140 likes | 236 Views
R égimen E special del C riterio de C aja en el I.V.A. RECC. Qué es el criterio de caja. Un cambio en el momento de devengo y por ende de la declaración de impuesto.
E N D
Qué es el criterio de caja Un cambio en el momento de devengo y por ende de la declaración de impuesto. Se devengará el IVA con este criterio en el momento del cobro/pagototal o parcial de la operación, por los importes percibidos o el 31de diciembre del año inmediato posterior al de la operación (criterio doble de caja) Con efectos 01/01/2014 previa solicitud en diciembre 2013
Requisitos del criterio de caja • Volumen de operaciones del año natural anterior < 2.000.000 € • Cobros de un sujeto en efectivo en el año natural <100.000 € • Solicitud en diciembre que se prorrogará cumpliendo los requisitos. La renuncia implica 3 años fuera del régimen especial de caja. Efectos. • Se excluyen las operaciones relativas a: a) Las acogidas a los regímenes especiales simplificado, de la agricultura, ganadería y pesca, del recargo de equivalencia, del oro de inversión, aplicable a los servicios prestados por vía electrónica y del grupo de entidades. b) Las entregas de bienes exentas a las que se refieren los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 de esta Ley (exportaciones y entregas intracomunitarias de bienes) c) Las adquisiciones intracomunitarias de bienes. d) Aquellas en las que el sujeto pasivo del impuesto sea el empresario o profesional para quien se realiza la operación conforme artículo 84.Uno.2º, 3º y 4º (supuestos de inversión del sujeto pasivo). e) Las importaciones y las operaciones asimiladas a importaciones. f) Aquellas a las que se refieren los artículos 9.1º y 12 (autoconsumos de bienes y servicios) • Debe acreditarse el momento del cobro/pago, la cuantía y el medio (entidad forma) http://goo.gl/BUEwgm • La factura debe repercutir el IVA en el momento de hacerla si bien el devengo se produce al pago http://goo.gl/pWF7rL
No incluidos en el RECC • En el caso de los sujetos pasivos no acogidos al régimen pero que sean destinatarios de las operaciones incluidas en el mismo, el derecho a la deducción de las cuotas soportadas por esas operaciones nace: · En el momento del pago total o parcial del precio por los importes efectivamente satisfechos. Ejemplo · El 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se haya realizado la operación si el pago no se ha producido • La modificación de la base imponible por créditos incobrables efectuada por sujetos pasivos que no se encuentren acogidos al régimen especial del criterio de caja, determinará el nacimiento del derecho a la deducción de las cuotas soportadas por el sujeto pasivo deudor acogido a dicho régimen especial correspondientes a las operaciones modificadas y que estuvieran aún pendientes de deducción • La declaración de concurso del sujeto pasivo acogido al régimen especial del criterio de caja o del sujeto pasivo destinatario de sus operaciones determinará, en la fecha del auto de declaración del concurso, el devengo de las cuotas repercutidas y la deducción de las cuotas soportadas respecto de las operaciones a las que haya sido de aplicación este régimen, que estuvieran aún pendientes de devengo o deducción.
Antes de decidir • IVA de caja: ¿Ganar liquidez o perder un cliente? http://goo.gl/wrGUQQ • Será necesario acreditar el momento del cobro de la operación, ya sea total o parcial. Modificación de programas y más trabajo en facilitar datos (fecha, cuantía y banco o caja –recibí-) y controlarlos, tenerlos como medio de prueba. • Una opinión más: ¿El objetivo es aumentar la recaudación por sanciones? • Novedad con la Ley de emprendedores en la responsabilidad limitada del autónomo. Más sobre RL emprendedores
Otras cuestiones fiscales • Artículo sobre la conveniencia del RECC http://contigo.sagelogiccontrol.es/newsletters/news.asp?div=PRF&tipo=Noticias&ID=46762 • Preguntas más frecuentes del criterio de caja http://goo.gl/GUFptQ • Los Autónomos sin certificado podrán presentar declaraciones informativas Pin 24 H • Otra opinión: La trampa del IVA de caja ….. Opinión de asesores de la empresa Sage • Amortización vehículo Tablas de amortización
Ámbito socio económico del AC. • $ Nacional y autonómicas • 3.200.000 pymes en España • Quedarán las mejores • Precisarán un buen canal de distribución • El mejor AC. • Hay que ponerse en el lugar del empresario de esa Pyme
Ámbito socio económico del AC. • Evolución de las TIC’s Redes sociales, móviles de última generación • Cambio de las formas de consumo Internet, e-comercio, portales www.trocobuy.com y http://amalgamashop.com/ • Evolución del comercio electrónico en España
Formación técnica y humana Ética ,profesionalidad Orgullo profesional Cambio estructural profesional
Formación técnica • Cursos sobre internet, correo electrónico y comercio electrónico • Redes sociales: Linkedin, twitter, facebook y otras muchas. • Whatsapp (Coac Gijón 684602306) • Otros medios de comunicación (Skype) • Inglés, marketing, branding, etc.
Formación humana:Ética y profesionalidad • A todas las Pymes sobrevivientes, hay que ofrecerles algo más que buen marketing: • Seriedad • Ética • Profesionalidad • Garantías de honradez Todas ellas para también poder exigirlas
Cambio estructural profesional • Si tenemos nuevas formas de mercado hay que estar en ellas. • Tendremos que cambiar los hábitos y compartir, colaborar y hasta cooperar. • Pensad en los dos ámbitos fiscales: Ingresos y Gastos • Ingresos ¿Cómo colaborar para incrementarlos? Tu decides, con tus compañeros • Gastos ¿Cómo colaborar para reducirlos?
COLEWORKING • Comunicación transversal, reuniones virtuales o reales • Pensamiento y no la acción, es el que da lugar al cambio. • Compartir información • La información tratada es conocimiento • Y este dará lugar a ideas porque la mayoría pide acciones en lugar de pensamiento y con éste y no con la acción es como se consiguen las ideas necesarias para cambiar novedosamente.
¿Preguntas? • Si no puedo responder su pregunta la trasladaré a quien conozca la respuesta. • Si algo no le queda claro, me tendrá todo el año en la oficina del Colegio. • Muchas gracias y Feliz Navidad 684 60 23 06 gijon@cgac.es