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Reconstrucción, Tributación y el cobre

Reconstrucción, Tributación y el cobre. Julián Alcayaga O. Economista Universidad de Chile Santiago, mayo de 2010. La gran falla: la tributación.

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Reconstrucción, Tributación y el cobre

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  1. Reconstrucción, Tributación y el cobre Julián Alcayaga O. Economista Universidad de Chile Santiago, mayo de 2010

  2. La gran falla: la tributación • Una de las razones que explica que un país tan rico como Chile sea pobre, es el mal funcionamiento de su sistema tributario, que permite que la evasión tributaria alcance a los US$ 4.500 millones anuales, y que la elusión, es decir las exenciones tributarias en favor de los sectores más pudientes de la sociedad alcance a otros US$ 4.500 millones anuales. • La evasión y la elusión tributaria representan alrededor de un tercio de los actuales ingresos tributarios del Estado. ¡ES MAS QUE DEMASIADO !

  3. Impuesto 1ª Categoría – Caso 1

  4. Tabla Impto. Global Complementario

  5. Impuesto 1ª Categoría – Caso 2

  6. ¿Quienes pagan impuestos ?(En millones de dólares) ¡Los mismos de siempre!

  7. Producción 1994 - 2003

  8. El secreto, la clave en la evasión y la elusión • Inc. 4º art. 35 DL 830 desde 1980 hasta 1995 • En estas listas se indicará, además la renta imponible de los impuestos de categoría, global complementario y adicional, como asimismo el impuesto anual que por los referidos tributos le ha correspondido a cada contribuyente. Podrá indicarse también en estas listas el monto de las rentas exentas del Impuesto Global Complementario: pero si así no se hiciere, la información respectiva se proporcionará a cualquiera persona que lo solicite.(Derogado por art. 5 letra b ley 19.398 de 1995)

  9. “Políticas, deshonestidades, negligencias” • Es evidente que la elusión tributaria es política, ( es el poder político que aprueba las leyes que permiten esas exenciones). • Pero la evasión se efectúa al margen de las leyes, y ella podría ser culpa de contribuyentes deshonestos, que no cumplen con sus obligaciones tributarias. • Pero la evasión está también autorizada por un sistema tributario concebido para ser evadido y por la falta de voluntad política para aplicar la legislación apropiada.

  10. Las carretelas e internet • En apariencia, o para la galería, Chile tiene un eficiente sistema contra la evasión tributaria por la obligación de timbrar en el SII las facturas, boletas y todos los demás documentos comerciales y contables. • Este timbraje que data de la era de lascarretelas, fue suprimido hace muchas décadas en los países desarrollados. • En Chile, en cambio, la carretela transita por la más moderna de las autopistas: Internet.

  11. Sólo para pobres • Exxon dueña durante 24 años de La Disputada de Las Condes, jamás pagó un solo peso de impuesto a la renta. Al contrario, dejó perdidas tributarias por US$700 millones , y la vendió en US$1.300 millones. • El timbraje de facturas, vigente en todo ese período, fue mudo testigo de esta multimillonaria evasión tributaria. ¿Entonces sirve el timbraje ? • Sí … para torneros y peluqueros, entre otros, que han sido clausurados por no dar boleta. A estos mini evasores les cae el peso de una ley absolutamente ineficiente cuando se trata de verdaderos evasores de impuestos

  12. ¿Y si nos pusiéramos serios? • Hay medidas de muy fácil aplicación que desde hace décadas han permitido a los países desarrollados luchar contra la evasión tributaria, por lo que parece increíble que con la mundialización de las comunicaciones y de la economía, ellos no se conozcan y no se implementen en Chile: 1) La limitación de las pérdidas contables 2) Plan Contable Unico y Obligatorio 3) Supresión del secreto bancario y contable

  13. Límite a las pérdidas • En los países modernos, cuando las empresas tienen pérdidas que sobrepasan de 25 % a 50 % del capital social, existe la obligación legal de aumentar el capital de la empresas o ponerle término de giro. • Esto debe ser así, porque si una empresa, año tras año acumula pérdidas y aún así sigue funcionando, significa que lo hace con ingresos no declarados que han evadido el pago de impuestos, o son dineros de más dudosa procedencia.

  14. No a los sacos rotos • En Chile, no existen límites a las pérdidas, lo que se convierte en un verdadero saco roto donde los contribuyentes pueden echar sin límites, ventas sin factura, compras con facturas falsas, gastos o pérdidas no justificadas. • Para terminar con este saco roto, ante lo cual el timbraje de facturas de nada sirve, toda empresa que tenga pérdidas superiores a un tercio del capital social, debe obligatoriamente aumentar su capital, o terminar su giro.

  15. Plan contable único y obligatorio • En la U.E. existe un Plan Contable que es obligatorio para todos los contribuyentes de la Unión, y en base a esa plan se deben obligatoriamente presentar los balances, inventarios y Estados de Resultados, junto a la declaración de la renta. • El Plan Contable Unico, permite establecer estructuras de gastos por sector y tamaño de empresas, que en la comparación permite el autocontrol y la autofiscalización.

  16. A río revuelto, pérdidas para el Fisco Estado de Resultado Panadería

  17. Sin inventar la rueda • Nada justifica que en Chile no se haya implementado un Plan Contable Unico Nacional y Obligatorio para todos los contribuyentes obligados de llevar contabilidad, salvo el de deliberadamente NO QUERER frenar la evasión tributaria. • Para no tener de nuevo que inventar la rueda, y evitar largas discusiones sobre el tema, lo más lógico sería adaptar directamente el Plan Contable Europeo, el cuál se encuentra traducido al castellano, puesto que se usa en España.

  18. Suprimir el secreto bancario • Poderoso caballero es Don Dinero , si hasta la fecha ningún Presidente se atreve a terminar con el secreto bancario. • En los países avanzados las declaraciones de impuestos y los balances son públicos y no existe el secreto bancario para los fiscalizadores tributarios. Suprimir el secreto bancario y el tributario, son medidas muy importantes contra la evasión tributaria, y evidentemente contra el lavado de dinero.

  19. EL NUEVO ROYALTY

  20. Ventas en Mercados de Futuro Venta Opciones 10.000 T. A US $ 0,90 Compra Opciones 10.000 T. A US $ 1,10 Tres meses • El art. 31 inciso primero de la ley de la Renta establece: “No se deducirán los gastos incurridos en la adquisición, mantención o explotación de bienes no destinados al giro del negocio o empresa”. “Agregar: “ incluidas las pérdidas en los mercados de futuro de metales, o del mercado de futuros de cualquier otro producto, o mercados similares que determine el Servicio” (Proposición del FMI)

  21. Los Precios de Transferencia • En el paso de transformar el concentrado en cobre refinado, se van cargando “más costos” a los procesos, que pasan a ser transferencia de utilidades para las empresas relacionadas que realizan estos procesos. 100.000 T Concentrado 32% 32.000 T Cobre Refinado Fletes seguros fundición, refinación Participación en el precio Agregar inciso 3° en el art. 38 del DL 824: que el valor promedio de cargos sea autorizado por el P. de la R. en base promedio industria.

  22. INICIO CICLO ELUSIÓN-EVASIÓN Casa Matriz Utilidad, sin impuestos Aporte de capital 20% Impuesto 35% Filiales Financieras Bermudas, Bahamas I. Virgenes Minera Chilena Créditos 80%, Impuesto 4% Modificar art. 2 DL 600, para que créditos no superen 20%, y en N° 1 de art. 59 DL 824, que Impto. Adic. Int. Pase de 4 a 20%.

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