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La Propiedad Intelectual en las Nuevas Tecnologías. José Ovidio Salgueiro A. Volpe, Ardizzone & Salgueiro jsalgueiro@cantv.net. Nombres de dominio Función Naturaleza Ejemplos prácticos Resolución de conflictos UDRP. Ilícitos marcarios Patentes Derechos de autor Tratados OMPI
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La Propiedad Intelectual en las Nuevas Tecnologías José Ovidio Salgueiro A.Volpe, Ardizzone & Salgueiro jsalgueiro@cantv.net
Nombres de dominio Función Naturaleza Ejemplos prácticos Resolución de conflictos UDRP Ilícitos marcarios Patentes Derechos de autor Tratados OMPI Conclusiones Contenido
Los Nombres de Dominio • Son formas humanizadas y amistosas de interpretar los números IP • Sistema mnemotécnico • Los números IP son únicos e irrepetibles • Portabilidad de Nombre
tucarro.com hotmail.com realmadrid.com 216.220.40.243 216.200.206.140 212.66.160.2 Números IP
Los Nombres de Dominio • El DNS es una gigantesca base de datos que relaciona los Nombres de Dominio con los números IP gestionada en forma compartida por varios organismos • El desarrollo del sistema de Nombres de Dominio ha abierto la puerta al uso comercial, institucional y privado de la Red
Función del ND • Como medio para acceder a un sitio web • Conocimiento previo • Motor de búsqueda • Intuición
Función del ND • Una vez en el sitio web • Identificación de persona, empresas e instituciones • Identificación de bienes y servicios • Certeza de origen de bienes y servicios • Valoración de la información obtenida
Hacen posible la comunicación entre dos equipos informáticos conectados a Internet Equivalente al número de teléfono o de fax y a las claves de télex y cables Los Nombres de Dominio son únicos e irrepetibles No da mas derecho que al uso de ese Nombre de Dominio tal y como fue registrado por el tiempo durante el cual el mismo permanezca vigente Registro bajo la modalidad “first come first serve” Naturaleza del ND
En cuanto a su naturaleza • Los Nombres de Dominio son aspectos técnicos que suponen consecuencias jurídicas • Constituyen derechos de USO y nunca de PROPIEDAD
Ejemplos Prácticos • Distintividad • Coexistencia de Marcas y Nombres de Dominio • “First come First serve” • Mercado Secundario de Nombres de Dominio
UDRP Cuando un Nombre de Dominio es idéntico o se presta a confusión por ser similar a una marca sobre la cual el reclamante tiene derechos; El titular no tiene derecho o interés legítimo respecto de ese Nombre de Dominio; Registro de mala fe
Registro de Mala Fe • El ND se ha obtenido con el principal propósito de darlo en venta, arrendarlo, cederlo o en alguna forma traspasarlo al reclamante • El reclamante es el titular del registro de una marca • La oferta se hace a un competidor del titular de la marca • La oferta es por un valor superior a los gastos de registro • El ND ha sido registrado con el propósito de impedir al titular de una marca reflejarla como nombre de dominio
Registro de Mala Fe • El ND ha sido registrado con el propósito de perturbar o interferir en las actividades comerciales de un competidor • Haciendo uso del ND en conflicto se ha intentado atraer en forma indebida un provecho comercial, o tráfico a un Web Site ya sea por actividades parasitarias que se presten a confusión con una marca, que manifiesten o impliquen patrocinio, afiliación o apoyo del reclamante.
Titulares de marcas que se presten a confusión con gTLDs .com .net .org .biz .info .name Titulares de marcas que se presten a confusión con ccTLDs que se hayan adherido .nu .tv .ws .ve .ec .gt Quienes pueden acceder
Pretensión del Reclamante • Cancelación del nombre de dominio en conflicto • Transferencia del nombre de dominio en conflicto
Métodos locales (LDRP) • Previstos por algunos NICs en ejercicio de su autonomía • Chile • Perú • Méjico • Los demás deben regirse por la legislación nacional