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Gastos por concepto de Movilidad

Gastos por concepto de Movilidad. Referencia Legal: Se incorpora el inciso v) al artículo 21º del Reglamento de la LIR.

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Gastos por concepto de Movilidad

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  1. Gastos por concepto de Movilidad • Referencia Legal:Se incorpora el inciso v) al artículo 21º del Reglamento de la LIR. • Los gastos por concepto de movilidad de los trabajadores a que se refiere el inciso a1) del artículo 37º de la Ley, se sustentarán con comprobantes de pago o con la planilla de gastos de movilidad.

  2. Gastos por concepto de Movilidad • Recordemos: • Estos desembolsos se refieren a los gastos por concepto de movilidad de los trabajadores que sean necesarios para el cabal desempeño de sus funciones y que no constituyan beneficio o ventaja patrimonial directa de los mismos. • No se aceptará la deducción de gastos de movilidad sustentados con la planilla, en el caso de trabajadores que tengan a su disposición movilidad asignada por el contribuyente.

  3. Gastos por concepto de Movilidad • Se deberá tomar en cuenta lo siguiente: INTRODUCCIÓN POR REGLAMENTO • Por cada día se podrá sustentar los gastos por concepto de movilidad respecto de un mismo trabajador únicamente con una de las formas previstas. • En caso estos gastos no se sustenten con una de las formas previstas, sólo procederá la deducción de aquellos gastos que se encuentren acreditados con comprobantes de pago.

  4. Gastos por concepto de Movilidad • Ejemplo:Supongamos que se trata del TRABAJADOR “A”, el día 22/10/2007:

  5. Gastos por concepto de Movilidad • Con esta norma, si en un mismo día y por un mismo trabajador, hay dos tipos de sustentos, como en el ejemplo, solamente se acepta como gasto deducible el sustento con comprobante de pago, es decir, S/. 80. • Los S/. 20 se deberán REPARAR TRIBUTARIAMENTE, a pesar que éstos se encuentran dentro del límite y cumplen con ser registrados en la Planilla de Movilidad.

  6. Gastos por concepto de Movilidad • Límite al sustento con Planilla: • Los gastos sustentados con planilla no podrán exceder, por trabajador, del importe diario equivalente a 4% de a RMV mensual de los trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada.

  7. Gastos por concepto de Movilidad • La planilla de gastos de movilidad puede comprender: • Los gastos incurridos en uno o más días, sin incluye los gastos de UN SOLO TRABAJADOR; o, • Los gastos incurridos en UN SOLO DÍA, sin incluye los gastos de MÁS DE UN TRABAJADOR. • Por tanto, pueden coexistir planillas referidas a uno o a varios trabajadores.

  8. Gastos por concepto de Movilidad • REQUISITOS DE LA PLANILLA: Deberá constar en documento por escrito, ser suscrita por los trabajadores usuarios de la movilidad, y contener necesariamente la siguiente información: • Numeración de la planilla. • Nombre o Razón Social del contribuyente. • Identificación del día o período que comprende la planilla, según corresponda. • Fecha de emisión de la planilla.

  9. Gastos por concepto de Movilidad • Especificar por cada desplazamiento y por cada trabajador: • Nombres y Apellidos de cada trabajador usuario de la movilidad. • Número de Documento de Identidad del Trabajador. • Motivo y Destino del Desplazamiento. • Monto Gastado por cada Trabajador.

  10. MODELO DE PLANILLA DE MOVILIDAD: CASO 1 • Gastos incurridos en uno o más días, si incluye los gastos de UN SOLO TRABAJADOR. • Planilla 1: Trabajador "A", por los 30 días del mes de noviembre. • Planilla 2: Trabajador “B”, por los 30 días del mes de noviembre. • Planilla 3: Trabajador “C”, por los 30 días del mes de noviembre. Lo mismo se haría si hay más trabajadores, y por los demás períodos.

  11. MODELO DE PLANILLA DE MOVILIDAD: CASO 1 • Tratándose solamente del trabajador "A", se llena la planilla por todos los días del mes:

  12. MODELO DE PLANILLA DE MOVILIDAD: CASO 2 • Gastos incurridos en un SOLO DÍA, sin incluye los gastos de MÁS DE UN TRABAJADOR. • Planilla 1: - Trabajador "A", por el día 02/11 - Trabajador “B", por el día 02/11 - Trabajador “C", por el día 02/11 • Planilla 2: - Trabajador "A", por el día 03/11 - Trabajador “B", por el día 03/11 - Trabajador “C", por el día 03/11 Así, hasta llegar al día 30/11.

  13. MODELO DE PLANILLA DE MOVILIDAD: CASO 2 • Tratándose de los trabajadores A, B y C, se llena la planilla por cada día del mes:

  14. MODELO DE PLANILLA DE MOVILIDAD: CASO 2 • Tratándose de los trabajadores A, B y C, se llena la planilla por cada día del mes:

  15. Gastos por concepto de Movilidad • Otros Aspectos: • En caso se incumpla con la forma de llevado de la planilla de movilidad (CASO 1 o CASO 2), ésta queda inhabilitada para sustentar tales gastos. • La falta de alguno de los siguientes datos: Fecha, nombres y apellidos del trabajador, DNI, Motivo y Destino e Importe; respecto de cada desplazamiento del trabajador, sólo inhabilita la planilla para la sustentación de gastos que corresponda a tal desplazamiento. • La planilla de movilidad no constituye un libro ni un registro.

  16. Gastos por concepto de Movilidad • Gastos de movilidad anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto: • Los gastos de movilidad devengados a partir del 01/01/07 hasta el día 16/10/07 podrán ser sustentados con comprobantes de pago o con la planilla de movilidad. • Los requisitos mínimos de la planilla de movilidad deben ser: • Nombre y Apellido del trabajador. • Fecha del gasto. • Importe del gasto. • Firma del trabajador.

  17. Gastos por concepto de Movilidad • Gastos de movilidad anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto: • Por día se puede sustentar gastos por concepto de movilidad respecto de un mismo trabajador únicamente bajo una de las formas previstas: O con Comprobante de Pago o con Planilla de Movilidad. • En caso no se sustenten únicamente bajo una de las formas previstas, sólo procederá la deducción de aquellos gastos acreditados con comprobantes de pago.

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