1 / 16

DECRETO 213/1995, de 12 de septiembre, por el que se regulan los EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA

DECRETO 213/1995, de 12 de septiembre, por el que se regulan los EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA. B.O.J.A. de 29/11/95. y ORDEN de 7 de julio de 2003 por la que se establece el procedimiento para el nombramiento de los Coordinadores y Coordinadoras de los Equipos de Orientación Educativa.

wattan
Download Presentation

DECRETO 213/1995, de 12 de septiembre, por el que se regulan los EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. DECRETO 213/1995, de 12 de septiembre, por el que se regulan los EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA B.O.J.A. de 29/11/95 y ORDEN de 7 de julio de 2003 por la que se establece el procedimiento para el nombramiento de los Coordinadores y Coordinadoras de los Equipos de Orientación Educativa B.O.J.A de 1-08-03 Deroga al Decreto 238/1983, de 23 de noviembre, por el que se creaban los Equipos de Promoción y Orientación Educativa

  2. Equipo multiprofesional: psicólogos, pedagogos, médicos, maestros y trabajadores sociales. EE.OO.EE Composición UNIDADES BÁSICAS DE ORIENTACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Funciones Especializadas en las áreas de orientación educativa Atención a Alumnos con n.e.e. Actuación Zonal: en el conjunto de Centros de una zona educativa Compensación Educativa y Apoyo a la Función Tutorial del profesorado • Criterios de Zonificación: • Nº. Total de alumnos en cada etapa educativa. • Características geográficas. • Características Socioeducativas más relevantes

  3. FUNCIONES GENERALES ESPECIALIZADAS PROPIAS DE CADA UNA DE LAS ÁREAS y ÁMBITOS DE TRABAJO A DESARROLLAR EN CADA UNO DE LOS CENTROS DE LA ZONA EDUCATIVA DE REFERENCIA

  4. FUNCIONES GENERALES ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO DE CENTRO Y P.C.C., EN LOS ASPECTOS MÁS LIGADOS A LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. ASESORAR A LOS CENTROS EN EL DISEÑO DE PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN, TANTO DEL APRENDIZAJE DE LOS ALUMNOS COMO DE LOS PROCESOS DE ENSEÑÁNZA ASESORAR AL PROFESORADO APOYO Y ASESORAMIENTO DEL PROFESORADO DE LA ZONA, EN EL ÁMBITO DE LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA. COLABORAR CON LOS C.E.P.s. Y Aulas de Extensión • ATENDER LAS DEMANDAS DE EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA DE LOS ALUMNOS. • PROPONER LA MODALIDAD DE ESCOLARIZACIÓN MÁS ADECUADA EN CADA CASO.

  5. FUNCIONES GENERALES • TRATAMIENTO EDUCATIVO DE LA DIVERSIDAD (aptitudes, intereses y motivaciones). • COLABORAR EN LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS OPORTUNAS. ASESORAR AL PROFESORADO DISEÑO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS DE REFUERZO, ADAPTACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR. PARTICIPAR A LAS FAMILIAS, PARTICIPANDO EN EL DISEÑO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE PADRES. ASESORAR ELABORAR, ADAPTAR Y DIVULGAR MATERIALES E INSTRUMENTOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA E INTERVENCIÓN PSICOPEDAGÓGICA, QUE SEAN ÚTILES PARA EL PROFESORADO

  6. FUNCIONES ESPECIALIZADAS POR ÁREAS Y ÁMBITOS Ámbito de Orientación y Acción Tutorial Ámbito de Atención a la Diversidad Área de Apoyo a la Función Tutorial del Profesorado Área de Orientación Vocacional y Profesional Área de Atención a las N.E.E. Área de la Compensación Educativa

  7. ÁREA DE APOYO A LA FUNCIÓN TUTORIAL DEL PROFESORADO FUNCIONES ACTUACIONES • Asistir técnicamente a los Tutores, facilitándoles técnicas, instrumentos y materiales para el desarrollo de su función. • Asesorar a los profesores en la prevención y tratamiento de las dificultades de aprendizaje. • Facilitar elementos de soporte para la actividad docente y tutorial, facilitando materiales, técnicas e instrumentos didácticos, especialmente para el refuerzo educativo y adaptación curricular. • Cooperar en la mejora de los procesos de enseñanza – aprendizaje: participación en la planificación de actividades docentes en aspectos como la organización del aula, agrupamientos del alumnado, diseño de actividades de refuerzo, adaptaciones curriculares, técnicas de estudio e integración social de los alumnos en el grupo. • Orientar y guiar el aprendizaje de los alumnos. • Ayudarles a superar dificultades. • Desarrollar habilidades de mejora del estudio a través de la función tutorial. • Programas y actuaciones de orientación familiar. • Actuaciones de Educación para la Salud, Educación en Valores y Educación para la Igualdad entre los Sexos.

  8. ÁREA DE ORIENTACIÓN VOCACIONAL Y PROFESIONAL FUNCIONES ACTUACIONES finalidad • Colaborar con los Tutores en la elaboración, aplicación y evaluación de programas de orientación vocacional integrados en el currículo. • Colaborar en el desarrollo de actuaciones para favorecer la transición a otra etapa educativa o al mundo laboral. • Facilitar al profesorado, alumnos y sus padres, información de carácter académica y profesional. • Elaborar, adaptar y difundir programas, documentos y materiales para la orientación vocacional y profesional de los alumnos. • Colaborar con los Dtos. De Orientación en la aplicación de Programas de Orientación Educativa y Profesional. • Favorecer la madurez vocacional de los alumnos. • Favorecer en ellos una toma de decisiones coherentes y realistas. • Favorecer su transición a otras etapas educativas y al mundo laboral.

  9. ÁREA DE ATENCIÓN A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ACTUACIONES FUNCIONES finalidad • Realizar la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización. • Asesorar a los profesores y padres sobre la atención educativa que precise el alumno. • Asesorar a los profesores en la elaboración, aplicación y evaluación de las A.C.I. • Atención directa al alumnado con dificultades de tipo cognitivo, de desarrollo de la comunicación oral y escrita, problemas motóricos o dificultades generalizadas de aprendizaje, que requieran intervención especializada a juicio del E.O.E. • Elaborar, adaptar, distribuir y divulgar materiales e instrumentos psicopedagógicos útiles para la atención a los alumnos con n.e.e. • Planificar y desarrollar acciones educativas para la prevención y atención temprana de los niños con n.e.e. • Dirigidas a alumnos con algún tipo de discapacidad sensorial, motórica, psíquica o alteraciones graves del desarrollo. • Dirigidas a alumnos con sobredotación intelectual.

  10. ÁREA DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA ACTUACIONES FUNCIONES finalidad • Impulsar y coordinar las actuaciones y programas de compensación, de carácter externo o institucional, que se desarrollen en su zona, promovidas por la C.E.C.J.A. • Asesorar a los profesores en el diseño y aplicación de estrategias, técnicas y programas específicos de compensación educativa, integrados en el P.C.C. • Asesorar a los Centros en el análisis de la situación de riesgo o desventaja en que determinados grupos de alumnos pudieran encontrarse y proponer las actuaciones pedagógicas concretas, de carácter compensador, que se consideren pertinentes. • Participar en el diseño y desarrollo de P.G.S. Para los alumnos que lo precisen, en colaboración con los Equipos Docentes y Departamentos de Orientación de los Centros. • Dirigidas a alumnos que, por razones sociales, económicas o geográficas, tengan dificultades para una progresión normal en su proceso de aprendizaje.

  11. Equipos Especializados con demarcación Provincial • Podrán crearse cuando las necesidades específicas lo demanden. • Para la atención a alumnos con minusvalías o disfunciones específicas. • Dependerán del correspondiente Coordinador del Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional. • Se coordinarán con los E.E.O.O.E.E.

  12. COORDINACIÓN EXTERNA Y PLANIFICACIÓN • En su zona, se coordinarán con los Servicios de las Delegaciones de trabajo, Asuntos Sociales y Salud, en el ámbito de sus respectivas competencias. • Adoptarán como criterios para la planificación y desarrollo de sus actuaciones: • Elaboración de Programas integrados en los Proyectos de Centro. • Prevención y anticipación a la aparición de problemas. • Trabajo en Equipo. • Los Programas de Intervención deberán responder a: • Necesidades manifestadas por el profesorado de la zona. • Necesidades detectadas por los propios Equipos. • Requerimiento específico realizado por la Administración.

  13. COORDINADOR DEL E.O.E. Funciones • Impulsar y dinamizar el trabajo en equipo de los distintos profesionales. • Dirigir y coordinar todas las Actividades del Equipo. • Convocar y presidir las reuniones que se programen. • Gestionar los recursos que se le asignen. • Coordinar la elaboración, desarrollo y evaluación del PLAN DE TRABAJO ANUAL Y MEMORIA FINAL DE CURSO. • Facilitar la adecuada coordinación con la Inspección Educativa y CEP de su zona. • Facilitar la coordinación con las instituciones del entorno. • Cualquier otra función, relacionada con las funciones de los E.O.E., que le encomiende la Administración Educativa. Nombrado por el Delegado Provincial de Educación. Por un período de 3 años. Mediante procedimiento que establezca la C.E.C.J.A.: tendrá en cuenta la participación de los miembros de los E.O.E.

  14. ORDEN de 7 de julio de 2003, por la que se establece el procedimiento para el nombramiento de los Coordinadores y Coordinadoras de los Equipos de Orientación Educativa. B.O.J.A de 1-08-03 • Artículo 14 del Decreto 213/1995 • Decreto 39/2003, de 18 de febrero Normativa BÁSICA Nombramiento. • Por el titular de la Delegación Provincial. • Por un período de 3 años. • A propuesta del Coordinador Provincial del Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional • Oído dicho Equipo de Orientación Educativa

  15. ORDEN de 7 de julio de 2003 CAUSAS DE CESE DEL COORDINADOR • Al término del período para el que fue nombrado. • Renuncia motivada, aceptada por titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia que corresponda, previo informe del Coordinador Provincial del Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional. • Incapacidad física o psíquica sobrevenida. • Revocación motivada, acordada por la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia que corresponda, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo, previa audiencia al interesado.

  16. Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional Funciones • Colaborar con los servicios de la C.E.C.J.A. En la planificación, desarrollo y evaluación, de las actuaciones de los EE.OO.EE. Y Departamentos de Orientación. • Impulsar y Coordinar las actuaciones de los EE.OO.EE. De la Provincia en las diferentes Áreas de Trabajo y de los Departamentos de Orientación, posibilitando el intercambio de experiencias y la elaboración de materiales y documentos de orientación educativa e intervención psicopedagógica. • Proponer planes de formación permanente para los profesionales de los EE.OO.EE. Y Dtos. De Orientación, en el marco del Plan Provincial de Formación Permanente del Profesorado, y colaborar en su desarrollo y evaluación. • Determinar las líneas de actuación prioritarias de la provincia, de acuerdo con las directrices de la C.E.C.J.A. • Colaborar con los Servicios de la C.E.C.J.A. En los relativo a la planificación educativa de los medios y recursos necesarios para la atención a la diversidad de los alumnos, particularmente en el área de las n.e.e. Y de la compensación educativa.

More Related