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“FONDO DE GARANTÍAS” La Paz, Agosto de 2011

“FONDO DE GARANTÍAS” La Paz, Agosto de 2011. Antecedentes.

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“FONDO DE GARANTÍAS” La Paz, Agosto de 2011

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Presentation Transcript


  1. “FONDO DE GARANTÍAS” La Paz, Agosto de 2011

  2. Antecedentes • La actual política nacional se encuentra orientada a promover el desarrollo del sector productivo, en el marco de una economía plural, donde las micro y pequeñas unidades productivitas (MyPu Productivas), urbanas y rurales, se convierten en actores importantes. • Se ha identificado como necesidad, mejorar el apoyo financiero otorgado a las MyPu Productivas; y al Fondo de Garantía (FG), como uno de los mecanismos que puede facilitar el acceso de éstos al financiamiento. • El Fondo de Garantía FG esta orientado a resolver las barreras de acceso al crédito de estos sectores, como ser: • La falta de garantías tradicionalmente exigidas por el Sistema Financiero. • Las condiciones de crédito (plazos cortos y altas tasas de interés), no compatibles con los planes de inversión y los ciclos productivos. • El limitado conocimiento e información sobre estos sectores. • La pertenencia a grupos considerados riesgosos y marginados. • Ubicación geográfica y accesibilidad. 

  3. FIDEICOMISO FONDO DE GARANTÍAS • Finalidad del Fideicomiso Fondo de Garantías: Otorgar Garantías a nivel nacional, a las Entidades Financieras Elegibles EFE, con el fin que éstas a su vez, respalden parcialmente el saldo deudor a capital de los créditos otorgados a las MyPU Productivas. • Destino de Garantía: El destino es garantizar créditos para capital de operaciones y/o capital de inversiones para actividades productivas o de transformación, comercialización y servicios, siempre y cuando estas dos últimas estén relacionadas con actividades productivas o de transformación. • Actividades Económicas a ser Garantizadas • Producción Primaria • Transformación • Comercialización • Servicios • Infraestructura Productiva

  4. ESTRUCTURA DEL FIDEICOMISO FONDO DE GARANTÍAS

  5. OTRAS CARACTERISTICAS FIDEICOMISO FONDO DE GARANTÍAS • Elegibilidad de la Entidad Financiera: La Entidad Financiera debe tener la calidad de elegible (EFE) para poder participar del FG. Debe cumplir con requisitos mínimos: • La existencia de Licencia de Funcionamiento o de Certificado de adecuación de la ASFI; • Autorización expresa para participar del FG; • Informes favorables de legal y Riesgos del FG • Límite de Garantía (LG):Es el monto definido y asignado a la EFE dentro del cual ésta puede solicitar garantías. • Fianzas Individuales: La garantía se instrumentarán a través de Fianzas Individuales, emitidas por el Fideicomiso a partir de los datos proporcionados por la misma EFE a través del portal del FG.

  6. CONDICIONES DE OTORGAMIENTO DE GARANTÍAS • Plazo Máximo de las Garantías.- El plazo máximo de las operaciones de financiamiento garantizadas estará en función del destino de los créditos: • Capital de operación hasta tres (3) años. • Capital de inversiones hasta siete (7) años. • Tasa de Cobertura.- La tasa de cobertura es hasta el cincuenta por ciento (50%) del saldo deudor de capital de la operación de financiamiento. • Monto Máximo.- El monto máximo de las operaciones de financiamiento otorgadas por las EFE y que pueden ser garantizadas por el FG será de Trescientos Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos (Bs. 350.000.-) El monto máximo a ser garantizado por el FG es de Ciento Setenta y Cinco Mil 00/100 Bolivianos (Bs. 175.000- )

  7. OPERATIVA FIDEICOMISO FONDO DE GARANTÍAS

  8. OPERATIVA DEL FG: PROCESO DE SOLICITUD DEL LG

  9. DOCUMENTACION LEGAL PARA ESTABLECER LA ELEGIBLILIDAD • Resolución de Directorio o instancia equivalente que autorice la participación en el Fondo de garantías y la suscripción de los contratos. • Fotocopia Licencia de Funcionamiento ó Certificado de Adecuación. • Copias de los documento de constitución y sus correspondientes modificaciones. • Copia de los Estatutos Sociales. • Copia del Poder del Representante Legal. • Fotocopia de las Políticas de Créditos y Reglamento de Créditos. • Organigrama institucional. • Fotocopia simple del Número de Identificación Tributaria - NIT. • Copia de los Informes Financieros Auditados de las tres últimas gestiones. • Copia del Informe de Calificación emitida por las Calificadoras de Riesgo de las tres últimas gestiones, cuando corresponda.

  10. DOCUMENTACION PARA ESTABLECER LA ELEGIBILIDAD • Información estadística de los últimos doce meses Estado de Situación Patrimonial de la entidad financiera, conteniendo la siguiente desagregación: • Cartera vigente, vencida y en ejecución (incluyendo carteras reprogramadas y reestructuradas) • Previsiones por incobrabilidad de cartera de acuerdo a la desagregación de cartera. • Resultado Neto de Gestión. • Información estadística de su cartera de créditos conteniendo la siguiente desagregación: • Desagregación de cartera de acuerdo a tipo de crédito, destino de crédito por actividad económica y departamento, estratificación de crédito por monto, por tecnología crediticia (banca comunal, grupos solidarios, créditos individuales, créditos asociativos) • Cobertura de Red de Agencias en el área rural y urbana por departamento, cuando corresponda.

  11. CONTRATO MARCO DE PARTICIPACIÓN • Objeto: Establecer las condiciones de participación de la EFE en el Fideicomiso FG y el uso del LG asignado y de las garantías otorgadas, determinando al mismo tiempo los derechos y las obligaciones de la EFE y del Fideicomiso FG. • Partes: El contrato debe ser aprobado y suscrito por : • a) BDP como Fiduciario • b) EFE como Participante. • Anexos: Los anexos de este contrato serán: • a) Glosario y Abreviaciones • b) Subrogación de Cartera • c) Contrato de Uso del Portal • d) Contrato de Servicio de Cobranza • e) Reglamento Operativo • Observaciones: Es contrato debe ser suscrito ante notaría de fe pública.

  12. CONTENIDO DEL CONTRATO MARCO DE PARTICIPACIÓN • Resumen del Contenido • El Contrato Marco contiene principalmente: • Generalidades del Fideicomiso Fondo de Garantías. • Vigencia del Contrato (Indefinido) • Asignación del LG y habilitación. • Condiciones de Cobertura del Fideicomiso. • Instrumentación de la garantía (Fianza Individual). • Características Generales de las Operaciones de Financiamiento de las EFE a la MIPYMES Productivas. • Obligaciones del BDP y de la EFE. • Riesgo Crediticio. • Pago de la Garantía. • Causales de rechazo de la solicitud de pago. • Subrogación de parte del Fideicomiso de la Cartera Garantizada. • Recuperación de la cartera en mora y servicio de cobranza. • Comisiones por unos de la Garantía. • Extinción de la Garantía.

  13. OPERATIVA DEL FG: PROCESO DE SOLICITUD DE LA GARANTÍA MyPU PRODUCTIVA

  14. SOLICITUD DE LA GARANTÍA • La EFE podrá solicitar garantías para sus operaciones de financiamiento mediante: • el Portal del Fideicomiso, siempre y cuando la EFE esté conectada en línea con el Fideicomiso; o • el envío de correo electrónico, cuando la EFE no cuente con un adecuado servicio de Internet que le permita usar el anterior mecanismo. • En ambos casos, la EFE podrá remitir solicitudes individuales o en lote. • La EFE, al momento de solicitar la cobertura de las garantías emitidas por el Fideicomiso, con calidad de declaración jurada, debe registrar la información cifrada de las operaciones financieras que son otorgadas a las MyPU Productivas. • Los formatos usados, para solicitar garantías, son los correspondientes a los usados en el sistema CIRC de la ASFI

  15. RIESGO CREDITICIO • Corresponde a la EFE realizar la correcta evaluación de: • Riesgo, • Solvencia de sus clientes, • Capacidad de pago, • Viabilidad de su actividad productiva, • La EFE debe verificar las fuentes de repago del financiamiento y de realizar el control y seguimiento de la operación de financiamiento, de acuerdo a sus políticas, reglamentos y procedimientos internos de la EFE. • La EFE debe cumplir tanto con su normativa interna respecto al análisis y evaluación del riesgo crediticio, como con las regulaciones de la ASFI emitidas al respecto.

  16. FIANZA INDIVIDUAL • La garantía del Fideicomiso será instrumentada e individualizada a través de una “Fianza Individual” FI, emitida por el Fiduciario con cargo al Patrimonio Autónomo Fiduciario. • La FI tendrá los datos necesarios para la individualización de la garantía y la operación de financiamiento otorgado por la EFE a favor de la MyPU Productiva, así como el monto de la garantía otorgada. • La FI constituye un documento de reconocimiento unilateral de obligación de parte del Fideicomiso que permite cubrir parcialmente el saldo deudor de capital de una operación de financiamiento otorgada por la EFE a la MyPU Productiva.

  17. COMISIÓN POR USO DE LA GARANTÍA • Comisión de Uso de la Garantía.- Como contraprestación la garantía otorgado por el Fideicomiso se cobrará una “Comisión de Uso de Garantía” de manera anual sobre el saldo de capital de la operación de financiamiento garantizada. • Moneda.- Será en moneda nacional y calculada desde la fecha de emisión de la Fianza Individual. • Pago de la Comisión.- La Comisión debe ser pagada por la EFE de manera anual y anticipada durante toda la vigencia de la Garantía. • La EFE, actuará como Agente de Retención para efectos fiscales, toda vez que el Fideicomiso no cuenta con personalidad jurídica propia. • No se realizará devolución de la Comisión de uso de Garantías si la operación financiera garantizada es pagada en su totalidad con anticipación. • La mora en el pago de las comisiones por parte de la EFE por un periodo mayor a treinta (30) días calendario producirá la extinción automática de la Fianza Individual.

  18. OPERATIVA DEL FG: PROCESO DE SOLICITUD DE PAGO DE LA GARANTÍA MyPU PRODUCTIVA

  19. RECHAZO DEL PAGO El FG podrá rechazar la solicitud de pago en los siguientes casos: • Cuando la MyPU Productiva no se constituya en sujeto de garantía. • Cuando exista inconsistencia en la información remitida para el pago de la garantía, el documento de Fianza Individual, el Contrato de Financiamiento. • Cuando el documento de Fianza Individual no se encuentre vigente. • Cuando la EFE no haya comunicado que la operación de financiamiento sujeta a reclamo fue reprogramada. • Cuando la operación de financiamiento sujeta a reclamo no cuente con el análisis y evaluación de la operación de financiamiento. • Cuando la EFE no haya suscrito y remitido el anexo de Subrogación de Cartera. • Cuando no se pueda evidenciar las acciones de cobranza extrajudicial realizadas por la EFE.

  20. SUBROGACION • Al momento del pago de la garantía la EFE deberá enviar el Anexo de Subrogación llenado con los datos de la operación de financiamiento y debidamente firmado. • La subrogación surte efecto el momento del pago de la garantía, y a partir de ello, la EFE compartirá con el Fideicomiso, todos los derechos en contra de la MyPU Productiva emergentes del Contrato de Financiamiento. • La subrogación podrá comprender los privilegios, garantías, seguro de desgravamen, frutos vencidos y todos los demás derechos accesorios, siempre y cuando exista un remanente una vez que la EFE efectivice el cobro por las obligaciones contraídas por la MyPU Productiva debido a su operación de financiamiento.

  21. COBRANZA DE LA CARTERA • El Fideicomiso FG podrá recuperar el porcentaje que le corresponda de la cartera subrogada por la vía extrajudicial o judicial, de manera directa o indirecta a través de la misma EFE. • En caso que la recuperación se realice a través de la EFE, entrará en vigencia el Anexo “Contrato Servicios de Cobranza”, que especificará las condiciones de servicio por cobranza de esta cartera, detallando entre otras, la comisión por la prestación de este servicio, calculado sobre la cartera efectivamente recuperada para el Fideicomiso. • La EFE informará sobre el seguimiento y estado de los procesos legales que le fueren encomendados, de manera mensual.

  22. EXTINCIÓN DE LA GARANTÍA • La garantía se extingue en los siguientes casos: • La operación de financiamiento garantizada es pagada en su totalidad (por cumplimiento del plan de pagos o prepago). • El Fideicomiso pague la garantía otorgada a solicitud de la EFE. • La operación financiera garantizada es reprogramada. • La operación financiera garantizada es novada o condonada. • Por mora en al Comisión por el Uso de la Garantía por un período superior a los treinta (30) días calendario. • Si la EFE, luego de la suspensión temporal o definitiva del LG, y sin justificación, no remite información de la cartera garantizada por el Fideicomiso. • Cuando el Fideicomiso identifique por si o a través de terceros que el uso de los recursos no fue utilizado para las actividades económicas señaladas en los Reglamentos.

  23. PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL FIDUCIARIO • Respaldar y otorgar garantías otorgadas. • Generar las Fianzas Individuales (FI). • Pagar dentro de los plazos, porcentajes y condiciones establecidas en la Fianza Individual, previo el cumplimiento de las formalidades establecidas para el cobro en los Reglamentos.

  24. PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LA EFE • Mantener en todo momento, las condiciones de Elegibilidad. • Presentar al Fiduciario información periódicamente. • Efectuar la evaluación de la viabilidad de los proyectos de sus clientes, verificar la existencia de fuentes adecuadas de repago del crédito. • Evaluar y aprobar las operaciones de financiamiento a favor de las MyPU Productiva. • Controlar, verificar y documentar la correcta utilización de los recursos otorgados la MyPU Productiva garantizada por el Fideicomiso, bajo sanción de extinción anticipada de la garantía. • En el caso de realizarse la solicitud de pago de la garantía, adjuntar toda la documentación e información detallada en los Reglamentos. • En el caso de pago de la garantía, la EFE deberá subrogar la cartera a favor del Fideicomiso el porcentaje correspondiente. • Realizar las acciones de cobranza de la cartera subrogada.

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