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LA PERICIA Y LA INVESTIGACION. PSICOLOGICA FORENSE. PSICOLOGÍA JURÍDICA.
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LA PERICIA Y LA INVESTIGACION PSICOLOGICA FORENSE
PSICOLOGÍA JURÍDICA ES EL ESTUDIO DESDE UNA PERSPECTIVA PSICOLOGICA DE CONDUCTAS COMPLEJAS Y SIGNIFICATIVAS EN FORMA ACTUAL O POTENCIAL PARA LO JURÍDICO, A LOS EFECTOS DE SU DESCRIPCIÓN, ANÁLISIS, COMPRENSIÓN, CRÍTICA Y EVENTUAL ACTUACIÓN SOBRE ELLAS EN FUNCIÓN DE LO JURÍDICO.
PSICOLOGIA FORENSE ES AQUELLA PARTE DE LA PSICOLOGIA QUE SE DESARROLLA DENTRO DEL ÁMBITO JURÍDICO ESPECÍFICO Y/O EN SUS ÓRGANOS DEPENDIENTES, CARACTERIZÁNDOSE POR POSEER TÉCNICAS PROPIAS QUE LA CONVIERTEN EN UNA CIENCIA AUXILIAR DE ESE CAMPO
Ago.2011 1987 2013 No ofic. 2010/11 2012 LEY 9944 ADOPCION DECADA 80 EJECUCIÓN PENAL Nov. 2008 ABUSO SEXUAL ETIV 2009 inicia. Resol.2012
PERITOS DE CONTROL EQUIPO DE CONSULTORES Y PERITOS DE LA DEFENSA PUBLICA Acordada N°77 de Oct. 2010 Inicia en 2011 2004 - EXPOSICIÓN INFORMATIVA DE NIÑOS EN CÁMARA GESSELL
FUERO CIVIL Y COMERCIAL • FUERO LABORAL OTROS PERITOS PERITOS DE OFICIO O DE LISTA PERITOS PARTE O DE CONTROL CONSULTOR TECNICO: ESPECIALISTA
PERICIAS EN ADULTOS CON PERITO DE CONTROL EN CÁMARA GESSELL Resol.85 2013 VENTAJAS DESVENTAJAS - RESGUARDAR LA ESTRUCTURA FORMAL DE LA PERICIA -PREVENIR/LIMITAR LA INTERFERENCIA SUGESTIVA DEL PC -CUIDAR EL PSIQUISMO DEL NIÑO -SE ESTRUCTURA MEJOR LA INTERVENCIÓN DEL PC • PERSECUTORIO • PLANTEOS POR FALTA DE IGUALDAD EN LA DISPOSICIÓN DEL MATERIAL • EL TELEFONO
DEFENSOR - ASESOR IMPUTADO PERITO DE CONTROL FISCALIA – JUZGADO - CAMARA QUERELLANTE PARTICULAR ACTOR CIVIL REPRESENTATE LEGAL PERITO OFICIAL VICTIMA PERITO CONTROL
TAREA ESCENCIAL DEL PSICÓLOGO FORENSE • DIAGNÓSTICO DE LA PERSONALIDAD CON ENFOQUE JURÍDICO • QUÉ CONSECUENCIAS Y EFECTOS TUVO LA PERSONALIDAD EN EL HECHO O EL HECHO EN LA PERSONALIDAD QUE DEBEMOS DIAGNOSTICAR • VÍCTIMA O IMPUTADO
FUERO PENAL • PERICIAS PARA DETERMINAR (PUNTOS DE PERICIA) • PERFILACION DE PERSONALIDAD • DELITOS SEXUALES (VICTIMA – VICTIMARIO) Es capaz de? • DAÑO PSIQUICO (mensuración de la pena) • MOTIVACION • VIOLENCIA FAMILIAR: PELIGROSIDAD • ART 34 CP (imputabilidad) • ART 81 CP (atenuación de la pena) • PERICIAS NEUROPSICOLÓGICAS (imputabilidad-responsabilidad penal) • CAMARA GESSELL (exposición informativa) • AUTOPSIA PSICOLÓGICA (análisis retrospectivo). Causas de muerte de etiología dudosa • PRISION DOMICILIARIA (NARCOTRÁFICO) • EJECUCIÓN PENAL
PASOS DEL PROCESO PERICIAL PSICOLOGICO • DEMANDA (FUERO – OFICIO – PUNTOS DE PERICIA) • PROCESO PERICIAL • ADULTOS • NIÑOS • PSICODIAGNÓSTICO CLÍNICO-JURÍDICO • EXPEDIENTE • INFORME • JUICIO ORAL
PSICODIAGNOSTICO CLÍNICO-JURÍDICO • CORTE TRANSVERSAL • DIFERENTE DEL DIAGNÓSTICO CLÍNICO (DEMANDA, ENCUADRE, CONTEXTO, ENTREVISTA ESTRUCTURADA O SEMIESTRUCTURADA, SIMULACION, OCULTACIÓN, PUNTOS DE PERICIA) • INVESTIGADORES (INDICADORES) • OBSERVACIÓN FENOMENOLÓGICA • COHERENCIA INTERNA
PSICODIAGNÓSTICO CLÍNICO-JURÍDICO • ENTREVISTAS (ANAMNESIS) • TÉCNICAS PROYECTIVAS PERTINENTES A CADA CASO • COMPLETAMIENTO DE DATOS (ENTREVISTAS A FLIARES O ALLEGADOS – INTERVENCIÓN DE OTRAS PROFESIONES) • EXPEDIENTE (EN TODOS LOS CASOS?) • INFORME PERICIAL : ESTRUCTURA • LENGUAJE • FUNDAMENTOS
N° 09 Córdoba, 28 de octubre del PERICIA PSICOLÓGICA Nombre del Entrevistado: /////////////////////////////// Edad : 53 años Escolaridad : Universitarios Completos Estado Civil : Viudo Pericia Psicológica : Lic. Marcela Scarafía Peritos de Control : Orden : Fiscalía de Instrucción Atento a lo solicitado en autos caratulados “XXX p.s.a. Homicidio Calificado” que se tramitan por ante ese Tribunal, procedí a realizar una Pericia Psicológica en la persona de XXX, cuyos resultados envío muy respetuosamente a V. S.
A fin de cumplimentar con la presente pericia se administraron entrevistas clínicas y pruebas proyectivas y psicométricas, a saber: -Test Gestáltico Visomotor de Loretta Bender -Test de Machover o Figura Humana -Persona Bajo La Lluvia -Test de Rorschach -Cuestionario Desiderativo -Test de Apercepción Temática NIVEL MANIFIESTO NIVEL INTELECTUAL NIVEL PSICOMOTRIZ ESTRUCTURA DE LA PERSONALIDAD Y AFECTIVIDAD CONCLUSIONES
LA PERICIA PSICOLOGICA • SOLICITUD • NO ESTA PREVISTA POR LEY • PUEDE SER SOLICITADA POR MULTIPLES CAUSAS • PUEDE SER ACEPTADA, IMPUGNADA, DECLARADA NULA, AMPLIADA O ESCLARECIDA, CONSIDERADA TOTAL O PARCIALMENTE VINCULANTE? PERICIA VS. INFORME ACTO SEGÚN COD.PROCED - NO VALOR DE PRUEBA PERITOS DE CONTROL - SIN CONTRALOR VALOR PROBATORIO (INDICIO)
EL PERITO ES AQUEL QUE POSEE HABILIDADES PARA EXTRAER CONCLUSIONES SIGNIFICATIVAS ACERCA DE ALGO. NO PUEDE SER REEMPLAZADO POR QUIEN SÓLO TIENE SENTIDO COMÚN. ME PUEDO EQUIVOCAR? ROL: FOCO CENTRAL DEL TRABAJO PERICIAL EVACUAR PUNTOS DE PERICIA
DIFERENCIAS ENTRE PERITO Y TESTIGO • SE LE PERMITEN CONCLUSIONES • SOLO ÉL PUEDE DAR OPINIÓN SOBRE UN HECHO • NO ESTA OBLIGADO A CONTESTAR SI-NO • PUEDE BASARSE EN APORTES DE OTRAS CIENCIAS O PROFESIONES • PUEDE RESPONDER SOBRE CUESTIONES TEÓRICAS O HIPOTÉTICAS (RIESGO POR GENERALIZACIÓN O DESVÍO)
DIFERENCIAS ENTRE PERICIA PSIQUIÁTRICA Y PSICOLÓGICA 1.A. PERICIA PSIQUIÁTRICA POR LEY (EXAMEN MENTAL OBLIGATORIO art 85 cpp Artículo 85 - Pericia Siquiátrica. El imputado será sometido a pericia siquiátrica siempre que fuere menor de 18 años, mayor de 70, o sordo - mudo; cuando el delito que se le atribuya sea de carácter sexual o estuviere reprimido con pena no menor de diez años de prisión o, si fuere probable la aplicación de la medida de seguridad prevista por el artículo 52 del Código Penal.
Art. 34 CP. No es punible aquél que por insuficiencia de las facultades mentales, alteración morbosa de las mismas, estado de inconciencia, error, o ignorancia de hecho no imputable, no haya podido al momento del hecho comprender o dirigir la criminalidad de sus acciones. APARTADO BIOLÓGICO – APARTADO PSICOLÓGICO. En caso de enajenación, el tribunl podrá ordenar la reclusión del agente en un manicomio, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás. PELIGROSIDAD MEDIDAS DE RESTRICCIÓN En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenará la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren peligroso. EN VIRTUD DE LA NUEVA LEY DE SALUD, EL PSICÓLOGO PUEDE INTERNAR
ART. 81. Se impondrá reclusión de tres a seis años , o prisión de uno a tres años: a) Al que matare a otro encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable
1.B. LOS PSICÓLOGOS FIGURAN EN EL ART. 221 BIS DE LA LEY 9197 (2004) PARA LA RECEPCIÓN DE TESTIMONIO A MENORES VÍCTIMAS. Nuestra provincia de Córdoba, mediante la ley Nº 9197 (2004) introdujo mejoras al CPP que beneficia la situación de las víctimas de delitos dentro del proceso penal. A tal fin, modificó el art. 96 –introduciendo el derecho a ser informado y que los menores sean acompañados por personas de su confianza- e incorporó el art. 221 bis reglamentando en forma detallada el trato que deberá brindársele al menor de 16 años que ha sido víctima de delitos contra la Integridad Sexual, cuando este deba comparecer ante un órgano judicial, debiendo considerar especialmente el “interés Superior del menor”, pero sin dejar de lado el derecho de defensa de las partes –ello según el juego de “pesos y contrapesos” (“método de balanceo”o “balancín test”) que deben ser valorados y sopesados por los magistrados cuando hay dos o más derechos resguardados por la constitución en razón de su misma jerarquía-.
Art. 221 bis.-Cuando se trate de una víctima o testigo de alguno de los delitos tipificados en el Código Penal, libro II, tít. III, caps. II, III, IV y V, que a la fecha en que se requiera su comparecencia no haya cumplido los dieciséis (16) años de edad, se seguirá el siguiente procedimiento. 1. Los menores aludidos sólo serán entrevistados por un psicólogo del Poder Judicial de la provincia, pudiendo ser acompañado por otro especialista cuando el caso particular lo requiera, ambos designados por el órgano que ordene la medida, procurando la continuidad del mismo profesional durante todo el proceso, no pudiendo en ningún caso ser interrogados en forma directa por dicho órgano o las partes, salvo que excepcionalmente y por razones debidamente fundadas, el fiscal lo pudiera autorizar. El órgano interviniente evitará y desechará las preguntas referidas a la historia sexual de la víctima o testigo o las relacionadas con asuntos posteriores al hecho.
2. El acto se llevará a cabo, de conformidad a los arts. 308 y 309 del presente código, en un gabinete acondicionado con los implementos adecuados a la edad y etapa evolutiva del menor, cuando ello fuere posible. 3. El órgano interviniente podrá requerir al profesional actuante, la elaboración de un informe detallado, circunscrito a todos los hechos acontecidos en el acto procesal. .4. A pedido de parte, o si el órgano interviniente lo dispusiera de oficio, las alternativas del acto podrán ser seguidas desde el exterior del recinto a través de vidrio espejado, micrófono, equipo de video o cualquier otro medio técnico con que se cuente, o, en su defecto, mediante cualquier otra modalidad que preserve al menor de la exposición a situaciones revictimizantes, sin perjuicio del derecho de defensa. En tal caso, previo a la iniciación del acto, el órgano interviniente hará saber al profesional a cargo de la entrevista, las inquietudes propuestas por las partes, así como las que surgieren durante el transcurso del acto, las que serán canalizadas teniendo en cuenta las características del hecho y el estado emocional del menor.
2. PUNTOS DE PERICIA • PSIQUIATRICA: • ART. 34 Y 81 • PELIGROSIDAD • MEDIDAS DE SEGURIDAD • COMPRENSIÓN DIRECCIÓN. • INCAPACIDAD SOBREVINIENTE (ACCIDENTES) • CIRCUNVENCIÓN DE INCAPACES, etc.
OTRAS FUNCIONES DEL PERITO • ASESORAR: • -cómo plantear los puntos de pericia(NARCO) • - cómo interpretar otras opiniones profesionales • - explicar lenguaje técnico • PSICOEDUCAR (obse +bipolar:dañops) • CONTENER - ACOMPAÑAR • BRINDAR ESTRATEGIAS • En casos complejos donde hay que peritar a varias personas • Cuando pericia de víctima y victimario se contradicen (está mal?. Qué indica cuando esto pasa?)
CAMARA GESSELL: ROL • (art. 221 bis CP) • Rol muy polémico • Somos interrogadores. Va en contradicción con la regla “no dañar” del código de ética?. Si o No y por eso es mejor que seamos nosotros los interrogadores y no cualquier otro? Porque protegemos al niño? • Interrogadores vs. Agentes de salud ó interrogadores y agentes de salud. • Un rol que se va haciendo al andar. Criticas a la técnica de interrogación • Preguntas revictimizantes ¿ son necesarias? Siempre?
QUE DEBE TENER UN PSICÓLOGO PARA SER BUEN PERITO? • FORMACIÓN COMO SER HUMANO • NO PREJUICIOS: madres mentirosas o locas, tolerancia de lo siniestro (claudia), mujeres provocadoras, algo habrá hecho, juicios de valor. (Mi rol es juzgar lo que hizo o es un rol meramente técnico) • OBJETIVIDAD DEL PERITO (CASO COR): • Cuánta información previa conviene tener. • lectura de los exptes : abuso, robo. Homicidio. Etc. • Perspectiva y estrategia del perito . • CAPACITACIÓN PROFESIONAL (fenomenología, clínica, semiología, psicopatología, técnicas proyectivas, neurofisiología, capacidad de disociación instrumental) • PRESIONES AJENAS: • Fiscales • Peritos de control
PSICODIAGNÓSTICO CLÍNICO JURÍDICO ENTREVISTAOBJETIVO DIAGNÓSTICO DIFERENCIAL Y SITUACIONAL CASO RUBIA ANAMNESIS: IMPLICA UNA RECOPILACIÓN DE DATOS PREVISTOS DE TAL EXTENSIÓN Y DETALLE QUE PERMITE OBTENER UNA SÍNTESIS TANTO DE LA SITUACIÓN PRESENTE COMO DE LA HISTORIA DE UN SUJETO ENTREVISTA COMO CAMPO EN RELACIÓN A LOS PARTICIPANTES ENTREVISTADOR ENCUADRE ENTREVISTADO
INTERVENCIÓN CONTACTO PSICOLÓGICO ROL DEL ENTREVISTADOR OBJETIVOS • QUE EL S SE SIENTA ACEPTADO COMPRENDIDO Y NO CRITICADO NI JUZGADO • REDUCIR LA ANSIEDAD Y EL ATURDIMIENTO EMOCIONAL • ACTUAR CON EMPATÍA • MOSTRAR INTERÉS EN COMUNICARSE • FIJAR BIEN EL ENCUADRE • HABLAR DE LOS OBJETIVOS Y DESTINO DE LA PERICIA.
NIÑOS • CAMARA GESSELL • HORA DE JUEGO • TÉCNICAS PROYECTIVAS • ENTREVISTAS A LOS PADRES • ANÁLISIS DEL EXPEDIENTE
ERRORES DE LA PRÁCTICA PERICIAL • SESGAR LAS CONCLUSIONES BUSCANDO EVIDENCIAS QUE APOYEN LAS PROPIAS IMPRESIONES • MALA INTERPRETACIÓN DE TÉCNICAS PROYECTIVAS • NO TOMAR EN CUENTA LA VALIDEZ DE UNA TÉCNICA ESPECÍFICA (escalas) • CONTRADICCIONES EN EL INFORME PERICIAL • CREENCIAS DE QUE SIGNOS ESPECÍFICOS EN UNA TÉCNICA PUEDEN DECIDIR POR SÍ MISMOS EL CASO • NO RECONOCIMIENTO DE LOS LÍMITES DE LA TAREA CONFORME POSIBILIDADES DE LOS INSTRUMENTOS DIAGNÓSTICOS UTILIZADOS
LA PRIVACIDAD COMO LÍMITE DE LA INVESTIGACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE ES POSIBLE ? CUALES SON LOS LÍMITES? LA ÉTICA, EL EGO Y LOS PUNTOS DE PERICIA
JUICIO ORAL • CONCLUSIONES PERICIALES • PREGUNTAS SOBRE LA PERICIA • PREGUNTAS SOBRE ELEMENTOS NUEVOS • FUNDAMENTAR • SER PERSUASIVO Y DIDÀCTICO
JUICIO ORAL VERDAD JURIDICAMENTE OBJETIVA O REAL DIALECTICA DE CONFRONTACIÓN DIFERENTES OPINIONES COSTO EMOCIONAL RIESGO TÉCNICO
ESTRATEGIAS DE ATAQUE AL PERITO: EXPERIENCIA – ENTRENAMIENTO EN EL ÁREA – LINEAMIENTO TEÓRICO A LA TÉCNICA DE ESTUDIO: TIEMPO PARA PERICIAR – CONFIABILIDAD DE TÉCS. – CONFIABILIDAD DE LA INF. A LA OPINIÓN: FUNDAMENTACIÓN – INCLUSIÓN DE ASPECTOS NUEVOS EN CONCLUSIONES – PREDICCIONES/PRONÓSTICOS.
FALLAS EN EL PROCESO PERICIAL PSICOLÓGICO • POR ERRORES DIAGNOSTICOS • POR ERRORES DE PROCEDIMIENTO • POR INADECUADO USO DE LAS TECNICAS PSICODIAGNOSTICAS • POR SESGAR LOS DATOS OBTENIDOS FORZANDO LA CORROBORACION DE HIPOTESIS ERRONEAS • POR OMNIPOTENCIA
EL PERITO DE CONTROL SU ROL EN EL MARCO DE LA PERICIA PSICOLÓGICA
CODIGO PROCESAL PENAL CAP.IX MEDIOS DE PRUEBA ART. 193. LAS PRUEBAS OBTENIDAS DURANTE EL PROCESO SERÁN VALORADAS CON ARREGLO A LA SANA CRÍTICA RACIONAL. NO REGIRAN PARA LOS PERITOS DE CONTROL LOS ART. 233 Y 235 ART. 233: DEBER DE FIDELIDAD ART. 235: ... SON CAUSAS LEGALES DE EXCLUSIÓN Y RECUSACIÓN DE LOS PERITOS, LAS ESTABLECIDAS PARA LOS JUECES.
OBJETIVO DEL PROCESO PENAL DIRIGIDO A COMPROBAR LA VERDAD REAL LA PRUEBA ES EL MODO MAS CONFIABLE DE DESCUBRIR LA VERDAD. SEGÚN PABLO A. MOLINA “ES EL ÚNICO MEDIO SEGURO DESTINADO A RECONSTRUIR EL ACONTECIMIENTO HISTÓRICO SOBRE EL CUAL VERSA”. PUEDE UN INFORME DE CONTROL, AÚN SIENDO FALAZ SER LO SUFICIENTEMENTE PERSUASIVO COMO PARA INFLUIR EN LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD?
CODIGO PENAL DE LA NACIÓN. ART.275: (SIN DISTINGUIR ENTRE PERITO OFICIAL Y DE CONTROL) REPRIME AL PERITO QUE AFIRMARE UNA FALSEDAD O NEGARE O CALLARE LA VERDAD EN TODO O EN PARTE.
BIBLIOGRAFIA • Marianetti J. E. “La Pericia Psicológica: areas de aplicación y casuística”. 2005, Ediciones Cuyo • Cabello, V. “Psiquiatría Forense en el derecho Penal” Tomo I al IV. 1981. Editorial Hammurabi. • Zazzali, J.R. “Manual de psicopatología Forense”. 2003. Ediciones La Roca Buenos Aires • Zazzali, J.R. “La Pericia Psiquiátrica”. 2006. Ediciones La Roca. Buenos Aires. • Talarico Pinto, I. “Pericia psicológica”. 2003. Ediciones La Roca. Buenos • Varela, O. Sarmiento, A y Regueiro, B. “Psicología y Ley” 2005. Ediciones Clave Azul. Bs.As, • Taylor, I- “La nueva Criminología”. 2001. Ed. Amorrortu. Bs As. • Código Penal de la Nación • Código Procesal Penal de la Provincia de Córdoba
Folino, J. “Interfase Psiquiátrico Judicial”, 1994. Lema Editora.Bs.As • Varela, O.. Sarmiento, A. Alvarez, H. “Psicología Forense: Consideraciones sobre temáticas centrales”2003. LexisNexis. Bs. As. • Varela, O., Sarmiento, A. , “Psicología Jurídica” . 2005. JCE Ediciones. Buenos Aires. • Amato, M. “La pericia Psicológica en Violencia Familiar”. 2004. Ediciones la Roca. Buenos Aires. • Basile, A. “Fundamentos de Psiquiatría Médico-legal”. 2001. Editorial El Ateneo. Buenos Aires. • Kraut, A. “Responsabilidad Civil de los Psiquiatras”. 1998. Ediciones La Roca. Buenos Aires. • Código de Etica psicólogos de la R.A. • Código de Etica de la Asociación de Psicología Forense de la república Argentina.
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