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CRITERIOS A TENER EN CUENTA. Expositor: LUIS FERNANDEZ TORRES. EL ABOGADO Y EL SISTEMA DE AUDIENCIAS DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL. LA AUDIENCIA PREVIA. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES. I. EL MODELO QUE MEJOR RESPONDE A UN DISEÑO CONSTITUCIONAL DE PROCESO PENAL ES EL MODELO ACUSATORIO.
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CRITERIOS A TENER EN CUENTA Expositor: LUIS FERNANDEZ TORRES
EL ABOGADO Y EL SISTEMA DE AUDIENCIAS DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL
LA AUDIENCIA PREVIA FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES
I. EL MODELO QUE MEJOR RESPONDE A UN DISEÑO CONSTITUCIONAL DE PROCESO PENAL ES EL MODELO ACUSATORIO • Basado en el sistema de audiencias, con oralidad, contradicción, inmediación y publicidad. • Principio de proceso predeterminado: la audiencia previa. • Diseño Constitucional del Proceso Penal • Cuando se afecta la oralidad de las audiencias, se afecta la contradicción, la inmediación y la publicidad, se afecta la Constitución Modelo Inquisitivo: Escrituralidad Modelo Acusatorio y Audiencia Previa: GARANTIA CONSTITUCIONAL
La mejor garantía para preservar y defender los derechos fundamentales de las personas. El artículo I inciso 2 del Titulo Preliminar: “Toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral, publico y contradictorio”. El artículo 139 inciso 3 de Constitución: “Es un principio de la función jurisdiccional, la observancia de un debido proceso y tutela jurisdiccional ”. El artículo 55 de Constitución: “Los tratados celebrados por el Perú y en vigor forman parte del derecho nacional”. El X del Titulo Preliminar del NCPP: Nueva forma de Interpretación “Las normas que integran el presente Título prevalecen sobre cualquier otra disposición de este Código. Serán utilizadas como fundamento de interpretación”.
NORMAS SUPRANACIONALES Convención Americana sobre los Derechos Humanos o Pacto de San José (Art. 8.1 y 8.2 párrafo 2 inciso f y 8.5) Derecho a ser oído por tribunal imparcial, a hacer comparecer sus testigos y pruebas en audiencia pública. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (Art. 14.1) Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial. Declaración Americana de Los Derechos y Deberes del Hombre (Art. XXVI, párrafo segundo) Toda persona acusada de delito tiene derecho a ser oída en forma imparcial y publica.
NORMAS SUPRANACIONALES Convención de Salvaguardia de los Derechos del Hombre y de las libertades Fundamentales. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial. (Art. 6.1) Toda persona tiene derecho a interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren contra el y a obtener la citación y el interrogatorio de los testigos que declaren en su valor en las mismas condiciones que los testigos que lo hagan en su contra. (Art. 6.3.d)
NORMAS SUPRANACIONALES Proyecto de Reglas mínimas para el procedimiento penal. El imputado tiene derecho a un juicio oral. Los debates serán públicos, salvo las excepciones reconocidas en los instrumentos internacionales de protección de Derechos Humanos. (Art. 25.1 y 2) Todas las pruebas habrán de ser practicadas ante el Tribunal Juzgador. (Art. 29.1)
SEPARACION DE ROLES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL Y NUEVO DESPACHO JUDICIAL
SEPARACION DE FUNCIONES SISTEMA DE AUDIENCIAS ORGANIZACIÓN JURISDICCIONAL ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EL NUEVO DESPACHO JUDICIAL Y SU PRINCIPIO RECTOR PRODUCE AUDIENCIAS REALIZA AUDIENCIAS
PARA QUE SIRVE TENER UNA IDEA CLARA DEL NUEVO DESPACHO JUDICIAL Organiza los aspectos administrativos vinculados al nuevo despacho judicial, bajo el principio de separación de roles. No regula la actuación del Juez en audiencia: Constitución y CPP Contribuye a consolidar el Nuevo Modelo Procesal y el sistema de audiencias Permite mayor eficiencia en el desempeño de los jueces, al hacer que se concentren sólo a la audiencia
LA AUDIENCIA ES UN VALOR CONSTITUCIONAL Uno de los valores fundamentales del Modelo Acusatorio Peruano es la audiencia, y al ser el modelo el más compatible con la Constitución, la Audiencia se convierte en un valor con jerarquía constitucional. NUEVO DESPACHO JUDICIAL
QUE DEBE CONOCER EL NUEVO DESPACHO JUDICIAL AUDIENCIA JUEZ EXPEDIENTE
LA AUDIENCIA Y EL JUEZ CENTRALIDAD DE LA AUDIENCIA COMO FUENTE DE INFORMACION CONTRADICCION ORALIDAD INMEDIACION PUBLICIDAD
NUEVO DESPACHO REQUERIMIENTOS U S U A R I O S SALA PENAL DE APELACIONES CENTRO DE ATENCION JUZGADOS DE JUZGAMIENTO JUZGADOS DE INVESTIGACION AUDIENCIA INFORMACION
COMO OBTENER INFORMACION EL ABOGADO EN LA INVESTIGACION PREPARATORIA
DINAMICA DE UNA AUDIENCIA PREVIA AL JUICIO ORAL: JUEZ DE GARANTIAS DEFENSA FISCAL EL JUEZ EXIGE A LAS PARTES QUE PRUEBEN SUS AFIRMACIONES Da inicio a los debates el que debe centrarse en la afirmación de hechos y pruebas que sustentan su pretensión. También fundamenta pretensión y/o desacredita posición de Fiscal Levanta desacreditación de argumentos Levanta desacreditación hecha y desacredita argumentos de la Defensa, Palabras del imputado Palabras del agraviado Actos de investigación En cualquier momento de la etapa de investigación, puede dar lugar a alguna audiencia, y por tanto, el debate como la decisión judicial tendrán como base, los actos de investigación existentes en ese momento. La información será siempre incompleta. Por ello no es posible que el Juez afirme hechos de forma conclusiva.
EN LA AUDIENCIA DEBE DE CAPTURARSE TODA LA INFORMACION: CONTRADICCION Restricción de derechos PREGUNTAS ACLARATORIAS Fiscal Búsqueda de pruebas JUEZ DE GARANTIAS JIP Medidas cautelares Abogado Salidas alternativas Tutela a la víctima PREGUNTAS ACLARATORIAS Define si hay juicio o sobreseimiento
LA PRISION PREVENTIVA GRAVES Y FUNDADOS ELEMENTOS DE CONVICCION Se trata pues, de elementos de convicción de cargo, reunidos preliminarmente, por la Policía y la Fiscalía, y que son llevados a la audiencia, como sustento probatorio del requerimiento de prisión preventiva. AUDIENCIA DEBATE CONTRADICTORIO
LUCHA DE PRACTICAS EN EL PROCESO DE IMPLEMENTACION DEL NCPP AUDIENCIA ORDEN RIGIDO ORDEN ESTRATEGICO • Protagonismo del Juez • Útil al inicio para instalar nuevas prácticas. • Labor pedagógica. • Puede afectar teoría del caso de la parte • Protagonismo de las partes • Bueno para consolidar nuevas prácticas. • Favorece la demostración de la teoría del caso de la parte
COMO OBTENER INFORMACION EL ABOGADO EN EL NUEVO JUZGAMIENTO
LO PRIMERO QUE SE DEBE TENER EN CUENTA • Ubicar el escenario de la Audiencia del Juicio Oral en el NCPP, así como la ubicación de las partes. • Juez no es parte • Las partes deben dar información: llevar sus pruebas al juicio oral. 2) Garantizar la plena aplicación de las técnicas de litigación en Juicio Oral - Es la mejor forma de producción de información - Teoría del caso y su demostración - El Juez obtiene la mejor información (verdad) promoviendo el mayor debate probatorio.
ALGUNOS PROBLEMAS DEL JUICIO ORAL EN LA OBTENCION DE LA INFORMACION POR EL JUEZ ALEGADOS DE INICIO ALEGADOS DE CLAUSURA NUEVA PRUEBA CONCLUSION ANTICIPADA INSTALACION ACTUACION PROBATORIA SENTENCIA ORDEN RIGIDO ORDEN ESTRATEGICO