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Prefacio. Libertad, en singular: Los filósofos – plano ético y político – lugar que tiene la libertad en la construcción de un orden colectivo.
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Prefacio Libertad, en singular: Los filósofos – plano ético y político – lugar que tiene la libertad en la construcción de un orden colectivo. Libertades, en plural: Los juristas –Derechos – lugar que ocupa las posiciones jurídicas subjetivas de los ciudadanos dentro de un ordenamiento positivo y las garantías de éste ordenamiento.
Cada tiempo histórico produce su propia cultura de los derechos. Existe un condicionamiento de la cultura de libertades que un momento histórico es capaz de producir. Examinar la cultura que en conjunto inspira su sistematización en sentido jurídico – positivo. Capítulo 1: Como la cultura política ha fundamentado las libertades.
Las tres fundamentaciones teóricas de las libertades. • Historicista • Individualista • Estatalista
Modelo Historicista • Situar las libertades en la historia y sustraer las intromisiones arbitrarias de los poderes constituidos. • Privilegiar las libertades civiles, las <<negativas>> (Capacidad de obrar en ausencia de impedimentos, dentro de una esfera claramente delimitada y autónoma, del poder político). • Inglaterra, el país con más primacía de las libertades civiles.
Modelo Historicista • Fuerza imperativa de los derechos adquiridos a través del tiempo y el uso, el cual los ha hecho indisponibles para la voluntad de los que ostentan el poder político. • Falta de una institución capaz de ejercitar el monopolio de las funciones <<Imperium>>. • La relación de fidelidad y reciprocidad.
Modelo Historicista • Asignación a cada uno sus propios derechos y deberes, comenzando por lo más poderosos. • En la Edad media no existían políticas de participación, libertades <<positivas>>. • Los contratos de dominación sirven para reforzar las esferas de dominación.
Modelo Historicista • La Magna Chartahace énfasis en la libertad personal y se podría considerar como la anticipación histórica de la libertad como seguridad de los bienes y de la persona. • La Jurisprudencia por medio de los jueces, son los que construyen el derecho común inglés y permiten el desarrollo de las reglas privadas del dominium hasta las cuasi-constitucionales.
Modelo Historicista Los historicistas interpretan el iusnaturalismoLockiano como: “La nueva sociedad civil liberal es en ese sentido nada menos que la generalización, oportunamente corregida y mejorada, de la antigua autonomía medieval de los derechos y libertades”.
Modelo Historicista King in Parliament: Composición equilibrada de los tres órdenes políticos del reino: La monarquía, los lords y los comunes, lo cual permite que ninguno sea plenamente constituyente y defina por si sola las características del modelo político.
Modelo Individualista Tiende a enfrentarse con la Edad Medieval, ya que considera a la Edad Moderna como la época de los derechos individuales y de su progresivo perfeccionamiento. Destrucción del Medievo, del orden feudal y estamental del gobierno y la sociedad.
1ª Línea del modelo Individualista Orden estamental: Característico del Medievo en donde los derechos y deberes son atribuidos a las personas según su pertenencia estamental. Orden individual: Lucha por la progresiva ordenación del derecho en sentido individualista y antiestamental, su primera victoria fueron las declaraciones revolucionarias de derechos en Francia (1789).
1ª Línea del modelo Individualista • El primer y más elemental derecho del individuo es poder rechazar toda autoridad distinta a la ley del estado. • Francia se convierte en el país guía, es el mejor ejemplo del derecho moderno con base individualista. • Revolución social que elimine los privilegios y el orden estamental presente en el Medievo.
2ª Línea del modelo Individualista • Línea Contractualista, la asociación política se da porque los individuos lo han querido y construido. • Thomas Hobbes: la naturaleza artificial dependiente de la voluntad de los ciudadanos, del poder político. • El antiguo orden natural, debe ser abatido para poder construir un nuevo orden político sobre el consenso de los ciudadanos.
2ª Línea del modelo Individualista • Contrato social: Instrumento para la edificación de la sociedad política se consigue aceptando el abandono del estado de naturaleza, en consecuencia de esto, se renuncia a algunos derechos reconociendo a un tercero (Estado) dotado de poder de coacción y con su presencia de autoridad legítima se tutelarán mejor los derechos.