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POLITICA EDUCATIVA EN ESPAÑA. Estado de Bienestar Profesor D. Ignacio Criado Susana Orgillés Mañas 1º Derecho y Ciencias Políticas. INDICE. 1. Leyes educativas desde la Constitución de 1978. 2. Descentralización del sistema educativo. -Competencias de las CCAA
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POLITICA EDUCATIVA EN ESPAÑA • Estado de Bienestar • Profesor D. Ignacio Criado • Susana Orgillés Mañas • 1º Derecho y Ciencias Políticas
INDICE 1. Leyes educativas desde la Constitución de 1978. 2. Descentralización del sistema educativo. -Competencias de las CCAA -Situación en Cataluña, Galicia y País Vasco 3. Educación especial - Historia - Legislación - Escolarización 4. Educación para la ciudadanía - Nueva asignatura - Criticas - Sentencia 5. Plan Bolonia. - Objetivos y características - Apoyos y críticas 6. Comparación del nivel educativo a escala nacional e internacional
LEYES EDUCATIVAS DESDE LA CONSTITUCION DE 1978 (I) INTRODUCCION • El derecho a la educación aparece regulado en el art.27 del título primero de la Constitución. Un artículo ambiguo, que buscaba consenso en un difícil y delicado momento histórico. • Los principios educativos enunciados en este artículo, deben ser desarrollados por leyes orgánicas para la completa regulación de esta materia. • Gran cantidad de leyes orgánicas destinadasa regular esta materia debido a la disparidad de criterios que los distintos gobiernos han mantenido. LEGISLACION • La celebración de las primeras elecciones democráticas dio como ganador a la Unión de Centro Democrático, que tras su inmediata llegada al ejecutivo presentó un proyecto de Ley sobre materia educativa. El BOE publico la Ley Orgánica 5/1980, de 19 de Junio, por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE). • En 1982 se celebraron unas nuevas elecciones, y esta vez, el PSOE resultaría vencedor. Presentan el proyecto de Ley Orgánica reguladora del Derecho a la educación (LODE). • En 1990, y bajo el mismo gobierno, las Cortes Generales aprobaron una nueva Ley Orgánica, con el voto contrario del PP, que suponía una reforma educativa, y por tanto una modificación de la LODE. Nace así otra ley sobre educación llamada LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo).
LEYES EDUCATIVAS DESDE LA CONSTITUCION DE 1978 (II) • En 1995, el gobierno del PSOE volvió a plantear un nuevo proyecto de ley para modificar la LOGSE, aprobada 5 años antes. Es la ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (LOPEG). • En 1996, el PP ganó las elecciones. Pero hasta 2002 no elaboraron ninguna ley educativa. Fue en ese año cuando elaboraron la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP). • En ese mismo año, también elaboraron una nueva ley, que se aprobó por las Cortes y se publicó en el BOE bajo el nombre de Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE). • La última ley de educación fue elaborada en 2006 por el gobierno del PSOE, tras haber ganado las elecciones generales en 2004. Es la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
DESCENTRALIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO (I) • El art.143 de la Constitución aprobada en 1978, contempla la transferencia de competencias a las 17 Comunidades Autónomas que configuran el Estado español. Una de esas competencias es la regulación y administración de la enseñanza de acuerdo con las bases de legislación estatal. • El Estado se reserva unas competencias que le son exclusivas. Una de ellas, y en relación con este apartado, es la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos (art.149.1.1ªCE). • Las Leyes Orgánicas que desarrollan el art.27 CE, atribuyen también competencias a las Comunidades autónomas en materia educativa. CATALUÑA • La Constitución de 1978 reconoció al catalán como lengua cooficial. • La llamada “inmersión lingüística” de los centros escolares catalanes, hace que ninguno de éstos presente la posibilidad a los padres de escolarizar a sus hijos en castellano. • Un dato llamativo es el hecho de que, de las 5250 horas lectivas de un alumno de primaria, solo 420 se dediquen al castellano.
DESCENTRALIZACION DEL SISTEMA EDUCATIVO (II) GALICIA • Reconocimiento constitucional. • En 1983, la Ley de normalización lingüística de esta comunidad establecía el deber de conocer el gallego. El TC declaró inconstitucional el inciso de “deber de conocer el gallego” presente en el art.1.2ª de dicha ley. • El modelo educativo propuesto por el gobierno del PSOE y del BNG fue aprobado en 2007. Este modelo establecía que el mínimo de asignaturas que se debieran impartir en gallego fuera de un 50%. • Nace “Galicia Bilingüe”. PAIS VASCO • El vasco fue también reconocido en la Contistución de 1978. • Nos encontramos con 3 modelos educativos: -el modelo A: supone estudiar íntegramente en castellano excepto la asignatura de euskera. -modelo B: situación de bilingüismo. -modelo D: estudiar íntegramente en euskera excepto la asignatura de castellano.
DESCENTRALIZACION DEL SISTEMA EDUCATIVO (III) • Del total del alumnado vasco, el 20,7% está matriculado en el modelo A, el 23,2% en el B, y el 56,1 en el D. • Algunos datos: -En las guarderías, los niños que adoptan en modelo D llegan a alcanzar la cifra del 90%. -En la etapa infantil, durante el curso 2007/2008, el 68,8 de los alumnos estudiaron en euskera salvo la asignatura en castellano -En la educación obligatoria, y según datos del 2006, el 52,3 siguió el modelo D. -En el bachillerato ambas lenguas empatan y en la formación profesional, el castellano es la lengua mayoritaria. -En las universidades, solo el 21% de los alumnos reciben alguna clase en vasco.
DESCENTRALIZACION DEL SISTEMA EDUCATIVO (IV) • El decreto 175/2007 impulsado por el gobierno vasco del PNV, propone al vasco como la lengua vehicular, limitando así el espacio del castellano en esta comunidad autónoma. • Comunidad Foral de Navarra: modelo A: todo en castellano exceptuando la asignatura de euskera. 19,2% de alumnos matriculados - Modelo B: situación de bilingüismo. 22,2% - Modelo C: todo en euskera salvo la asignatura en castellano. 22,2% -Modelo G: todo en castellano sin asignatura de euskera. 58,6% de alumnos matriculados. • Pais Vasco francés: 15,9% de matriculación en euskera. Se imparte en las ikastolas
EDUCACION ESPECIAL (I) • Entendemos por educación especial aquella destinada a satisfacer y hacer frente a las necesidades educativas de personas con alguna deficiencia física, psíquica o sensorial o de superdotados. HISTORIA • Personas destacadas en este ámbito: Louis Braille, Pedro Ponce de León, Juan Pablo Bonet, Charles Michel de L´epeé y Valentin Haüy. • En España: - La educación especial se remonta al siglo XVI, cuando ya se enseñaba y educaba a personas sordas. - En 1910, ya que se crea el Patronato Nacional de Ciegos y Sordomudos y Anormales. - En 1941, el Instituto de Ciegos pasa a manos de la ONCE y ya en 1975 se crea el Instituto Nacional de Educación Especial (INEE) LEGISLACION • La Ley General de Educación de 1970 adopta el término “educación especial” para definir esta modalidad • En la Constitución de 1978, también se le dedica tiempo a la educación especial, concretamente en el art. 49. • En 1978, el INEE establece una serie de principios que se convertirán en ley en 1982, al aprobarse la Ley 13/1982 de Inserción Social del Minusválido. • En la LOGSE también se menciona este tipo de educación. • Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial y Real Decreto, 696/1995
EDUCACION ESPECIAL (II) ESCOLARIZACION • Su escolarización se realiza, en un primer momento, en los centros escolares ordinarios. Si esto falla y no se le da al disminuido, discapacitado o minusválido la educación que necesita, se pasará a escolarizarlo en un centro de educación especial. • El seguimiento del desarrollo del estado de estas personas corre a cargo de unos psicopedagogos, quienes les realizan continuas evaluaciones. • En lo referente al currículo, se permiten modificaciones y adaptaciones para acercar los contenidos a las capacidades de los alumnos de educación especial: las de acceso al currículo y las adaptaciones curriculares propiamente dichas
EDUCACION PARA LA CIUDADANIA • Es la nueva asignatura creada a partir de la LOE, aprobada por el Parlamento e introducida en el último ciclo de la educación primaria y en todos los cursos de la educación secundaria. • El Consejo de Europa en 2002, recomendó a los gobiernos de todos los países miembros de la Unión Europea implantar esta nueva asignatura para así promover la defensa de los valores, los derechos y principios que constituyen el Estado democrático. • Criticas de la Iglesia Católica, padres y PP • Los puntos de mayor controversia de la asignatura son los de la educación sexual, las familias multiparentales u homosexuales y el supuesto adoctrinamiento estatal. • El Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que se obligaba a todos los alumnos a cursar esta asignatura, al entender que no había ningún indicio de adoctrinamiento por parte de la misma.
PLAN BOLONIA • Proceso cuyo origen lo encontramos en la Declaración de Bolonia de 1999, acuerdo firmado por los 29 ministros de educación de los países miembros de la Unión Europea en Bolonia, Italia. • Objetivos: -Adopción de un sistema fácilmente legible y comparable de titulaciones -Adopción de un sistema basado en tres ciclos: grado, máster y doctorado -Establecimiento de un sistema internacional de créditos -Promoción de la movilidad de los estudiantes, profesores e investigadores y personal de administración y servicios, y superación de los obstáculos que dificultan esta movilidad. -Promoción de la cooperación europea para garantizar la calidad de la educación superior. -Promoción de una dimensión europea de la educación superior. -Reforma financiera: recapitalizar la universidad • Este nuevo modelo universitario se caracteriza por tener unas nuevas metodologías docentes • Ha recibido numerosas críticas, siendo la del movimiento estudiantil la más importante. • El Ministerio de ciencia asegura haber invertido 50 millones de euros desde 2005 para su implantación. El presupuesto para este año, es de 16 millones, cifra que rectores, sindicatos y alumnos piden que ascienda a los 100.
COMPARACION NACIONAL (I) • Tabla 1. Tasas netas de escolarización de 16 a 19 años por niveles y etapas.
COMPARACIÓN NACIONAL (II) • Tabla 2. Abandono educativo temprano: Población de 18 a 24 años que no ha completado el nivel de educación secundaria 2ª etapa y no sigue ningún tipo de educación-formación
COMPARACIÓN NACIONAL (III) • Tabla 3. Tasa bruta de población que alcanza los objetivos de la E.S.O por sexo curso 2005-06
COMPARACIÓN NACIONAL (IV) • Tabla 4. Tasa bruta de población que supera la prueba de acceso a la universidad en 2007
COMPARACION INTERNACIONAL (I) • Tabla 5. Gasto publico total en educación en relación al PIB de los países de la Unión Europea año 2005
COMPARACIÓN INTERACIONAL (II) • Tabla 6. Informe PISA 2003. Puntos logrados. Alumnos de 15 años
COMPARACIÓN INTERNACIONAL (III) • Tabla 7. PISA 2006. Resultados por países en la escala de Ciencias