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SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO, EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN. PRESENTA. SEMINARIO –TALLER “EQUIDAD Y DIGNIDAD DE LA MUJER TRABAJADORA” Responsabilidad en la transformación social justa para el género. LA UNION ES IMPORTANTE. ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES MENDOZA 2004.
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SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO, EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PRESENTA
SEMINARIO –TALLER “EQUIDAD Y DIGNIDAD DE LA MUJER TRABAJADORA” Responsabilidad en la transformación social justa para el género
LA UNION ES IMPORTANTE ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES MENDOZA 2004
HACER LOS DERECHOS REALIDAD ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES MENDOZA 2004
CUANDO LA PARTICIPACION LLAMA ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES JUJUY 2006
LOS DERECHOS DE LA MUJER • Los derechos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. • La plena participación, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional. (Declaración y Programa de acción de Viena Parte I párrafo 18)
SITUACION JURÍDICA • Los derechos de la mujer son parte de los derechos humanos. • La discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana. • Esto dificulta la participación de la mujer en la misma condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de un país . LOS DERECHOS EXISTEN PARA SER EJERCIDOS
ADOPTADA Y ABIERTA A LA FIRMA Y RATIFICACIÓN, O ADHESIÓN POR LA ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS EN SU RESOLUCION 34/180 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1979. • ENTRADA EN VIGOR EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 1981
ASPECTOS SOBRESALIENTES DE LA CONVENCIÓN • Reconocer que la máxima participación de la mujer en todas las esferas, en igualdad de condiciones con el hombre es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz. • Tener presente el gran aporte de la mujer al bienestar de la familia y al desarrollo de la sociedad, hasta ahora no plenamente reconocido, la importancia social de la maternidad y la función tanto del padre como de la madre en la familia y en la educación de lo hijos. • Reconocer que para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario modificar el papel tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad como en la familia.
A los efectos de esta convención se entiende porDISCRIMINACION CONTRA LA MUJER Toda distinción , exclusión o restricción, basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y de la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social ,cultural y civil o en cualquier otra esfera
PROYECTO DE LEY DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DE LA VIOLENCIA LABORAL Y DEL ACOSO SEXUAL LABORAL SITUACION A NIVEL NACIONAL
En el mes de noviembre de 2007 en diario de sesiones ordinarias de la Comisión de Legislación del Trabajo , por orden del día Nº 3242, sale el dictamen favorable de los proyectos presentados por los diputados/as de diferentes partidos políticos. • El 28 de noviembre de 2007 sale la comunicación de la Cámara de Diputados al Señor Presidente del H. Senado de la Nación • Comunicándole que esa H. Cámara ha sancionado el proyecto de ley.
Proyecto de ley nacional de prevención y sanción de la violencia laboral y del acoso sexual laboral ( 1)ASPECTOS FUNDAMENTALES • El régimen es aplicable a todo tipo de relación laboral en el ámbito privado y/o cuando resulte compatible en el ámbito Publico, quedando comprendido el personal permanente, transitorio o contratado en cualquiera de los poderes del Estado nacional , los organismos o reparticiones pertenecientes a la repartición pública, descentralizada o centraliza y todo otro organismo del estado nacional.
Ley de prevención y sanción de la violencia laboral y del acoso sexual laboral ( 2)ASPECTOS FUNDAMENTALES • El art 2 del Proyecto dice que se entiende por Violencia Laboral cuando una persona o grupo de personas ejercen una violencia psicológica de forma sistemática y recurrente sobre un trabajador/a en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y/o lograr que el trabajador/a abandone el lugar de trabajo
Ley de prevención y sanción de la violencia laboral y del acoso sexual laboral ( 2.1)ASPECTOS FUNDAMENTALES • Art. 2 ( continuación) se incluye toda acción que tenga por objeto intimidar, apocar, reducir, menospreciar, amedrentar y/o perturbar emocional e intelectualmente a la victima, con vistas a eliminarlas del puesto de trabajo o de satisfacer la necesidad de agredir, controlar y destruir del hostigador
Ley de prevención y sanción de la violencia laboral y del acoso sexual laboral (3) El art.4 dispone que el Poder Ejecutivo deberá implementar una campaña de difusión y CAPACITACIÓN para que toda relación laboral, sea ésta pública o privada, el empleador mantenga, en los lugares de trabajo, las condiciones adecuadas para evitar situaciones de violencia laboral o acoso sexual
SITUACION EN LA PROVINCIA DE SANTA FELEY Nº 12.434 SOBRE VIOLENCIA LABORAL
Promulgada el 7 de julio de 2005 • Publicada en el Boletín Oficial el 4 de agosto • de 2005. • El 14 de junio de 2007 se dicto el decreto • reglamentario.
Para la ley es VIOLENCIA LABORAL: toda conducta activa u omisiva, ejercida en el ámbito laboral por funcionarios/as o empleados/as públicos/as , que valiéndosede su posición jerárquica o de circunstancias vinculadas con su función, constituyen un manifiesto abuso de poder, materializado mediante amenaza, intimidación, inequidad salarial fundada en razones de genero, acoso, maltrato físico, psicológico o social u ofensa que atente contra la legitimidad, integridad física, sexual, psicológica o social del trabajador/a
OBJETIVO • Prevenir, controlar y sancionar la violencia laboral y brindar protección a los y las trabajadoras damnificadas, los/as denunciantes/ testigos de los actos que la configuran.
EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY PROVINCIAL La norma es de aplicación en toda la administración pública provincial central y descentralizada, sus entidades autárquicas, empresas o sociedades del Estado; de economía mixta o con participaciones total mayoritaria en el ámbito de la administración publica municipal y comunal central y organismos descentralizados. Entes autárquicos empresas o sociedades del estado, poder judicial y legislativo de la provincia; así como toda otra entidad u organismo del estado provincial, municipal y comunal.
SITUACION A NIVEL MUNICIPAL ORDENANZA MUNICIPAL Nº 7.899 (Llamada Ordenanza Rossi) Sancionada el 22 de setiembre de 2005 Reglamentada por el D. E. mediante Decreto Nº 1840 de 2006
ASPECTOS SOBRESALIENTESDE LA ORDENANZA (1) • Art 10 “El D. E., procederá a organizar e implementar : • A) Programas y campañas de difusión e información sobre violencia laboral, dando a conocer a los trabajadores/as la presente Ordenanza, exhibiendo en lugares públicos y visibles su contenido dentro de los establecimientos.
ASPECTOS SOBRESALIENTESDE LA ORDENANZA (2) • Inc. B) • Programas de educación, capacitación y formación dirigidos a los trabajadores/as, representantes sindicales y personal jerárquico sobre la prevención de la violencia laboral, formas de resolver conflictos, modos de relacionarse con los compañeros/as, superiores y subalternos/as , maneras de mejorar sus conductas sociales y todo otro proceso de formación o terapéutico que los/as lleve a una mejor relacióndentro de su ámbito laboral
ASPECTOS SOBRESALIENTESDE LA ORDENANZA (3) • y toda otra forma que considere oportuna para establecer un clima de trabajo adecuado, con el objeto de preservar la integridad psicofísica de todos los trabajadores/as. Para ello deberá requerir la asistencia de las áreas especializadas en capacitación, salud laboral , salud mental u otras afines a esta problemática.
OBJETIVOS • PREVENIR • CONTROLAR • SANCIONAR • Y ERRADICAR • LA VIOLENCIA LABORAL en el ámbito de la Administración Pública Municipal.
DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1840 del 17/08/2006 • Art 2º: El funcionario que reciba la denuncia deberá elevarla en el término de cuarenta y ocho horas (48) a la Dirección General de Investigaciones Administrativas. • Art 3º: El Director General de I. A debe realizar una investigación y emitir en el término de treinta (30) días hábiles un dictámen fundado aconsejando la instrucción de sumario administrativo o el archivo de las actuaciones.
Reunión de expertos para elaborar recomendaciones prácticas sobre la violencia y el stress en el trabajo en el sector de los servicios : una amenaza para la PRODUCTIVIDAD Y EL TRABAJO DECENTE Entre los expertos designados por los gobiernos estuvo el argentino: Sr. Carlos.M. ALDAO-ZAPIOLA- de la Comisión Recursos Humanos, Director de Relaciones y Comunicación Unión Industrial Argentina
...y ahora, Reflexionemos : ¿qué es Violencia?.
LA VIOLENCIA (del Latinviolentia) • Es un comportamiento deliberado que resulta, o puede resultar, en daños físicos o psicológicos a otros seres humanos • Algunas formas de violencia son sancionadas por la ley o la sociedad • Se considera violento/a a la persona irrazonable, que se niega a dialogar y se obstina en actuar • Suele ser de carácter dominantemente egoísta
DEFINICION SEGÚN LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA Es acción violenta o contra el natural modo de proceder. “La violencia es un desvío” Los seres humanos necesitamos reencausar nuestra actitud hacia lugares más nobles Algunos toman conciencia del esfuerzo que ello requiere, darse cuenta y darse tiempo Otros/as necesitan ayuda
Nos comportamos en forma violenta cuando golpeamos pero también cuando gritamos, nos burlamos, menospreciamos, descalificamos a otros/as. "La violencia empobrece la vida de las personas y de las organizaciones"
TÉRMINOS QUE HACEN A LA VIOLENCIA (1) • agresor-a : toda persona que exprese un comportamiento violento en el lugar de trabajo. • agredido-a o víctima: toda persona que recibe un comportamiento violento en el lugar de trabajo. • abuso: hacer objeto de trato deshonesto a una persona de menor experiencia, fuerza, poder,etc. • lenguaje corporal agresivo: posturas, gestos que indica intimidación, desprecio o desdén.
acoso:intimidar, apocar, reducir, someter, amilanar, aplanar, amedrentar y consumir, emocional e intelectualmente a la víctima. Este término remite a las “acusaciones” cuyo papel es central en los comportamientos de mobbing. • conflicto: refiere a una situación en la que dos personas no están de acuerdo con la forma de actuar de una de ellas, o con que una de ellas tome las decisiones • hostigamiento o BULLYNG: se define como un comportamiento prolongado de insulto verbal, rechazo social, intimidación psicológica y/o agresión física de un/os niño/a hacia otro que se convierte en víctima. • maltrato psíquico: hostilidad reiterada y continua • intimidación: es el trato desfavorable que reiteradamente recibe una persona por parte de otra u otras, y que puede considerarse como una costumbre inaceptable o inadecuada
Maltrato psíquico y social • Maltrato físico • Acoso o “MOBBING”o psicoterror laboral • Acoso sexual