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Reglas Carácter General Art. 52 LIC Banca – Electrónica Propuesta. Riesgos Banca Electrónica. Datos a tomar en cuenta. Beneficios de la Banca Electrónica (costo por transacción menor, ubicuidad del servicio, flexibilidad)
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Reglas Carácter General Art. 52 LIC Banca – Electrónica Propuesta
Riesgos Banca Electrónica Datos a tomar en cuenta • Beneficios de la Banca Electrónica (costo por transacción menor, ubicuidad del servicio, flexibilidad) • Acelerado incremento en el número de conexiones a Internet, sofisticación tecnológica y masificación del uso. • Impulso por el pago de impuestos • Incremento importante en el número de Fraudes en el último año. • Mayor sofisticación • Más clientes afectados • Phishing. Entre 75 millones y 150 millones de “phishing mails” son enviados cada día en la Red* • Nuevas técnicas de defraudación • Transferencias de responsabilidades Banco - Cliente *Fuente: Antiphising Working Group y ABM
Riesgos Banca Electrónica Problemática • Anonimato para el uso de la banca electrónica • Facilidad de cometer un fraude remotamente • Falta de cultura de seguridad en Usuarios • Repudiación de operaciones (No reconocerlas) • Pérdida de patrimonio para los clientes • Quebrantos para las instituciones • Robo de información confidencial de los clientes • Exposición de clientes (los delincuentes pueden saber domicilios, patrimonio, ingresos, co titulares, beneficiarios, hábitos de consumo) • Robo de identidad • Violación del Secreto Bancario • Accesos no autorizados debido a controles débiles
Riesgos Banca Electrónica Factores de Riesgo • Contraseñas desde un carácter, composición de usuarios evidentes, frágiles o fáciles de deducir • Alta de contratos y servicios sin consentimiento explícito del cliente. Alta del servicio en línea, bajo control para autenticación de usuarios • Acceso a bases de datos por personal no autorizado, manipulación de bitácoras, utilización y modificación de información, extracción de información de las bases de datos, cambio de contraseñas • Escaso o poco monitoreo de transacciones vs. Perfil transaccional. (Prevención de fraudes) • Ingeniería Social / Robo de Identidad (Se pueden hacer pasar por el cliente y realizar operaciones en su nombre) • Diversos modos y técnicas de operación por defraudadores: Phishing, Keyloggers, Mouseloggers, Spyware, Pharming, Sniffers, skimming, libanese loop, fake atm, eavesdropping, entre otros
Controles Propuestos Bancos conscientes de mayores controles Preocupación: ventaja competitiva vs. controles efectivos Reglas del Artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito para Prestación de servicios bancarios al público, mediante el uso de medios electrónicos y equipos automatizados: Banca Electrónica Banca por Internet, Cajeros Automáticos, Banca Telefónica, Kioskos, Banca Empresarial o tesorerías empresariales remotas, Terminales Punto de Venta
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Condiciones del servicio, no repudiación • No otorgar el servicio por omisión • Señalar en el contrato los riesgos inherentes y las recomendaciones para prevenir la realización de operaciones irregulares o ilegales • Responsabilidades correspondientes, tanto para las instituciones de crédito como para los usuarios • Mecanismos la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones inherentes a las operaciones y servicios de que se trate • Métodos de autenticación y supuestos en que no podrán repudiarse u objetarse las operaciones realizadas, por parte de las instituciones de crédito y los usuarios • Mecanismos de confirmación de las operaciones celebradas a través de los equipos y medios automatizados
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Seguridad de la información • Medidas que aseguren que la información transmitida, almacenada o procesada, únicamente pueda ser accedida por parte de los usuarios y por personal expresamente autorizado • Utilizar medios de comunicación cifrada para la transmisión de información • Almacenamiento cifrado de claves de acceso e imposibilidad de conocerlas • Revisiones periódicas sobre la seguridad de las claves de acceso
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Manejo y composición segura de claves de acceso • Proceso seguro de generación, entrega y desbloqueo de contraseñas o claves de acceso • Características de composición de claves (longitud, caracteres, datos personales) • Protección en el despliegue de claves • Terminación de sesiones por inactividad • Bloqueo de claves por intentos fallidos y por falta de uso
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Autenticación más segura • Para la realización de pagos, inversiones, transferencias de recursos y demás operaciones y servicios bancarios que impliquen transferencias de fondos deberán utilizar un segundo factor de autenticación que cumpla lo siguiente: Que posea el usuario Tales como generadores de claves de acceso o contraseñas de un solo uso, tarjetas con banda magnética, tablas aleatorias de contraseñas con propiedades especiales, entre otros.
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Alta segura de cuentas beneficiarias • Registro previo de cuentas de terceros destino (periodo no menor a un día) • Periodo menor cuando el cliente lo solicite expresamente y por escrito • Validaciones sobre el número de la cuenta destino
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Información al usuario • Informar al usuario de eventos de seguridad (acceso simultáneo con su cuenta, alta de terceros, cambio de parámetros, bitácora de accesos) por un medio de notificación alterno • Soporte técnico y operacional al cliente • Mecanismos para el servicio continuo de la infraestructura de servicio • Campañas de difusión respecto a los riesgos y recomendaciones para la realización de operaciones a través de medios electrónicos y equipos automatizados
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Prevención de Fraudes • Detección y prevención de eventos que se aparten de los parámetros de uso habitual de cada usuario • Conocimiento del cliente para definir los parámetros de referencia • Permitir a los usuarios establecer sus límites de operación en forma segura
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Pistas de Auditoría • Bitácoras de los accesos tanto de los usuarios como del personal de la institución de crédito a los medios electrónicos y equipos automatizados con el detalle suficiente • Manejo y almacenamiento seguro de sólo lectura de dichos registros
Reglas del Artículo 52 de la L.I.C. Resumen • Mayor seguridad en la realización de transacciones por Banca Electrónica • Mejores elementos para la no repudiación de operaciones • Eliminar riesgos reputacionales por reclamaciones • Mantener la propiedad de movilidad y flexibilidad en el uso de estos medios • Generar confianza en el público que propicie un mayor uso de la banca electrónica • Incrementar la integridad de los recursos de clientes usuarios