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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO. PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO.

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO

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  1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO

  2. PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO

  3. “Al solicitar la elaboración del Proyecto Educativo Comunitario (PEC), la Ley General de Educación confiere autonomía a las entidades territoriales y a las instituciones educativas para que la educación esté acorde con la realidad socio-cultural, antropológica y política de la comunidad local, regional, nacional e internacional, y que se mejore su calidad, su cobertura y su eficiencia”. MEN, Reflexión sobre los Proyectos Educativos Institucionales y Guía para la construcción de planes operativos por parte de las comunidades educativas. Santafé de Bogotá, julio de 1994.

  4. MINISTERIO EDUCACIÓN LINEAMIENTO, REGULACIÓN Y CONTROL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO FORMACIÓN INTEGRAL • CRITERIOS • PLANES DE ESTUDIO • PROYECTOS • METODOLOGÍAS • PROCESOS • IDENTIDAD • PERSONAL • LOCAL • REGIONAL • NACIONAL INSTITUCIÓN ESCOLAR AUTONOMÍA

  5. PADRES DE FAMILIA EGRESADOS COMUNIDAD EDUCATIVA EDUCANDO EDUCADORES CONSTRUCCIÓN DIRECTIVOS DOCENTES ADMINISTRADORES ESCOLARES PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO

  6. A LA COMUNIDAD EDUCATIVA • FORMAS DE ORGANIZACIÓN SOCIAL Y CIUDADANA FORMAS INSTITUCIONALES DE PARTICIPACIÓN • PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO • GOBIERNO ESCOLAR • REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES • PERSONERÍA ESTUDIANTIL • JUNTAS DE EDUCACIÓN • SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO • ASOCIACIONES INST. EDUCATIVAS • CABILDO DE PADRES VIDA ESCOLAR

  7. ESTABLECIMIENTOS ESTATALES • RECTOR • DOCENTES • ESTUDIANTES • EXALUMNOS • PADRES DE FAMILIA • SECTOR PRODUCTIVO CONSEJO DIRECTIVO GOBIERNO ESCOLAR • RECTOR • DIRECTIVOS • DOCENTES CONSEJO ACADÉMICO • DECISIONES • ADMINISTRATIVAS • FINANCIERAS • TÉCNICO - PEDAGÓGICAS

  8. EL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO DESDELA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN • FINALIDAD DEL PEC (art. 73): formación integral del educando (que se define en el art. 92). • CARACTERÍSTICAS DEL PEI (art. 115): el PEI debe incluir principios y fines del establecimiento, recursos docentes y didácticos, estrategia pedagógica, reglamento para docentes y sistema de gestión. • DISEÑO, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DEL PEC: en este proceso participan los integrantes de la comunidad educativa, según sus competencias (art. 6). Se destaca la intervención del Consejo Directivo (art. 144) y del educador (art. 104). • SUPERVISIÓN DEL PEC: la hará el Sistema Nacional de Acreditación (art. 74).

  9. EL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO DESDE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Continuación 5. OBLIGATORIEDAD DEL PEC (art. 138): abarca a todo establecimiento educativo. La educación debe recibirse de acuerdo con un PEC (art. 7). 6. CURRÍCULO Y PEC (art. 76 a 79; 4, 23, 25 y 88): debe existir una íntima relación, que se plasmará en el plan de estudios. 7. TEXTO ESCOLAR Y PEC (art. 102): los libros de texto deben ajustarse al PEC. 8. EL PEC EN OTROS ARTÍCULOS DE LA LEY: ver art. 49, 53, 65, 91, 193, 194, 201 y 203.

  10. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO Todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo comunitario que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio. Para lograr la formación integral de los educandos, debe contener por lo menos los siguientes aspectos:

  11. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO Continuación • Los principios y fundamentos que orientan la acción de la comunidad educativa en la institución. • El análisis de la situación institucional que permita la identificación de problemas y sus orígenes. • Los objetivos generales del proyecto. • La estrategia pedagógica que guía las labores de formación de los educandos. • 5. La organización de los planes de estudio y la definición de los criterios para la evaluación del rendimiento del educando.

  12. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO Continuación 6. Las acciones pedagógicas relacionadas con la educación para el ejercicio de la democracia, para la educación sexual, para el uso del tiempo libre, para el aprovechamiento y conservación del ambiente y, en general, para los valores humanos. 7. El reglamento o manual de convivencia y el reglamento para docentes. 8. Los órganos, funciones y forma de integración del Gobierno Escolar. 9. El sistema de matrículas y pensiones que incluya la definición de los pagos que corresponda hacer a los usuarios del servicio y, en el caso de los establecimientos privados, el contrato de renovación de matrícula.

  13. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO Continuación 10. Los procedimientos para relacionarse con otras organizaciones sociales, tales como los medios de comunicación masiva, las agremiaciones, los sindicatos y las instituciones comunitarias. 11. La evaluación de los recursos humanos, físicos, económicos y tecnológicos disponibles y previstos para el futuro con el fin de realizar el proyecto. 12. Las estrategias para articular la institución educativa con las expresiones culturales, locales y regionales. 13. Los criterios de organización administrativa y de evaluación de la gestión. 14. Los programas educativos de carácter no formal e informal que ofrezca el establecimiento, en desarrollo de los objetivos generales de la institución. Artículo 14 del Decreto 1860 de agosto 3 de 1994.

  14. PROYECTO EDUCATIVO COMUNITARIO INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA AGROPECUARIA DE CERRO VIDALES DEL MUNICIPIO SAN ANDRES DE SOTAVENTO COMPONENTE ADMINISTRATIVO Y DE GESTIÓN COMPONENTE CONTEXTUAL Y TELEOLÓGICO COMPONENTE PEDAGÓGICO - ACADEMICO EVALUACION FORMACIÓN • Contexto Institucional • Fundamentos Epistemológicos • Principios Pedagógicos • Estrategias Didácticas • Criterios Curriculares HISTORIA VALORES PRINCIPIOS MISIÓN - VISIÓN POLÍTICAS PROPÓSITOS • Estructura Orgánica • Principios • Políticas • Procesos de gestión • Procedimientos COMUNIDAD- EDUCATIVA FORMACIÓN INTEGRAL PROYECCIÓN SOCIAL

  15. COMPONENTE TELEOLOGICO Basado en la Y la Misión Visión Que tiene Que tiene características • ¿Qué somos? • Propósitos • Valores y principios • Formación de los alumnos • Valores • Misión: • Proyección Con unos Fundamentos Epistemológicos Con unos • PEI • Humanismo • Educación • Cultura • Pedagogía • Didáctica • Currículo • Evaluación Que nos permiten estructurar una PROPUESTA EDUCATIVA Y PEDAGÓGICA SOCIAL – ETNOEDUCATIVA

  16. PLAN DE ESTUDIO • Participación • Construcción Social del saber • Investigación • integración de áreas • Interdisciplinaridad Y estructuradas por medio de: Caracterizadas por: CRITERIOS CURRICULARES CONTEXTUALIZACIÓN FLEXIBILIDAD INTEGRACIÓN INTERDISCIPLINARIEDAD Que atiende: Que genera: Para la: Para atender: Intereses y expectativas Selección y organización de los contenidos de la cultura formación integral del alumno Problemas Se redactan: En: En: Y: Indicadores de logro y evaluación Áreas obligatorias y optativas Proyectos de aula, de área y pedagógicos Necesidades Educativas Para la: FORMACIÓN HUMANA SOCIAL Y CULTURAL Mediante la: EVALUACIÓN PERMANENTE Y PROYECCIÓN SOCIAL

  17. PROPUESTA PEDAGÓGICA - ACADEMICA CONTEXTO DE FORMULACION Fundamentado en: PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS Sociedad Ser Humano Saber Cultura Contexto Perfectible Interactiva Transformable Pedagogía social Pedagogía humanística- evangélica Educabilidad y formación Pedagogía Histórico - Cultural LOS SABERES PEDAGOGICO –SOCIALES- CULTURALES ESTRATEGIAS DIDÁCTICAS

  18. COMPONENTE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN ESTRUCTURA ORGÁNICA PRINCIPIOS POLITICAS PROCESOS PROCEDIMIENTOS

  19. CONCEPTOS BÁSICOS Artículo 11. Niveles de la educación formal a. El preescolar que comprenderá mínimo un grado obligatorio; b. La educación básica con una duración de nueve (9) grados que se desarrollará en dos ciclos: La educación básica primaria de cinco (5) grados y la educación básica secundaria de cuatro (4) grados, y c. La educación media con una duración de dos (2) grados. La educación formal en sus distintos niveles, tiene por objeto desarrollar en el educando conocimientos, habilidades, aptitudes y valores mediante los cuales las personas puedan fundamentar su desarrollo en forma permanente.

  20. Artículo 23. Áreas obligatorias y fundamentales. Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional. Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes: 1. Ciencias naturales y educación ambiental. 2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia. 3. Educación artística. 4. Educación ética y en valores humanos. 5. Educación física, recreación y deportes. 6. Educación religiosa. 7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros. 8. Matemáticas. 9. Tecnología e informática.

  21. Artículo 28. Carácter de la educación media. La educación media tendrá el carácter de académica o técnica. A su término se obtiene el título de bachiller que habilita al educando para ingresar a la educación superior en cualquiera de sus niveles y carreras.

  22. Artículo 32. Educación media técnica. La educación media técnica prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior. Estará dirigida a la formación calificada en especialidades tales como: agropecuaria, comercio, finanzas, administración, ecología, medio ambiente, industria, informática, minería, salud, recreación, turismo, deporte y las demás que requiera el sector productivo y de servicios. Debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia. Las especialidades que ofrezcan los distintos establecimientos educativos, deben corresponder a las necesidades regionales. Con Decreto 1860 / 94 Art 9. Parágrafo: Para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo.

  23. Capítulos 2. Currículo y Plan de Estudios. Artículo 76. Concepto de currículo. Currículo es el conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías, y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional. Conc. Decreto 1860 / 94 Art. 33, 34, 35, 36, 37. Resolución 2343 / 96 Decreto 230. Por lo tanto el currículo adoptado por cada establecimiento educativo, debe tener en cuenta y ajustarse a los siguientes parámetros: a. Los fines de la educación y los objetivos de cada nivel y ciclo definidos por la Ley 115 de 1994. b. Las normas técnicas, tales como estándares para el currículo en las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento, u otros instrumentos para la calidad, que defina y adopte el Ministerio de Educación Nacional. c. Los lineamientos curriculares expedidos por el Ministerio de Educación Nacional.

  24. Artículo 77. Autonomía escolar. Dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional. Artículo 79. Plan de estudios. El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo de los establecimientos educativos. En la educación formal, dicho plan debe establecer los objetivos por niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y con las disposiciones legales vigentes. Conc. Decreto 1860 / 94 Art. 38 Capitulo VI Art 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56

  25. Decreto 230: El plan de estudios debe contener al menos los siguientes aspectos: a) La intención e identificación de los contenidos, temas y problemas de cada área, señalando las correspondientes actividades pedagógicas. b) La distribución del tiempo y las secuencias del proceso educativo, señalando en qué grado y período lectivo se ejecutarán las diferentes actividades. c) Los logros, competencias y conocimientos que los educandos deben alcanzar y adquirir al finalizar cada uno de los períodos del año escolar, en cada área y grado, según hayan sido definidos en el proyecto educativo comunitario -PEC- en el marco de las normas técnicas curriculares que expida el Ministerio de Educación Nacional. Igualmente incluirá los criterios y procedimientos para evaluar el aprendizaje, el rendimiento y el desarrollo de capacidades de los educandos. d) El diseño general de planes especiales de apoyo para estudiantes con dificultades en su proceso de aprendizaje. e) La metodología aplicable a cada una de las áreas, señalando el uso del material didáctico, textos escolares, laboratorios, ayudas audiovisuales, informática educativa o cualquier otro medio que oriente o soporte la acción pedagógica. f) Indicadores de desempeño y metas de calidad que permitan llevar a cabo la autoevaluación institucional.

  26. En el Plan de estudios debe tenerse en cuenta los siguientes proyectos pedagógicos y/o temas, los cuales deben trabajarse en las áreas obligatorias y fundamentales, en forma transversal: • Proyecto de Educación Sexual. Resolución 03353/93 • Proyecto de Educación para la Democracia. Resolución 01600/94 • Proyecto de Educación Ambiental. Decreto 1743/94 • Proyecto de Prevención y Atención de Emergencia y Desastres. Resolución 7550/94. • Proyecto de Prevención Integral (Drogadicción). Decreto 1108/94 • Servicio Social Estudiantil Obligatorio. Resolución 4210/96 • Estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Ley 107/94 • Cátedra de Estudios Afrocolombianos. Decreto 1122/98. • Izada de la Bandera Nacional. Ley 198/95 • Atención a poblaciones con limitaciones, capacidades o talentos excepcionales. Decreto 2082/96 • Atención Educativa para grupos Étnicos. Decreto 804/95 • Estatuto Anticorrupción (Ley 190 de 1995) • Acción de tutela. (decreto 2591/1991) • Ley de promoción del desarrollo para la micro, pequeña y mediana empresa. (Ley 590 de 2000, articulo 32) • Otros: Educación Vial, Protección al consumidor, Prevención del SIDA,…

  27. Artículo 14. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media, cumplir con: a. El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política; b. El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo; c. La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política; Conc C. P. Art 57. Ley 99 / 93 Art 5 num 9. Decreto 1743 / 94 d. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación en los valores humanos, y Conc C. P. Art 41. Resolución 1600/94 e. La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad.

  28. ¿Qué son los estándares curriculares?:Los estándares curriculares son criterios que especifican lo que todos los estudiantes de educación preescolar, básica y media deben saber y ser capaces de hacer en una determinada área y grado. Se traducen en formulaciones claras, universales, precisas y breves, que expresan lo que debe hacerse y cuán bien debe hacerse. Están sujetos a la verificación; por lo tanto, también son referentes para la construcción de sistemas y procesos de evaluación interna y externa, consistentes con las acciones educativas. Estándares curriculares, competencias y logros: La noción de estándar curricular hace referencia a una meta que expresa, en forma observable, (a) lo que el estudiante debe saber, es decir, los conceptos básicos de cada área, así como (b) las competencias, entendidas como el saber hacer, utilizando esos conceptos. La noción de logro, por otra parte, hace referencia al nivel en el cual los estudiantes alcanzan una determinada meta o estándar.

  29. Estándares curriculares y autonomía escolarCon los estándares curriculares no se pretende ‘uniformar’ la educación; con ellos se busca contar con un referente común, que asegure a todos el dominio de conceptos y competencias básicas para vivir en sociedad y participar en ella en igualdad de condiciones. Las instituciones educativas, en el marco de su PEI, son autónomas para elegir sus enfoques y estrategias pedagógicas, así como para, seleccionar las temáticas que mejor se adecúen a las exigencias y expectativas de los distintos contextos en que desarrollan su acción.

  30. PLANTEAMIENTO GENERAL DEL PLAN DE ESTUDIOS

  31. Proyectos pedagógicos yActividades institucionales: La institución educativa asume la responsabilidad de elaborar y desarrollar los proyectos pedagógicos y las actividades institucionales necesarios para garantizar la formación y el desarrollo integral de los miembros de la comunidad educativa, estos proyectos y las actividades se evaluarán y se ajustarán cada año electivo según las demandas de la comunidad educativa. SISTEMA DE EVALUACIÓN • Evaluación • Promoción • Informes de seguimiento • Informes de valoración final

  32. FUNDAMENTOS GENERALES DEL CURRÍCULO LEGALES PLAN DE ESTUDIOS FILOSÓFICOS SOCIOLÓGICOS EPISTEMOLÓGICOS PSICOLÓGICOS Ley 115 de 1994 Decreto 1860/94 PEDAGÓGICOS Producción social del conocimiento a partir del análisis de la realidad y reflexión sobre las condiciones en que se produce la ciencia Acción, educación como fenómeno social, como factor y producto de la sociedad. Hombre en proceso constatne de desarrollo sensomotor, socioafectivo e intelectual, a cuyas etapas corresponden mecanismos y formas diversas de aprendizaje. Principios y planteamientos de la escuela activa. Maestro como orientador, alumno como protagonista del proceso. Hombre ser social, creador de cultura, protagonista de su historia, responsable de su destino

  33. VISIÓN SISTÉMICA DEL PROCESO CURRICULAR INSTITUCIÓN PROCESO PLANEACIÓN CURRICULAR EVALUACIÓN CURRICULAR ORGANIZACIÓN CURRICULAR CONCEPCIÓN PEDAGÓGICA CONTROL CURRICULAR EJECUCIÓN CURRICULAR CURRICULAR EDUCATIVO CONTEXTO EXTERNO

  34. La intención e identificación de los contenidos, temas y problemas de cada área señalando las actividades pedagógicas. PLAN DE ESTUDIOS Esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas que forman parte del currículo de los establecimientos educativos La distribución del tiempo y las secuencias del proceso educativo señalando grado y período para la realización de las actividades. CONTIENE Los logros – competencias y conocimientos que deben alcanzar los educandos en cada área – grado y período, definidos en el PEC criterios y procedimientos de evaluación. Metodología señalando uso de material, textos, laboratorios, ayudas. Indicadores de desempeño y metas de calidad que permitan la autoevalaución institucional.

  35. DISEÑO CURRICULAR METAS CURRICULARES OBJETIVOS CURRICULARES COMPONENTES DEL CURRÍCULO DE DESARROLLO INTEGRAL Contribuir al desarrollo integral de la persona • Poner en práctica las políticas educativas • Descentralización • Autonomía escolar • Participación democrática CRITERIOS PROCESOS PLANES DE ESTUDIO DE IDENTIDAD CULTURAL Contribuir a la construcción de una identidad cultural, nacional, regional y local METODOLOGÍAS • Llevar a cabo el PEC en relación con estos componentes: • Tecnológico • Pedagógico • De regulación y control RECURSOS

  36. Componentes MODELO PEDAGÓGICO SOCIAL DESDE LA ETNOEDUCACIÓN Se asume Como el referente que establece la relación entre educación – formación y enseñabilidad. Pretende La formación integral del estudiante en la inserción a lo social y a la cultura. LO COMPONE PROBLEMA MÉTODOS Es lectura de contexto, necesidades, intereses, expectativas. CONTENIDOS Las actividades, la metodología, las técnicas. El plan de estudios. OBJETOS Y CAMPOS DE CONOCIMIENTO FORMA DE ORGANIZACIÓN MEDIOS PROPÓSITO Los que acompañan el proceso aprendizaje, recursos didácticos. Saber, conocimiento, la ciencia, cultura. La relación estudiante – profesor. La intencionalidad de la formación. EVALUACIÓN

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