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HISTORIA DE NUESTRA INDEPENDENCIA. PRIMERA PARTE Cortes de Cádiz Pacto de Concordia Independencia y formación del Estado de Costa Rica. Este grabado ilustra la Proclamación de la Constitución española en las Cortes de Cádiz. CORTES DE CADIZ.
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HISTORIA DE NUESTRA INDEPENDENCIA
PRIMERA PARTE • Cortes de Cádiz • Pacto de Concordia • Independencia y formación del Estado de Costa Rica
Este grabado ilustra la Proclamación de la Constitución española en las Cortes de Cádiz
CORTES DE CADIZ Trataron de potenciar el desarrollo económico de Costa Rica y Nicaragua, adoptando medidas como la supresión de los estancos y la concesión de franquicias para la exportación.
El Pacto de Concordia, considerado como la Primera Constitución de Costa Rica, se promulgó el 1° de diciembre de 1821.
Aspectos del Pacto: La forma de gobierno adoptada en el pacto de Concordia fue una junta, la cual se denominó "JUNTA SUPERIOR GUBERNATIVA DE COSTA RICA", integrada por siete miembros propietarios y tres suplentes. El sistema de sufragio, adoptado por el pacto de Concordia, fue el indirecto y en tercer grado. Con respecto a la residencia de las autoridades, dispuso ese documento que la junta residiría tres meses en cada una de las cuatro principales ciudades: Cartago, San José, Alajuela y Heredia.
Importancia: El Pacto otorgó a Costa Rica estabilidad política. El artículo octavo estableció una "Junta de gobierno para la administración, conservación y prosperidad de la provincia". Esta Junta de Gobierno sufrió las consecuencias de la pugna entre los republicanos, que rechazaban la anexión de Costa Rica al Imperio Mexicano, y los imperialistas, que abogaban por esa unión.
Por este motivo, en marzo de 1823 se emitió el Primer Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica, con el fin de hacer algunas reformas a lo que apuntaba el Pacto sobre la organización del gobierno de la provincia. Con este primer estatuto se estableció que el gobierno estaría en manos de un triunvirato (tres miembros).
Prueba de la actitud monárquica dominante en León fue que, el 11 de octubre de 1821, esa ciudad optó por unirse al Imperio Mexicano de Iturbide y recomendó a Costa Rica hacer otro tanto. En Costa Rica, las pugnas entre los partidarios de lo resuelto por León (imperialistas) y los republicanos, afloraron.
Para evitar estas divergencias surgió el Pacto Fundamental Interino de Costa Rica, conocido como Pacto de Concordia, primer documento constitucional de nuestro país.
En este pacto se estableció que el país era libre de España y capaz de constituir un sistema de gobierno propio, con posibilidades de adherirse a un imperio americano. Sabiamente, desde el momento en que se emitió el Pacto, el 1ero de Diciembre de 1821, se estableció que Costa Rica era una unidad política "con la plenitud de sus derechos", lo que para muchos ha marcado el inicio de la "cultura civilista" nacional.
Ruinas de la Parroquia de Cartago: Lugar donde fue recibida el Acta de la Independencia el 13 de octubre de 1821.
Los pueblos de la Provincia de Costa Rica que habían elegido a sus primeros cabildos en 1812 y 1813, los verían abolidos con el regreso a la Monarquía Española de Fernando VII en 1814.
En 1814 Fernando VII, llamado "El Deseado", regresó a España después de la expulsión de los franceses, y abolió la Constitución de Cádiz de 1812 que, entre otras cosas, había convocado a la formación de cabildos. Con esto Fernando inició un reinado absolutista, eliminando en consecuencia, los ayuntamientos de Hispanoamérica.
Costa Rica juró la Constitución Gaditana de 1812, por segunda vez, el 30 de Julio de 1820, desde que España restableció el orden constitucional cuando el General Riego derrotó a los partidarios del rey y obliga a éste a jurar la Constitución.
EL GOBERNADOR: Para aquellos años, debido a los sucesos mundiales que repercuten en las Américas y por el carácter continental de las luchas de liberación, Guatemala declara su independencia instando a los pueblos de las provincias hermanas a hacer lo mismo. La copia del Acta del 15 de setiembre de 1821 llega a Costa Rica el 13 de octubre de ese mismo año.
Se comunica el envío de un oficio impreso, un manifiesto del Capitán General de Guatemala y un oficio del Jefe Político de León, acompañando un bando de la excelentísima Diputación Provincial; todos los cuales se referían a la independencia.
En los ayuntamientos de San José y Cartago, en sus actas del 14 y 17 de octubre, y a raíz de las noticias recibidas por el correo del trece de dicho mes, había surgido la "oportuna idea" de organizar una reunión de comisionados para promover el orden, la paz y la seguridad, mientras los nublados desaparecían y se organizaba el nuevo modo de vida o sistema de gobierno que convenía adoptar. El objeto de esta Junta de Legados, era nombrar una Junta Gubernativa interina, que sustituyera al Gobernador español don Juan Manuel de Cañas.
Invitados por el Ayuntamiento de Cartago, todos los ayuntamientos debían enviar delegados a esta ciudad el 25 de octubre, "mas resulto que por la premura del tiempo, dificultades de comunicación, o ignorancia de los procedimientos para nombrar sus representantes, una parte de los Ayuntamientos no lo hizo".
En la ciudad de Cartago, el 25 de octubre de 1821, un grupo de legados de los Ayuntamientos de los pueblos de Costa Rica, presentaron sus poderes ante el Ayuntamiento de Cartago y procedieron a instalar la Junta de Legados, en la formación del Primer Gobierno Provisional de Costa Rica.
Fue activa la propaganda del Ayuntamiento de Cartago, que "para reunir a los legados, era respetado y atendido por todos los demás, y en realidad era el centro común de todos, y el que, sin declaratoria ni oposición alguna, asumía el gobierno en esta acefalía", dando por resultado la inauguración el 12 de noviembre de la Primera Junta Superior Gubernativa interina.
El Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica (Pacto de Concordia), conocido en la sesón 17, fue firmado el primero de diciembre de 1821 y constaba de 58 artículos y 7 capítulos que lo eran: de la Provincia, de la Religión, de los Ciudadanos, del Gobierno, de la elección del Gobierno, de la instalación de la Junta y Facultades, de las restricciones del Gobierno.
El 3 de marzo de 1823, en la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Cartago, quedó instalada la Asamblea Provincial. El 16 de mayo de 1823 se firmó el Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica.
En 1824, Costa Rica se convierte en Estado. Era el año en que Costa Rica juraba obediencia a la Asamblea Nacional Constituyente de las Provincias Unidas de Centromérica; el año en que el Jefe Político Superior don José Ma. Peralta, ordenaba que por bando se publicase la ley del 23 de julio de 1823, en la que se suprimen los títulos de excelencia, señores, don; el año en que a don Juan Mora Fernández, la Asamblea lo lleva un 9 de setiembre de 1824 a la designación de Primer Jefe de Estado; y el año en que la Virgen de los Angeles, un 24 de setiembre, fue nombrada Patrona del Estado de Costa Rica.