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Programa de Capacitación para Candidatos a Síndicos

Programa de Capacitación para Candidatos a Síndicos. “ Análisis de las alternativas legales de constitución de Sociedades Comerciales en Bolivia”. Instructor: Abg. Sebastián Quiroga Cajías (Módulo III / La Paz, 23.03.04).

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Presentation Transcript


  1. Programa de Capacitación para Candidatos a Síndicos “Análisis de las alternativas legales de constitución de Sociedades Comerciales en Bolivia”. Instructor: Abg. Sebastián Quiroga Cajías (Módulo III / La Paz, 23.03.04)

  2. “La verdadera alegría de la vida es poder servir a un propósito que tu mismo reconoses como poderoso … ser una fuerza de la naturaleza en vez de un pequeño, febril y egoísta guiñapo de aflicciones y rencores quejándose de que el mundo no se dedica bastante a hacerte feliz”. (Bernard Shaw) S.Q.C.

  3. OBJETIVO DEL TALLER • Explicar las características jurídico / administrativas de las diferentes alternativas de Sociedades Comerciales (Empresas) que la legislación boliviana ofrece. • Describir el procedimiento y los requisitos de constitución de cada Sociedad Comercial. • Evaluar las fortalezas y debilidades estratégicas de las diferentes Sociedades Comerciales desde la perspectiva jurídica. S.Q.C.

  4. PRIMERA PARTE • INTRODUCCIÓN • RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS EMPRESAS S.Q.C.

  5. LA EMPRESA Y SU IMPORTANCIA • El mundo en el que vivimos. La modernidad se constituye en el objetivo de la civilización humana. Esta modernidad se caracteriza por dos elementos esenciales: • Democracia Liberal(Sistema de organización social) • Economía de Libre Mercado(Sistema de subsistencia) S.Q.C.

  6. LA EMPRESA Y SU IMPORTANCIA • En Bolivia se vive un ‘choque de civilizaciones’, a pesar de ello, está claro que salvo algunas pequeñas minorías, el país acepta a la Democracia Liberal y a la Economía de Libre Mercado como la mejor opción de vida. S.Q.C.

  7. LA EMPRESA Y SU IMPORTANCIA • En la Modernidad, la empresaconstituye la célula básica del sistema. Las organizaciones empresariales son los brazos y el cerebro de las sociedades. • La empresa es el motor del desarrollo, es imprescindible dentro del proceso económico y en la generación de riqueza. S.Q.C.

  8. CONCEPTOS IMPORTANTES • EMPRESA. (Sociedad Comercial). Es la organización que combinando elementos personales, intelectuales, materiales y funcionales se destina a la producción y/o intercambio de bienes y/o servicios, con el fin de generar utilidades. S.Q.C.

  9. CONCEPTOS IMPORTANTES • CONCEPTO JURÍDICO DE EMPRESA. “Por el contrato de sociedad comercial dos o más personas se obligan a efectuar aportes para aplicarlos al logro del fin común y repartirse entre sí los beneficios o soportar las pérdidas.” (C.C. Art. 125.) S.Q.C.

  10. CONCEPTOS IMPORTANTES • ELEMENTOS JURÍDICOS DE LA EMPRESA. • Contrato Societario (Acto colectivo). Que define derechos y obligaciones de los socios. • Tipicidad (C.C. Art. 126). Que se encuentra regulada por ley. (Su organización se adapta a las normas jurídicas). S.Q.C.

  11. CONCEPTOS IMPORTANTES • ELEMENTOS JURÍDICOS DE LA EMPRESA. • Constitución de patrimonio. Autonomía jurídica de los aportes de la Sociedad. • Riesgo / Responsabilidad. Se obligan a soportar pérdidas o ganancias. • Personalidad jurídica. Calidad de sujetos de derecho. S.Q.C.

  12. CONCEPTOS IMPORTANTES • Asociación. Agrupación o reunión permanente de personas individuales con vista a un objetivo común. • Personas colectivas. Sujetos colectivos de derechos. S.Q.C.

  13. RELACIÓN ENTRE DERECHO Y ECONOMÍA La teoría económica explica de la mejor manera muchos fenómenos propios del derecho, pero esta relación trasciende al plano explicativo, siendo que existe una complementación funcional entre ambas disciplinas. Los juristas contemporáneos ven en la economía, a la par que los economistas ven en el derecho, una herramienta muy importante, útil para conseguir sus objetivos. S.Q.C.

  14. RELACIÓN ENTRE DERECHO Y ECONOMÍA Además de una teoría científica del comportamiento, la economía ofrece un criterio analítico útil para la evaluación del derecho y de las políticas públicas. Las leyes no son sólo argumentos arcanos técnicos: son instrumentos para lograr importantes metas sociales. A fin de conocer los efectos de las leyes en esas metas, los jueces y los legisladores deben poseer un método para evaluar los efectos de las leyes sobre importantes valores sociales. (Derecho y Economía, 1998) S.Q.C.

  15. MARCO CONSTITUCIONAL DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LA PERSONA. Artículo 7. “Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio: c) A reunirse y asociarse para fines lícitos; d) A trabajar y dedicarse al comercio, la industria o cualquier actividad lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo; i) A la propiedad privada, individual y colectivamente, siempre que cumpla una función social; S.Q.C.

  16. MARCO CONSTITUCIONAL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO. Artículo 135. “Todas las empresas establecidas para explotaciones, aprovechamiento o negocio en el país se considerarán nacionales y estarán sometidas a la soberanía, a las leyes y a las autoridades de la República.” S.Q.C.

  17. MARCO LEGAL Debido a la naturalezacomplejade la empresa, esta se encuentra regulada por distintos regímenes jurídicos de nivel legal. En una empresa intervienen elementos personales, reales, inmateriales, y de otra naturaleza, pero sobre todo jurídicos. Esto hace necesaria la intervención de leyes de materias diversas. S.Q.C.

  18. MARCO LEGAL CÓDIGO DE COMERCIO. Curiosidad. Decreto Ley Nº 14379. De, 25 de febrero de 1977. CÓDIGO CIVIL. Curiosidad. Decreto Ley Nº 12760. De, 2 de abril de 1976. S.Q.C.

  19. MARCO LEGAL LEYES ESPECÍFICAS. Código Tributario. Ley General del Trabajo Ley del Medio Ambiente Ley de Bancos y Entidades Financieras Leyes Sectoriales (Sistema Regulatorio) S.Q.C.

  20. SEGUNDA PARTE Sociedades Comerciales. S.Q.C.

  21. CONCEPTOS GENERALES CÓDIGO DE COMERCIO, Artículo 1.- (Alcance de la Ley). “El Código de Comercio regula las relaciones jurídicasderivads de la actividad comercial. En los casos no regulados expresamente, se aplicarán por analogía las normas de este Código y, en su defecto, las del Código Civil.” S.Q.C.

  22. CONCEPTOS GENERALES CÓDIGO DE COMERCIO Artículo 126.- (Tipicidad). “Las sociedades comerciles, cualquiera sea su objeto, sólo podrán constituirse en alguno de los siguinetes tipos: • Sociedad colectiva; • Sociedad en comandita simple; • Sociedad de responsabilidad limitada; • Sociedad anónima; • Sociedad en comandita por acciones, y • Asociación accidental o de cuentas en participación…//” S.Q.C.

  23. SOCIEDAD ANÓNIMA CÓDIGO DE COMERCIO. Artículo 217 (Características). “En la sociedad anónima el capital está representado por acciones. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de las accionesque hayan suscrito.” S.Q.C.

  24. SOCIEDAD ANÓNIMA • Principales Características. • El capital se divide en acciones, el número de acciones limita la responsabilidad y la propiedad de la empresa. • Las acciones son transferibles de manera muy sencilla. S.Q.C.

  25. SOCIEDAD ANÓNIMA • Principales Características. • La organización de la empresa se divide en órganos o niveles de acción. • Nivel de Decisión: Junta de Accionistas (Dueños). • Nivel de Administración Estratégica : Directorio (Representación / Gobierno). • Nivel de Ejecución: Ejecutivos. (Administración gerencial) S.Q.C.

  26. SOCIEDAD ANÓNIMA • Principales Características. • La fiscalización de la empresa se divide en: • Externa. Se refiere a la ejercida por órganos estatales o de otra naturaleza. • Interna. La ejercen los síndicos, que son designados por la junta general de accionistas. S.Q.C.

  27. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CÓDIGO DE COMERCIO. Artículo 195 (Características). “En las sociedades de responsabiildad limitada, los socios responden hasta el monto de sus aportes. El fondo común está dividido en cuotas de capital que, en ningún caso, puede representarse por acciones o títulos-valores.” S.Q.C.

  28. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA • Principales Características. • El fondo común (capital) se divide en cuotas de capital, el monto de aportes limita la responsabilidad y la propiedad de la empresa. • Las cuotas de capital no son transferibles de manera ‘sencilla’. S.Q.C.

  29. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA • Principales Características. La norma no obliga a que la empresa se organice diferenciando entre dueños y administradores. Típicamente se organiza así: • Nivel de Decisión: Asamblea de Socios (Dueños). • Nivel de Administración y Gestión: Gerentes o Administradores (Gestión / Representación). S.Q.C.

  30. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA • Principales Características. • La norma ha previsto el ejercicio de control interno a través de: • Los mismo socios: Ejerciendo control por cuenta propia. • Un órgano de control colectivo. S.Q.C.

  31. SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA CÓDIGO DE COMERCIO. Artículo 424 (Características). “Son socidades de economía mixta las formadas entre el estado, prefecturas, municipalides, corporaciones, empresas públicas u otras entidades dependientes del estado y el capital privado, para la explotación de empresas que tengan por finalidad el interés colectivo o la implantación, el fomento o el desarrollo de actividades industriales, comerciales o de servicios.” S.Q.C.

  32. SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA • Principales Características. • Se las considera personas de derecho privado. • Se rigen por las normas de la sociedad anónima. • El aporte de capital del Estado debe ser autorizado por ley expresa. S.Q.C.

  33. SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA • Principales Características. • Por analogía se aplica lo referente a la fiscalización interna de la sociedades anónimas. S.Q.C.

  34. ASOCIACIÓN ACCIDENTAL (O DE CUNETAS EN PARTICIPACIÓN) CÓDIGO DE COMERCIO. Artículo 365 (Características). “Por el contrato de asociaciónacidental o de cuentas en partisipación, dos o más personas toman interés en una o más operaciones determinadas o transitorias, a cumplirse mediante apostaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno o más o todos los asociados, según se convenga en el contrato. Este tipo de asociación, no tiene personalidad jurídica propia y carece de denominación social.” S.Q.C.

  35. ASOCIACIÓN ACCIDENTAL (O DE CUNETAS EN PARTICIPACIÓN) • Principales Características. • No se trata de una Sociedad Comercial, sino de un Contrato Comercial. Es una negocio jurídico en el que dos o más personas se asocian con el fin de realizar alguna actividad comercial determinada. S.Q.C.

  36. ASOCIACIÓN ACCIDENTAL (O DE CUNETAS EN PARTICIPACIÓN) • Principales Características. Comparte características con las S. C. (reunión de socios, aporte de capital, riesgo económico, etc.) pero al carecer de formalidades debido a su objeto limitado y transitorio, debe ser considerado como un contrato (responsabilidad personal de las partes). Carece de personalidad jurídica propia. S.Q.C.

  37. TERCERA PARTE Procesos de Constitución. S.Q.C.

  38. CONCEPTOS GENERALES • El fundamento doctrinal del Registro de Comercio se inscribe en la función de protección y control del Estado. • La teoría de la regulación establece que el Estado debe intervenir, entre otras cosas, para facilitar el desarrollo el mercado, para permitir que las fuerzas del mercado actúen. S.Q.C.

  39. CONCEPTOS GENERALES Un factor esencial para el desarrollo del mercado es la seguridad jurídica. La publicidadde los actos, derechos y obligaciones comerciales es uno de los principales elementos de la S. J., esto implica disposición de información,que es indispensable para el avance económico. S.Q.C.

  40. CONCEPTOS GENERALES La norma jurídica establece como objeto del Registro de Comercio poner a disposición del público los actos comerciales, para darles validez y eficacia jurídica(cumplimento de requisitos), para que estos puedan ser oponibles frente a terceros (elemento de prueba), pero sobretodo para certificar la existencia de las Sociedades Comerciales (personalidad jurídica). S.Q.C.

  41. CONCEPTOS GENERALES En Bolivia el Registro de Comercio se encuentra bajo administración de una persona privada, FUNDEMPRESA. El Servicio Nacional de Registro de Comercio (SENAREC), como persona de derecho público fiscaliza la administración del Registro de Comercio. S.Q.C.

  42. CONCEPTOS GENERALES Lo que debe inscribirse en FUNDEMPRESA: • La constitución societaria. • Las modificaciones societarias. • La representación de la sociedad. (Personería de los representantes). • Actos jurídicos que afecten el patrimonio. • Actos jurídicos que afecten los derechos y obligaciones de la sociedad. S.Q.C.

  43. PARTICULARIDADES DE LA CONSTITUCIÓN Primera Fase: • Análisis, revisión y aprobación del cumplimiento de los requisitos formales en los documentos constitutivos, por Fundempresa. Segunda Fase: • Publicación de los documentos constitutivos. S.Q.C.

  44. PARTICULARIDADES DE LA CONSTITUCIÓN Tercera Fase: • Presentación de los documentos constitutivos (originales aprobados) a Fundempresa: • Balance de Apertura. • Escritura Pública de Constitución. (Actas). • Estatutos (Acta). • Publicación en prensa escrita. • Poder del representante legal (E. P.). • Cerificado de Depósito Bancario. S.Q.C.

  45. PARTICULARIDADES DE LA CONSTITUCIÓN Cuarta Fase: • Emisión de Certificado de Matrícula y Certificado de Registro de los Testimonios de Constitución y de Representación. S.Q.C.

  46. CUARTA PARTE Análisis estratégico de las Sociedades Comerciales. S.Q.C.

  47. ANÁLISIS DEL CONTEXTO Sociedades Comerciales. • Constituyéndose en la célula económica de la sociedad moderna, deben ser: • Sanas. (Organización) • Vigorosas. (Productivas) • Funcionales. (Parte de un sistema) S.Q.C.

  48. ANÁLISIS DEL CONTEXTO ¿Cómo influye la tipicidad jurídica en la empresa? • En la estructura y organización. • En el funcionamiento. • En su relación con el entorno. S.Q.C.

  49. ANÁLISIS DEL CONTEXTO Estructura y organización. • La ley determina la naturaleza de la empresa, referente a la relación propiedad, administración y control. • Esta relación es estratégica al momento de reflotar una empresa. (Reestructuración estratégica). S.Q.C.

  50. ANÁLISIS DEL CONTEXTO Relación con el entorno. • La ley determina derechos y obligaciones con todos los agentes. • Clientes. • Proveedores. • Estado. • Propietarios S.Q.C.

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