • Servicio informático electrónico de Presentación de Información por envío de archivos. • Diligenciamiento de documentos. Gloria Elsy Valencia Grisales
Servicios Informáticos Virtuales Ingeniería organizativa y de procesos, para generar beneficios para la administración tributaria, aduanera y cambiaria, enfatizando en aquellos aspectos que inciden en la detección y reducción del fraude y en la modernización tecnológica. • Servicio informático electrónico de diligenciamiento virtual de formularios. Gloria Elsy Valencia Grisales
REGISTRO UNICO TRIBUTARIO Gloria Elsy Valencia Grisales
REGISTRO UNICO TRIBUTARIO • MARCO NORMATIVO • Ley 863/03, Art. 19, adiciona Art. 555-2 del Estatuto Tributario • Decreto 2788/04, reglamenta el RUT de que trata el 555-2 del E.T. • Resolución 8346/04, se prescribe el formulario oficial del RUT, para • inscripción, actualización y cancelación en el RUT • Resolución 8502/04, se regulan todos los aspectos relacionados con • los trámites de inscripción, actualización y cancelación del RUT • Decreto 65/05 (Incorporación de registros de profesionales en • compra y venta de divisas) • Resolución 8202/05 (Inscripción en cámaras de comercio). • Orden administrativa 001/05. • Ley 1066/06. • Ley 1111/06 • Resolución 1887/07 (unificación 8502 y 8202). Gloria Elsy Valencia Grisales
REGISTROS INCORPORADOS EN EL RUT • El RUT • El registro nacional de vendedores (RNV). • El registro nacional de exportadores de bienes y servicios • El registro de usuarios aduaneros autorizados por la DIAN. • El registro profesionales en compra y venta de divisas (D. 2788, art. 3) Gloria Elsy Valencia Grisales
Único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN (L. 863, art. 19 y D. 2788, art. 1). Gloria Elsy Valencia Grisales
ELEMENTOS DEL RUT Corresponde al nombre o razón social, y NIT de los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN. Identificación Corresponde al lugar donde la DIAN podrá contactar oficialmente al inscrito. Ubicación Corresponde a la naturaleza, actividades, funciones, características, atributos, regímenes, obligaciones, autorizaciones y demás elementos propios de cada sujeto a las obligaciones administradas por la DIAN. (D. 2788, art. 4) Clasificación Gloria Elsy Valencia Grisales
INSCRIPCION EN EL RUT Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el RUT tendrá vigencia indefinida y en consecuencia no se exigirá su renovación(D. 2788, art. 6). Gloria Elsy Valencia Grisales
DILIGENCIAMIENTO DEL RUT Deberá realizarse por Internet, de conformidad al art. 19 del decreto 2788 de 2004. Podrá hacerse personalmente, por la DIAN o por las cámaras de comercio y puntos habilitados para tal efecto (Res. 8502 y Res. 1887). Gloria Elsy Valencia Grisales
REQUISITOS • Personalmente: • Persona natural: • Cédula de ciudadanía original y legible (en ningún caso denuncios por pérdida). • Certificado de cámara de comercio, si está inscrito • Persona Jurídica: • Cédula de ciudadanía original y legible • Certificado de Existencia y representación legal reciente. Gloria Elsy Valencia Grisales
A través de un autorizado: • Persona natural: • Fotocopia de la cédula de ciudadanía, legible o contraseña. En ningún caso denuncios por pérdida. • Cámara de comercio vigente si está inscrito en cámara de comercio. • Carta de autorización al tercero, autenticada en notaría conteniendo nombre e identificación del autorizado, datos de dirección, teléfono, actividad económica y responsabilidades del titular del RUT. • El autorizado debe presentar su cédula original o contraseña. Gloria Elsy Valencia Grisales
Persona jurídica: • Fotocopia de la cédula de ciudadanía, legible o contraseña, del representante legal. En ningún caso denuncios por pérdida. • Certificado de existencia y representación legal vigente. • Carta de autorización al tercero, autenticada en notaría conteniendo nombre e identificación del autorizado, datos de dirección, teléfono, correo electrónico. actividad económica y responsabilidades del ente jurídico a inscribir, • El autorizado debe presentar su cédula original o contraseña. Gloria Elsy Valencia Grisales
RESPONSABILIDADES Gloria Elsy Valencia Grisales
01 Aporte especial para la administración de Justicia Corresponde a una obligación exclusiva de los Notarios, generada por la contribución especial para la administración de justicia, equivalente al 10% de los ingresos (brutos). Gloria Elsy Valencia Grisales
02 Gravamen a los movimientos financieros Debe ser diligenciado exclusivamente por los agentes retenedores que son responsables del mismo ante el estado, ellos son: Banco de la República, entidades vigiladas por: la Superintendencia Bancaria, Superintendencia de Valores o Superintendencia de Economía Solidaria Impuesto a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman Artículo 870 del E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
03 Impuesto al patrimonio Declarantes del impuesto sobre la renta por los años gravables 2004, 2005 y 2006, equivalente al 0.3 % del patrimonio líquido del obligado a primero de enero de cada año gravable, siempre que dicho patrimonio sea superior a tres mil trescientos cuarenta y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil pesos ($3.344.378.000) (hoy), descontando el valor patrimonial neto de acciones o aportes poseídos en sociedades nacionales y los primeros ciento treinta UVT ($260.675.000) (hoy) del valor de la casa o apartamento de habitación. Impuesto a cargo de las personas jurídicas y naturales, contribuyentes Gloria Elsy Valencia Grisales
03 Impuesto al patrimonio Entidades no sujetas a este impuesto. Corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro (Art 19 E.T.) Personas Jurídicas que se encuentren en liquidación, concordato o acuerdo de reestructuración. No contribuyentes. ( Art 22,23,23-1, 23-2) Gloria Elsy Valencia Grisales
Impuesto sobre la renta y complementarios régimen tributario especial 04 • Se aplica a contribuyentes del impuesto sobre la renta que reciben un tratamiento especial en consideración a su naturaleza y al desarrollo de actividades que el Gobierno determina como de interés para la comunidad. Artículo 19 del E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
Impuesto sobre la renta y complementarios -régimen ordinario 05 • El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo tributo y comprende el impuesto de renta, ganancias ocasionales y remesas Aplica a las personas jurídicas, naturales y las asimiladas a unas y otras. Gloria Elsy Valencia Grisales
Impuesto sobre la renta y complementarios -régimen ordinario 05 Contribuyentes de Menores Ingresos • Personas naturales o sucesiones ilíquidas. • Que sean responsables del IVA • Que en el año 2006 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $27.870.000. • A diciembre 31 de 2006 el patrimonio bruto exceda de $89.183.000. Artículo 591 del E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
Un plomero, cuyos ingresos o pagos recibidos durante el año 2006 son iguales o superan $27.870.000 y/o su patrimonio compuesto a manera de ejemplo, por: casa, lote, y/o vehículo, supera los $89.183.000, sería declarante del impuesto sobre la renta y complementarios régimen ordinario, debe seleccionar la opción 05 de la Tabla Responsabilidades. Por el contrario, si sus ingresos están por debajo del primer monto indicado y su patrimonio es igual o inferior al segundo monto referido, no sería declarantes y no se inscribiría como contribuyente declarante de renta Gloria Elsy Valencia Grisales
En el caso del plomero, por prestar servicios gravados con el impuesto sobre las ventas, tendría que inscribirse también como responsable del impuesto sobre las ventas, del régimen común o simplificado, según corresponda. Gloria Elsy Valencia Grisales
Impuesto sobre la renta y complementarios -régimen ordinario 05 Asalariados obligados a declarar. • Los ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria. • Que sean responsables del IVA • Que Durante el año 2006 hayan obtenido ingresos iguales o superiores a $66.888.000. • A diciembre 31 de 2006 el patrimonio bruto exceda de $89.183.000. Trabajadores independientes obligados a declarar • Los ingresos brutos estén debidamente facturados y por lo menos un 80% • corresponden a honorarios, comisiones o servicios sobre los cuales se aplicó • retención en la fuente. • Que sean responsables del IVA • Durante el año 2006 hayan obtenido ingresos iguales o inferiores a • $66.888.000. • A diciembre 31 de 2006 el patrimonio bruto no exceda de $89.183.000. Gloria Elsy Valencia Grisales
Ejemplo: Un trabajador independiente “Contador” cuyos ingresos por concepto de honorarios, obtenidos de enero a diciembre, suman $67.000.000 y su patrimonio conformado por bienes inmuebles como casa o apartamento y/o bienes muebles como vehículos supera $90.000.000 es declarante del impuesto sobre la renta y complementarios régimen ordinario, debe seleccionar la opción 05 “Impuesto sobre la renta y complementarios régimen ordinario” de la Tabla Responsabilidades. Por prestar servicios gravados con el impuesto sobre las ventas, tendría que inscribirse también como responsable del impuesto sobre las ventas, del régimen común o simplificado, según corresponda. (Ver requisitos responsables del impuesto sobre las ventas régimen simplificado). Gloria Elsy Valencia Grisales
Otros requisitos que deben cumplir los no obligados a declarar, año gravable 2006 • Que el total de consumos con tarjeta de crédito durante el año gravable no sea superior a $55.740.000. - Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable no exceda de $89.183.000. Gloria Elsy Valencia Grisales
Ingresos y patrimonio 06 • La Nación. • Los Departamentos. • Las intendencias y Comisarías. • Los Municipios y el Distrito Especial de Bogotá. • Las juntas de acción comunal y defensa civil. • Los sindicatos. • Las asociaciones de padres de familia. • Las juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal • La obligación de presentar la declaración de ingresos y patrimonio, es exclusiva de las personas jurídicas no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, a excepción de aquellas que en forma expresa señala la ley. Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención en la fuente a título de renta 07 Esta responsabilidad es propia de: las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las uniones temporales, las comunidades organizadas, y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho Que intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención. Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención en la fuente a título de renta 07 Deberán efectuar retención en la fuente también sobre los pagos o abonos en cuenta que efectúen por conceptos de honorarios, comisiones, servicios, arrendamientos, rendimientos financieros y pagos susceptibles de constituir ingresos tributarios. Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior al gravable tuvieren un patrimonio o unos ingresos brutos superiores a $600.000.000 (30.000 UVT) Ref. Año 2.006 Y $629.220.000 Ref. Año 2007 Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención timbre nacional 08 El impuesto de timbre grava los documentos, instrumentos públicos y documentos privados incluidos los títulos valores, que se otorguen o acepten en el país, o que se otorguen fuera del país pero que se ejecuten en el territorio nacional o generen obligaciones en el mismo, en los que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones, al igual que su prórroga o cesión, cuya cuantía sea superior a la cifra fijada anualmente ($125.000.000 en 2007) Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención timbre nacional 08 En los cuales intervenga como otorgante, aceptante o suscriptor una entidad pública, una persona jurídica o asimilada, o una persona natural que tenga la calidad de comerciante, que en el año inmediatamente anterior tuviere unos ingresos brutos o un patrimonio bruto superior a quinientos noventa y seis millones ciento treinta y seis mil pesos ($600.000.000). Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención timbre nacional 08 • Agentes de retención del impuesto de timbre • 1.- Los notarios por las escrituras públicas. • Las entidades financieras. • Las entidades de derecho público del orden nacional, departamental o municipal, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta. • Las personas jurídicas, las sociedades de hecho y demás asimiladas. • Las personas naturales o asimiladas que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren unos ingresos brutos o un patrimonio bruto superior a ($600.000.000). Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención timbre nacional 08 • Los agentes diplomáticos del gobierno colombiano, por los documentos otorgados en el exterior. • Los Bancos por el impuesto correspondiente a los cheques. • Los almacenes generales de depósito por los certificados y bonos de prenda. • Las entidades de cualquier naturaleza, por la emisión de títulos nominativos o al portador. Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas. 09 Tienen esta responsabilidad, quienes adquieran bienes o servicios gravados y estén expresamente señalados como agentes de retención en ventas, a saber: • La Nación, los departamentos, el distrito capital, y los distritos especiales, en general los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos. Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas. 09 • Los grandes contribuyentes (aunque no sean responsables del impuesto). • Aquellos sujetos a quienes la DIAN catalogue como agentes retenedores en ventas. • Quienes contraten con personas o entidades sin domicilio o residencia en el país la prestación de servicios gravados en el territorio nacional, en relación con los mismos. (En este caso los responsables del régimen común y aun del régimen simplificado, deben efectuar la retención). Gloria Elsy Valencia Grisales
Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas. 09 • Los responsables del régimen común (personas naturales o jurídicas) cuando adquieran bienes o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen simplificado. • Las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito y sus asociaciones, en el momento del correspondiente pago o abono en cuenta a las personas o establecimientos afiliados. • La Unidad Administrativa de Aeronáutica Civil, por el 100% del impuesto sobre las ventas que se cause en la venta de aerodinos. Gloria Elsy Valencia Grisales
10 Usuario Aduanero Persona natural o jurídica, que interviene directa o indirectamente en las operaciones de importación y/o exportación de bienes y/o servicios y/o de tránsito aduanero. Señalada esta responsabilidad se habilita en la casilla 54 clasificación de usuarios aduaneros, la cual contempla 39 clasificaciones. Gloria Elsy Valencia Grisales
10 Usuario Aduanero • Si se selecciona: • 04 Comercializadora Internacional. • 21 Exportador de Café • 22 Exportador • Se habilitara las casillas • 55 Forma de Exportación • Directa. Indirecta o Directa e Indirecta • Tipo • Bienes. Servicios. Bienes y Servicios Gloria Elsy Valencia Grisales
10 Usuario Aduanero • Si se selecciona una de las opciones que contiene servicio deberá diligenciarse la casilla 57 y 58 Modo y Clasificación Central de Productos. • Presencial Comercial • Movimiento Transfronterizo de Servicios • Traslado de Consumidores • Traslado temporal de personas. Gloria Elsy Valencia Grisales
11 Ventas régimen común • Quienes venden bienes gravados, prestan servicios gravados e importan bienes gravados y que no cumplan las condiciones del Artículo 499 del Estatuto Tributario para estar en el régimen simplificado. • También son responsables los exportadores. Art. 499 E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
12 Ventas Régimen Simplificado Pertenecen a este régimen las personas naturales comerciantes y los artesanos que sean minoristas o detallistas, los agricultores o ganaderos que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones. 1. Que a 31 de diciembre del año 2006 ingresos brutos totales provenientes de la actividad inferiores a sesenta y tres millones seiscientos sesenta mil pesos ($66.888.000). Art. 499 E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
12 Ventas Régimen Simplificado • 2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad. • 3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. • 4. Que no sean usuarios aduaneros. Art. 499 E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
12 Ventas Régimen Simplificado 5. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior (2006) ni en el año en curso (2007) contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a sesenta y tres millones seiscientos sesenta mil pesos ($66.888.000) y sesenta y seis millones ochocientos ochenta y ocho mil pesos ($69.214.000) respectivamente. 6. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior (2006) o durante el respectivo año (2006) no supere la suma de $84.880.000 ó $94.383.000 respectivamente. Art. 499 E.T Gloria Elsy Valencia Grisales
13 Gran Contribuyente Persona o entidad, catalogada como tal por el Director de la DIAN mediante resolución por sus características operaciones, volumen de operaciones o importancia del recaudo. Gloria Elsy Valencia Grisales
Informante de exógena 14 Persona Natural o jurídica y demás entidades públicas y privadas. • Obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio. Los entes públicos del nivel nacional y territorial, de los ordenes central y descentralizado NO obligados a presentar Declaración de Ingresos y Patrimonios Que hubieren obtenido en el último día del año gravable 2.005 ingresos brutos superiores a un mil quinientos millones de pesos $1.500.000.00o Gloria Elsy Valencia Grisales
Informante de exógena 14 • Grandes Contribuyentes, obligadas a presentar Declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio. Personas Jurídicas Los consorcios y Uniones Temporales. Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o contratistas. Las sociedades fiduciarias. Los entes públicos del nivel nacional y territorial. Los secretarios generales de los órganos que financien gastos con recursos. (D. 1738/98) R. 12807/06 Gloria Elsy Valencia Grisales
Informante de exógena 14 Todas las entidades de derecho público, los fondos mutuos de inversión, los de valores, los de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, sucesiones iliquidas, sociedades de hecho. • Que efectuaron retención en la fuente. R. 12807/06 Gloria Elsy Valencia Grisales
Autorretenedor 15 Persona jurídica catalogada como tal por ley o por el Subdirector de Gestión y Asistencia al Cliente de la DIAN mediante resolución • Entidades vigiladas por la Superfinanciera. • Sociedades Administradoras de los Fondos. • Servicio de Transporte aéreo o marítimo. D. 1742 /92. D. 836/91. D. 399/97. Resolución 04074 del 25 de mayo de 2005 Gloria Elsy Valencia Grisales