790 likes | 1.77k Views
La Constitución española de 1978. 1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?. E s la ley fundamental de la organizació n en un Estado. A ella deben someterse los actos del propio Estado y tendrán que subeditarse todas las demás normas jurídicas positiv a s. 1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?.
E N D
1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN? • Es la ley fundamental de la organizaciónen un Estado • A ella deben someterselos actos delpropioEstado y tendrán que subeditarse todas las demás normas jurídicas positivas.
1. ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN? Características: • Limita el poder absoluto de los gobernantes • Legitimael poder de los gobernantes. • Asigna a los ciudadanos una cuota legítimade participación en el proceso del poderpúblico
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 • Es la séptima que tiene España en 166 años. • Es la única que se ha hecho con el consentimiento y colaboración de tod@s. • Ha sido posible gracias a las profundas convicciones democráticas del pueblo español y de su actual Monarquía, y el afán de olvidar los enfrentamientos pasados que nos dividieron en 2 bandos. La Constitución, por lo tanto, ha nacido para unirnos a tod@s y no para dividir a España en buenos y malos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Los españoles aprobaron su Constitución en en el referéndum del 6 de diciembre de 1978, tres años después de la muerte de Franco. Oli 9/12/1978
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Gabriel Cisneros (UCD) José Pedro Pérez Llorca (UCD) Miguel Herrero de Miñón (UCD) Miguel Roca (Minoría catalana y PNV) Manuel Fraga (AP) Gregorio Peces Barba (PSOE) Jordi Solé Turá (PCE) 3 2 1 7 6 5 4 Los “padres” de la Constitución
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 La Constitución Española consta de169 artículos, organizados en las secciones que se indican a continuación: Preámbulo: Exposición de motivos y objetivos del texto constitucional
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Por eso, l@s español@s, al desear la justicia, la libertad, la seguridad y el bien para tod@s, hemos proclamado nuestra voluntad de: 3. Reforzar un Estado cuyas normas sean el deseo de tod@s l@s español@s. 1. Vivir democráticamente según la Constitución y las leyes en una sociedad justa. 2. Proteger a todos los pueblos de España. 5. Establecer una democracia que colabora para la PAZ de tod@s l@s hombres y mujeres de la tierra. 4. Promover la cultura y la economía para vivir mejor.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título Preliminar Enunciado de los rasgos esenciales, de la forma de Estado que se pretende establecer (Arts. 1-9).
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 1.1.: ESPAÑA es un Estado social y democrático de Derecho que, ante todo, busca como principios superiores: La Libertad, la Justicia y el pluralismo político
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 • Art. 1.2.: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art 1.3.: La forma política del Estado español es la MONARQUÍA PARLAMENTARIA
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 • Artículo 2º: La Constitución se fundamenta en la indisolubleunidad de la Nación Española, patria común e indisoluble de todos los españoles, y que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 El Castellano Art. 3:El CASTELLANO es la lengua de nuestro país y tod@s debemos conocerla. Las otras lenguas tienen su misma categoría en la región en la que se hablen, y el Estado tiene la obligación de protegerlas, potenciarlas y respetarlas por lo que suponen de riqueza cultural y de personalidad de los ciudadanos que las utilizan.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 4º: La bandera de España está formada por tres colores: Rojo Amarillo Rojo Escudo de España
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 5º: LA CAPITAL DE ESPAÑA es: Madrid
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 6: Los partidos políticos Expresan el pluralismo político, concurren a la formación y representación de la voluntad popular y son instrumento de participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la ley y a la Contitución. En España hay muchos partidos políticos, cada uno con unas ideas propias. Los principales partidos políticos son el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), el Partido Popular (PP) e Izquierda Unida (IU).
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 7: Los sindicatos y las organizaciones empresariales. Contribuyen a la defensa de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su estructura y funcionamiento interno debe ser democráticos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Art. 8: LAS FUERZAS ARMADAS Las Fuerzas Armadas, tanto de Tierra, Mar o de Aire, tienen como misión guardar el orden Constitucional, siéndole fiel, y garantizar que ninguna otra nación pueda invadirnos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 • Art. 9: Los ciudadanos y los poderes públicos están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. • Corresponde a los Poderes Públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integra sea real y efectiva. • La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la irretroactividad de las disposiciones, la seguridad jurídica y la responsabilidad y la interdicción y arbitrariedad de los poderes públicos.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título I Principios fundamentales de la organización política y económica de la sociedad; derechos, deberes y libertades. Tiene 5 capítulos: Capítulo primero De los españoles y extranjeros Capítulo segundo Derechos y libertades
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Capítulo tercero De los principios rectores de la política social y económica Capítulo cuarto De las garantías de las libertades y derechos fundamentales Capítulo quinto De la suspensión de los derechos y libertades
Estos son nuestros derechos y deberes más importantes como españoles: Tod@s tenemos derecho a que se respete nuestra intimidad y la de nuestra familia. Nadie puede entrar en nuestra casa sin nuestro permiso. Si la policía lo intentara, tendría que hacerlo por orden del juez (Art. 17). La mayoría de edad empieza a los 18 años. A partir de esa edad se alcanzan todos los derechos de l@s ciudadan@s como votar, poder independizarse de los padres, comprar o vender cosas, etc. (Art. 12) Tod@s tenemos derecho a vivir donde queramos y a viajar por España libremente, lo mismo que a salir y entrar del país (Art. 19). Tod@s tenemos derecho a la vida y a la integridad moral y física. Es decir, que está prohibida la tortura y los malos tratos y que no se puede condenar a muerte a nadie (Art. 15) Tod@s somos iguales ante la ley y no se nos puede discriminar por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión ni nada de nada (Art. 14). Cualquiera que nazca como español, tiene derecho a serlo durante toda su vida, a no ser que renuncie a ello. Derecho a la Nacionalidad (Art. 11) Tod@s tenemos derecho a pensar como queramos y a tener la religión que nos apetezca (Art. 16). Nadie puede abrir nuestras cartas ni escuchar nuestras conversaciones por teléfono (Art. 18). L@s extranjer@s que vivan entre nosotr@s tienen nuestros mismos derechos (Art. 13)
Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a reunirnos dónde y cuándo queramos, siempre que la cosa sea pacífica (Art. 21). Tod@s tenemos derecho a asociarnos libremente, siempre que no sea para cometer delitos (Art. 22). Tod@s tenemos derecho a participar en la vida pública, ya sea presentándonos a las elecciones como candidat@s, o votando cuando las haya (Art. 23).
Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a un juicio justo si se nos acusa de algo, y a que nos asista un abogado, y por supuesto, a reconocernos inocentes hasta que no se pruebe lo contrario (art. 24). En caso de ingresar en prisión por haber cometido un delito probado, tenemos derecho a que se nos trate con dignidad y a que se nos pague el trabajo que hagamos dentro de ella (Art. 25).
Más derechos y deberes: • Tod@s tenemos derecho a la EDUCACIÓN (Art. 27): • La enseñanza será obligatoria y gratuita en los niveles básicos. • El Estado creará los colegios y los planes de estudios. • Se podrán abrir colegios privados. • El que quiera, podrá recibir enseñanza religiosa, pero nunca podrá ser obligatoria. 9 + 7
Más derechos y deberes: Tod@s tenemos derecho a la huelga (Art. 28). Tod@s tenemos derecho y el deber de defender a España (Art. 30). Tod@s tenemos derecho a casarnos, y si la cosa va mal, también a divorciarnos (Art. 32). Tod@s tenemos derecho a tener bienes propios y a recibir herencias (Art. 33). Tod@s tenemos el deber de mantener al Estado con una cantidad de dinero que será proporcional a lo que ganemos. El Estado a su vez tiene el deber de emplear con justicia y sentido común lo que nosotros le pagamos (Art. 31).
Más derechos y deberes: Nuestro trabajo como niñ@s, es estudiar Tod@s tenemos el derecho y el deber de trabajar (Art. 35).
Más derechos y deberes: Tod@s l@s hij@s son iguales ante la ley, ya sea de madres solteras o casadas (Art. 39). L@s hij@s tienen el derecho a ser protegid@s por sus padres (Art. 39). La familia tiene el derecho a ser protegida por el Estado, y en especial l@s niñ@s (Art. 39).
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título II: De la Corona
LA CORONA Como España es una Monarquía Parlamentaria, el Jefe del Estado ha de ser el REY, máximo símbolo de la unidad y permanencia del país (Art. 56). Juan Carlos I Sofía
LA CORONA La Corona es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I de Borbón. En el caso de España, al tener hij@s Don Juan Carlos, ést@s serán sus legítimos herederos. Y de ell@s, por preferencia de sexo y al ser dos hijas y un hijo, será éste el heredero a la Corona, aunque no sea el mayor de l@s tres. El grado sucesorio va, en parentesco, del más cercano al Rey al más lejano, con preferencia del varón frente a la mujer (aunque esto cambiará próximamente), y en edad, de más a menos. De esta forma, el Príncipe Felipeserá el próximo Rey de España.
LA CORONA Sucesor a la Corona Sucesores de Juan Carlos I de Borbón Juan Carlos I Rey de España Príncipe Felipe Infanta Leonor Sucesora a la Corona Próximo Rey de España Próxima Reina de España
LA CORONA El Rey no es responsable políticamente y sus actos han de estar refrendados o apoyados por: Los ministros competentes El Presidente del Gobierno o El REY REINA, PERO NO GOBIERNA
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título III: LAS CORTES GENERALES Las Cortes Generales están formadas por el Congreso y el Senado. Las Cortes Generales representan al pueblo español. Las Cortes Generales dictan las leyes, aprueban los Presupuestos del Estado y controlan la acción del Gobierno.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 LAS CORTES GENERALES (elegidos por cuatro años) Ley electoral: Ley D’Hont (Sistema proporcional matizado) CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Cámara Alta) 350diputados,elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto SENADO Es la Cámarade representación territorial; en cada provincia se eligencuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Las CC.AA. eligen también un nº de senadores proporcional a su población.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 El artículo 54 introduce la institución del Defensor del Pueblo, alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título IV:EL GOBIERNO El Gobierno se compone del Presidente, nombrado, previo acuerdo del Congreso, por el Rey, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.Dirige: • la política interior y exterior, • la Administración civil y militar y la defensa del Estado. El Gobierno responde solidariamente en su gestiónpolítica ante el Congreso de los Diputados (Art. 108) El gobierno puede ser destituido de dos formas: - Por un voto de censura presentado por la Oposición - Al perder una moción de confianza el Gobierno
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VI:EL PODER JUDICIAL La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por: y MAGISTRADOS JUECES que son: • independientes • inamovibles • responsables • sometidos únicamente al imperio de la ley
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VI:EL PODER JUDICIAL El ejercicio de la potestad jurisdiccional corresponde a los: y JUZGADOS TRIBUNALES determinados por las leyes. Se prohiben los Tribunales de excepción (Art. 117)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VI:EL PODER JUDICIAL El artículo 123 se refiere al Tribunal Supremo que es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales, con jurisdicción en toda Epaña. El Presidente del Tribunal Supremo seránombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley (Art. 123)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VII:DE ECONOMÍA Y HACIENDA Según este título, el Gobierno tiene que elaborar los Presupuestos Generales del Estado. Su examen, enmienda y aprobación corresponde alas Cortes Generales. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado (Art. 134)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 De la Organización Territorial del Estado Título VIII: Capítulo primero Principios generales Capítulo segundo De la Administración Local Capítulo tercero De las Comunidades Autónomas
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII:LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL El Estado se organiza territorialmente en: MUNICIPIOS PROVINCIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII:LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL EL MUNICIPIO: • tiene autonomía garantizada por la Constitución • goza de personalidad jurídica plena • su gobierno y administración corresponde a su respectivosAyuntamientos, integrado por elAlcalde y los Concejales
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII:LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL LA PROVINCIA: • es una entidad local con personalidad jurídica propia • su gobierno y administración autónoma están encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos (Art. 141)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título VIII:LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL COMUNIDAD AUTÓNOMA: En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución,las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos (Art. 143)
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Nacionalidades históricas Regiones Comunidades Forales
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título IX:EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL El Tribunal Constitucionales el garante del cumplimiento de la Constitución. Aborda los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por particulares o las CC.AA. a las leyes aprobadas por el Gobierno central o los gobiernos autonómicos. Se compone de 12 miembros nombrados por el Rey: • cuatro a propuesta del Congreso • cuatro a propuesta del Senado • dos a propuesta del Gobierno • dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial
2. LA CONSTITUCIÓN DE 1978 Título X: DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL • Procedimiento ordinario: Reforma de todos los títulos de la Constitución, excepto Título preliminar y Títulos I y II Aprobación por mayoría de 3/5 de ambas Cámaras. • Procedimiento agravado: Reforma de Título preliminar y Títulos I y II de la Constitución Mayoría de 2/3 de cada Cámara Disolución de las Cortes Elecciones Mayoría de 2/3 de cada Cámara. Disposiciones transitorias Disposiciones adicionales Disposiciones derogatorias Disposición final