150 likes | 370 Views
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES. NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO. SECRETARIADO PERMANENTE CNU. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NÚCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO REUNIÓN ORDINARIA Nº 64
E N D
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NÚCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO REUNIÓN ORDINARIA Nº 64 Isla de Margarita, Nueva Esparta 2 y 3 de julio de 2009 Universidad de Oriente (UDO)
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU PLANES NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Y POSTGRADO NÚCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO REUNIÓN ORDINARIA Nº 64 Isla de Margarita, Nueva Esparta 2 y 3 de julio de 2009 Universidad de Oriente (UDO)
PLANES NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF, G.O: 39.032, 07 de octubre de 2008) -Enmarcados en el Proyecto Nacional Simón Bolívar (Primer Plan Socialista de la Nación: 2007-2013) -Proyecto Nacional Simón Bolívar (Septiembre 2007) II SUPREMA FELICIDAD SOCIAL IV MODELO PRODUCTIVO SOCIALISTA -Suprema Felicidad Social: . A partir de la construcción de una estructura social incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista y endógeno, se persigue que todos vivamos en similares condiciones, rumbo a lo que decía El Libertador: “La Suprema Felicidad Social”.
PLANES NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF, G.O: 39.032, 07 de octubre de 2008) -Enmarcados en el Proyecto Nacional Simón Bolívar (Primer Plan Socialista de la Nación: 2007-2013) -Proyecto Nacional Simón Bolívar (Septiembre 2007) II SUPREMA FELICIDAD SOCIAL IV MODELO PRODUCTIVO SOCIALISTA -MODELO PRODUCTIVO SOCIALISTA: . Con el fin de lograr trabajo con significado, se buscará la eliminación de su división social, de su estructura jerárquica y de la disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción de riqueza subordinada a la reproducción del capital.
PLANES NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF, G.O: 39.032, 07 de octubre de 2008) Reglamento Orgánico del MPPES: Establece en su artículo 5, que el despacho del Viceministro o Viceministro de desarrollo académico estará integrado por: -Dirección de Currículo y Programas Nacionales de Formación. -Dirección General de Formación Docente, Postgrado, Investigación e Innovación Tecnológica. -Dirección General de Recursos para la formación y el intercambio académico. -Dirección General para la supervisión y seguimiento de instituciones de educación superior.
PLANES NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF, G.O: 39.032, 07 de octubre de 2008) • Reglamento Orgánico del MPPES: • -Contemplados nueve (09) Planes Nacionales de Formación: • PNF en ELECTRICIDAD. • 2) PNF en CONSTRUCCIÓN CIVIL. • 3) PNF en INGENIERÍA DE MANTENIMIENTO. • 4) PNF en MECÁNICA. • 5) PNF en AGROALIMENTACIÓN • 6) PNF en ADMINISTRACIÓN. • 7) PNF en INFORMÁTICA • 8) PNF en PROCESOS QUÍMICOS • 9) PNF en MEDICINA INTEGRAL
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF, G.O: 39.032, 07 de octubre de 2008) PNF: ¿Contemplan Postgrado? - Al parecer sí, debido a que en ellos se expresan “Estudios conducentes al Grado de Especialista o el de Especialista Técnico” los cuales tendrán un mínimo de 24 unidades crédito e implicarán la elaboración y aprobación de un Trabajo Especial de Grado asistido por un Tutor. El Trabajo Especial de Grado será el informe de una actividad de innovación, investigación o desarrollo tecnológico, realizado conforme a los cánones de la actividad profesional y vinculado a las demandas sociales o al mejoramiento de servicios o procesos productivos, en el que se demuestre el manejo instrumental de alto nivel de conocimientos, aptitudes y habilidades en el área, con responsabilidad ética, moral, social y ambiental.”
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Ejemplo: Electricidad
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Ejemplo: Electricidad
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Ejemplo: Electricidad
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Ejemplo: Electricidad
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Ejemplo: Electricidad
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN (PNF) Ejemplo: Electricidad
NORMATIVA GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO PARA LASUNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DEBIDAMENTE AUTORIZADAS POR EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADESGaceta Oficial N° 37.328 del 20 de noviembre de 2001 DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO CONDUCENTES A GRADOS ACADÉMICOS ARTÍCULO 17 Los estudios de Especialización Técnica dirigidos a Técnicos Superiores Universitarios consistirán en un conjunto de asignaturas profesionales, actividades prácticas e investigaciones aplicadas, destinadas a impartir los conocimientos, desarrollar habilidades y destrezas en el campo especifico de su disciplina. Estos estudios conducen al grado académico de Técnicos Superior Especialista en el área del conocimiento respectivo ARTÍCULO 18Para obtener el grado de Técnico Superior Especialista se exigirá la aprobación de un número no inferior de veinticuatro (24) Unidades Crédito en actividades y asignaturas de carácter técnico y/o práctico del programa correspondiente y la elaboración, presentación y aprobación de un Trabajo Técnico, asistido por un Tutor. ARTÍCULO 19. El Trabajo Técnico será el resultado de los conocimientos y tecnologías adquiridas durante sus estudios para propiciar innovaciones y mejoras en las distintas áreas del saber. Su presentación y aprobación deberá cumplirse en un plazo máximo de tres (3) años. contados a partir del inicio de los estudios correspondientes.
NORMATIVA GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO PARA LASUNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DEBIDAMENTE AUTORIZADAS POR EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADESGaceta Oficial N° 37.328 del 20 de noviembre de 2001 ARTÍCULO 20. Los estudios de Especialización Profesional comprenderán un conjunto de asignaturas y otras actividades organizadas en un área específica. destinadas a proporcionar los conocimientos y el adiestramiento necesario para la formación de expertos de elevada competencia profesional. Los estudios de Especialización conducen al grado de Especialista. ARTÍCULO 21. Para obtener el grado de Especialista se exigirá la aprobación de un número no inferior a veinticuatro (24) Unidades-Crédito en asignaturas u otras actividades curriculares contenidas en el. programa correspondiente además de la elaboración, y aprobación de un Trabajo Especial de Grado, asistido por un Tutor. ARTÍCULO 22. El Trabajo Especial de Grado será el resultado de una actividad de adiestramiento o de investigación que demuestre el manejo instrumental de los conocimientos obtenidos por el aspirante en la respectiva área. Su presentación y aprobación deberá cumplirse en un lapso máximo de cuatro (4) años contados a partir del inicio de los estudios correspondientes.