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COOPERACIÓN ENTRE AGENCIAS. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE COSTA RICA Y CANADÁ CAPÍTULO DE COMPETENCIA HAZEL OROZCO CHAVARRÍA COMISION PARA PROMOVER LA COMPETENCIA COSTA RICA. ANTECEDENTES.
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COOPERACIÓN ENTRE AGENCIAS TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE COSTA RICA Y CANADÁ CAPÍTULO DE COMPETENCIA HAZEL OROZCO CHAVARRÍA COMISION PARA PROMOVER LA COMPETENCIA COSTA RICA
ANTECEDENTES Costa Rica ha negociado en bloque con el resto de Centroamérica tratados de libre comercio (TLC) con Chile, República Dominicana y Panamá. Individualmente, suscribió TLC con México (1994) y más recientemente con Canadá.
POLÍTICA DE COMPETENCIA En todos estos tratados se incluyó un capítulo referido a política de competencia, a excepción del TLC con México que se suscribió previo a la aprobación de la Ley de competencia en Costa Rica.
TLC COSTA RICA-CANADÁ • Representó para Costa Rica una oportunidad para avanzar hacia una mayor profundización en el tema de competencia. • Sin embargo, las diferencias entre ambos países en el tema de competencia resultan evidentes
TLC COSTA RICA-CANADÁ DIFERENCIAS CANADÁ COSTA RICA LEYES DESDE 1889 LEY 7472: ENERO 1995 COMMON LAW SISTEMA ROMANO ANÁLISIS DE LAS ANÁLISIS DE LAS PRÁCTICAS PRÁCTICAS
INTERROGANTES • ¿Es posible alcanzar algún nivel de cooperación? • ¿Qué nivel de cooperación se puede alcanzar? • ¿Qué tipo de acuerdo es posible bajo estas condiciones? • ¿Cómo fue posible sopesar estas diferencias?
INTERROGANTES • Posibilidades de implementación práctica de los esquemas de cooperación en el contexto del Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica – Canadá.
RESPUESTAS En las negociaciones se buscó la manera de generar un convenio flexible, pero que a la vez garantizara principios básicos que tuvieran efecto, de manera que las agencias con sus respectivas legislaciones y diferencias pudieran convivir
RESPUESTAS La cooperación y coordinación entre agencias fue uno de los objetivos fundamentales que justificó la negociación, y es a través de estas y del reconocimiento de ciertos principios generales, que se logra consolidar el capítulo.
OBJETIVO DEL CAPÍTULO DE COMPETENCIA Asegurar que los beneficios de la liberalización comercial no se vean menoscabados por actividades anticompetitivas y promover la cooperación y coordinación entre las autoridades de competencia de las partes.
TLC COSTA RICA-CANADÁPRINCIPIOS GENERALES • Existencia y aplicación de la ley. • No discriminación. • Prácticas anticompetitivas • Transparencia
TLC COSTA RICA-CANADÁPRINCIPIOS GENERALES • Imparcialidad e independencia de la agencia de competencia • Debido proceso • Apelación
COOPERACIÓN • Notificaciones • Consultas • Intercambio de información • Acuerdos y esquemas adicionales de asistencia técnica
TLC COSTA RICA-CANADÁSISTEMA DE NOTIFICACIÓN • Que sean relevantes para la aplicación de la legislación de la otra parte; • que involucre actividades anticompetitivas, distintas de fusiones o adquisiciones, ejecutadas total o parcialmente en el territorio de la otra parte y que puedan ser significativas para esa parte;
TLC COSTA RICA-CANADÁSISTEMA DE NOTIFICACIÓN • Que involucre fusiones en las cuáles una o más de las empresas investigadas está establecida u organizada bajo las leyes de la otra parte o alguna de sus provincias; • que involucre soluciones que expresamente exigen o prohíben una conducta en el territorio de la otra parte, o
TLC COSTA RICA-CANADÁSISTEMA DE NOTIFICACIÓN • que involucre la recopilación de información ubicada en el territorio de la otra parte, excepto los contactos telefónicos con una persona en el territorio de esa otra parte, cuando esa persona no es el objeto de la aplicación de mecanismos de observancia.
TLC COSTA RICA-CANADÁ CONFIDENCIALIDAD Las partes se reservan el derecho de negarse a suministrar información en contravención a sus leyes. Las partes mantendrán, hasta donde sea posible, la confidencialidad de toda información que la otra parte le haya comunicado en confianza.
TLC COSTA RICA-CANADÁ CONSULTAS • Las partes realizarán consultas para considerar asuntos relacionados con la operación, ejecución, aplicación e interpretación del capítulo. • Proscribir actividades anticompetitivas y la efectividad de la aplicación de los mecanismos de observancia.
TLC COSTA RICA-CANADA ASISTENCIA TÉCNICA Las partes acuerdan trabajar conjuntamente en iniciativas de asistencia técnica relacionadas con la política de competencia, así como con las medidas para proscribir actividades anticompetitivas y la aplicación de mecanismos de observancia.
CONCLUSIONES • Es posible suscribir acuerdos en el tema de competencia entre países con diferente grado de desarrollo económico e institucional • Se extiende el marco de acción de las agencias nacionales
CONCLUSIONES • Beneficia la capacidad técnica de las agencias con un nivel de desarrollo inferior. • Aumenta la legitimidad tanto de la legislación como de las instituciones de competencia.
MUCHAS GRACIAS… Comisión para Promover la Competencia Costa Rica Tel.: (506) 235-82-22 • Fax. (506) 236-75-24 E-mail: coprocom@meic.go.cr • Páqina web: www.meic.go.cr