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DENUNCIA CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ARGENTINA-ESPAÑA ARGENTINA - CHILE Juan C. García

DENUNCIA CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ARGENTINA-ESPAÑA ARGENTINA - CHILE Juan C. García Agosto 2012. TAXLAND Advice Planning Compliance. Razones de la denuncia?

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DENUNCIA CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ARGENTINA-ESPAÑA ARGENTINA - CHILE Juan C. García

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  1. DENUNCIA CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ARGENTINA-ESPAÑA ARGENTINA - CHILE Juan C. García Agosto 2012 TAXLAND Advice Planning Compliance

  2. Razones de la denuncia? • Doble Imposición Internacional • Objetivos de los CDIs • Inversión en Latinoamérica • Competencia Fiscal Perniciosa • Doble No Imposición • Comisión Revisora CDIs • CDI Argentina-España • Denuncia CDI agenda

  3. ABUSO DE CONVENIO (RESIDENTES ARGENTINOS O ESPAÑOLES?) • EVASIÓN A TRAVÉS DE SOCIEDADES HOLDING • ELUSIÓN / PLANIFICACIÓN FISCAL AGRESIVA • “El esfuerzo honesto del contribuyente de mantener sus impuestos tan bajos como es legalmente posible no merece reprobación” Fallos 241:210, 308:215 CSJN entre otros. RAZONES de la denuncia

  4. Doble imposición: • misma transacción económica (ingreso, patrimonio) • impuestos similares, • dos o más Estados • mismo período de tiempo Jurídica: bajo un mismo contribuyente Económica: en manos de diferentes contribuyentes doble imposición internacional

  5. CAUSAS – IMPUESTO A LA RENTA • Diferente criterio definición fuente: Territorialidad vs Renta Mundial • Diferente criterio Renta Mundial: residencia vs nacionalidad • Divergencia respecto de la definición/localización de la fuente DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL

  6. MEDIDAS PARA EVITARLA • Unilaterales • Crédito de impuesto • Exención • Bilaterales • CDI: Fuente (importadores de capital) vs Residencia (exportadores de capital) • Modelos CDI • OCDE: Imposición Estado de Residencia - Retención Estado fuente • ONU: modelo OCDE s/Estado fuente (países en vía de desarrollo) • Pacto Andino: orientado sobre principio fuente • Modelo EEUU DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL

  7. Evitar la doble imposición jurídica internacional • Prevenir el Fraude, la elusión y la Evasión Fiscal • Atraer inversiones • Se pasa del modelo “import-export” de bienes y servicios al modelo de “inversión directa en el exterior” objetivos convenios doble imposición

  8. IED = Inversión Extranjera Directa = inversión para desarrollo de negocios a largo plazo • IED 2011 América Latina y Caribe (fuente CEPAL): U$S 153.500 millones (10 % del flujo mundial). inversión en latinoamérica

  9. IED 2011 representó el 4,7% sobre el total (Brasil el 44%). • U$S 2.450 millones adquisición Occidental Petroleum por parte de Petrolera China Sinopec • IED 2011 significó un 3% más que en 2010 y una mejora en el promedio 2000-2005. • Composición IED: • 55% nuevos aportes de capital, • 31% reinversión de utilidades, • 14% préstamos entre Compañías inversión en argentina

  10. Argentina sexto destino latinoamericano de inversión española en 2011 • A nivel país (Argentina), España es el principal inversor con el 28% de la IED (por encima de EE.UU.) • IED 2011 de España en Argentina alcanzó aproximadamente Euros U$S 11.500 millones (U$S 14.500 millones aprox.) inversión española en argentina

  11. Competencia Fiscal: potestad de los estados para atraer inversiones mediante estímulos fiscales. • Estímulos fiscales: Bajas tasas de impuesto a la renta, no impuesto al patrimonio, no gravabilidad rentas pasivas fuente extranjera (acciones, dividendos, intereses, intangibles). • Fiscalidad como factor que condiciona la inversión: • NO: Competencia Fiscal Sana • SI: Competencia Fiscal Perniciosa, competencia fiscal perniciosa

  12. Cómo se combate la competencia fiscal perniciosa? • Unilateralmente • Reglas de transparencia fiscal internacional • Reglas de precios de transferencia • Regla de capitalización exigua • Reglas antiparaíso • Bilateralmente: CDIs • Multilateralmente (OCDE / Unión Europea) • Informes / Acuerdos / SoftLaw competencia fiscal perniciosa

  13. Informes OCDE – Competencia fiscal nociva • 1998: fijación criterios y objetivos: • Identificar y eliminar aspectos perniciosos de los regímenes preferenciales de los Estados OCDE, • Identificación paraísos fiscales - lograr compromiso de transparencia e intercambio de información • 2000 -informe de progreso • 47 regímenes preferenciales • 35 paraísos fiscales competencia fiscal perniciosa

  14. Informes OCDE – Competencia fiscal nociva • 2004 - informe de progreso – regímenes preferenciales • 18 abolidos • 16 modificados • 13 considerados no perniciosos • 2006 – Actualización • Regímenes de las sociedades de inversión (Holding) no perniciosos: España, Bélgica, Alemania, Países Bajos, Dinamarca, etc competencia fiscal perniciosa

  15. Aprovechamiento de ordenamientos jurídicos distintos en forma intencional: arbitraje fiscal internacional / uso inadecuado del Convenio / abuso del derecho /elusión. Excepción: supuestos convenidos entre los Estados • No pago de impuestos en ambos Estados signatarios del Convenio • El impuesto debe satisfacerse en una ocasión: no más ni menos que una vez. • Evitar la doble imposición no supone la doble no imposición doble no imposición

  16. CAUSAS • Uno de los Estados se encuentra imposibilitado de gravar en función a lo definido en el CDI, el otro ha decidido no establecer impuestos, • Aplicación TAX SPARING: El Estado de residencia otorga crédito de impuesto de un importe equivalente al impuesto que se hubiera tenido que ingresar, a pesar de que en el Estado de la fuente esta exento. • Treaty shopping • Forma sin sustancia doble no imposición

  17. MODOS DE COMBATIRLA: • Cláusula de sujeción al impuesto • Cláusula de beneficiario efectivo • Informe sobre Partnerships OCDE • G-20: principio general de derecho internacional de sujeción al impuesto único (softlaw) • G-20: sanciones para conductas que afecten el interés fiscal de otros Estados • Debate doble imposición Parlamento Europeo (2011) • Consulta Pública UE sobre doble no imposición doble no imposición

  18. Resolución Conjunta 56-80/2011 (MEyFP – MRECIyC) • Analizar si la evolución de la legislación doméstica de los Estados con CDIs firmados con ARG, generó distorsiones en dichos CDIs (desequilibrio entre beneficios y costos). • Dicha Comisión propondrá su mantenimiento, denuncia o renegociación. • Periódicamente debe emitir informes e informe final (curso de acción). • En 2011 proyecto de Resolución de Diputados solicitando existencia informes análisis CDI Chile y “Acuerdo” tributario sobre proyecto minero binacional “Pascua-Lama”. COMISIÓN EVALUACIÓN Y REVISIÓN DE cdis

  19. Práctica Fiscal Perniciosa: ETVE (Imp. a la Renta) • Doble no imposición: pto. 4 Art. 22 (Imp. Patrimonial) • Acciones / participaciones sólo pueden someterse a imposición en el Estado de residencia • Tenencias accionarias de sociedades argentinas propiedad de residentes españoles no abonan bienes personales responsable sustituto. CDI argentina españa

  20. ETVE • CDI Argentina – España: Ley 24.258 (12/11/1993) • Régimen ETVE en España (Holding): Ley 43/1995 • Objetivo: Fomentar multinacionales españolas, atraer multinacionales extranjeras, evitar la doble imposición económica. • Ingresos Holding • Renta de capital • Dividendos • Financiación a filiales • Servicios • Intangibles CDI argentina españa

  21. ETVE • Beneficios en inversiones directas en actividades operativas (85%) ubicadas en jurisdicciones no paraíso • Exención dividendos y rentas de capital de entidades extranjeras –Argentina: i) impuesto de igualación, ii) Art. 78 Dto. 2284/91. • Exención dividendos ETVE a socios (no residentes) –Argentina grava por renta mundial. • Transparencia rentas pasivas • Existencia de medios materiales y humanos (sustancia) CDI argentina españa

  22. ETVE – modificaciones (entre otras) • Real Decreto-Ley 3/2000 • Ley 6/2000 Incluyen medidas antiabuso para evitar deslocalización de las actividades. OTRAS HOLDING • Tradicionales: Países Bajos, Bélgica • Nuevas: Gran Bretaña, Dinamarca CDI argentina españa

  23. Doble no imposición – Impuesto Patrimonial • ARGENTINA: • IGMP: acciones argentinas en poder residentes españoles no aplica. • Bienes Personales: Ley 25.585 (2002) – Bs Ps Responsable Sustituto en caso acciones. • Art. 22, pto. 4-CDI: Tenencias accionarias de sociedades argentinas propiedad de residentes españoles no abonan bienes personales responsable sustituto. • ESPAÑA: • Impuesto de patrimonio: aplica sólo a las personas físicas • Bonificado al 100% en 2007 • Medida Emergencia: 2011 y 2012 (Mínimo Exento Euros 700.000) CDI argentina españa

  24. Impuesto a la Renta • Imposición Estado de la Fuente • Ley 19.840 (12-2002): Sociedades de Plataforma de Negocios. • Fisco argentino analizó la figura en Cuaderno Nro. 12 del Instituto de Estudios Tributarios, Aduaneros y de los Recursos de la Seguridad Social (AFIP). CDI argentina CHILE

  25. Impuesto al Patrimonio – Art. 19 • Inicialmente otorgaba potestad tributaria al Estado donde se encontraba ubicado el patrimonio (Ley 23.228 – 01.10.85) • Acciones sociedades chilenas pertenecientes a i) sociedades argentinas excluidas del IGMP, ii) PF residente argentino excluida ISBP • Protocolo modificatorio: potestad tributaria al Estado de Residencia en materia de participaciones sociales (negociación 2003, aprobación 2007) • Acciones sociedades argentinas pertenecientes a residentes chilenos excluidas de ISBP responsable sustituto. • Chile: Impuesto a las Herencias (PF). CDI argentina CHILE

  26. Fuente: MECON – Secretaría de Hacienda Cifras expresadas en Millones de Pesos participación del isbp en recaudación

  27. AUSTRIA – 26 de Junio de 2008 • SUIZA – 16 de Enero de 2012 • CHILE – 29 de Junio de 2012 • ESPAÑA – 29 de Junio de 2012 • Acuerdo amistoso? • Comisión representantes autoridades competentes Estados contratantes? DENUNCIA ARGENTINA cdis

  28. denuncia cdi argentina-españa • PÉRDIDA BENEFICIOS CDI • RETENCIONES EN LA FUENTE: 01.01.2013 • DEMÁS IMPUESTOS (PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS): EJERCICIOS FISCALES QUE COMIENCEN A PARTIR DEL 01.01.2013

  29. denuncia cdi argentina-CHILE • PÉRDIDA BENEFICIOS CDI • PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS: 01.01.2013 • PERSONAS JURÍDICAS: EJERCICIOS FISCALES/ECONÓMICOS QUE COMIENCEN A PARTIR DEL 01.07.2012

  30. ? Juan Carlos Garcia Taxland-jcgarcia@fibertel.com.ar PREGUNTAS

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