270 likes | 793 Views
DERECHO CIVIL BIENES CÓDIGO CIVIL LIBRO II. ESCUELA : Ciencias Juridicas. Dra. Ligia E. Guzmán Zambrano. NOMBRE:. FECHA :. OCTUBRE/2008-FEBRERO/2009. INTRODUCCIÓN.
E N D
DERECHO CIVIL BIENES CÓDIGO CIVIL LIBRO II ESCUELA: Ciencias Juridicas Dra. Ligia E. Guzmán Zambrano NOMBRE: FECHA: OCTUBRE/2008-FEBRERO/2009
INTRODUCCIÓN PARA EL ESTUDIO DEL CÓDIGO CIVIL DEL ECUADOR, ES MUY IMPORTANTE EL CONOCIMIENTO DE LA ÚLTIMA CODIF. DEL CÓDIGO CIVIL DEL ECUADOR. CONTENIDO: Primer Bimestre: Varias clases de bienes; Derechos reales y personales; Dominio, Modos de adquirir el dominio y Posesión
OBJETIVOS - EN BASE A LOS CONCEPTOS DE COSA Y BIEN ESTABLECER SU DIFERENCIA DOCTRINARIA E IDENTIFICAR LAS DIFERENTES CLASES DE BIENES. - DETERMINAR LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO, SEAN ESTOS ORIGINARIOS O DERIVADOS Y LA FORMA COMO REGULA EL C. C. ECUATORIANO. GENERAL CONOCER Y ANALIZAR LAS VARIAS CLASES DE BIENES Y LAS FORMAS DE ADQUIRIR EL DOMINIO Y POSESIÓN ESPECÍFICO
TABLA DE CONTENIDOS Propiedad fiduciaria Derecho de usufructo Uso o habitación Patrimonio Familiar Servidumbres Reivindicación Acciones Posesorias Acciones Posesorias Especiales CORPORALES INCORPORALES LIMITACIONES COSAS Regular e irregular De buena y mala fe Títulos constitutivos Traslaticios Viciosa Violenta Clandestina Casos especiales violenta Adquirir y perder MUEBLES INMUEBLES POSESIÓN BIENES MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO DOMINIO O PROPIEDADA PARTICULARES NACIONALES ESTADO MUNICIPALES Ocupación Accesión Tradición Sucesión por causa de muerte Prescripción
ANTECEDENTES DOCTRINARIOS COSA Y BIENES COSA:ES TODO LO QUE EXISTE SIN TENER LA CALIDAD HUMANA BIENES: ES TODO LO SUCEPTIBLE DE APROPIACIÓN LAS COSAS COMPONEN EL GÉNERO LOS BIENES, LA ESPECIE
EVOLUCIÓN Dominio-Herencia Usufructo Uso o habitación Servidumbres-activas Prenda-hipoteca Anticipación Incorporados DERECHOS REALES MUEBLES D. PERSONALES INMUEBLES Prestamista contra su deudor por el Dinero prestado Adherencia Destinación El hijo contra el padre por alimentos Nacen las acciones
HISTORIA CLASIFICACIÓN BIENES NUESTRO CÓDIGO CIVIL Parte de la circunstancia de que sea desplazado en el espacio, lo mueble e inmueble DERECHO ROMANO: Diferencia mueble de inmueble sin darle ninguna importancia ÉPOCA JUSTINIANO Se baso en la evolución de la economía romana. Como producto de la introducción de la clasificación se llegó a elaborarla DERECHO GERMÁNICO Atendió la distinción y Dio otras clases de muebles e inmuebles Dando la clasificación a las inmateriales DERECHO FRANCÉS Extensión de la Clasificación de los Bienes incorporales
CLASIFICACIÓN DOCTRINARIA: • Corporales e incorporales • Muebles e inmuebles • Consumibles y no consumibles • Fungibles y no fungibles • Principales y accesorios • Divisibles e indivisibles • Genéricos y específicos • Singulares y universales
Corporales CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES Incorporado a Inm. Muebles Por Anticipación Adherencia Inmuebles Destinación Bienes Sobre una cosa sin respecto a deter. Per. Ejem. Dom, he, usu, ser. Derechos Reales Incorporales Prende e hipoteca o créditos reclamo a cierta persona. Ejem. prestamista Derechos Personales
DERECHOS Y ACCIONES EL DERECHO USUFRUCTO SE REPUTAN DERECHOS Y ACCIONES MUEBLES E INMUEBLES EJECUTE LA OBRA SE REPUTAN HECHOS Y ACCIONES MUEBLES Acción: el derecho que se tiene a pedir alguna cosa o la forma legal de ejercitar éste. Derecho: Es la facultad dereclamar lo que me pertenece Hechos: originan derechos y obligaciones personales o créditos
ANTECEDENTES DEL DOMINIO O PROPIEDAD Código Civil Austriaco Sigue la misma línea del Código francés Código Civil Francés Es el derecho de gozar y disponer de las cosas de la manera más Absoluta, que no contravenga con las leyes o reglamentos. Código Civil Alemán 1896-1900 El propietario de una cosa Puede proceder a su arbitrio con ella y excluir a los demás de toda ingerencia, En tanto no se oponga a la ley o a los derechos de terceros Código Civil Suizo 1907 Tiene el derecho de disponer libremente Dentro de los limites de la ley. puede reivindicarla contra quién la detente sin derecho y rechazar toda usurpación Código Civil Francés Código Civil Ruso - Respeto a los derechos civiles que gozan de protección legal - Dentro de los limites señalados por la ley Poseer, disfrutar y disponer de la cosa Código Civil Venezuela Es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva con las restricciones y obligaciones establecidas por la ley
ANTECEDENTES DEL DOMINIO O PROPIEDAD 2 Código Italiano El propietario tiene el derecho de gozar y Disponer de la cosa de modo pleno y exclusivo dentro de los limites de la ley y con la observancia y de las Obligaciones establecidas por el ordenamiento jurídico Código Chileno El absolutismo es de la esencia en el derecho de propiedad, como un derecho excluyente CÓDIGO CIVIL ECUATORIANO Art. 599.-EL DOMINIO, QUE SE LLAMA TAMBIÉN PROPIEDAD, ES EL DERECHO REAL EN UNA COSA CORPORAL, PARA GOZAR Y DISPONER DE ELLA, CONFORME A LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES Y RESPETANDO EL DERECHO AJENO, SEA INDIVIDUAL O SOCIAL. LA PROPIEDAD SEPARADA DEL GOCE DE LA COSA, SE LLAMA MERA O NUDA PROPIEDAD.”
OBJETOS DEL DERECHO Propiedades Constituido por todos los bienes susceptibles de apropiación Tres condiciones: Útil-exista-susceptible de apropiación
DERECHO REAL EN UNA COSA-CORPORAL PARA GOSAR Y DISPONER DISPOSICIONES DE LAS LEYES RESPETANDO EL DERECHO AJENO INDIVIDUAL O SOCIAL INCORPORALES HAY UNA ESPECIE DE PROPIEDAD PROPIEDAD INTELECTUAL COSAS COMUNES USUFRUCTUARIO AUTORES ALTA MAR EL DOMINIO O PROPIDAD
EL DERECHO DE DOMINIO O PROPIEDAD CARACTERISTICAS DERECHO REAL ABSOLUTO EXCLUSIVO Y EXCLUYENTE PERPETUA FACULTADES USO (IUS UTENDI) USUFRUCTO (IUS FRUENDI) ABUSO (IUS ABUTENDI)
MUEBLES OCUPACIÓN MUEBLES E INMUEBLES ACCESIÓN MUEBLES E INMUEBLES TRADICIÓN SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE MUEBLES E INMUEBLES MUEBLES E INMUEBLES PRESCRIPCIÓN MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO ES LA CAUSA INMEDIATA QUE INCORPORA UN DERECHO AL PATRIMONIO PERSONAL
CLASIFICACIÓN BIZANTINAANTECEDENTE ORIGINARIOS DERIVATIVOS TRADICIÓN OCUPACIÓN PRESCRIPCIÓN SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE ACCESIÓN
OCUPACIÓN MUEBLES Bienes perdidos TESORO No tienen dueño caza PESCA No pertenecen a nadie
ACCESIÓN F. CIVILES SUELDO INMUEBLE a MUEBLES MUEBLE a INMUEBLES F. Naturales pendientes pendientes Edif.-Plan. y siembra aluvión Adjunción percibidos percibidos Accesoriedad avulsión Derechos y obligaciones. Propiedad F.C Especificación Propiedad F. N Mezcla de mat. áridas y liquidas
TRADICIÓN TRADENTE ADQUIRENTE FACULTAD CAPACIDAD INTENCIÓN VALIDEZ: VOLUNTARIAMENTE CONSENTIMIENTO TÍTULO TRASLATIVO COSAS CORPORAL MUEBLE CONDICION: SUSPENSIVA RESOLUTORIA VENTA PERMUTA DONACIÓN TESTA. SENT. Y PARTICIONES MOSTRANDOLA ENTREGANDO LAS LLAVES RESERVA DE DOMINIO BIENES RAÍCES INSCRIPCIÓN
Persona difunta singular universal TITULO testamentaria intestada SUECIÓN POR CAUSA DE MUERTE
4 BIENES INMUEBLES MUEBLES COSAS AJENAS Y EXTINGUIR LAS ACCIONES Y DERECHOS. EL JUEZ NO ALEGA 3 años muebles ordinaria 5 años inmuebles 15 años inmuebles extraordinaria PRESCRIPCIÓN
POSESIÓN Regular irregular buena y Mala fe Títulos constitutivos Títulos traslaticios Adquisición Conservación pérdida Ocupación Accesión Prescrip. Actuación de personas Venta permuta La donación entre vivos Justo título falsificado -Regis. Pro - Aunque de comodato - Título no INS VICIOSAS: Violenta - clandestina
LOS MODOS DE ADQUIRIR Y PERDER LA POSESIÓN O T R O S E A P O D E R A T I T U L O N O I N S C R I T O I N C A P A C I D A D I N S C R I P C I Ó N H E R E N C I A T E R C E R O S
BIENES DOCTRINA CÓDIGO CIVIL COSAS MODOS DOMINIO POSESIÓN PROPIEDAD RESUMEN DEL PRIMER BIMESTRE
RECOMENDACIONES CON EL ESTUDIO DE LA ASIGNATURA Y LA ELABORACIÓN DE LA GUÍA ESTARÁ EN CAPACIDAD PARA RENDIR SU PRUEBA PRESENCIAL. VERFIQUE QUE LA HOJA DE RESPUESTAS CORRESPONDA A LA EVALUACIÓN QUE ESTÁ DESARROLLANDO. RECUERDE QUE SÓLO PUEDE CONTESTAR CON LÁPIZ 2B