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CAPACITACION SOBRE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN. Índice. Introducción general al tema Las 3 premisas del acceso a la información Génesis de las Leyes de Transparencia Información pública y excepciones al acceso Estructuras de transparencia Procedimientos. INTRODUCCIÓN GENERAL.
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Índice • Introducción general al tema • Las 3 premisas del acceso a la información • Génesis de las Leyes de Transparencia • Información pública y excepciones al acceso • Estructuras de transparencia • Procedimientos
INTRODUCCIÓN GENERAL • Democracia y transparencia • Transparencia como medio y fin • Rendición de cuentas y derecho de acceso a la información • Artículo 6º constitucional
Democracia y Transparencia • El Estado democrático de Derecho UNA CARACTERÍSTICA DEL ESTADO DEMOCRÁTICO “Un estado democrático es aquel que provee de información cierta y sistemática a su sociedad” Jeremy Rifkin
Transparencia como medio y como fin • Como fin. • Como medio. • Significa … “que las razones de toda decisión gubernamental, así como los costos y recursos comprometidos, sean accesibles, claros y se comuniquen al público. El qué, el por qué y el para qué de la gestión pública”.
Rendición de Cuentas y Derecho de Acceso a la Información • La rendición de cuentas parte del Estado hacia la sociedad como obligación de informar sin que medie solicitud de por medio. • El derecho de acceso a la información pública inicia a petición del individuo hacia el Estado.
Rendición de cuentas Acceso a la información Transparencia Mejores gobiernos
Artículo 6 Constitucional • El Derecho a la Información - Origen - Interpretación judicial - Categoría jurídica-formal
Las 3 Premisas Básicas del Acceso a la Información • Información documentada • Documentación ordenada y archivada • Acceso fácil y expedito a la documentación ordenada
Para la eficacia del derecho de acceso a la información se requiere: • Que toda decisión gubernamental esté documentada • Que todo documento sea ordenado y archivado • Que el acceso a ese documento por cualquier persona sea sencillo y expedito
Génesis de las Leyes de Transparencia • Conceptos previos: Sujetos Obligados, derecho de acceso a la información pública y derecho a la privacidad e intimidad.
Conceptos previos • Origen legislativo de las Leyes de Transparencia - Legitimidad política - Legitimidad social - Legitimidad federalista - Legalidad
De 32 entidades, todas cuentan con una ley y 5 Estados fueron los últimos con iniciativa de ley Baja California Ley aprobada Chihuahua Sonora Nuevo León Ultimas Iniciativas Coahuila No Instituto Baja California Sur San Luis Potosí Tamaulipas Ley vetada Guanajuato Sinaloa Zacatecas Hidalgo Durango Querétaro Campeche Aguascalientes Distrito Federal Nayarit Yucatán Morelos Jalisco Tlaxcala Quintana Roo Veracruz Tabasco Colima Estado de México Puebla Chiapas Michoacán Guerrero Oaxaca
Continuación… • ¿A quiénes obliga la Ley de Transparencia? Los Sujetos Obligados. • ¿Qué regula la Ley de Transparencia? - El derecho de acceso a la información pública gubernamental. - El derecho a la privacidad e intimidad.
Información pública y excepciones al acceso • Principio de máxima publicidad. • La clasificación de la información. Distinción de la clasificación archivística. • Primera excepción: Información Reservada. Supuestos. Prueba del daño. • Segunda excepción: Información Confidencial. Los Datos Personales. Supuestos. Reglas especiales.
Principio de máxima publicidad • Regla fundamental de interpretación: - Para resolución de casos. - Para el actuar diario en materia de transparencia.
La clasificación de la información • Concepto. • Distinción con la clasificación o catalogación archivística. • La clasificación sólo conlleva a la reserva o a la confidencialidad, no a la publicidad de la información (desclasificación).
Primera excepción: Información Reservada • ¿Qué es la reserva? • Supuestos o causales de reserva. • Temporalidad de la reserva. • Las versiones públicas. • La prueba del daño.
Segunda excepción: Información Confidencial • Los Datos Personales. • Supuestos o causales de confidencialidad. • Temporalidad. • Reglas especiales. • Protección de datos personales.
Estructuras de transparencia. • Unidades Administrativas y Servidores Públicos Habilitados. • Unidad de Información. • Comité de Información. • Recurso de Revisión. • INFOEM.
Unidad de Información Recurso de Revisión Unidades Administrativas y SPH Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios Comité de Información
Unidades Administrativas y SPH • Son las áreas administrativas en que se encuentra organizado el sujeto obligado y de las cuales se presupone cuentan con la información requerida por los solicitantes. • Son los responsables de cada Unidad Administrativa de fungir como vínculo con la Unidad de Información y gestiona las solicitudes en el ámbito de su competencia.
Unidad de Información • Funciones Es la ventanilla concentradora encargada de recibir, gestionar internamente y dar respuesta a las solicitudes de información. • Estructura Está conformada por un titular y varios funcionarios habilitados para los módulos.
Comité de Información • Funciones Es el órgano colegiado responsable de definir la clasificación de la información hecha originariamente por los órganos responsables. Confirma, modifica o revoca la clasificación. • Estructura Se integra por 3 funcionarios: - El Titular de la Unidad de Información. - El titular del Órgano Interno de Control. - El Titular de la dependencia o a quien designe (Presidente del Comité).
Recurso de Revisión • Es el medio jurídico de impugnación mediante el cual el solicitante inconforme puede requerir al INFOEM la revisión de una respuesta a una solicitud de información que no haya sido satisfactoria o cuando ésta le haya sido negada. • Es una herramienta para que los individuos puedan recurrir a un órgano protector del derecho de acceso a la información: el INFOEM.
Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios • Órgano de máxima instancia que resuelve los recursos de revisión. • Decisiones obligatorias para los Sujetos Obligados. • Integración.
Procedimientos • Acceso a Información Pública. • Acceso a Datos Personales. • Corrección de Datos Personales. • Recurso de Revisión.
Acceso a Información Pública Envío solicitud notificación positiva entrega información 15 días hábiles Posibilidad de Prórroga 7 días hábiles -vía electrónica: gratuita - Reproducción y envío con costo
Acceso a Datos Personales 15 días hábiles Respuesta Solicitud de acceso a datos personales
Corrección de Datos Personales Respuesta Solicitud de modificación de datos personales 15 días hábiles para notificar 30 días hábiles para corregir o negar
Recurso de Revisión 15 días hábiles 30 días hábiles Notificación negativa Resolución Recurso de revisión ante el INFOEM • El recurso de revisión se puede presentar si: • -se niega porque es reservada, confidencial o inexistente. • -la información es incompleta o no corresponde a lo solicitado. • -se niega el acceso o modificación a datos personales. • -la respuesta es desfavorable.
Conmutador. Tel. (722) 2.26.19.83 www.infoem.org.mx Instituto Literario No. 510 Col. Centro C. P. 5000 Toluca, Estado de México www.ife.org.mx