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Carrera Académica. ORDENANZA DE CONSEJO SUPERIOR 1182. La ley de educación superior 24521, en vigencia desde el 10 de agosto de 1995, establece en diversos artículos el derecho del docente de acceder a la Carrera Academica. ¿Que es Carrera Académica?. Es un PROCESO DE EVALUACION DOCENTE
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Carrera Académica ORDENANZA DE CONSEJO SUPERIOR 1182 La ley de educación superior 24521, en vigencia desde el 10 de agosto de 1995, establece en diversos artículos el derecho del docente de acceder a la Carrera Academica.
¿Que es Carrera Académica? • Es un PROCESO DE EVALUACION DOCENTE • Que comprende varias INSTANCIAS
¿Cuando comienza la Carrera Académica? Articulo 1: • El ingreso y la modificación de la jerarquía académica, se efectuaran por concurso abierto y publico de títulos, antecedentes y oposición, según las reglamentaciones en vigencia ( Res Consejo Superior 1273) Articulo 5 El ingreso a la Carrera Académica, en cualquiera de sus distintas categorías, se hará por concurso abierto y publico de títulos, antecedentes y oposición
¿Quién da comienzo a la evaluación de Carrera Académica? Art 13 El director del departamento será el responsable de dar inicio al proceso de evaluación, solicitando fehacientemente al docente involucrado la presentación de la nota de elevación, adjuntando el informe a que hace referencia el articulo 1 sobre el cumplimiento del plan de trabajo anual del periodo a evaluar, de acuerdo a lo instruido establecido por el Consejo Departamental, dentro del ciclo lectivo correspondiente. …..
¿Qué implica un proceso? Un proceso es un conjunto de actividades o eventos (coordinados u organizados) que se realizan o suceden (alternativa o simultáneamente) bajo ciertas circunstancias con un fin determinado. Este término tiene significados diferentes según la rama de la ciencia o la técnica en que se utilice. Articulo 7 La evaluación es un proceso permanente y fundamental en la instrumentación de carrera académica. La evaluación es un instrumento pedagógico y de gestión que estimula la mejora continua de la tarea docente y tiende a lograr la máxima calidad del sistema. Es por ello que la evaluación incluye a todos los docentes (concursados o interinos) de la UTN.
¿Que me evalúan? • Cumplimiento de las actividades académicas, en función de la dedicación (Plan anual de actividades, aprobado por el departamento, de todos los integrantes de la cátedra, mas informe final en relación a estas actividades programadas.) Art 7.1 • Cumplimiento de las actividades conexas a las actividades académicas (reuniones, documentación pedida por las autoridades, informes, etc.) Art 7.2 • Desempeño frente a los estudiantes. Art 7.3
¿Que instancias intervienen? • El proceso de evaluación docente lo inicia el departamento, cuando aprueba el PAA. ( que deberá ser presentado antes del 15 de diciembre, para darle tiempo al departamento a evaluarlo antes de que comience el próximo ciclo lectivo)
¿Que instancias intervienen? PRINCIPIO DE AÑO Para un profesor a cargo de la cátedra: • Presenta a principio de año el PAA del director de cátedra, y el PAA como docente de la cátedra Para los auxiliares de cátedra. • Presentaran el PAA como docentes de cátedra FIN DE AÑO • Docente auxiliar presenta el informe final de actividades • El director de cátedra presentara el INFORME FINAL DE ACTIVIDADES, junto con el informe final de el o los auxiliares de cátedra y la evaluación de los mismos POR MESA DE ENTRADA DIRIGIDOS AL DEPARTEMENTO DEL QUE DEPENDE LA CATEDRA
¿Que instancias intervienen? POR MESA DE ENTRADA, PREVIA VISITA A LA OFICINA DE CARRERA ACADEMICA, DIRIGIDOS AL DEPARTEMENTO DEL QUE DEPENDE LA CATEDRA El departamento coteja los PPA con los informes, examina la documentación y EVALUA al director de cátedra, en la instancia de: EVALUACION DEL SUPERIOR ( Jefe de departamento) Luego de esto lo ELEVA a Secretaria Académica, donde se le anexan las encuestas realizadas por los ESTUDIANTES y se guarda en el expediente del docente.
¿Cómo sigue la evaluación? Ya explicamos la evaluación anual, pero quedan otras instancias: El periodo de designación puede ser de 7 años sin son Docentes Titulares, Asociados o adjuntos o 5 año si son Auxiliares docentes ( JTP, ayudante de primera) Art 22 Durante ese periodo los docentes deben ser evaluados DOS VECES por una COMISION EVALUADORA. Aproximadamente cada mitad del periodo y al finalizar. Que calificara con: INSUFICIENTE, SUFICIENTE, MUY BUENO Y SOBRESALIENTE.
¿Quién y como se elige la Comisión Evaluadora? Art. 14 Los consejos departamentales proponen al Consejo Directivo una comisión compuesta por: Docentes Ordinarios de igual o mayor rango: Titular y suplente de nuestra REGIONAL Titular y suplente de OTRA REGIONAL Titular y suplente de OTRA UNIVERSIDAD Dos veedores graduados y dos veedores alumnos. Consejo directivo la aprueba o no y designa o solicita una nueva propuesta.
¿Como evalúa esa comision? El docente pide por nota al departamento ser evaluado, el departamento envía a Secretaria Académica la documentación, sus evaluaciones y la nota del docente. Secretaria Academica acuerda con el los integrantes de la Comision Evaluadora y notifica la fecha al docente. Se consideran toda la documentación presentada, y se lleva a cabo un coloquio. De ella sale un dictamen. Se eleva a Consejo Directivo y luego de su aprobación a Consejo Superior, quien se expide renovando el periodo por 5 o 7 años (según el cargo) si esta conforme con todo el proceso. En caso de que el resultado sea negativo o insuficiente en cualquiera de las instancias, se concursa nuevamente la materia en cuestión.
¿Quién renueva la designación? CONSEJO SUPERIOR, MEDIANTE RESOLUCION
¿Cuál es el beneficio de hacer Carrera Academica? Puedo renovar el cargo sin necesidad de ir a concurso abierto de antecedentes y oposición. No tengo que dar clase publica. No tengo que competir con otro docente para ganar el cargo.
¿Y las contras? La presentación de la documentación es tediosa y reiterativa No tengo posibilidades de aumentar mi categoría como docente.
Dedicaciones • Art. 4.2 • Dedicación Simple: Docencia y formación, 10hs. (horas cátedra 4 a 6) • Dedicación Semi exclusiva: Docencia y formación 20hs. (horas cátedra 8 a 12)y alguna de las siguientes funciones: investigación, y/o desarrollo o extensión. • Dedicación Exclusiva: Docencia y formación 40hs. (horas cátedra 10 a 16)y alguna de las siguientes funciones: investigación, y/o desarrollo o extensión.
¿Es diferente la evaluación? Art 14 En caso de la evaluación de un docente con dedicación exclusiva, al menos Uno de los miembros de la comisión evaluadora deberá ser Profesor con actividad especifica en la investigación reconocida por la Universidad.