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Nuevo Decreto 734 de 2012: Aspectos particulares. Jorge Hernán Beltrán Pardo Abogado UR Consultor en materia contractual y administrativa asesoreslicitaciones@hotmail.com Twitter : @ jorgehbeltranp Cel : 321-215-01-26. Consideraciones generales introductorias. Marco normativo vigente
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Nuevo Decreto 734 de 2012: Aspectos particulares Jorge Hernán Beltrán Pardo Abogado UR Consultor en materia contractual y administrativa asesoreslicitaciones@hotmail.com Twitter: @jorgehbeltranp Cel: 321-215-01-26
Consideraciones generales introductorias Marco normativo vigente Finalidad Estructura Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Egcap Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Egcap Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Marco Normativo Vigente del EGCAP Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Marco Normativo Vigente del EGCAP Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Marco Normativo Vigente del EGCAP Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Marco Normativo Vigente del EGCAP Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Normas Inexequibles Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Registro único de proponentes – Rup Generalidades Cambios antitrámites Reglamentación Decreto 734 de 2012 Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Decreto Ley 222 de 1983 Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Ley 80 de 1993 Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Ley 80 de 1993 Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Ley 80 de 1993 Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
RUP Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Quiénes se deben inscribir? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Quién no se inscribe? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Para qué tipo de contratos no se exige RUP? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Cómo se inscribe el proponente? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Cómo verifica la cámara las condiciones habilitantes? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
No se registra cuando… Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿El RUP tiene alguna otra información distinta a la que inscribe el proponente? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Se puede controvertir un registro? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
¿Qué contiene el RUP? Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Calificación Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Capacidad jurídica Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Experiencia: probable Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Experiencia: Probable equivalencias Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Experiencia: Acreditada Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Capacidad financiera Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Capacidad financiera Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Capacidad de organización Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Clasificación Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
DEBERES ENTIDADES PUBLICAS Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
DEBERES ENTIDADES PUBLICAS Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Etapa precontractual Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Evaluación precontractual Registro Único de Proponentes Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Etapa contractual 2 multas y 1 incumplimiento Se reporta al RUP y genera inhabilidad a partir de la inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, la cual se debe hacer explícita en el texto del certificado. Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Reporte de Información de ejecución contractual Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Regímenes Excepcionales (Derecho Privado) Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Régimen de transición RUP Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Régimen de transición RUP “Por lo anterior, y teniendo en cuenta que el artículo 6.1.3.4 establece un periodo máximo de cuatro meses y quince días para los trámites de elaboración y aprobación de los formularios y certificados del Registro Único de Proponentes, y su adaptación tecnológica a los sistemas que administran las cámaras de comercio, durante este término o antes si las mencionadas gestiones culminaran con anterioridad, las Entidades Públicas deberán seguir haciendo las exigencias relativas a la clasificación del proponente de manera acorde con lo establecido en el Decreto 1464 de 2010 para los proponentes que aun no se hayan ajustado a la nueva reglamentación, tal y como lo dispone el artículo transitorio transcrito, y para los proponentes que se hayan ajustado a las nuevas disposiciones contenidas en el Decreto 734 de 2012, deberá hacerse la exigencia de acuerdo al CIIU. Ahora bien, para la verificación de los requisitos habilitantes previstos en el Decreto (experiencia probable, experiencia acreditada, capacidad financiera, capacidad jurídica y capacidad de organización) las entidades públicas deberán tomar la información que conste en el Rup y deberán verificar aquella que no se encuentre en el certificado expedido bajo las reglas del decreto 1464 de 2010.” Concepto DNP del 17 de mayo de 2012 Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Modalidades de selección Licitación Pública Selección Abreviada Concurso de Méritos Contratación Directa Mínima Cuantía Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Publicidad del Proceso Contratación Pública Electrónica Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Publicidad del Proceso Contratación Pública Electrónica Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Publicidad del Proceso Contratación Pública Electrónica Aviso en diarios de amplia circulación Sice Boletines Cámara de Comercio Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo
Aviso de Convocatoria Nuevo marco normativo – Jorge Hernán Beltrán Pardo