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Tlc méxico-israel. Firmado 28-ABR-2000 DOF 2-JUN-2000. ÍNDICE. OBJETIVOS CONTEXTO MUNDIAL Y REGIONAL RELACIÓN DE COMERCIO BILATERAL MÉXICO-ISRAEL INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA RELACIONES Y ACUERDOS BILATERALES TLC MÉXICO ISRAEL COMERCIO DE BIENES
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Tlc méxico-israel Firmado 28-ABR-2000 DOF 2-JUN-2000
ÍNDICE OBJETIVOS CONTEXTO MUNDIAL Y REGIONAL RELACIÓN DE COMERCIO BILATERAL MÉXICO-ISRAEL INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA RELACIONES Y ACUERDOS BILATERALES TLC MÉXICO ISRAEL COMERCIO DE BIENES -Acceso a Mercados -Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros -Normas Técnicas
INDICE (CONT.) COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN -Servicios -Inversión ASPECTOS INSTITUCIONALES -Solución de Controversias -Instituciones COMPRAS DE GOBIERNO Y PROPIEDAD INTELECTUAL -Compras de Gobierno -Propiedad Intelectual
OBJETIVOS • Objetivo General Establecer una Zona de Libre Comercio para intensificar el comercio y la economía por medio de la liberalización de gravámenes y restricciones a las importaciones originarias de los países signatarios.
Objetivos Específicos Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios. Promover condiciones de competencia leal en la Zona de Libre Comercio. Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, para su administración conjunta y solución de controversias. Establecer lineamientos para la ulterior cooperación bilateral y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios del tratado.
CONTEXTO MUNDIAL Y REGIONAL Israel es un país de Medio Oriente que se encuentra al sur del Mar Mediterráneo. El principal centro económico y financiero del país es la ciudad de Tel Aviv. Sus principales ciudades son: Jerusalén, Haifa, RishonLezion, Ashdod y Beersheva.
Israel representa el 1.5% de la población de los países del Oriente Medio. • La economía israelí ocupa el cuarto lugar entre los países de Oriente Medio y a escala mundial tiene la posición 43.
RELACIÓN DE COMERCIO BILATERAL MÉXICO-ISRAEL • En 2008, Israel ocupó el lugar número 42 en el comercio total de México (36 como abastecedor y el 39 como comprador). Dentro de los países de Oriente Medio, Israel es el segundo socio comercial de México.
Las exportaciones registraron una caída de 66% de enero a agosto de 2009 con respecto al mismo período del año anterior, al pasar de 164 md en 2008 a 56 en 2009, mientras que las importaciones registraron una caída del 20% al pasar de 346 md a 275 md en 2009. Al cierre de ese período se registró un déficit de 219 md.
INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA • Entre enero de 1999 y diciembre de 2008, las empresas israelíes establecidas en México realizaron inversiones por 14.5 millones de dólares. • Al tercer trimestre de 2009 no se registró ninguna inversión de empresas israelíes en México. • Al mes de diciembre de 2008, se contaba con el registro de 166 empresas con participación israelí en su capital social. • El 79% de la inversión israelí se canalizó al comercio, seguido por agricultura (10%), industria manufacturera (6%) y servicios (5%).
RELACIONES Y ACUERDOS BILATERALES • El principal acuerdo que rige las relaciones entre México e Israel es el TLC que entró en vigor en julio del año 2000. • Se cuenta con un Acuerdo para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta que entró en vigor en 1999. También se tiene un Acuerdo en materia de Educación e investigación entre la Universidad Ben Gurion en Israel y el Consejo de Ciencia y Tecnología en México.
Además, existe un Memorándum de Entendimiento en el campo de la Salud y Medicina entre el Gobierno de Israel y el Gobierno Mexicano firmado en 2001. • Y un Acuerdo sobre Cooperación en el combate al trafico ilícito y abuso de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y otros delitos graves, el cual entró el vigor en 1997.
COMERCIO DE BIENES Acceso a Mercados • La liberalización negociada comprende el 99% del comercio bilateral. En el sector agropecuario, la mitad de las exportaciones mexicanas a Israel tienen arancel cero desde la entrada en vigor del acuerdo, el 25% tienen acceso inmediato libre de arancel bajo cuota y el 12% acceso con reducciones entre el 25 y 50% sobre los aranceles aplicados.
A partir de 2005, todos los bienes industriales gozan de arancel cero. México e Israel acordaron eliminar gradualmente los aranceles de estos productos para el año 2003, con excepciones a plazo inmediato y 2005. • Reconocimiento de productos distintivos e indicaciones geográficas.
Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros • Eliminación de derechos de trámite aduanero aplicado a un bien originario sobre base advalorem, a partir de la entrada en vigor del tratado. • Otorgamiento de trato arancelario preferencial a bienes originarios. • Presentación de certificado de origen en uno de los idiomas oficiales de las partes, una traducción al inglés adjunta cuando el idioma utilizado no corresponda al país importador; o bien, únicamente la presentación del certificado en inglés.
Verificación del origen de un bien por conducto de la autoridad correspondiente, a través de aplicación de cuestionarios, visitas de verificación u otros procedimientos previamente acordados. • Establecimiento de procedimientos uniformes en la legislación interna de los países signatarios, referentes a la interpretación, aplicación y administración, así como otros asuntos que acuerden las partes.
Normas Técnicas • Confirmación de derechos y obligaciones de las partes, de conformidad con el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos de la OMC.
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias • Confirmación de derechos y obligaciones de las partes, en relación con las medidas sanitarias y fitosanitarias, de conformidad con el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN Servicios • Confirmación de derechos y obligaciones de las partes conforme al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC.
Inversión El TLC no incluye disposiciones en materia de inversión.
ASPECTOS INSTITUCIONALES Solución de Controversias • Solución a través de un acuerdo sobre la interpretación y aplicación del tratado, mediante la cooperación y consulta. • Posibilidad de recurrir al mecanismo de solución de controversias, cuando se considere la nulificación de beneficios que se esperaban recibir de la aplicación de alguna disposición del tratado, aunque ésta no contravenga el tratado. • Elección de ventilar las controversias relativas a lo dispuesto por el tratado o en el acuerdo de la OMC.
Intervención de la comisión, por solicitud escrita, cuando no se haya resuelto la controversia a través de las consultas. • Integración de un panel arbitral como tercera instancia, a solicitud de la parte interesada. • Promoción y facilidad de un recurso al arbitraje y a otros tipos de medios alternativos para la solución de controversias comerciales internacionales entre particulares en la Zona de Libre Comercio.
Instituciones • Establecimiento de una Comisión de Libre Comercio integrada por representantes de las partes, con rango de secretario de Estado o funcionarios designadas por ellos. • Posibilidad de la comisión de instaurar y delegar responsabilidades en comités, permanentes o grupos de trabajo y de expertos.
COMPRAS DE GOBIERNO Y PROPIEDAD INTELECTUAL Compras de Gobierno • Acceso a compras por cualquier medio contractual, incluyendo adquisiciones por concepto de compra, arrendamiento o alquiler, con o sin opción de compra, incluyendo cualquier combinación de bienes y servicios. • Otorgamiento de trato nacional y no discriminatorio. • Prohibición de aplicar reglas de origen a bienes importados, que sean diferentes a las aplicadas en operaciones comerciales normales -disposición sujeta a posible modificación de conformidad con el Acuerdo sobre Reglas de Origen de la OMC.
Existencia de transparencia en los procedimientos de licitación para la adquisición de bienes y obra pública. • Solución de reclamaciones mediante consultas con la entidad contratante, quien actuará de forma imparcial y oportunamente, sin perjuicio de obtener medidas correctivas de conformidad con el sistema de impugnación. • Posibilidad de impugnar presuntas infracciones ante alguna instancia revisora distinta de un tribunal, cuyas actuaciones están sujetas a revisión judicial.
Propiedad Intelectual • Confirmación de derechos y obligaciones de las partes relativos a los derechos de propiedad intelectual, de conformidad con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el comercio de la OMC.