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REF (RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS). Principales instrumentos: RIC ( Reserva para Inversiones en Canarias) REA (Régimen Específico de Abastecimiento): AIEM y APIC IGIC ( Impuesto general Indirecto Canario) ZEC (Zona Especial Canaria). RIC (RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS).
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REF (RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS) Principales instrumentos: RIC ( Reserva para Inversiones en Canarias) REA (Régimen Específico de Abastecimiento): AIEM y APIC IGIC ( Impuesto general Indirecto Canario) ZEC (Zona Especial Canaria)
RIC(RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS) • Pretende fomentar la inversión empresarial productiva y la creación de infraestructuras • ¿ DE QUÉ FORMA? • REDUCCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE del impuesto de sociedades e IRPF, destinando beneficios a una RESERVA (RIC) que debe materializare en 3 años como máximo en: • Compra de activos fijos. • Suscripción de valores o anotaciones en cuenta de Deuda Pública Canaria. • Suscripción de acciones o participaciones en el capital de sociedades que inviertan en Canarias.
REA(RÉGIMEN ESPECÍFICO DE ABASTECIMIENTO) • Permite seguir importando ciertos productos esenciales para la producción y el consumo canarios a precios similares a los internacionales a través de la aplicación de medidas fiscales ventajosas (“tarifas e impuestos especiales”): • AIEM ( Arbitrio sobre importaciones y Entrega de mercancías) • APIC (Arbitrios sobre la producción e importación)
IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) • Es un impuesto indirecto que grava la compra-venta de bienes y servicios • Sustituye al IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) comunitario • Gravamen reducido del 5% y la aplicación de un tipo 0 a medicamentos, transportes entre islas, alimentos básicos, etc.
ZEC(ZONA ESPECIAL CANARIA) ¿En qué consiste? Finalidad Duración Requisitos Ámbito geográficos de instalación Ventajas o beneficios fiscales
FINALIDAD • Promover el desarrollo económico y social del Archipiélago. • Diversificar la estructurara productiva de Canarias.
DURACIÓN • Para inscribirse en el Registro Oficial hasta 31/12/2013 • Para disfrutar de las ventajas fiscales de la ZEC hasta el 31/12/2019 pudendo prorrogarse.
Ámbito geográfico de actuación • Si son actividades de servicioen cualquier parte del territorio canario • Si son actividades de producción , transformación, manipulación y comercialización en las zonas específicas.
REQUISITOS • Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC. • Al menos 1 de los administradores debe residir en Canarias. • Inversión mínima en activos fijos de 100.000 € para islas mayores y 50.000 € para el resto. • Crear al menos entre 5 o 3 puestos trabajo, según sea isla mayor o menor. • Las actividades a realizar deben estar recogidas dentro del listado de permitidas por la UE (se excluyen actividades financieras, de seguros, hoteleras y de comercio al por menor)
Ventajas fiscales • Exentas de IGIC por las operaciones que realizan entre ellas y en las importaciones. • Impuesto de sociedades al tipo del 4% • Exentas de ITP y AJD por la adquisición de bienes destinados al desarrollo de su actividad, y tampoco pagan AJD por las operaciones societarias de registro y notariales que hagan dichas entidades.
ZONA FRANCA • LA ZONA FRANCA es un área acotada en donde cualquier clase de mercancía puede entrar independientemente de dónde proceda, pudiendo procederse a su almacenamiento, transformación y distribución sin gravámenes ni impuestos indirectos. • Su objetivo es potenciar las actividades de comercio exterior que se venían realizando tradicionalmente.