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EDUACION PUBLICA EN EL PERU. HISTORIA CARACTERISTICAS GENERALES. Contenidos. - EXTENDER LA EDUCACIÓN A TODO LO HABITANTES DEL PAÍS -AFIRMAR LOS PRINCIPIOS DE LAICIDAD, GRATUIDAD Y OBLIGATORIEDAD DE LA ENSEÑANZA -ASEGURAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA TODOS LOS EDUCANDOS
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EDUACION PUBLICA EN EL PERU HISTORIA CARACTERISTICAS GENERALES
Contenidos -EXTENDER LA EDUCACIÓN A TODO LO HABITANTES DEL PAÍS -AFIRMAR LOS PRINCIPIOS DE LAICIDAD, GRATUIDAD Y OBLIGATORIEDAD DE LA ENSEÑANZA -ASEGURAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA TODOS LOS EDUCANDOS ATENDER LA FORMACIÓN DEL CARÁCTER MORAL CÍVICO DE LOS EDUCANDOS
Organización Administración nacional de educación publica Consejo de educación técnico profesional -consejo de educación primaria -consejo de educación secundaria
Legislación y Normativa LEY DE EDUCACION # 15739 OTRAS REGLAMENTACIONES
CONSEJO DE EDUCACION TECNICO PROFESIONAL LaUniversidad del Trabajo del Uruguay o UTU, también conocida como Consejo de Educación Técnico Profesional, ofrece una educación científica, técnica y tecnológica profesional en concordancia con los lineamientos estratégicos nacionales en lo social y productivo. La idea de UTU es también preparar a los estudiantes para que apenas terminados los cursos, ya sean cortos o largos, puedan salir preparados para la rápida inserción laboral.
CONSEJO DE EDUCACION PRIMARIA Este Consejo tiene entre sus funciones: proyectar los planes de estudio y aprobar los programas, reglamentar y administrar los servicios docentes y dependencias a su cargo, supervisar el desarrollo de los cursos, proyectar los presupuestos de sueldos, gastos e inversiones correspondientes a los servicios a su cargo, ejercer la supervisión de los institutos habilitados de la rama respectiva.
CONSEJO DE EDUCACION SECUNDARIA El Consejo de Educación Secundaria (CES) es el órgano de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) a cargo de impartir la Educación Secundaria del Uruguay, adoptando las resoluciones atenientes al ámbito de su competencia. Este Consejo tiene entre sus funciones: proyectar los planes de estudio y aprobar los programas, reglamentar y administrar los servicios docentes y dependencias a su cargo, supervisar el desarrollo de los cursos, proyectar los presupuestos de sueldos, gastos e inversiones correspondientes a los servicios a su cargo, ejercer la supervisión de los institutos habilitados de la rama respectiva.