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Convocatoria Cátedras CONACYT para Jóvenes Investigadores. Febrero,2014. Convocatoria para Instituciones de Adscripción 2014-01. Modalidades. Características. Consiste en comisionar personal académico de alto nivel para el desarrollo del Proyecto. Hasta por $500,000.00 debidamente
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Convocatoria Cátedras CONACYT para Jóvenes Investigadores Febrero,2014.
Características Consiste en comisionar personal académico de alto nivel para el desarrollo del Proyecto Hasta por $500,000.00 debidamente justificado.
Requisitos Enviar a la DIP la siguiente información del enlace: Nombre completo, CURP y usuario CONACYT. Nota: Los enlaces designados serán los únicos que podrán ingresar al sistema para registrar proyectos y para realizar otros trámites a que haya lugar. La DIP enviará al CONACyT la información de la persona o personas que designen como enlaces.
Descripción del proyecto • Temática a desarrollar acorde a los temas y retos prioritarios, propósito, objetivos, actividades y resultados esperados, así como plazos estimados y lugar donde se llevarán a cabo las actividades. • Relación del Proyecto con los programas de posgrados registrados en el PNPC o susceptibles de registro en el Padrón en el mediano plazo. • Pertinencia del Proyecto en términos del crecimiento de la capacidad científica, tecnológica, de innovación y de formación de capital humano de alto nivel académico. • Impacto y perspectivas de transferencia de tecnología, en su caso. • Descripción de la infraestructura y equipamiento que la Institución tiene disponible para el desarrollo del Proyecto. • Solicitud de recursos a CONACYT. En su caso y como contraparte de los insumos comprometidos por la Institución, el CONACYT podrá aportar, sujeto a disponibilidad presupuestal, a cada Proyecto seleccionado un monto de hasta 500 mil pesos por Cátedra para complementar la infraestructura disponible.
Modalidad Individual a) Perfil detallado de la plaza que se solicita para el desarrollo del Proyecto. b) Perfil detallado del grupo de investigación que actualmente labora en la Institución, y que desarrollará el Proyecto que se presenta. c) Actividades a desarrollar por el aspirante a una Cátedra CONACYT, lo que deberá incluir la formación de recursos humanos de alto nivel. d) Obligaciones que deberá asumir el beneficiario de una Cátedra CONACYT con la institución.
Modalidad de Grupo a) Perfil detallado de cada una de las plazas que se solicitan para el desarrollo del Proyecto. b) De ser el caso, perfil del grupo institucional que desarrollará el Proyecto. c) Actividades a desarrollar por el grupo, lo que deberá incluir la formación de recursos humanos de alto nivel. d) Obligaciones que debe de asumir cada beneficiario de una Cátedra CONACYT con la institución, así como las obligaciones del grupo.
Tareas urgentes en la UNISON URGENTE
UNIVERSIDAD DE SONORA SECRETARÍA GENERAL ACADÉMICA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO FORMATOREGISTRO DE ENLACE CONVOCATORIA CÁTEDRAS CONACYT PARA JÓVENES INVESTIGADORES CONVOCATORIA PARA INSTITUCIONES DE ADSCRIPCIÓN 2014-01 Hermosillo, Sonora. a ___ de _________ del 2014 Dra. María Rita Plancarte Martínez Directora de Investigación y Posgrado P r e s e n t e. En atención a los términos de la CONVOCATORIA CÁTEDRAS CONACYT PARA JÓVENES INVESTIGADORES CONVOCATORIA PARA INSTITUCIONES DE ADSCRIPCIÓN 2014-01, me permito solicitarle registre como enlace al (DATOS: Nombre, curp y usuario conacyt), profesor adscrito a este Departamento, quien será la persona responsable de presentar el proyecto de solicitud de cátedra CONACyT, de dirigir las actividades de investigación, desarrollo científico e innovación del personal académico que se comisionare, de realizar las tareas administrativas necesarias, informes y reporteo. ATENTAMENTE Nombre y Firma
UNIVERSIDAD DE SONORA SECRETARÍA GENERAL ACADÉMICA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO • FORMATO • CARTA COMPROMISO JEFATURAS DE DEPARTAMENTO • CONVOCATORIA CÁTEDRAS CONACYT PARA JÓVENES INVESTIGADORES • CONVOCATORIA PARA INSTITUCIONES DE ADSCRIPCIÓN 2014-01 • Hermosillo, Sonora. a ___ de _________ del 2014 • Dra. María Rita Plancarte Martínez • Directora de Investigación y Posgrado • P r e s e n t e. • En atención a lo establecido en los Artículo 27 y 31 de los Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACyT y de la solicitud de Cátedras CONACYT que presenta el (nombre del enlace), para desarrollar el proyecto denominado (nombre del Proyecto de Investigación) en el marco de la Convocatoria Cátedras CONACyT para jóvenes investigadores-Convocatoria para instituciones de adscripción 2014-01, manifiesto que esta jefatura del Departamento (nombre del departamento) se compromete a: • Asignar un cubículo de trabajo al personal académico que se comisione por medio de Cátedras CONACyT, y otorgarle acceso a la infraestructura, equipamiento y servicios necesarios para el normal desarrollo de sus funciones de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en igualdad de condiciones que el personal académico de la plantilla de este departamento. • Programar al personal académico comisionado por medio de Cátedras CONACyT en una materia o máximo dos por semestre en alguno de los programa de licenciatura o posgrado a los que presta servicio este dependencia. • ATENTAMENTE • Nombre y Firma
Elegibilidad de los candidatos La Institución con un Proyecto aprobado podrá establecer el mecanismo que considere más conveniente para seleccionar aspirantes y presentar ante el CONACYT sus propuestas para ocupar cada plaza autorizada con 3 o más candidatos, seleccionados del “Padrón de Jóvenes Investigadores”, colocados en orden de prelación.
Criterios de evaluación y selección • Se buscará que de preferencia ninguna entidad federativa sobrepase el 10 % del número total de cátedras aprobadas y que ninguna Institución tenga más de 3 Proyectos de grupo aprobados. • La asignación de los candidatos a las Cátedras CONACYT contempladas en los Proyectos aprobados será definida por el Comité Directivo de Cátedras CONACYT, considerando la consistencia del perfil del candidato, la calidad de su formación y, en su caso, la experiencia previa, logros, productos o resultados de la actividad académica o profesional y su capacidad y dominio del tema a desarrollar en el Proyecto. En igualdad de condiciones se dará preferencia a los candidatos que se hayan formado en una Institución diferente a la solicitante.
Contacto En caso de problemas técnicos con la aplicación electrónica, favor de comunicarse al Centro de Soporte Técnico a través del correo electrónico catedras@conacyt.mx, o bien a los teléfonos: 53-22-76-02 desde el Distrito Federal o 01 800 2361001 del resto de la República. El horario de atención será de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas y sábados de 10:00 a 15:00 hrs. En caso de dudas relacionadas con esta Convocatoria, podrán dirigirse en un horario laboral (lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.), con las siguientes personas: Nombre: Mtro. Hugo Nicolás Pérez González Cargo: Director de Cátedras Teléfono: 53-22-78-64 Correo Electrónico: hperezg@conacyt.mx Nombre: M en C. Cinthya Yazmín Contreras Frías Cargo: Jefe de departamento Teléfono: 53-22-78-65 Correo Electrónico: ccontreras@conacyt.mx
Compromisos del CONACyT Los candidatos que resulten seleccionados para una Cátedra CONACYT serán nombrados como servidores públicos por el CONACYT, en la categoría de personal académico, con los siguientes beneficios: Los investigadores contarán además con las condiciones especificadas por la Institución proponente que se definirán en un convenio entre CONACYT y dicha institución.
Los candidatos que resulten seleccionados para una Cátedra CONACYT, deberán asumir los siguientes compromisos: Compromisos del candidato
Registro de postulación El registro en el Padrón deberá realizarse de manera electrónica en la siguiente dirección web a partir del 24 de febrero de 2014. El Padrón permanecerá abierto de manera permanente. http://www.conacyt.gob.mx/sistemas/padronji Restricciones Los interesados en participar en las Cátedras CONACYT, no deberán tener adeudos ni conflicto con CONACYT, como becario o por la participación en proyectos. Calendario El Padrón estará abierto de manera continua a partir del 24 de febrero de 2014. Los aspirantes deberán considerar el calendario para la postulación de candidatos previsto en la Convocatoria para Instituciones de Adscripción correspondiente. Este Padrón podrá ser utilizado para otros programas de CONACYT, por lo que se solicitará la aceptación expresa del aspirante.
Proceso de selección El procedimiento para asignar las Cátedras consiste de las siguientes etapas:
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT Términos: Cátedras CONACYT: plazas de carácter académico del CONACYT dirigidas a Investigadores y Tecnólogos de alto potencial y talento en investigación, desarrollo tecnológico e innovación para el impulso de proyectos de investigación científica y/o desarrollo tecnológico y que se regirán por los presentes Lineamientos y sus anexos. Institución de Adscripción: los Centros Públicos e Institutos Nacionales de Investigación, las Instituciones de Educación Superior y, en general, las organizaciones y asociaciones que realicen investigación y desarrollo tecnológico y sean beneficiarias de la comisión de Cátedras CONACYT, en los términos de la Convocatoria correspondiente Nombramiento: Instrumento Jurídico que al efecto expida el CONACYT a los Investigadores y Tecnólogos que hayan sido seleccionados para ocupar las plazas de confianza de personal académico, denominadas Cátedras CONACYT, conforme a la convocatoria respectiva y en los términos de los artículos 12, 15 y 18 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional. Personal Académico: Los Investigadores y Tecnólogos que ocupen plazas de las Cátedras CONACYT y que desempeñen funciones de investigación, docencia, extensión, vinculación y/o actividades de innovación, los cuales por la naturaleza de su trabajo, funciones desempeñadas y circunstancias, se regirán por las condiciones de trabajo establecidas en los presentes Lineamientos y serán considerados como personal de confianza del CONACYT.
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT Artículo 5. Las Cátedras CONACYT se dirigirán a Investigadores y Tecnólogos de alto potencial o talento con el propósito de generar progreso económico y social mediante el desarrollo científico, tecnológico y la innovación, en áreas prioritarias de desarrollo nacional, quienes prestarán sus servicios laborales en las instituciones y entidades de investigación que el CONACYT determine, de acuerdo a lo establecido en las Convocatorias correspondientes. Artículo 8. Los Investigadores y Tecnólogos que, derivado de las Convocatorias, sean contratados por el CONACYT, serán considerados personal académico del CONACYT y tendrán condiciones generales de trabajo específicas, de acuerdo a lo establecido en los presentes Lineamientos. Independientemente del lugar donde se presten los servicios de investigación y/o desarrollo tecnológico, las Cátedras CONACYT son plazas académicas, sin funciones administrativas, que forman parte de la plantilla laboral del CONACYT como personal de confianzay sólo estarán subordinados al mismo. La Institución de Adscripción no tendrá ninguna relación de carácter laboral con el personal académico comisionado, ni este estará subordinado a la Institución de Adscripción, por lo que no asumirá responsabilidad alguna en materia laboral y de seguridad social, las cuales correrán a cargo del CONACYT. Las obligaciones y derechos de la Institución de Adscripción se determinarán en el Convenio de Asignación de Recursos Humanos, el cual se anexa a los presentes lineamientos, así como en la propuesta que presente en la Convocatoria respectiva.
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT Artículo 20. En el caso que determinadas áreas de estudio o regiones estratégicas para el CONACYT no sean cubiertas enteramente en la Convocatoria, el CONACYT podrá apoyar a las instituciones y entidades de investigación que considere pertinentes para alcanzar los objetivos de las Cátedras CONACYT, siempre y cuando se observen los principios de eficiencia, eficacia, honradez, trasparencia y equidad. Artículo 24. El Investigador o Tecnólogo que sea seleccionado, de acuerdo a los resultados de la Convocatoria, a la Cátedra CONACYT, será nombrado como personal académico del CONACYT. Previo a la contratación y comisión del personal académico, el Comité deberá contar con la opinión de la Institución de Adscripción correspondiente. Artículo 25. El personal académico del CONACYT será comisionado a la Institución de Adscripción con el objeto de realizar funciones de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en los términos establecidos en el Convenio de Asignación de Recursos Humanos, anexo a los presentes Lineamientos, mismo que deberá contar con el Visto Bueno de la Dirección Adjunta de Asuntos Jurídicos del CONACYT. Artículo 26. La comisión de la Cátedra CONACYT será por un plazo de hasta 10 años a partir de la fecha de contratación del Investigador o Tecnólogo seleccionado de acuerdo a la Convocatoria y podrá ser renovada las veces que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto, justificando debidamente su renovación.
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT En caso de rescisión de la relación laboral con el personal académico comisionado, el plazo de comisión se ajustará de acuerdo a lo establecido en los presentes lineamientos. Asimismo, el incumplimiento de las obligaciones por parte de la Institución de Adscripción, será causal de cancelación automática de la comisión de las plazas que se desempeñen en dicha Institución, sin responsabilidad alguna para el CONACYT. Artículo 27. La Institución de Adscripción deberá asegurar que el personal académico comisionado por el CONACYT tenga acceso a la infraestructura, equipamiento y servicios necesariospara el normal desarrollo de sus funciones de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en igualdad de condiciones que el personal académico de su plantilla. La infraestructura, equipamiento y servicios a los que tendrá acceso el personal académico comisionado, así como otros beneficios que la institución o entidad de investigación ofrezca al personal académico comisionado, deberán constar detalladamente en la propuesta que realice el centro o institución de investigación en la Convocatoria correspondiente.
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT Artículo 29. La Institución de Adscripción deberá nombrar a una persona responsable de dirigir las actividades de investigación, desarrollo científico e innovación, del personal académico comisionado, así como de las tareas administrativas necesarias, las cuales incluyen el enlace con el CONACYT, los informes y el reporteo. El responsable de investigación deberá desempeñarse laboralmente en la Institución de Adscripción y cualquier cambio deberá ser notificado al CONACYT dentro de los 5 días hábiles de producido. La asignación de Cátedras CONACYT, así como la carga administrativa que esta genere en la Institución de Adscripción, no podrá ser causal de creación de plazas administrativas en dicha institución. Artículo 30. A fines de la evaluación y el seguimiento de las Cátedras CONACYT, el personal académico comisionado, conjuntamente con su Institución de Adscripción, deberán entregar anualmente al CONACYT un Informe Anual de Actividades, en los medios, plazos y formatos que el CONACYT determine.
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT Artículo 31. Los criterios de evaluación del Informe Anual de Actividades serán los siguientes: Criterios administrativos: i. Impartir, al menos una materia y máximo dos, por periodo lectivo de la Institución de Adscripción. ii. Ser, al menos, candidato al SNI máximo 2 años después de haber obtenido la Cátedra CONACYT. iii. Permanecer en el SNI una vez ingresado, de forma permanente. Criterios científicos: iv. Cumplir con los plazos y productos establecidos en su Plan de Trabajo. v. Generar con la investigación o desarrollo tecnológico un impacto positivo en la sociedad. vi. Participar en proyectos o en actividades de vinculación con la comunidad científica o el sector productivo.
Lineamientos para la Administración de las Cátedras CONACYT Artículo 41. En el caso que el personal académico comisionado termine la relación laboral con el CONACYT debido a la contratación directa por la Institución de Adscripción, esta será beneficiada con la renovación automática de dicha plaza, comisionándose a un nuevo investigador, a través del proceso de selección que el Comité establezca. Artículo 46. Los Derechos de Propiedad Intelectual, así como sus beneficios y regalías, serán propiedad de la persona física o moral a quien, conforme la normatividad aplicable, le correspondan, en el entendido de que el CONACYT no tendrá interés jurídico sobre esos derechos.
Estatuto del Personal Académico del CONACYT Artículo 4. Las actividades del personal académico de las Cátedras CONACYT serán las siguientes: a. Realizar investigación científica, tecnológica e innovación conforme a los objetivos y prioridades nacionales que el CONACYT determine; b. Formar recursos humanos de alto nivel en áreas de investigación y técnicas útiles a la sociedad; c. Efectuar acciones de extensión e innovación, que comprenden, entre otras, la vinculación mediante proyectos de investigación con los sectores público, social, privado, así como la divulgación de conocimientos que contribuyan a elevar la cantidad y calidad de la información y el debate público en la sociedad respecto de los temas considerados como prioritarios por CONACYT; d. Coadyuvar en la transferencia tecnológica al sector productivo; e. Realizar servicios técnicos especializados y de vinculación; y f. Las demás que se deriven del presente Estatuto, de su Nombramiento y demás ordenamientos aplicables al CONACYT, así como del Plan de Trabajo correspondiente.
Estatuto del Personal Académico del CONACYT Artículo 5. El personal académico tiene los siguientes derechos: a. Realizar sus actividades de acuerdo con el principio de libertad de cátedra e investigación; b. Conservar su categoría y nivel al cumplir los requisitos y procedimientos estipulados en el presente Estatuto y demás disposiciones aplicables; c. Desempeñar sus actividades en las Instituciones de Adscripción en las que sean comisionados por el CONACYT; d. Contar con el apoyo por parte de la Institución de Adscripción en cuanto al uso de la infraestructura necesaria para su desempeño profesional; e. Percibir la remuneración que les corresponda y las demás prestaciones a que tengan derecho, de conformidad con su nombramiento y demás ordenamientos legales aplicables y disposiciones normativas que rigen la actividad del CONACYT; f. Participar en los procesos de extensión y vinculación en su campo de especialidad y recibir las regalías correspondientes por concepto de Derechos de Propiedad Intelectual, de conformidad con los ordenamientos legales aplicables y disposiciones normativas que rigen la actividad de la Institución de Adscripción;
Estatuto del Personal Académico del CONACYT Artículo 5. El personal académico tiene los siguientes derechos: g. Recibir las distinciones, recompensas o cualquier otro reconocimiento a su labor, de conformidad con las disposiciones aplicables establecidas por la Institución de Adscripción, en el entendido de que no serán considerados con el carácter permanente ni integrarán el salario del investigador; h. Colaborar en asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas, consorcios, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, empresas de base tecnológica, redes de innovación e incubadoras de empresas, de conformidad con los lineamientos y criterios que al efecto establezca la Institución de Adscripción, en conjunto con el CONACYT; i. Intervenir en congresos, seminarios y reuniones técnicas en su campo de especialidad, o dictar cursos y conferencias en instituciones públicas o privadas, previa autorización de la Institución de Adscripción; j. Formar parte de los comités o consejos de pares de la Institución de Adscripción, en los términos que establezca esta última; k. Gozar de años sabáticos, de las licencias y del Fondo de Ahorro, de conformidad con el capítulo respectivo del presente Estatuto;
Estatuto del Personal Académico del CONACYT Artículo 5. El personal académico tiene los siguientes derechos: l. Ser notificado por escrito de las resoluciones que afecten su situación en su nombramiento e inconformarse de ellas, con apego a las disposiciones aplicables por el CONACYT; m. Ser cambiados de adscripción en caso de cancelación del Convenio de Asignación de Recursos Humanos correspondiente, o bien que la Institución de Adscripción no cumpla con los compromisos adquiridos para con el personal académico comisionado; y n. Los demás que deriven de su nombramiento y actividades, en términos del presente Estatuto, en los Convenios de Asignación de Recursos Humanos y demás disposiciones aplicables al CONACYT.