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La autonomía privada. Objetivos de aprendizaje. Conocer y aplicar el concepto de autonomía privada Conocer y aplicar el concepto de patrimonio Entender la relación jurídica y el derecho subjetivo Conocer la representación Distinguir entre las clases de representación
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Objetivos de aprendizaje • Conocer y aplicar el concepto de autonomía privada • Conocer y aplicar el concepto de patrimonio • Entender la relación jurídica y el derecho subjetivo • Conocer la representación • Distinguir entre las clases de representación • Determinar el régimen aplicable aante determinados supuestos • Poder actuar como representante • Detectar los problemas que plantea la utilización de la representación Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
Contenidos • La autonomía privada • El patrimonio • La relación jurídica. El derecho subjetivo. El deber jurídico • La representación Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
1. La autonomía privada Concepto: poder que el orden jurídico confiere al individuo para que gobierne sus propios intereses La autonomía privada es una consecuencia del concepto de persona Art. 1255 Código civil reconoce esta capacidad de los sujetos de autorregular sus relaciones en la forma que deseen Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
1. La autonomía privada Límites (art. 1255 Código civil) • Ley: la autonomía de la voluntad no puede contradecir las normas imperativas. La consecuencia sería la nulidad del acto o negocio. • Moral: se reputan ineficaces los acuerdos que contradigan la moral socialmente aceptada en una comunidad • Orden público: conjunto de principios e ideas que inspiran el ordenamiento Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
1. La autonomía privada Negocio jurídico • Declaraciones de voluntad de una o varias personas que son idóneas para producir la regulación de relaciones jurídicas • Clases • Unilaterales: una sola manifestación de voluntad (p. ej. el testamento) • Bilaterales: varias manifestaciones de voluntad (p. ej. un contrato) Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
2. El patrimonio Concepto: Conjunto de bienes atribuidos a una persona (física o jurídica) La atribución de los bienes es estrictamente jurídica, por lo que no tiene que coincidir con el concepto económico y contable El titular tiene poder de disposición de todos los bienes contenidos en el patrimonio, poder que sólo a él compete Ese conjunto de bienes está afectado a la responsabilidad por deudas de su titular (art. 1911 Código civil) Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
2. El patrimonio Consideración unitaria cada persona tiene un solo patrimonio; todos los bienes de la persona son imputables al patrimonio Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
2. El patrimonio La herencia • Conjunto de bienes tal y como quedó en el momento de la muerte de su titular • Es una situación provisional a la espera de que estos bienes entren a formar parte del patrimonio de los sucesores • Permite mientras tanto atribuir su administración a ciertas personas y pagar las deudas del difunto Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
3. La relación jurídica Es una relación social contemplada por el derecho El ordenamiento sitúa a los sujetos de la relación en dos posiciones Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
3. El derecho subjetivo “Poder” que el ordenamiento otorga a las personas cuando decide proteger un bien jurídico Adquisición: cuando se cumpla el supuesto de hecho de la ley Pérdida: • Renuncia: declaración de voluntad del titular por la que expresa su deseo de abandonar el derecho adquirido (art. 6.2 Cc) • Prescripción: extinción del derecho por el transcurso del tiempo. Puede interrumpirse y ha de ser invocada por el sujeto pasivo del derecho • Caducidad: extinción del derecho por el transcurso del tiempo. No puede interrumpirse y se aprecia de oficio por los tribunales Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
3. El deber jurídico Refleja el lado pasivo de la relación jurídica Aparece en el ordenamiento jurídico impuesto a los sujetos, en la medida en que el propio ordenamiento concede derechos a otros sujetos Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
4. La representación Concepto Cuando una persona (representante) realiza alguna actuación jurídica en nombre de otra (representado) de forma que los efectos que se produzcan en esa actuación recaen sobre el representado Función económica • Permitir que otra persona actúe en el tráfico económico en su nombre cuando al principal no le sea posible hacerlo personalmente • Cuando una persona, por impedimentos físicos o jurídicos, le es imposible actuar por sí misma (p. ej. hijo menor) Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
4. La representación Voluntario (apoderamiento) Legal (ley) • Representado tiene capacidad de obrar • Representado también puede hacer directamente el negocio • Colaboración representante y representado • Suple un defecto de capacidad de obrar • Representante único que puede hacer el negocio • Representante es la única voluntad a tener en cuenta Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
4. La representación voluntaria Apoderamiento: negocio jurídico por el que un sujeto concede a otro el poder de actuar en su nombre Efectos: la actuación del representante es asumida por el representado Requisitos: • Capacidad: • Representado: capacidad de obrar necesaria para realizar el acto encomendado • Representante: capacidad de obrar general • Forma: no se exige No obstante, algunos apoderamientos requieren escritura pública (p. ej. poderes para pleitos) Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
4. La representación voluntaria Límites • Representante solo tiene las facultades que el representado le ha conferido. • Si dentro apoderamiento: vincula representado • Si se extralimita: el representado no queda vinculado • Excepción: si el resultado obtenido es más ventajoso que el previsto, quedaría vinculado • El representado también puede impartir instrucciones (=dentro del ámbito del apoderamiento establecer la forma de proceder) • Si se cumplen: satisfacción del representado • Si se extralimita: representado queda vinculado, pero hay responsabilidad civil del representante Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
4. La representación voluntaria Extinción • Muerte del representante o del representado (excepción, art. 280 Ccom) • Insolvenciadel representante o del representado • Renuncia del representante • Revocación del representado Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
Cuestiones a resolver Cita algún ejemplo práctico de acuerdo nulo por contrariar una ley imperativa ¿Qué consecuencias tiene para una empresa titularidad de una persona física que empiece a perder dinero en el juego acumulando una gran deuda con los casinos? Tomando como relación jurídica la compraventa descompón sus diferentes derechos subjetivos y deberes jurídicos Enumera 5 supuestos de apoderamiento voluntario que conozcas Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez
Mapa conceptual Haz un mapa conceptual sobre la representación voluntaria Juan Batallar (dir.), Luis Gallego, Mario Pérez