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DERECHOS A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL. Derechos Individuales-Colectivos. Empleados Públicos tienen los ss Derechos Individuales que ejercen de forma colectiva (15 y 31): Libertad Sindical (límites LOLS).
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DERECHOS A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL.
Derechos Individuales-Colectivos Empleados Públicos tienen los ss Derechos Individuales que ejercen de forma colectiva (15 y 31): • Libertad Sindical (límites LOLS). • Negociación Colectiva y Participación en determinación Condiciones de Trabajo. • Ejercicio de la Huelga (mantenimiento servicios esenciales). • Planteamiento de Conflictos Colectivos de Trabajo, según legislación aplicable. • Reunión. • Representación. • Participación Institucional. Proceso de Funcionarización
PRINCIPIOS GENERALES Definiciones: • Negociación Colectiva: Derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los Empleados de las AAPPs. • Representación: Facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios de interlocución con las AAPPs. • Participación Institucional: Derecho a participar (organizaciones sindicales) en órganos de control y seguimiento de entidades u organismos que legalmente se determine. Proceso de Funcionarización
PRINCIPIOS GENERALES Organizaciones Sindicales (+ representativas) están legitimadas para Interponer Recursos en Vía Administrativa y Jurisdiccional contra Resoluciones de Órganos de Selección. Ejercicio de Derechos de este Capítulo respetará contenido del EBEP y Leyes de Desarrollo. Procedimientos para determinar las condiciones de trabajo en las AAPPs tendrán en cuenta las previsiones de los Convenios Colectivos y Acuerdos Internacionales. Proceso de Funcionarización
PERSONAL LABORAL Se regirá por la Legislación Laboral, salvo preceptos que expresamente les sean de Aplicación. Proceso de Funcionarización
NEGOCIACIÓN COLECTIVA Principios que Regulan: • Legalidad. • Cobertura Presupuestaria. • Obligatoriedad. • Buena Fe Negocial. • Publicidad. • Transparencia. Reconocimiento a la Capacidad Representativa de las Organizaciones Sindicales. Las AAPPs podrán crear Órganos Técnicos (estrictamente) para: • Desarrollo de las Actividades de Negociación Colectiva. • Previas Instrucciones Políticas. • Ratificación de Acuerdos Alcanzados por Órganos Gobierno o Administrativos competentes Proceso de Funcionarización
MESAS DE NEGOCIACIÓN Negociación Colectiva de Funcionarios Públicos se constituirán Mesas Generales de Negociación en: • La Administración General del Estado. • Las Comunidades Autónomas. • Las Ciudades de Ceuta y Melilla. Competencias MGN-FP: • Negociación de Materias Relacionadas con Condiciones de Trabajo Comunes. Mesas Sectoriales: • Acuerdo de las Mesas Generales de Negociación. • Condiciones Específicas de Trabajo o Sectores concretos de Funcionarios Públicos y su número. Competencias: • Temas comunes a los Funcionarios del Sector que no hayan sido objeto de decisión de la MGN-FP. • Temas Reenviados o Delegados por la MGN-FP. Proceso de Funcionarización
MESAS NEGOCIACIÓN Corporaciones Locales: • Legitimación Negocial a Asociaciones de Municipios y Entidades de ámbito Supramunicipal. • Capacidad de Adhesión de Municipios a Negociación Colectiva. Adhesión a Acuerdos: • AAPP, Entidades Publicas: Se pueden adherir en el ámbito de cada CCAA o en un ámbito Supramunicipal. Apertura Negociación: • Común Acuerdo Partes:Mayoría Representación Sindical + AAPPs. • Ausencia de Acuerdo: En el Plazo máximo de 1 mes desde que Mayoría de una Parte lo promueva (excepto pacto o causa legal lo impida). • Buena Fe Negocial e Información Precisa. Proceso de Funcionarización
MESAS DE NEGOCIACIÓN Constitución Válida MGN: • AAPPs + Organizaciones Sindicales representen, como mínimo, la Mayoría Absoluta de Miembros de Órganos Unitarios de Representación. Designación Componentes: • Partes Negociadoras. • Asesores: Voz, sin Voto. Composición Numérica: Según Normas Desarrollo EBEP, no superior a 15 miembros. Proceso de Funcionarización
MESA GENERAL NEGOCIACION AAPPs Constituye Mesa General de Negociación de las AAPPs (afecta a Funcionarios y Laborales): • Representación Unitaria: Preside AGE, Representantes CCAAs, FEMP y Ceuta y Melilla. • Organizaciones Sindicales (LOLS). Objeto de Negociación: • Incremento Global de Retribuciones del Personal al Servicio de las AAPPs. • Materias (art.37) susceptibles de regulación estatal con carácter de Norma Básica, sin perjuicio de Acuerdos de CCAAs. Proceso de Funcionarización
MESA GENERAL NEGOCIACION AAPPs Constituirán Mesas Generales de Negociación (afecta a Funcionarios y Laborales) en: • La Administración General del Estado. • Las Comunidades Autónomas. • Las Ciudades de Ceuta y Melilla. • Entidades Locales. Criterios de Representación Organizaciones Sindicales (Funcionarios y Laborales): • Idem criterios establecidos en Mesas General Negociación AAPPs. • Organización Sindical con 10% ámbito de representantes Funcionarios o Laborales. Proceso de Funcionarización
MATERIAS Objeto de Negociación: • Ámbito Respectivo. • Competencias de cada AAPP. • Alcance legal que proceda. Las siguientes Materias: • Aplicar Incremento Retribuciones (LPGE y de CCAAs). • Determinar y Aplicar Retribuciones Complementarias (F). • Planes de Previsión Social Complementaria. • Propuestas sobre Derechos Sindicales y Participación. • Establecidas en Normas de Prevención RRLL. • Afecten a Condiciones de Trabajo y Retribuciones de Funcionarios (exigencia legal). • Referidas a Calendario Laboral, Horarios, Jornadas, Vacaciones, Permisos, Movilidad Funcional y Geográfica. Proceso de Funcionarización
MATERIAS (Continuación): • Normas que fijen Criterios Generales en materia de: • Acceso. • Carrera. • Provisión. • Sistemas de Clasificación de Puestos de Trabajo. • Planes e Instrumentos de Planificación de RRHH. • Normas para Fijar Criterios y Mecanismos Generales en Evaluación del Desempeño. • Criterios Generales de: • Planes y Fondos para Formación y Promoción Interna. • Prestaciones Sociales y Pensiones de Clases Pasivas. • Acción Social. • Ofertas de Empleo Público. • Planificación Estratégica de RRHH (aspectos condiciones de trabajo de Empleados Públicos). Proceso de Funcionarización
MATERIAS EXCLUIDAS de la Obligatoriedad de Negociación: • Decisiones de las AAPPs que afecten a sus Potestades de Organización. Si éstas tienen repercusión en Condiciones de Trabajo de los Funcionarios Públicos, procederá negociación con Organizaciones Sindicales. • Regulación Ejercicio Derechos de Ciudadanos y Usuarios. • Procedimiento de Formación de Actos y Disposiciones Administrativas. • Determinación Condiciones de Trabajo de Personal Directivo. • Poderes de Dirección y Control Propios de la Relación Jerárquica. • Regulación y Determinación concreta de: • Sistemas. • Criterios. • Órganos. • Procedimientos de Acceso al Empleo Público. • Procedimientos de Promoción Profesional. Proceso de Funcionarización
PACTOS Y ACUERDOS Mesas de Negociación se podrán concertar Pactos y Acuerdos sobre determinación de condiciones de trabajo de los Funcionarios (en cada ámbito). Pactos: • Materias estrictamente del ámbito competencial del Órgano Administrativo y se aplicarán directamente al personal del mismo. Acuerdos: • Materias competencia de Órganos de Gobierno de las AAPPs. • Validez y Eficacia es necesario Aprobación Expresa y Formal por dichos Órganos. • Si competencia Órganos, Aplicación directa al personal de dicho ámbito. • Podrá requerir derogación o modificación de normativa reglamentaria. • Si tratan sobre materias Reservadas a Ley, su contenido carecerá de Eficacia Directa. El Órgano de Gobierno deberá remitir Proyecto de Ley para su Aprobación por Cortes Generales o Asambleas Legislativas. • Si No se Ratifica un Acuerdo o existe Negativa Expresa para incorporarlo a un Proyecto de Ley, se debe Renegociar las Materias del Acuerdo en el plazo de 1 mes, si así se solicita la mayoría de una de las partes. • Si No se produce Acuerdo, agotados los Procedimientos de Solución Extrajudicial de Conflictos, corresponde a los Órganos de Gobierno de las AAPPs establecer condiciones de trabajo de los Funcionarios (excepciones 11, 12 y 13). Proceso de Funcionarización
PACTOS Y ACUERDOS Pactos y Acuerdos determinarán: • Partes Conciertan. • Ámbito Personal, Funcional, Territorial y Temporal. • Forma, Plazo de Preaviso y Condiciones de Denuncia. • Comisiones Paritarias de Seguimiento: Composición y Funciones. • Vigencia de su contenido y Duración: Se prorrogarán de Año en Año si no media Denuncia Expresa. • Sucesión de Pactos y Acuerdos: Derogan en Integridad, salvo aspectos que se mantengan. • Efectos y Consideración previstos en art. 38.8 EBEP a los Funcionarios y al art. 83 ET para Laborales. Pactos y Acuerdos podrán establecer la Estructura de la Negociación Colectiva y Fijar Reglas para resolver Conflictos de Concurrencia Proceso de Funcionarización
ORGANOS DE REPRESENTACION Delegados de Personal: Unidades de menos de 50 Funcionarios: 1 a 3. Juntas de Personal: Unidades mínimo 50 Funcionarios. Unidades Electorales: Establecimiento se regulará por Estado y CCAA en ámbito de competencias. Junta de Personal compone de número de representantes, en función del Número de Funcionarios de Unidad Electoral, de acuerdo con la siguiente escala (E.T) : • De 50 a 100 funcionarios: 5. • De 101 a 250 funcionarios: 9. • De 251 a 500 funcionarios: 13. • De 501 a 750 funcionarios: 17. • De 751 a 1.000 funcionarios: 21. • De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75. Proceso de Funcionarización
FUNCIONES ORGANOS Juntas de Personal y Delegados de Personal: • Recibir Información, sobre Política de Personal y Datos Evolución de Retribuciones, Evolución Probable del Empleo y Programas de Mejora del Rendimiento. • Emitir informe (solicitud de AAPP) sobre Traslado Total o Parcial de Instalaciones e Implantación o Revisión de Sistemas de Organización y Métodos de Trabajo. • Informados de Sanciones impuestas por Faltas Muy Graves. • Tener conocimiento y Ser Oídos en Establecimiento de Jornada Laboral y Horario de Trabajo, así como en Régimen Vacaciones y Permisos. • Vigilar Cumplimiento de Normas Vigentes en Condiciones de Trabajo, PRL, Seg.Social y Empleo y Ejercer, en su caso, Acciones Legales oportunas ante los organismos competentes. • Colaborar con Administración Conseguir el Establecimiento de Medidas procuren el Mantenimiento e Incremento de la Productividad. Proceso de Funcionarización
GARANTIAS REPRESENTACION • Acceso y Libre Circulación por Dependencias, sin entorpecer Normal Funcionamiento, dentro de Horarios Habituales de Trabajo. • Distribución Libre de Publicaciones: Profesionales y Sindicales. • Audiencia en Expedientes Disciplinarios a que se sometan sus Miembros durante Tiempo de Mandato y durante el año inmediatamente posterior, sin perjuicio de la audiencia al interesado regulada en el procedimiento sancionador. • Crédito de Horas Mensuales dentro de Jornada de Trabajo y Retribuidas, siguiente escala: • Hasta 100 funcionarios: 15. • De 101 a 250 funcionarios: 20. • De 251 a 500 funcionarios: 30. • De 501 a 750 funcionarios: 35. • De 751 en ade lante: 40. Proceso de Funcionarización
GARANTIAS REPRESENTACION • Miembros de Junta de Personal y Delegados de Personal Misma Candidatura: Acumulación de Créditos Horarios. • No ser Trasladados ni Sancionados por causas ejercicio de Mandato, ni durante la vigencia del mismo, ni en el año siguiente a su extinción. • No podrán ser discriminados en Formación ni Promoción Económica o Profesional por desempeño de su Representación. • Observarán Sigilo Profesional en todo lo referente a los asuntos en que la Administración señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato. • Ningún documento Reservado Entregado por AAPP podrá ser utilizado fuera para fines distintos de los que motivaron su entrega. • Mandato: Será de 4años, pudiendo ser reelegidos. Se entiende prorrogado si, a su término, no se hubiesen promovido nuevas elecciones. Proceso de Funcionarización
PROMOCIÓN ELECTORAL • Sindicatos más representativos a nivel estatal. • Sindicatos más representativos a nivel de Comunidad Autónoma, cuando la unidad electoral afectada esté ubicada en su ámbito geográfico. • Sindicatos que, sin ser más representativos, hayan conseguido al menos el 10 % de los representantes a los que se refiere este Estatuto en el conjunto de las Administraciones Públicas. • Sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del 10 % en la unidad electoral en la que se pretende promover las elecciones. • Funcionarios de la unidad electoral, por acuerdo mayoritario. Proceso de Funcionarización
PROCEDIMIENTO ELECTORAL Determinación Reglamentaria con los siguientes Criterios Generales: • Elección por Sufragio Personal, Directo, Libre y Secreto. Emitido por correo u otros medios Telemáticos. • Electores y Elegibles: Funcionarios en Servicio Activo. • Candidaturas: Organizaciones sindicales o Coaliciones y Grupos de Electores (número triple de miembros a elegir). • Juntas Personal: Listas Cerradas y Sistema Proporcional Corregido. • Delegados Personal: Listas Abiertas y Sistema Mayoritario. • Órganos Electorales: Mesas Electorales. • Impugnaciones: Procedimiento Arbitral (excepciones) Proceso de Funcionarización
SOLUCIONES EXTRAJUDICIALES • AAPP y Organizaciones Sindicales podrán acordar la Creación, Configuración y Desarrollo de Sistemas de Solución Extrajudicial de Conflictos Colectivos. • Conflictos derivados de Negociación, Aplicación e Interpretación de Pactos y Acuerdos (art.37), salvo materias reservadas a Ley. • Sistemas podrán estar Integrados por Procedimientos de Mediación y Arbitraje. • Mediación: Obligatoria si lo solicita una de las Partes y las Propuestas de Solución de los Mediadores podrán ser libremente Aceptadas o Rechazadas. • Arbitraje: Partes acuerdan voluntariamente encomendar a un Tercero la resolución del Conflicto, comprometiéndose a aceptar el contenido del Arbitraje. Proceso de Funcionarización
DERECHO DE REUNIÓN Legitimados: Organizaciones Sindicales (Delegados Sindicales). • Delegados de Personal. • Juntas de Personal. • Comités de Empresa. • Empleados Públicos (no inferior al 40%). Se autorizarán Fuera de las Horas de Trabajo, salvo acuerdo. Celebración de Reuniones no perjudicará la prestación de los servicios y los convocantes de la misma serán responsables de su normal desarrollo. Proceso de Funcionarización