280 likes | 514 Views
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACION ESPECIALIZADA (IUNE) MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO PROF: ABG. JESSICA I. MARIN B. INTRODUCCION AL DERECHO.
E N D
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACION ESPECIALIZADA (IUNE) MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO PROF: ABG. JESSICA I. MARIN B. INTRODUCCION AL DERECHO Blog: http://jessicamarin.soup.io E-mail: jessica.marin.b@gmail.com
REGLAS TECNICAS: Pautas o criterios que nos indican cuales son los medios idoneos para lograr un fin determinado, pero no imponen un deber de modo absoluto. LIMITES HOMBRE NORMAS: Reglas de conducta de observancia obligatoria
DEFINICIONES “Un conjunto de normas destinadas a regir la conducta de los hombres en sociedad” “Colección de principios, preceptos y reglas a que están sometidos todos los hombres en cualquier sociedad civil , para vivir conforme a justicia y paz; y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza” “Sistema de normas que, coexistiendo con otras normas diferentes, limitan la libertad del hombre y ordenan su comportamiento en la sociedad, con miras a conseguir un orden social indispensable para su desarrollo y perfeccionamiento”
DEFINICIONES “Conjunto de normas que rigen la vida de la nación, cuyo incumplimiento es susceptible de ser castigado” “Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter” “Dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social”
RAMAS DEL DERECHO Derecho Publico Derecho Privado Derecho Social
DERECHO PÚBLICO Es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones del Estado con los demás Estados, organizaciones públicas, los individuos y a su vez regula las relaciones de los individuos con la sociedad a la que pertenecen, y las relaciones de los mismos entre si.
DIVISIÓN DEL DERECHO PÚBLICO • Derecho Municipal. • Derecho Tributario. • Derecho Penal. • Derecho Externo. • Derecho Comunitario Estatal. • Derecho Ecológico. • Derecho Internacional Público. Derecho Público Interno. Derecho Administrativo. Derecho Comunitario de Nacionalidades. Derecho constitucional. Derecho de Familia y del Menor. Derecho del Trabajo ó Laboral. Derecho Financiero.
DERECHO PRIVADO Es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones entre los particulares, e incluso entre el Estado y los particulares, en los casos en los cuales el Estado se comporta como un particular.
DIVISIÓN DEL DERECHO PRIVADO Derecho Interno. Derecho Agrario. Derecho Civil. Derecho Mercantil ó Comercial. Derecho Empresarial. Derecho Minero Derecho Externo. Derecho internacional Privado. Derecho de Internet o telecomunicaciones
DIFERENCIAS ENTRE EL DERECHO PUBLICO Y EL PRIVADO • DERECHO PÚBLICO • Contiene las normas de organización de la sociedad. • Va dirigido al Estado • El interes esta centrado en el Estado • Es irrenunciable • Es imperativo • DERECHO PRIVADO • Contiene las normas de conducta del ser humano • Va dirigido a las personas • El interes esta centrado en el individuo • Es facultativo • Se impone la voluntad
DERECHO SOCIAL La rama del derecho social nace en el derecho público a partir de los cambios en las formas de vida. Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales, con la intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a día. El derecho social, comprende: el derecho laboral, el derecho a la seguridad social, el derecho agrario, el derecho ecogologico o ambiental y el turistico.
CLASIFICACION Derecho Positivo: es el conjunto de normas emanado de la autoridad competente y cuya aplicación es efectiva en tiempo y lugar Derecho Natural: es el conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razon natural y se imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza
CLASIFICACION Derecho Interno: conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando se realizan dentro de un territorio nacional o estado. Derecho Externo: conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre estados.
CLASIFICACION Derecho Sustantivo: aquellas normas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos vinculados por el ordenamiento juridico Derecho Adjetivo: Son las normas destinadas a garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones consagradas por el derecho sustantivo
CLASIFICACION Derecho Objetivo: Conjunto de normas imperativo-atributivas que rigen la conducta humana en la vida social. Derecho Subjetivo: Es el poder o facultad concedido a una persona por el derecho objetivo para hacer, poseer o exigir algo.
FUENTES DEL DERECHO Es el principio u origen de una cosa, el lugar donde nace o se produce algo. Es el principio, el fundamento, el origen, la causa o la explicación de una cosa. Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos referimos a los hechos que le dan nacimiento, a las manifestaciones de la voluntad humana, a los usos o prácticas sociales que la generan.
CLASIFICACION • Fuentes Históricas: Son documentos históricos que hablan o se refieren al Derecho. Serán históricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del Derecho Positivo.
CLASIFICACION • Fuente Originaria: Las que crean derecho ex nihilo, sin un sistema jurídico precedente. Característico de los procesos revolucionarios • Fuente Derivativa: Las que crean derecho usando los métodos procedimentales establecidos en un régimen jurídico preexistente
CLASIFICACION • Fuentes Materiales: Son los problemas que surgen de la realidad histórica de cada pueblo y que son regulados por el Derecho. • Fuentes Formales: Aquellos hechos o actos a los cuales se les atribuye una especifica aptitud para crear normas jurídicas.
CLASIFICACION • Fuentes Directas: cuando encierran en sí las normas jurídicas aplicables (ley, costumbre). Se refiere a las fuentes jurídicas según que estas contengan la norma en si mismas. • Fuentes Indirectas: cuando, sin contener en si mismas las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas, producirlas, coadyuvan a su explicación a su explicación y sirven para su conocimientos.
FUENTES DEL DERECHO INTERNO • La Constitución • La Ley • La Costumbre • Los Principios generales del Derecho • La Jurisprudencia • Los Reglamentos • La Doctrina • El negocio jurídico
FUENTES DEL DERECHO • INTERNACIONAL • Los tratados • La costumbre internacional. • Los Principios generales del Derecho. • Las opiniones de la Doctrina. • Los actos unilaterales de los Estados. • La Jurisprudencia de los Tribunales Internacionales • Los actos y resoluciones de las Organizaciones internacionales.
VALIDEZ Suele entenderse como la existencia jurídica de la norma CONDICIONES • Creada por el órgano competente • Cumplimiento del procedimiento de creación • No haber sido derogada • No contradictoria con normas y principios superiores
EFICACIA Es eficaz cuando los destinatarios ajustan su comportamiento a lo prescrito en la norma o, al menos, en los casos en que esto no ocurre, cuando la misma tiene fuerza bastante para imponer la consecuencia en ella prevista como reacción al incumplimiento
ESCALA PARA MEDIR LA EFICACIA Se cumple espontaneamente sin necesidad de recurrir a sanciones 100% Se obedece por temor a ser sancionados 60% Se incumple a pesar de aplicarse sanciones 30% Se incumplen sin que ni siquiera el aparato coactivo sea capaz o tenga interes en imponer la sancion 0%
FINES DEL DERECHO JUSTICIA Virtud fundamental de dar a cada quien lo que le corresponde BIEN COMUN Posibilidad de los integrantes de la sociedad de alcanzar sus fines individuales sin atentar contra la expectativa de sus semejantes SEGURIDAD JURIDICA Garantia que tienen los integrantes de la sociedad de acudir a los organos del estado para asegurar sus bienes y su humanidad