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IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE BASILEA EN CANADÁ John Myslicki, director en funciones de la División de Movimientos Transfronterizos , Ministerio del Medio Ambiente de Canadá. Canada. SUMARIO DE LA PRESENTACIÓN.
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IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO DE BASILEA EN CANADÁJohn Myslicki, director en funciones de la División de Movimientos Transfronterizos, Ministerio del Medio Ambiente de Canadá Canada
SUMARIO DE LA PRESENTACIÓN • Antecedentes relativos a la generación, exportación e importación de desechos peligrosos • Convenio de Basilea • Otras obligaciones Internacionales • Régimen de gestión de desechos en Canadá • El Reglamento sobre Exportación e Importación de Desechos Peligrosos (EIHWR) en el marco de la Ley Canadiense de Protección del Medio Ambiente (CEPA) • Cómo funciona el sistema • Nuevas disposiciones de la CEPA 2
GENERACIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS(6 millones de toneladas – Datos de 1991) 1 Yukón 8 Territorios del Noroeste 1,487 Columbia Británica 588 181 Alberta 157 1,079 Manitoba Sask. 47 1,900 Quebec I.P.E. Terranova Ontario 6 16O N.E. 282 N.B. 3
LA GESTIÓN DE LOS DESECHOS PELIGROSOS EN CANADÁ Importaciones 500.000 toneladas Exportaciones 313.000 toneladas 4
ESTADÍSTICAS DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN CANADÁ 1991-2001 5
CONVENIO DE BASILEA • Firmado en 1989, ratificado en 1992 • Acuerdo mundial que ha sido ratificado por 150 países, más la Unión Europea (EE.UU. no lo ha ratificado) • Trata tanto de desechos como de reciclables • Controles estrictos del movimiento transfronterizo de desechos peligrosos - consentimiento fundamentado previo, seguimiento de envíos, reducciónde exportaciones, prohibición de exportar a países en vías de desarrollo • Protocolo sobre Responsabilidad e Indemnización, aprobado en diciembre de 1999 • Declaración Ministerial sobre Gestión Ecológicamente Racional, aprobada en diciembre de 1999 6
OTRAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES DE CANADÁ • Decisión de la OCDE sobre productos reciclables (aprobada en 1992, enmendada en 2001) • Permite controles modificados y simplificados de los productos reciclables dentro de la zona de la OCDE • Acuerdo Canadá-EE.UU. sobre Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos(firmado en 1986) • Trata tanto de desechos como de productos reciclables • Enmendado en 1992 para incluir los desechos no peligrosos • Necesario, ya que EE.UU. no es Parte del Convenio de Basilea • Controles simplificados entre los dos países 7
RÉGIMEN CANADIENSE DE GESTIÓN • Roles y responsabilidades: • Gobierno federal • Envíos interprovinciales (desde 1985, Ley sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas) • Movimientos internacionales (desde 1992, CEPA) • Negociaciones internacionales (Basilea, OCDE) • Amplia consulta con otros ministerios federales y partes interesadas • Gobiernos provinciales • Movimientos intraprovinciales • Concesión de licencia para instalaciones, transportistas, productores • Examen de los avisos de importación y consentimiento al Ministerio del Medio Ambiente de Canadá • Gobiernos municipales • Desechos domésticos peligrosos • Consejo Canadiense de Ministros del Medio Ambiente - Grupo de Trabajo sobre Desechos Peligrosos • Desarrolla las directrices nacionales sobre gestión de desechos 8
REGLAMENTO FEDERAL CANADIENSEEIHWR - 26 de noviembre de 1992 • Disposiciones sobre notificación y consentimiento • El país exportador o importador debe ser Parte del Convenio de Basilea, o haber firmado un acuerdo con Canadá (Artículo 11) • Hay dos acuerdos de este tipo (Canadá-EE.UU. y la Decisión de la OCDE sobre productos reciclables) • El país importador no ha prohibido la importación de desechos • El exportador canadiense, en el caso de las exportaciones, o el importador, en el caso de las importaciones, debe estar asegurado • Debe haber un contrato entre el exportador y el importador • Para las exportaciones, el exportador firma un compromiso de reimportación de los desechos si éstos se quedan abandonados • Todos los envíos deben ir acompañados de un manifiesto 9
CONTROLES TRANSFRONTERIZOSConsentimiento Fundamentado Previo (CFP) - País exportador • Antes de realizar el envío se manda una notificación a los países importadores y de tránsito • Notificación - simple o para múltiples envíos (1 año) • Facilita una descripción detallada de los desechos, transportistas, exportador e importador • Facilita información sobre la eliminación o el reciclaje que se pretende • No se puede permitir la exportación hasta que los países importadores y de tránsito no han dado su consentimiento • Facilita la reimportación • Garantiza que los desechos se gestionarán de una manera ecológicamente racional 10
CONTROLES TRANSFRONTERIZOSConsentimiento Fundamentado Previo (CFP) - País importador • En el caso de que los desechos sean controlados solamente por el país importador (1.1b), todas las obligaciones de mandar notificaciones recaen en el país importador • Consiente o se opone ante la notificación de los países exportadores y de tránsito • Garantiza que la instalación encargada de la eliminación o del reciclaje tiene la autorización adecuada • Garantiza que los desechos se gestionarán de una manera ecológicamente racional 11
CONTROLES TRANSFRONTERIZOSSistema de seguimiento - Manifiesto • Cada envío se sigue mediante el manifiesto/los documentos de circulación • Cuando toman posesión de los desechos, el exportador, el transportista, y el importador rellenan las secciones correspondientes del manifiesto y firman • Se presentan copias del manifiesto a las autoridades pertinentes • Autoridades (países exportadores e importadores): • Comparan los manifiestos recibidos • Comprueban si hay discrepancias • Verifican la información respecto a las notificaciones • Los datos de los manifiestos se informatizan para la promoción del cumplimiento y la presentación de informes 12
EXPERIENCIA CON LOS CFP Y LOS MANIFIESTOS • En 2001 se tramitaron 7.000 notificaciones, y manifiestos para 41.000 envíos • Exportaciones: 313.000 toneladas de desechos peligrosos, todos ellos salvo 10 toneladas a EE.UU. • Importaciones: 95% de EE.UU., 5% de Europa y de países en vías de desarrollo • Importaciones y exportaciones: 50% para reciclaje, 50% para eliminación • Canadá no exporta a países en vías de desarrollo • Cuando se trata con países en vías de desarrollo, muchos de ellos: • Tienen un conocimiento limitado de cómo preparar o evaluar las notificaciones • Tienen una interpretación diferente del ámbito de fiscalización del Convenio de Basilea • A menudo no tienen legislación para implementar los CFP o los manifiestos • Les faltan recursos para promocionar el cumplimiento o aplicar la ley 13
PROCEDIMIENTOS DE LAS NOTIFICACIONES(flujo de los formularios de notificación) Exportación 1 2 Ministerio del Medio Ambiente de Canadá Agencia de Protección del Medio Ambiente de EE.UU. Exportador canadiense 4 3 Importación Agencia de Protección del Medio Ambiente de EE.UU. 2 1 5 Ministerio del Medio Ambiente de Canadá Importador canadiense 6 3 Provincia canadiense 4 14
PROCEDIMIENTOS DE LOS MANIFIESTOS Exportación 1 Ministerio del Medio Ambiente de Canadá Exportador canadiense Manifiesto 2 3 Manifiesto 4 Aduanas de Canadá Manifiesto Certificadodedestrucción / reciclaje Importador estadounidense 15
PROCEDIMIENTOS DE LOS MANIFIESTOS Importación Certificadodedestrucción / reciclaje Importador canadiense Ministerio del Medio Ambiente de Canadá 4 Manifiesto 3 Manifiesto 2 1 Aduanas de Canadá Manifiesto Exportador estadounidense 16
NUEVA CEPA - DISPOSICIONES SOBRE DESECHOS • Autoridad reforzada • Mantiene las disposiciones sobre los CFP y el sistema de seguimiento • Criterios para una gestión ecológicamente racional • Planes de reducción de exportaciones para eliminación definitiva • Permite un nivel equivalente de seguridad medioambiental • Prohibiciones sobre las exportaciones, las importaciones o los tránsitos, cuando lo exija la fiscalización de acuerdos internacionales sobre medio ambiente • Circulación interprovincial de desechos peligrosos/reciclables • Control de desechos no peligrosos prescritos 17
Cambios en la reglamentación canadiense Reglamentación existente • Enmiendas al Reglamento sobre Exportación e Importación de Desechos Peligrosos (EIHWR): • Reflejan los cambios efectuados a los Anexos en Basilea, y la • Nueva Decisión del Consejo de la OCDE C(2001)107 • Planes de reducción de desechos • Gestión Ecológicamente Racional • Reglamento de Exportación e Importación de Desechos de Bifenilos Policlorados • Se aplica a las importaciones 18
Cambios en la reglamentación canadiense(cont.) Nuevos reglamentos en preparación • Exportación e Importación de Desechos No Peligrosos destinados a la Eliminación Definitiva. Este reglamento permitirá a Canadá: • Cumplir compromisos internacionales • Implementar planes de reducción de desechos • Aplicar criterios para una gestión ecológicamente racional • Circulación interprovincial de desechos peligrosos y materiales peligrosos reciclables. Facultades transferidas de la Ley sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas a la CEPA de 1999. • Seguimiento de la circulación interprovincial • Fiscalización de las facultades de la CEPA 19
TEMAS FUTUROS EN RELACIÓN CON BASILEA • Implementación de la Declaración sobre la Gestión Ecológicamente Racional • Ratificación del Protocolo sobre Responsabilidad • Análisis de la enmienda de prohibición • Mecanismo de examen eficaz • Mecanismo de Control del Cumplimiento • Reforzar los centros regionales de formación y las alianzas con la industria y las ONG • Orientación para distinguir lo que son desechos de lo que no lo son 20