70 likes | 554 Views
CONSTITUCIÓN FRANCESA DE 1971. Jonatan Nuñez Álvaro Vidal Kenza Hazeb Josué Muñoz Jose Manuel Rojas Diego Arasa. INTRODUCCIÓN. La Constitución francesa de 1791 fue la primera constitución de la historia
E N D
CONSTITUCIÓN FRANCESA DE 1971 Jonatan Nuñez Álvaro Vidal Kenza Hazeb Josué Muñoz Jose Manuel Rojas Diego Arasa
INTRODUCCIÓN • La Constitución francesa de 1791 fue la primera constitución de la historia francesa promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente y aceptada por Luis XVI el 3 de septiembre de 1791, la cual configuraba a Francia como una monarquía constitucional.
DIVISIONES ADMINISTRATIVAS • La elaboración de las leyes correspondía a una Asamblea Legislativa. Votaba las leyes, impuestos y declaraba la guerra en la Revolución Francesa. • El poder ejecutivo quedaba en manos de la monarquía, teniendo el rey el poder para destituir a los ministros. • El poder judicial se otorgaba a unos tribunales independientes. • El sistema fiscal fue modificado eliminándose los impuestos indirectos y se implantaron impuestos directos, que dependían de la riqueza de cada uno.
ELECCIÓN DE DIPUTADOS • El sistema de elección de diputados de la Asamblea Legislativa era el siguiente: - se clasificaba a los varones franceses en “activos” (los que sabían leer y escribir) y “pasivos” (los que por el simple echo de no tener propiedades ni negocios se consideraban analfabetos). - Las mujeres quedaron excluidas. - Sólo los ciudadanos “activos” elegían a los electores de su departamento, los cuales, a su vez, elegían a los electores de su departamento. • Estos electores escogían a los diputados provinciales para la Asamblea. • Este tipo de elección, conocida como censitaria, permitía el voto solo a los más ricos, e indirecta ya que los cargos importantes no son votados directamente por la población, sino a través de sus representantes.
PREÁMBULO • El preámbulo de la constitución francesa de 1791 fue la Declaración de los Derecho del hombre y del ciudadano. • Los representantes del pueblo considerando que la ignorancia, el olvido o el me menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, expusieron los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta declaración les recuerde sin cesar sus derechos y deberes.