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ASESORES FISCALES CONTADORES PUBLICOS. SISTEMA TRIBUTARIO Panama VENTAJAS FISCALES PARA LOS INVERSIONISTAS. 1040, Avenue of the Américas (40th Street), 18th Floor New York, NY 10018, USA Telf: +1-212-847-9552 Fax:+ 1-212- 512-0507.
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ASESORES FISCALES CONTADORES PUBLICOS SISTEMA TRIBUTARIO Panama VENTAJAS FISCALES PARA LOS INVERSIONISTAS 1040, Avenue of the Américas (40th Street), 18th Floor New York, NY 10018, USA Telf: +1-212-847-9552 Fax:+ 1-212- 512-0507 Reforma 222, Torre 1, Piso 18 Col.Juarez, 06600 México, D.F. Tlf. 00-52-55-30953922, 00-52-55-12537178 Fax:0052-55-54404596,00-52-55-12537091 Calle 41, Bella Vista, Edificio No. 21, Piso 1,Oficina 2, Teléfono 005072275913/2275912 jcorreachiu@correaleonyasociados.com info@correaleonyasociados.com
Contenido • IMPUESTOS EN PANAMA • INCENTIVOS FISCALES • CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION INTERNACIONAL FIRMADOS • CONVENIOS PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA FIRMADOS
IMPUESTOS EN PANAMA • El de importación. • El de renta: • El de Dividendos (Complementario). • El de Ganancia de Capital. • El de inmueble. • El de naves. • El de timbres. • El de aviso de operaciones de empresas. • El de bancos, financieras y casas de cambio. • El de seguros. • El de consumo al combustible y derivados de petróleos. • El de transferencia de bienes corporales muebles y prestación de servicios. • El selectivo al consumo de ciertos bienes y servicios. • El de transferencia de bienes inmuebles. • Impuestos Municipales. • Contribuciones de Seguridad Social. • Tasa Unica Anual.
IMPUESTOS EN PANAMA • El de renta: • Dividendos - Complementario. • El de Ganancia de Capital. • El de timbres. • El de aviso de operaciones de empresas. • El de transferencia de bienes corporales muebles y prestación de servicios. • Impuestos Municipales. • Contribuciones de Seguridad Social. • Tasa Única Anual.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETO La renta producida en territorio panameño, independientemente de la nacionalidad, domicilio o residencia del beneficiario, del lugar de celebración de los contratos, del lugar donde se pague o perciba y de quien sea el pagador de las mismas.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA • SUJETO • Persona Natural o Jurídica, nacional o extranjera, que percibe la renta gravable objeto de este impuesto.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA TARIFA GENERAL • 25%
IMPUESTO SOBRE LA RENTA TARIFA • Las personas jurídicas con ingresos gravables superiores a un millón quinientos mil balboas (B/1,500,000.00) anuales, pagaran en concepto de Impuesto sobre la Renta a la tarifa que corresponda según la persona jurídica, la suma mayor que resulte entre: • Método tradicional , o • La renta neta gravable que resulte de aplicar al total de ingresos gravables el cuarto punto sesenta y siete por ciento (4.67%). • Para las actividades agropecuarias: 3.25% para el año el 2013 en adelante.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA TARIFAS PERSONA NATURAL
IMPUESTO DE TIMBRES • Los documentos ejecutados y sujetos a las leyes de la República de Panamá están sujetos a un impuesto de timbre a una tasa de US$ 0.10 por cada US$ 100.00 de valor.
IMPUESTO DE AVISO DE OPERACIÓN DE EMPRESAS • El Impuesto grava en forma directa los activos netos de las corporaciones. • Tarifa: 2% • Mínimo: B/. 100.00 • Máximo: B/. 60,0000.00
IMPUESTO DE AVISO DE OPERACIÓN DE EMPRESAS • Áreas de comercio internacional libre que posee u opere la Zona Libre de Colon o cualquier otra zona o área libre establecida o que se cree en el futuro: • Tarifa: (1%) anual sobre el capital de la empresa. • Mínimo: B/100.00. • Máximo: B/ 50,000.00.
Impuesto de Dividendos-Impuesto Complementario • Toda persona jurídica que requiera el aviso de operaciones queda obligada a retener el impuesto sobre dividendo de un 10% de las sumas que distribuya a sus accionistas o socios de empresas subsidiarias, cuando estas sean de fuente panameña y de un 5% cuando se trate de rentas de fuente extranjera, exteriores o de exportación.
Impuesto de Dividendos-Impuesto Complementario • Otros Casos del Pago del Impuesto: • Todo préstamo o crédito que la sociedad otorgue a sus accionistas deberá pagar el 10% de impuesto de dividendos, incluyendo los casos en que el impuesto de dividendos sea del 5%
Impuesto de Ganancia de Capital • Tarifas: • Compraventa de bienes inmuebles no esté dentro del giro ordinario de la actividad del contribuyente, Tarifa 10%. • Sin embargo, la legislación establece un adelanto del 3% que se obtiene del valor de la enajenación o del valor catastral cualquiera que fuera el mayor.
IMPUESTOS MUNICIPALES • En materia de impuestos municipales es bueno resaltar que todos los municipios de la República están autorizados por ley para crear y cobrar impuestos, tasas y contribuciones que se establezcan a nivel de cada distrito.
IMPUESTOS MUNICIPALES • - Impuesto de Rotulo o Propaganda • - Impuesto de Actividad • - Impuesto de Circulación
SEGURIDAD SOCIAL • Los empleados y empleadores deben pagar la cuota correspondiente a la Caja de Seguro Social, de conformidad con lo que establece esta Ley, sobre los salarios, pagados por el empleador y recibidos por el empleado.
SEGURIDAD SOCIAL • CONTRIBUCIONES EMPLEADOR • Seguro Social: 12.25% • Seguro Educativo: 1.50% • Riesgo Profesional: Desde 0.98% a 5.67% • Decimo Tercer Mes: 10.75%
SEGURIDAD SOCIAL • CONTRIBUCIONES DEL EMPLEADO • Seguro Social: 9.75% • Seguro Educativo: 1.25% • Impuesto Sobre la Renta: En base a la Tarifa de Persona Natural • Decimo Tercer Mes: 7.25%
TASA UNICA • Las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y cualesquiera otras personas jurídicas, sean nacionales o extranjeras, pagarán al momento de su inscripción y en los años subsiguientes una tasa única anual de trescientos Balboas (B/.300.00), para mantener la plena vigencia. • Las fundaciones de interés privado, pagarán al momento de su inscripción una primera tasa única anual de trescientos cincuenta balboas (B/.350.00). En los años subsiguientes el pago por este concepto será de cuatrocientos balboas (B/.400.00), para mantener la plena vigencia
PRESTACIONES LABORALES • Vacaciones: 9.09% de los salarios • Decimo Tercer Mes: 8.33% de los salarios • Prima de Antigüedad: 1.92% de los salarios • Indemnización: 6.54% de los salarios • Días Laborables: 5.77 % de los salarios
INCENTIVOS FISCALES • Centro de llamadas para uso comercial • Ciudad del Saber • Cinematografía y Audiovisual • Comercio / Industria • Energía Eléctrica • Hidrocarburo • Mercado de Valores • Minería
INCENTIVOS FISCALES • Sistema de Generación Hidroeléctrica • Turismo • Zona Económica Especial • Zona Libre de Petróleo • Zona Franca
INCENTIVOS FISCALES CENTRO DE LLAMADAS PARA USO INTERNACIONAL • Las Personas Naturales o Jurídicas que Cuenten con una concesión de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos para la prestación de servicios en conceptos de llamadas internacionales estarán: Libres de Impuestos directo o indirectos, gravámenes, tasas, derechos y gravámenes nacionales. F. L Ley 32 2011 G.F 26757-B
INCETIVOS FISCALES • ZONA LIBRE DE COLON • Actividades exoneradas del impuestos Sobre la Renta: • Las Ventas que se realicen con mercancía nacional o extranjera que salga de dichas zonas libres con destino a clientes ubicados fuera del territorio de la República de Panamá. • Traspasos de mercancías entre personas naturales o jurídicas establecidas dentro de la zona libre de Colón y la zona libre ubicada en el Aeropuerto internacional de Tocumen y rentas provenientes de dichos traspasos de mercancías sobre operaciones exteriores efectuadas en las zonas libres.
INCENTIVOS FISCALES ZONAS LIBRES • Actividades exentas de ITBMS: • Bienes dentro de Zonas Libres, incluyendo el traslado entre estas, así como de los se encuentren en recintos aduaneros y cuyo dominio se transfiera mediante endoso de documentos • Operaciones de Carga, descarga, traslado en o ente los puertos, los servicios de logística y auxiliares prestados a la carga de en los puertos y las zonas libres o áreas económicas especiales asía como los servicios de reparación, mantenimiento y limpieza prestadas a las naves en tránsito dentro de las aguas del territorio panameño. F.L Co. Art. 1057 V
INCENTIVOS FISCALES • ZONA ECONOMICA ESPECIAL: • Actividades Exentas del Impuesto sobre la renta, Dividendo e ITBMS(Impuestos de Transferencia de bienes y la Prestación de Servicios: • La Prestación de servicios a personas naturales o jurídicas ubicadas fuera del territorio de la República de Panamá • La enajenación o traspaso de las acciones de Empresas del Área Panamá Pacífico, del operador y del desarrollador, ya sea que este traspaso se evidencie de manera directa o indirecta, a través de la venta de acciones de compañías que a su vez son propietarias de las acciones de las empresas del Área Panamá- Pacífico, del Operador o desarrollador. • Los servicios multimodales y logísticos. • Y las demás actividades que trate el Art. 60 del la ley 41 del 2004
CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION FIRMADOS POR PANAMA
CONVENIOS PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA • Dinamarca • Estados Unidos • Finlandia • Groenlandia • Islandia • Islas Faroes • Noruega • Suecia .
ASESORES FISCALESCONTADORES PUBLICOS • Javier A. Correa Chiu • Javier A. Correa Gonzalez • Contador Publico Autorizado • Socio de la División Tributaria
ASESORES FISCALES CONTAODRES PUBLICOS Muchas Gracias por su atención CUALQUIER INFORMACION O CONSULTA ADICIONAL FAVOR CONTACTARNOS AL 00507-2275913/2275912 MOVIL 0050767814210/0050766781358 Email: jcorreachiu@correaleonyasociados.com info@correaleonyasociados.com www.correaleonyasociados.com