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1. PROYECTO.ESTATUTO ÚNICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE DOCUMENTO EN ELABORACIÓN
2. I. OBJETO DE LA LEY,CAMPO DE APLICACIÓN, CARRERA DOCENTE, RÉGIMEN ESPECIAL, INGRESO, PERMANENCIA, RETIRO, FORMACIÓN PERMANENTE Objeto de la presente Ley. La presente Ley tiene por objeto establecer el estatuto único de la profesión docente, para señalar las normas que regulan la profesión Artículo. Campo de aplicación. Este estatuto se aplica a todos los docentes y docentes directivos vinculados al servicio en el sector público estatal y privado en los niveles de preescolar, básica y media.
3. Régimen especial.
Profesión docente.
Profesional de la educación..
Carácter docente.
Docente directivo.
Criterios para la formación y cualificación permanente.
4. II. CARRERA DOCENTE, EVALUACIÓN Y ESCALAFÓN DOCENTE. Carrera docente.
De la evaluación docente.
Del tiempo para realizar la evaluación de desempeño.
De los instrumentos de evaluación.
De los contenidos de los instrumentos de evaluación.
De los efectos de la evaluación.
Sobre los planes de mejoramiento.
Del ingreso a la carrera docente
Permanencia en la carrera docente.
Ingreso al escalafón.
El escalafón docente.
Estructura del Escalafón Docente.
Puntos correspondientes a cada grado
6. III. SITUACIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO, CONCURSOS, VACACIONES. De las situaciones administrativas:
De los nombramientos.
De los concursos.
De la vinculación de los docentes al servicio público educativo.
En servicio activo.
Separado temporalmente del servicio en los siguientes casos:
Retiro del servicio:
Licencias no remuneradas:
Licencia por enfermedad o maternidad:
Licencia deportiva:
Permisos:
Comisiones:
Suspensión en el cargo
7. IV. MOVIMIENTO PEDAGÓGICO, DE LA AUTONOMÍA ESCOLAR, DE LA LIBERTAD DE CÁTEDRA, DE LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA Y DE LA FORMACIÓN DOCENTE Definición y Contenido
Organización del Movimiento Pedagógico.
Alcances.
Condiciones para el desarrollo del Movimiento Pedagógico
Estímulos para el desarrollo del Movimiento Pedagógico
De la autonomía escolar.
De la libertad de enseñanza.
De la libertad de cátedra
De la formación docente
8. V. RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y CÓDIGO ÉTICO, DEBERES, DERECHOS PROFESIONALES Del régimen disciplinario.
De los Derechos.
De los deberes.
Prohibiciones. A los docentes y directivos docentes les está prohibido.
Inhabilidades.
Sanciones por infracción de deberes y prohibiciones.
Causales de mala conducta
Sanciones por mala conducta.
9. V. RÉGIMEN (2) Gradación de las sanciones.
Etapas de la investigación disciplinaria por mala conducta:
Apelación.
Ineficiencia profesional.
Reinscripción en el escalafón.
Suspensión provisional.
Del régimen disciplinario.
10. VI. ASPECTOS LABORALES, PRESTACIONALES Y OTROS (HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL). JORNADA LABORAL. TRASLADOS Definición
Modalidades.
Traslado por solicitud propia.
Traslado por permuta.
Traslado por necesidad del servicio.
Cuando no procede el traslado por necesidades del servicio:
Condiciones de traslado. Gastos de traslado. Preferencia para traslados. Forma de traslado.
Licencia de Maternidad.
Permisos de lactancia y/o cuidado del hijo o hija.-
Auxilio de maternidad..
11. VI. ASPECTOS LABORALES, (2) Enfermedades profesionales-
La jornada laboral docente:
La asignación académica de los docentes:
La duración de la clase
El número de estudiantes por curso
La jornada institucional:
Vacaciones de los docentes:
Vacaciones de los docentes directivos:
Cursos de formación. –
vacaciones escolares
12. VII. DERECHOS (Sindicales, políticas, profesionales, humanos), ESTÍMULOS Y SALARIO. Derechos sindicales y laborales:
Sobre derechos políticos:
Sobre derechos humanos:
Sobre derechos profesionales.
Estímulos para el bienestar social de los docentes.
Salario Profesional:
Artículo. Condiciones para el ingreso, clasificación y permanencia. Son requisitos fundamentales (pendiente de ubicación).